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LOS ESTADOS CHINO, ESPAÑOL Y BRITÁNICO SE HACEN DE LA PESCA ARGENTINA

César Augusto Lerena*

En el siglo XXI los Estados que necesitan los recursos naturales no siempre invaden los territorios o los adquieren a quienes los tienen; muchas veces, se apropian de estos recursos de los países en desarrollo, mediante su explotación ilegal o mediante la compra de sociedades que son concesionarias de permisos de explotación o captura.

Teniendo en cuenta los porcentuales indicados por la FAO, estimamos (César Lerena, CESPEL, Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, 2022) que en Suramérica y El Caribe los Estados de pabellón que capturan a distancia los recursos migratorios originarios de las ZEE o viceversa, realizan una pesca ilegal (INDNR) del orden de los 7,8 millones de toneladas anuales por unos 11.770 millones de dólares. Sin contabilizar los descartes de pesca incidental y/o especies no comerciales realizados por los Estados ribereños en las ZEE. Sea Around Us, de la Universidad de Columbia Británica (Canadá) y la Universidad de Australia Occidental (Paloma Fidalgo, El Plural, 29/06/2017) informó que: «Las flotas pesqueras industriales arrojan anualmente casi 10 millones de toneladas de pescado potencialmente utilizable, pero ya muerto, a mares y océanos de todo el planeta»; que, además de la inmensa pérdida de proteínas que necesita el mundo, provoca una contaminación orgánica inconmensurable de los océanos.

Según la FAO (Percentages of Biologically sustainable and unsustainable fishery stocks by FAO Mayor Fishing Área, 2019) en el Área 41 (Atlántico Suroccidental) el 40% de las poblaciones pesqueras son biológicamente insostenibles y, como refiere el citado informe, los principales responsables son los Estados de pabellón; indicándose, en el muy elocuente mensaje del Programa 21 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Brasil, 1992); que «la ordenación debe hacerse en la pesca de altura, en la que se plantean los problemas de la pesca incontrolada», y donde el 85% de las capturas la realizan cinco países: CHINA, ESPAÑA, TAIWÁN, JAPÓN Y COREA DEL SUR, quienes del total mundial de 37 millones de horas de pesca sus buques ocupan unas 25 millones de horas; motivo por el cual, el mayor daño no lo ocasionan los 216 países restantes que pescan en el mundo, sino que lo generan solo cinco Estados de pabellón y, por lo tanto, los esfuerzos por mejorar la administración de los recursos en la ZEE de los Estados ribereños (por ejemplo, Argentina) tendrán pobres resultados sino se trabaja sobre esos países que son responsables de las capturas en alta mar e, igualmente responsables, del desequilibrio de los ecosistemas, ya que juntos capturan unas 26 millones de toneladas del total 84 millones/año (2019); es decir, el 31% de las capturas sobre «221 Estados que notificaron algún tipo de actividad de comercial pesquera» (FAO, “Estado Mundial de la Pesca y la Acuicultura”, p: 18, 2020);

A las flotas mencionadas, debemos agregar que en el Atlántico Suroccidental, los buques españoles arriaron su bandera y colocaron la bandera ilegal de la “Unión Jack y Unión Flag” para pescar en el área de Malvinas con las empresas asociadas españolas-británicas que, insólitamente, operan subsidiadas, en perjuicio de las propias empresas nacionales y españolas radicadas en el país, pese a la separación del Reino Unido de la Unión Europea.

En este estado de cosas, en la Argentina, del total de dólares de las exportaciones pesqueras declaradas en 2022 (uno de los valores más bajos del quinquenio, fueron 434.00 toneladas por valor de US$ 1.800 millones) procedentes de la captura en su Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina, un 70% está en manos de 20 grupos empresarios y un 30% de las 174 empresas exportadoras restantes. De esos 20 grupos el 70% son sociedades de capitales extranjeros y un 30% de empresas nacionales y de esas empresas extranjeras el 70% son empresas de capitales chinos y españoles.

No estamos en contra de las inversiones extranjeras, sí en desacuerdo con la concentración empresarial; más aún con la exportación por parte de éstas de materias primas sin valor agregado que transfieren la manufactura y mano de obra argentina a terceros países (Guatemala, Perú, Tailandia, Vietnam), quienes le agregan valor y reexportan los productos o, bien, la exportación a los países desarrollados que los transforman las materias primas argentinas para su consumo o reexportación. Y, nos asombra (¡!), que mientras embarcaciones chinas y españolas depredan nuestros recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina en alta mar y Malvinas, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Consejo Federal Pesquero integrado por todas las provincias del litoral marítimo y la Secretaría de Malvinas de la Cancillería Argentina no establecen ninguna estrategia respecto a las empresas del Estado chino a las que se les otorga o transfiere permisos de pesca en la Argentina y, otro tanto, a las españolas, donde el Estado español admite la pesca de sus buques violando los artículos 91º, 92º, 216º, 217º y otros de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas y, en su caso, las leyes 24.922, 26.386 y 27.564.

Sobre los buques chinos radicados o no en la Argentina no hay duda que, salvando alguna honrosa excepción, las empresas pertenecen al Estado chino; pero, respecto a los españoles no radicados en la Argentina: ¿Dónde está “la relación auténtica entre el Estado y el buque” que les ha permitido enarbolar el pabellón a los buques españoles que pescan ilegalmente en Malvinas y los recursos migratorios originarios de la ZEE? ¿Qué requisitos les han exigido las Autoridades españolas a la hora de concederles la nacionalidad a los buques que realizan pesca ilegal (INDNR) en el Atlántico Suroccidental? ¿Olvida España que los buques bajo su pabellón están sometidos, en alta mar, a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado?

¿Qué hacen las empresas chinas y españolas radicadas en la Argentina al respecto?

Por si algo faltaba, algunas de estas empresas, con unas irrelevantes empresas argentinas, reeditan la llamada OPRAS (Organización de Protección de los Recursos del Atlántico Sur). ¿Alguien podría imaginar que empresas del Estado chino radicadas en la Argentina —el mismo Estado que con cientos de buques pesca en forma ilegal (INDNR) en el Atlántico Suroccidental— podrían “proteger” los recursos pesqueros en este Atlántico o que empresas españolas igualmente radicadas en la Argentina podrían proteger nuestros recursos, cuando 16 buques arrastreros gallegos del Estado Español —a pesar de que éste ha reconocido la soberanía Argentina de Malvinas— asociados a los británicos radicados en este archipiélago, extraen todos los años cientos de miles de toneladas de recursos pesqueros argentinos?

En este escenario, Juan Redini que, pese a contar con un solo buque (¿?), es el presidente de CAPA (Cámara de Armadores Poteros Argentinos) y de la citada OPRAS, reconociendo que «habla periódicamente con el Subsecretario de Pesca (Carlos Liberman)» manifiesta «que la flota extranjera se aprovecha de nuestro recurso y hay poca voluntad diplomática de Argentina por ponerle coto (…) que, pescó mucho más que nosotros; (por ejemplo) en Malvinas hay informes que detallan que 110 barcos capturaron 170 mil toneladas (y) la flota china sobre la milla 201 capturó entre 280 y 300 mil toneladas (y) nuestro negocio no depende de nosotros sino de lo que pescan otros nuestros recursos (…) en función de lo que pescan ellos, nos va mejor o peor a nosotros (…) no hay manera de competir con los costos de esa flota» (Roberto Garrone, La Nación, 17/06/2021) y detalla en la Revista Industrias Pesqueras (España, 11/05/2022) las claves del nuevo proyecto de mejora de la pesquería (FIP) en el Atlántico Sur con participación de las empresas españolas como la filial argentina Argenova de Nueva Pescanova, el Grupo Profand e Iberconsa en el que se incorpora el calamar Illex de la ZEE de Argentina, en el que CAPA lideraría la iniciativa y el proyecto de “level playing field” —igualdad de condiciones— (¿?), «donde todos los años hay un ingente número de buques, la mayoría de bandera asiática, ante la falta de una OROP en las aguas del Atlántico sudoccidental», buscando satisfacer las necesidades de “origen responsable” del calamar Illex destinado a Europa y Estados Unidos, e incentivar —manifiesta Redini— «que quienes operan fuera de la milla 200 se interesen por hacer una gestión más responsable del recurso que compartimos» y «diferenciar las capturas que CAPA realiza en su ZEE de aquella procedente de la milla 201».

En fin, al margen el ingenuo comentario de “incentivar a la pesca responsable a quienes capturan más allá de las 200 millas” y las erróneas afirmaciones de “igualdad de condiciones”, cuestión de cumplimiento imposible, en el marco de las atrasadas políticas pesqueras argentinas y la abismal diferencia económica-financiera y de disponibilidad de los mercados de la flota china y española que pesca a distancia o, cuando refiere a “recursos que compartimos”, cuando se tratan mayoritariamente de recursos que migran de la ZEE Argentina y cuya distribución debe, como refiere la CONVEMAR, tener en cuenta al Estado ribereño en desarrollo y los efectos negativos de la pesca sin control.

No sabemos de qué habla el Presidente de CAPA y OPRAS con el Subsecretario de Pesca Carlos Liberman y esperamos que éste no comparta su estrategia de poner en manos de chinos y españoles la política pesquera del Atlántico Suroccidental o que acompañe la opiniones de esta Revista española: “que lo que ocurre en estos mares se debe a la falta de una OROP”; cuya integración, debilitaría aún más la posición de Argentina como Estado ribereño y violaría la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, ante la ocupación prepotente del Reino Unido de 1.639.900 Km2 de mar argentino y la explotación de los recursos; aunque, el propio subsecretario no nos sepa decir qué hacer respecto a las OROP, sugiriendo al Editor dirigirse a la Cancillería para que ésta dé su opinión (ver Revista Industrias Pesqueras, España, 17/03/2023)

Son muy llamativas las declaraciones del marplatense Redini a ambos medios y, humildemente le sugerimos tener mucho cuidado en “no encandilarse con las luces de la ciudad”. En los caminos que pareciera querer transitar debería tener muy en cuenta que la referida CAPA está integrada por un 68% de buques de empresas asiáticas (mayoritariamente chinas); 18% españolas y 14% argentinas; igualmente, que OPRAS, se integra mayoritariamente con empresas chinas y españolas y dos pequeñas empresas argentinas que, en el Ranking argentino de exportación de productos pesqueros de Argentina (2019) no tienen ningún rol protagónico: Pesquera Buena Vista (posición 81º) y Pesquera del Este (126º); mientras que las extranjeras: Iberconsa (posición 1º); Argenova (4º); Arbumasa (6º) y, el Grupo Profand (29º). Conocemos como se manejan, desde adentro y desde afuera, las Cámaras.

En estas condiciones, darle a estas Organizaciones el cuidado de nuestros recursos sería desconocer lo ya dicho sobre el rol chino y español más allá de las 200 millas y en Malvinas. Respetuosamente sería como “poner al zorro a cuidar el gallinero” o reciclaremos el dicho: “poner a chinos y españoles a cuidar el calamar argentino”.

Es evidente que el Estado argentino para pensar en cambiar la matriz de la explotación del calamar y combatir la pesca ilegal (INDNR) de esta especie por parte de extranjeros y, competir y/o acordar con la flota que pesca en alta mar y Malvinas (fuera de esta área ocupada), debe reformularse la política de permisos, cuotas y autorizaciones, más aún, en el caso puntual de la especie estratégica calamar Illex, que sí, —como es vox pópuli en los ámbitos portuarios— los permisos de pesca sin plazo ni reproceso tendrían un costo del orden de los US$ 3,5 millones y los con reproceso US$ 1,5 millones, sacando de competencia para hacerse de ellos a las empresas nacionales, que es, a las que se les debería dar libre acceso a estos permisos y todas las facilidades e incentivos para hacerse de esta especie argentina, estratégica y productiva.   

Un montón de piedras no es una casa”, Jules Henri Poincaré (1854-1912). 

  

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

 

EL GATOPARDISMO DE LA CANCELACIÓN DEL PACTO DE FORADORI-DUNCAN

César Augusto Lerena*

El anunció de la Cancillería, respecto a cancelar el Pacto de Foradori-Duncan es un verdadero “gatopardismo”, es decir, que parezca que se cambia todo para que no se cambie nada. Nos hace acordar al cuento de “Caperucita Roja”, que relata cómo Caperucita que caminaba alegremente hacia donde vivía su abuela, es engañada por el Lobo Feroz, por lo que éste llega primero a la casa de la anciana y se la come; luego, se viste como si fuera la abuela y, previo a un conocido diálogo con caperucita de “qué grandes orejas tienes abuelita” también se devora a la niña. Si bien se adjudican a distintas motivaciones los hechos, el final es generalmente éste y hay quién le agrega que un leñador las rescata y el cuento tiene un final feliz. No seremos muy originales si decimos que, en la vida real, el Lobo Feroz, suele estar vinculado al mal y todos nosotros somos Caperucita que, inocentemente, nos dejamos engañar.

Ayer la Cancillería Argentina difundió el Informe 096/23, indicando que «en la República de la India, el ministro Santiago Cafiero se reunió con su par del Reino Unido, el secretario de Estado para Asuntos Exteriores, Mancomunidad y Desarrollo, James Cleverly, a quien informó que el gobierno argentino da por finalizado el Comunicado Conjunto del 13 de septiembre de 2016», conocido vulgarmente como el Pacto de Foradori-Duncan. Debería alegrarnos esta noticia, ya que desde 2016 y, en reunión con la entonces Canciller Susana Malcorra en el Senado de la Nación, le manifestamos nuestro más enérgico rechazo a tal comunicado (lo hicieron casi todos los asistentes de una sala colmada) y, hasta nuestros días, venimos reclamando la cancelación de este “Pacto”; pero, de una lectura total de este informe nos damos cuenta que se eliminó el título, pero no su contenido que, en lo referido a Malvinas y particularmente el apartado del “Atlántico Sur”, indicaba: «En un espíritu positivo, ambas Partes acordaron establecer un diálogo para mejorar la cooperación en todos los asuntos del Atlántico Sur de interés recíproco. Ambos Gobiernos acordaron que la fórmula de soberanía del párrafo 2 de la Declaración Conjunta del 19 de octubre de 1989 (la “fórmula del paraguas”), se aplica a este Comunicado Conjunto y a todas sus consecuencias. En este contexto se acordó “adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos”. Ambas Partes enfatizaron los beneficios de la cooperación y de un compromiso positivo de todos los involucrados. De conformidad con los principios establecidos en la Declaración Conjunta del 14 de julio de 1999 (el vuelo de LATAM) y el Acuerdo por Canje de Notas, ambas Partes acordaron que serían establecidas conexiones aéreas adicionales entre las Islas Malvinas y terceros países. En este contexto acordaron el establecimiento de dos escalas adicionales mensuales en territorio continental argentino, una en cada dirección. Los detalles específicos serán definidos».

El Canciller argentino al referirse a la cancelación del citado comunicado le propuso al referido Cleverly «reiniciar negociaciones por la soberanía en la Cuestión Malvinas e invitó a concretar una reunión para concertar la agenda de negociaciones en la sede de Naciones Unidas en Nueva York» (sic), entregándole una nota que señalaba que «nuestro país ha buscado colaborar en asuntos concretos como vuelos, actividad científica en la Antártida o conservación y preservación de recursos pesqueros (NdA: a confesión de partes relevo de pruebas), sin que la disposición demostrada por la Argentina haya sido respondida de manera recíproca por su gobierno. Por el contrario, el Reino Unido ha realizado continuadamente actos unilaterales, que han sido oportuna y debidamente protestados por la República Argentina. Asimismo, a lo largo de este tiempo, el Gobierno británico se ha negado sistemáticamente a reanudar las negociaciones de soberanía a que reiteradamente instan las Naciones Unidas y que exige el artículo 2 (3) de la Carta. En consecuencia, tampoco se ha permitido dar cumplimiento al mandato impuesto por la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas» (sic), resaltando que «esas acciones son incompatibles con la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas» por todo esto indica que «el Comunicado Conjunto del 13 de septiembre de 2016, conocido como Foradori-Duncan, y sus efectos, se dan por terminados» (sic) y esto último no parece que vaya a ocurrir si el Reino Unido aceptase alguna de las propuestas de mínima que le presenta Cafiero: «se aborden los temas de interés mutuo, que contengan como mínimo (“Se acordó trabajar en conjunto para identificar áreas nuevas de colaboración”, decía el Pacto cancelado): a) La reanudación de negociaciones sobre la soberanía de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, en los términos de la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas y demás resoluciones pertinentes. Cuestión para lo cual debería empezar por desechar los Acuerdos de Madrid, en especial la cláusula 2 del Acuerdo de Madrid I del 19/10/89; razón por la cual este punto, es solo una expresión de deseos que, aun cancelando el Pacto de Foradori-Duncan sigue vigente; b) La conectividad aérea y marítima de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes con el territorio continental argentino. Cuestión que en el marco del Pacto ya viene ocurriendo, ya que no se precisa aquí que estos vuelos deberían hacerse con Aerolíneas Argentinas y con la mayor frecuencia de todos los vuelos actuales al continente; c) Medidas prácticas tendientes a garantizar los intereses y el modo de vida de los habitantes de las Islas de forma tal que favorezcan el desarrollo de vínculos culturales, económicos, sanitarios, educativos y otros entre las Islas Malvinas y el territorio continental argentino. Todas cuestiones incluidas en el “caído” Pacto; que, por ejemplo, no refieren a cambiar el sistema de inmigración; la radicación; inversión, etc. de los argentinos en las islas; d) Medidas que permitan ajustar el aprovechamiento, la conservación y preservación de los recursos naturales en el área bajo disputa de soberanía. Este punto conserva todo lo previsto en materia de pesca del Pacto, resultando inadmisible que la Cancillería refiera a “medidas que permitan ajustar el aprovechamiento, la conservación y preservación de los recursos naturales”; recursos que son argentinos y que, desde 1989, coincidente con los Acuerdos de Madrid y según las estadísticas británicas, buques extranjeros con licencia ilegal británica e isleños asociados con españoles pescan en el área de Malvinas unas 250 mil toneladas anuales, sin que los sucesivos gobiernos argentinos desde 1998 a la fecha hayan sancionado a un solo buque, pese a la vigencia de las leyes 24.922, 26.386 y 27.564; e) La desmilitarización de las áreas bajo disputa de soberanía. Sin referirse a los 1.639.900 Km2 que la Argentina tiene ocupada por el Reino Unido o a los 1.430.367 km2 de la Plataforma Continental Argentina que Inglaterra nos disputan, al igual que el sector de la Antártida Argentina de 965.597 km2 que el Reino Unido denomina “Territorios de la Reina Isabel”. La desmilitarización del área de Malvinas es una iniciativa reiteradamente reclamada por la Argentina, aunque los gobiernos no han activado en todos estos años la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS) de todos los Estados de América oriental y África occidental aprobada por la Asamblea General de la ONU 41/11 del 27/10/86, con el objeto de limitar el armamento del Reino Unido en la región.

La Nota del ministro Cafiero insólitamente se autolimita cuando destaca «la voluntad de dar continuidad a la relación bilateral en todas las áreas en las que se han registrado avances y en las que se hayan planteado cursos de acción en los que no hayan surgido divergencias», es decir, que deja de lado, las principales cuestiones de ocupación territorial y explotación de los recursos pesqueros e hidrocarburíferos por parte del Reino Unido en el Atlántico Sur, entre otras, que hay divergencias, vaciando de contenido la “finalización” del Pacto, que sigue teniendo vigencia en sus efectos en favor del Reino Unido, de: adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos.  
Saldrá ahora -ya lo ha hecho en estas horas- a rechazar el Reino Unido la cancelación y presionará la embajadora británica Kirsty Hayes sobre la identificación de los caídos; pero, “no nos comamos el amague”, no se han caído ninguno de los efectos de este ruin Pacto. Sinceramente, si el anunció de cancelación de la “Declaración Conjunta” (el Pacto), en estas condiciones, lo hiciese el Reino Unido sería más creíble. Los ingleses tienen la habilidad suficiente para promover “la cancelación de la denominación irritante sin modificar los hechos fácticos” y el rol pasivo que llevan los gobiernos de Argentina, al menos desde los Acuerdos de Madrid de 1989/90 a la fecha; acuerdos que Julio C. González los calificó de “la entrega del país a Gran Bretaña”. Derogar el Pacto, sin rever los Acuerdos de Madrid, es como renegociar los textos de un Decreto reglamentario sin modificar la ley. Ambos, Acuerdos y Pacto y sus efectos violan la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, aunque algunos todavía encuentren argumentos para no desechar los primeros.

El Pacto de Foradori-Duncan y los Acuerdos de Madrid I y II deben cancelarse y con ello todos sus efectos, para que la Argentina retome de una vez por todas la iniciativa de promover un nuevo acuerdo que garantice la soberanía nacional de los archipiélagos y del mar argentino y sus recursos. Los ejes de la cancelación son las Resoluciones de la ONU 2065 (XX); especialmente la 31/49, que el Reino Unido ha violado sistemática y en forma creciente, ocupando territorio marítimo, explotando los recursos, instalando bases y construcciones militares y portuarias, etc. Pero también una Resolución de la ONU que en la referida “cancelación” la Cancillería ha ignorado que es la 1514 (XV) del 14/12/1960 que Declara que: “…1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales…4. A fin de que los pueblos dependientes puedan ejercer pacífica y libremente su derecho a la independencia completa, deberá cesar toda acción armada o toda medida represiva de cualquier índole dirigida contra ellos, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional…6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas; 7. Todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la presente Declaración sobre la base de la igualdad, de la no intervención en los asuntos internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial.

Por el Artículo 27º de la Constitución Nacional “El Gobierno federal está obligado a afianzar sus relaciones de paz y comercio con las potencias extranjeras por medio de tratados que estén en conformidad con los principios de derecho público establecidos en esta Constitución”, teniendo particularmente en cuenta, su Artículo 6º y ya saben quienes nos gobiernan lo que Evita pensaba de “Los tibios, los indiferentes, las reservas mentales, los peronistas a medias…”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

 

 

CUATRO ASPECTOS DE LA POLÍTICA EXTERIOR

Julio C. Ferrari Freyre*

El objeto de este artículo es introducir algunas cuestiones elementales para los que no se han iniciado en el estudio de las Relaciones Internacionales o cuya formación y trayectoria profesional no les ha dado la oportunidad de acercarse a los asuntos de otros países. Espero que las ideas vertidas no sean aburridas en demasía y contribuyan a esclarecer los hechos y ayudar a interpretar las informaciones que nos llegan del exterior.

Para escribirlo me he apoyado tanto en mi formación académica en Ciencias Políticas en la Universidad de Sophia en Tokio, en Relaciones Internacionales en la Universidad del Salvador y en Economía Europea en la Universidad de Deusto en Bilbao, como así también en el Instituto del Servicio Exterior de la Nación cuanto, en mi actividad profesional, ahora finalizada, como Diplomático de carrera.

Desde el siglo XVIII se ha estudiado la Política Exterior de los países, aunque recién con el final de la Segunda Guerra Mundial se la ha investigado sistemáticamente, formándose varias escuelas de pensamiento que agrupan a los distintos teóricos de las Relaciones Internacionales, entre los cuales podemos mencionar el realismo, el liberalismo, el estructuralismo, el constructivismo, funcionalismo, el feminismo, el institucionalismo y otras que no mencionaremos aquí por su menor relevancia. En cada caso es posible encontrar como representantes a autores que, siendo ciudadanos y basados en sus experiencias nacionales prefieren o apoyan las escuelas que mejor explican las políticas exteriores o las situaciones en que se encuentran sus países. Al mismo tiempo, encontramos autores que se interesan en la materia desde otras ópticas, ellos son los especialistas y teóricos del Derecho Internacional, de la Geopolítica, de los Estudios Estratégicos y los economistas en todas sus especialidades que también suman sus opiniones sobre las cuestiones internacionales y, en muchos casos, aportan distintas visiones y novedosos elementos al estudio en cuestión.

Más allá del valor, importancia o interés que le asignemos a las distintas teorías de las Relaciones Internacionales, es necesario considerar que los Estados deben tener en cuenta cuatro aspectos fundamentales en su Política Exterior: la Integridad Nacional, la Defensa Nacional, la Prosperidad Económica y la Proyección hacía el Exterior[1].

Antes de comenzar con los cuatro aspectos, es conveniente recordar que el sistema internacional está compuesto primordialmente por Estados independientes. Le siguen los organismos internacionales tal como las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, la Unión Europea, y muchos otros. También debemos añadir las empresas multinacionales como Siemens, Mitsubishi, Ford, Unilever y una amplia población de firmas de muy variados tipos, tamaños e intereses. Finalmente, ha de incluirse a las Organizaciones No Gubernamentales que, naturalmente, en muchísimos casos son los brazos «civiles» o encubiertos de gobiernos, de servicios secretos y de múltiples organizaciones, instituciones y empresas poderosas, y a personalidades influyentes por su trayectoria académica, por ser celebridades o por tener amplias fortunas heredadas o producto de su capacidad tecnológica o empresarial.

El Estado tiene cuatro componentes sin los cuales no es reconocido como tal y no puede existir:

Población:

La población es sin duda el capital más valioso y primordial del Estado. Es el factor humano e incluye a los ciudadanos del Estado (el pueblo) y a los extranjeros residentes en el mismo. La población o pueblo forma parte esencial y necesaria del Estado ya que sin ella no puede existir. Es importante que ella tenga el acuerdo, propósito o sentimiento de regirse por las mismas instituciones, comulgue con los mismos intereses vitales y tenga identificados sus objetivos nacionales y destino político.

Se podría pensar que es normal que la población de un Estado sea de etnias y de creencias religiosas similares. Estas condiciones ideales se dan en pocos países y en la mayoría de los casos son territorios aislados como por ejemplo Japón, Tíbet, Nepal, Finlandia, los países escandinavos, etc., donde se puede hablar de una población de características iguales.

El caso contrario son los países de América, especialmente de la América hispana, donde es normal la mezcla de razas, etnias y otros factores y donde se ha dado un importante mestizaje de pueblos originarios («indios» en el léxico tradicional), españoles, e inmigrantes de los más variados orígenes, africanos (en su momento llegados como esclavos) y más recientemente asiáticos. Estos habitantes viven bajo un régimen de igualdad gracias a las tradiciones legales hispanas y a las enseñanzas de la Iglesia Católica. No es extraño ver históricamente altas autoridades con ascendencia indígena o africana. Solamente en el caso de la Argentina podemos mencionar a Bernardino Rivadavia, Justo José de Urquiza y Juan Domingo Perón como ejemplos. También se dan casos de hijos de inmigrantes que han alcanzado las máximas jefaturas de gobierno como Carlos Pellegrini, Alberto Fujimori y Carlos Saúl Menem, situaciones que no se dan en muchos países aún con importantes corrientes migratorias[2].

Territorio:

Por territorio se debe entender la superficie terrestre ocupada por el Estado, el espacio aéreo sobre el mismo y sobre las zonas marítimas contiguas, lo que significa una franja de 12 millas náuticas de aguas territoriales y hasta 200 millas náuticas de zona económica exclusiva.

Gobierno:

El gobierno se encarga de dirigir, controlar y administrar las instituciones que conforman al Estado y normalmente, en su concepción moderna, está compuesto por el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial, aunque en algunos sistemas políticos esta división no siempre se da con mucha claridad, notablemente los países marxistas y en algunas monarquías. Es normal que los tres poderes del gobierno se controlen y complementen mutuamente, siguiendo la visión de Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y Barón de Montesquieu, en el Libro XI de su «Espíritu de las leyes» (1748). El tipo de gobierno, su estructura y los mecanismos para integrarlo normalmente están incorporados en la constitución del Estado, que habitualmente es un documento escrito. Ésta debe reflejar las pautas culturales, históricas y jurídicas del país.

Más allá de la estructura que pueda tener el Estado, el gobierno tiene la responsabilidad de ejercer y defender sus intereses vitales definiendo los objetivos nacionales permanentes e inalterables contenidos en la constitución incluyendo las normas de conducta y pautas aceptables y respetuosas de los otros Estados y actores de la comunidad internacional.

Soberanía:

La Soberanía es la capacidad del Estado de imponer leyes que aseguren el bien común —el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección[3]— de la comunidad y tiene efecto dentro del mismo Estado. Es la autonomía que requiere el Estado para imponer esas leyes y las condiciones necesarias para resguardar ese bien común de la población. Es, asimismo, la fuerza que requiere para ejercer y defender sus decisiones, su territorio y su población. Holsti resume la idea de la siguiente manera:

El principio de soberanía {implica} que los gobiernos son los legisladores supremos en sus propios territorios. Los Estados son libres, en virtud de su soberanía, para gobernar como deseen dentro de su propio territorio y para formular sus propias políticas exteriores. Los estados difieren en tamaño, población, ubicación o capacidades militares, todos los estados son iguales con respecto a los derechos y deberes legales. [4]

Jean Bodin, en «Los seis libros de la República» (1576), nos enseña que es el poder absoluto y perpetuo del Estado. En las monarquías, la soberanía reside en el rey mientras que en las repúblicas el soberano es el pueblo. Claro está que, en nuestra época de monarquías constitucionales, repúblicas de distinta especie y aún en alguna que otra dictadura personalista, la soberanía reside, al menos según la mayoría de las constituciones, en el pueblo.

La idea de la Soberanía del Estado está plasmada en la Paz de Westfalia (1648) y es una de las bases de las Relaciones Internacionales. El reconocimiento de la Soberanía por otros Estados implica la independencia del país y su capacidad para actuar en el ámbito internacional. La Soberanía supone que ningún Estado podrá o deberá interferir en los asuntos internos de otro Estado. Los organismos regionales e internacionales de todo tipo están conformados por Estados Soberanos.

Sin contar con este cuarto elemento, un territorio o una población no sería un Estado aun teniendo un «gobierno», pero teniendo algunos de estos tres elementos: población, territorio o gobierno, no será un Estado si no está reconocido como tal por otros miembros de la comunidad internacional. En pocas palabras, sin Soberanía, el Estado no existe.

Por consiguiente, el Estado debe resguardar el Territorio, proteger a la Población, administrarse por medio de un Gobierno y ejercer la Soberanía para lograr y asegurar la gobernabilidad y el bien común.

Teniendo en cuenta los cuatro componentes del Estado que hemos descrito podemos comenzar a exponer los cuatro aspectos fundamentales de la Política Exterior.

Integridad Territorial

La Integridad Territorial se funda en la inviolabilidad de la independencia política y de las fronteras de un Estado se asienta en la igualdad Soberana de los Estados. Este es un principio fundamental del Derecho Internacional y está plasmado en la carta de las Naciones Unidas y de los otros organismos internacionales y regionales.

La Integridad Nacional se puede «medir» por los conflictos fronterizos con otras naciones y por territorios propios ocupados por fuerzas extranjeras o grupos rebeldes, secesionistas o regímenes contrarios al gobierno propio.

La existencia de problemas fronterizos implica una disputa o conflicto con otra nación sobre los límites entre ambos. Sus causas pueden ser el resultado de mediciones o demarcaciones equivocadas, sectores mal definidos o áreas que fueron «olvidadas» por negligencia burocrática y que fueron ocupadas por otro. Estos problemas pueden convertirse en conflictos de mayor envergadura y eventualmente en una guerra como ha ocurrido en muchas instancias. Felizmente, existen métodos más pacíficos como el arbitraje, la mediación o la actuación de la Corte Internacional de Justicia en La Haya para resolver los diferendos sin el derramamiento de sangre. En otros casos, las disputas continúan largo tiempo sin que lleguen a la violencia, aunque la posibilidad siempre queda latente y una situación de este tipo puede convertirse en un conflicto violento.

La Integridad Territorial también se puede ver afectada por las actividades de otros actores dentro del Estado. Así vemos que colonias agrícolas, barrios urbanos, sociedades e instituciones conformadas por extranjeros o grupos religiosos, étnicos, raciales, etc., específicos y excluyentes de la población propia pueden convertirse en causa de conflicto tanto con la población local (por envidia, resentimiento o prejuicio), o por los reclamos de los países de origen de esa población extranjera. Viene a la mente como ejemplo el conflicto desatado por los alemanes de la región del Sudeten en la década de 1930 que resultó, tras la Conferencia de Múnich, en la incorporación de los territorios de población alemana de Checoslovaquia que pasaron a formar parte del Tercer Reich.

Similarmente, grupos con características religiosas, étnicas o raciales que se perciben diferentes del resto de la población aun siendo considerados de la misma nacionalidad y gozando de las mismas libertades y obligaciones que el resto de la población, pueden crear un conflicto por concebir sus «derechos», costumbres o tradiciones como especiales y diferentes a las del resto de la población. Estos «movimientos» son en ocasiones promovidos por otros países u organizaciones para obtener ventajas o directamente poder controlar territorio por sus recursos naturales o situación estratégica. Un ejemplo de este tipo de conflicto es la Crisis del Congo de 1960-64 donde los intereses mineros de empresas extranjeras promovieron la secesión de la provincia de Katanga del resto del país.

De la misma manera las adquisiciones de tierras por personas adineradas, empresas, ONG’s (organismos no gubernamentales) e instituciones con el objeto de crear «áreas ecológicas» o «naturales», zonas de esparcimiento, cotos de caza u otras figuras de posesión, pueden resultar en causas de un contencioso con otros países que podrían reclamar la protección de sus ciudadanos, intereses o propiedades ante cualquier inconveniente. Un buen ejemplo fueron las actividades del empresario Douglas Tomkin en el sur de Chile (junto a Hansjörg Wyss), y en los Esteros del Iberá en la Argentina que suscitaron amplios debates y sospechas, aunque se debe aclarar que el señor Tomkin nunca sugirió la secesión de los territorios de su propiedad para formar su propio «país».

La cesión exclusiva de terrenos a otro país o institución oficial extranjera es aún más grave ya que significa una pérdida de soberanía (y por ende de los derechos propios y del control) sobre el territorio nacional. Los usos que se le den a estas tierras enajenadas pueden ser pacíficos, pero siempre estará presente la posibilidad de un uso militar o para operaciones de inteligencia contra el propio país o contra otro Estado, creando un conflicto con un tercer Estado. En todo caso, debe incorporarse una cláusula de inspección, control y coparticipación en cualquier acuerdo de este tipo, definiendo con exactitud las actividades que pueden ser desarrolladas en los mismos, los derechos y obligaciones de las partes y los alcances prácticos de la cesión. Serviría como ejemplo las bases que los Estados Unidos mantiene en Alemania, en el Reino Unido y en otros países.

El respeto a la Integridad Territorial también depende de la consideración que el gobierno, las autoridades y las instituciones tengan de su propio territorio. La idea de que el territorio nacional se pueda entregar a agentes extranjeros sin una mayor atención a los posibles efectos ulteriores es un despropósito que atenta contra la misma integridad del Estado y bien podría calificarse como una traición.

Más aceptable son los emprendimientos y las instalaciones científicas, técnicas, ecológicos y de otro tipo establecidos y mantenidos por terceros países, instituciones u ONG’s conjuntamente con el Estado Nacional para fines específicos. Estos normalmente involucran personal calificado local junto a extranjeros que desarrollan actividades transparentes y eventualmente informadas a la población y a la comunidad científica.

Naturalmente debemos excluir de este acápite las instalaciones de las Embajadas y Consulados extranjeros y sedes u oficinas de organismos internacionales y regionales dentro del país que son regidas por las pertinentes Convenciones y acuerdos, y cuya «sesión» de territorio y soberanía es parcial y temporaria.

Defensa Nacional

La Defensa Nacional es un aspecto de la Soberanía y responsabilidad primordial del Estado. La Defensa Nacional implica proteger el territorio, su población, el Gobierno y la Soberanía contra las posibles aspiraciones exacerbadas de otros Estados, organismos diversos, grupos de presión o de interés internacionales, del terrorismo internacional, del crimen organizado y de otras entidades, movimientos y agrupaciones. También involucra la protección contra bandas armadas internas, intentos secesionistas, grupos abocaos a derribar un gobierno legalmente constituido, etc.

La Defensa Nacional es ejercida por el gobierno mediante las Fuerzas Armadas, de Seguridad (policía de frontera y marítima) y Policiales, con los aportes del organismo nacional de inteligencia y, en su caso, de la información proporcionada por la red de Embajadas y Consulados propios en el exterior. La Defensa Nacional es una competencia que el Estado ejerce con exclusividad.

Hay Estados que consideran que su Defensa puede ser atendida por un cuerpo policial o una guardia nacional. Esta es una solución para países compuestos por islas o de tamaño y condición tal que la existencia de una fuerza defensiva más extensa no se justificaría por razones económicas y fiscales. El número de Estados que no cuentan con Fuerzas Armadas es muy escaso siendo estos de reducido tamaño, islas aisladas o rodeados de montañas y otros obstáculos defensivos formidables.

Las Fuerzas Armadas no sólo aportan una garantía a la existencia del país, sino que conforman un cuerpo disciplinado que presta auxilio en ocasiones de desastres naturales de todo tipo, participa en la formación de los jóvenes, ya sean voluntarios o conscriptos, en muchos casos han posibilitado la educación y capacitación técnica de sus integrantes, y en ocasiones han provisto el respaldo de las autoridades nacionales y locales frente a desordenes internos.

Es obvio que la Defensa significa resguardar y salvaguardar al Estado de los intereses de otros países y entidades extranjeras con pretensiones sobre el territorio, la población, los recursos naturales, y otros factores económicos, pero implica también la protección contra la penetración de formas de pensar o actuar contrarias a la cultura y tradiciones de la población.

No debe ser considerada la Defensa simplemente como una cuestión militar o de seguridad, sino que su influencia alcanza aspectos tan importantes como el desarrollo de determinadas áreas del país, el resguardo de sus recursos naturales, la salud pública, la educación, la cultura y otros aspectos de la nación. La pretensión de otro país sobre un territorio nacional ajeno despoblado o físicamente marginado o separado del resto puede tentar a su ocupación por parte de aquél o a ser explotado por agentes económicos inescrupulosos sin el efectivo control de la autoridad competente nacional. Se extiende además a la protección de ciudadanos amenazados por residentes extranjeros dentro de las fronteras del Estado y al resguardo contra las acciones de bandas armadas o criminales (narcotraficantes, contrabandistas, traficantes de personas, etc.), que corroen la dignidad y el bienestar de la población, su modo de vida y su desenvolvimiento económico.

Aun cuando algunas personas idealistas piensen lo contrario, ningún país serio puede descuidar su Defensa, la protección de sus fronteras y dejar de contar con información precisa para contrarrestar cualquier intento de actividad agresiva. Descuidar la Defensa Nacional es un ingenuo infantil de quienes confían en un idealismo absurdo como bien demostró la Gran Guerra de 1914-1918 y los muchos otros conflictos desde esa época. Pensar que «entidades supranacionales», como los organismos internacionales o regionales, correrán en su auxilio es equivalente a las maquinaciones de un demente. Cuando deciden actuar estos organismos rara vez han intervenido en forma inmediata y sí siempre después de la pérdida de centenares de vidas y de la destrucción de propiedades.

Otros consideran que al participar el Estado en organizaciones multilaterales y regionales, no existen razones para formular hipótesis de guerra. Esta es otra ilusión que no evita los conflictos y contribuye a la potencial destrucción del propio país. Las hipótesis de guerra no significan necesariamente que se busque un conflicto, sino que se esté preparado para enfrentarlo. Las hipótesis también pueden incluir los planes de cooperación de las fuerzas armadas de un país en auxilio de un vecino cuando azotan los desastres naturales o un vecino aliado que haya sido atacado por otro Estado. Un buen ejemplo fue la nutrida cooperación brindada por varios países cuando se hundió el submarino A.R.A. San Juan. Los ejemplos de este tipo de cooperación —hipótesis de cooperación podríamos llamarlos— son muy numerosos, especialmente en nuestra región.

Un buen estado de Defensa Nacional siempre dará seguridad a la Política Exterior del país y ayudará a disuadir a un potencial enemigo de entrar en conflicto.

Prosperidad Económica

La prosperidad económica de un Estado frente pasa necesariamente por el comercio y las inversiones.

En términos de la política exterior de un Estado, el comercio exterior se puede definir como el intercambio de bienes y servicios con otro país. Esto significa la salida de productos agropecuarios, manufacturas o servicios de nuestro país —las exportaciones— y la entrada de productos de otros países en el mercado propio —las importaciones—. En este sentido, la tasa de cambio entre la moneda nacional y las monedas más comunes del comercio internacional, esencialmente el dólar estadounidense y el euro, deben idealmente favorecer las exportaciones del país.

Desde la antigüedad hasta nuestros días, el comercio exterior ha sido de capital importancia en la economía permitiendo la venta del exceso de producción en otros mercados, el suministro de bienes escasos en la economía propia eliminando distorsiones del mercado por faltantes, ampliando la oferta de productos e introduciendo nuevos alimentos, manufacturas o servicios.

El comercio exterior puede acelerar el crecimiento de la economía ya sea por medio de las ventas como por la introducción de nuevos productos que eventualmente podrían ser cultivados o producidos en el país, reduciendo la dependencia de las importaciones y promoviendo nuevos productos para la exportación.

Las ventajas comparativas de un país facilitarán las exportaciones, la especialización en la producción y la formación de los trabajadores y el posicionamiento del Estado en el comercio internacional.

Las exportaciones permiten la entrada de divisas que pueden ser utilizadas para la adquisición de las importaciones o para acumular (reservas) para su uso en caso de necesitar cubrir la importación de alimentos, materias primas o manufacturas. Similarmente las divisas obtenidas pueden incrementar el respaldo de la moneda local.

El comercio internacional hace más prósperas las condiciones para el consumidor promoviendo la mejora de la calidad y la eficiencia de las empresas y ayuda a reducir los costos. Esta situación le permite al consumidor mayor libertad para elegir según sus preferencias de calidad y precio.

La competencia entre las empresas del país y las de otro resultará en una mayor competitividad promoviendo que las firmas nacionales desarrollen más adecuada tecnología, más ajustados procesos y eleven la calidad de la producción.

El comercio exterior también puede promover el crecimiento de los sectores agropecuario, industrial y comercial creando de esta forma mayores posibilidades de empleo, formación y especialización resultando en una mejora en el nivel de vida de la población.

El Estado debe promover el comercio exterior por las razones mencionadas, pero también debe procurar que no se cree una dependencia en uno o en pocos mercados lo que resultaría una seria desventaja para la economía y política exterior. También se debe procurar que el valor de las exportaciones de bienes y servicios supere el valor de las importaciones.

La situación ideal sería que el comercio exterior tenga mercados en distintos países y bloques económicos (Unión Europea, Mercosur, NAFTA, ASEAN, etc.), sin que ninguno o sea predominante. Esta relación permitiría poder mantener cierta independencia evitando presiones y la amenaza de pérdida de un mercado crítico para la economía del país, ya sea en términos de exportaciones cuanto de importaciones.

Muchas naciones mantienen estructuras dentro del gobierno para promocionar el comercio exterior, especialmente las exportaciones y establecen oficinas en el exterior que investigan la apertura de nuevos mercados, buscando compradores, tomando parte en ferias, exposiciones y competencias, y participando en licitaciones. Estas oficinas bien pueden formar parte de la estructura del Estado o ser mixtas contando con la colaboración de cámaras, asociaciones y empresas privadas que buscan mayores ventas para sus productos en un mercado más amplio que el propio. Este segundo esquema permitiría un menor costo de mantenimiento de la estructura, incluyendo las oficinas que se abrieran en el exterior, y evitaría que el Gobierno se involucre directamente en los asuntos comerciales de personas o empresas mientras que acompaña el comercio exterior para que se lleve a cabo dentro de los parámetros de los objetivos e intereses nacionales.

Esta oficina también debería realizar el seguimiento de las empresas involucradas en el comercio exterior promoviendo su participación o investigando casos de fraude y estafa tanto de exportadores como de las empresas extranjeras que suministran las importaciones a nuestro mercado, manteniendo un registro de las medidas paraarancelarias, sanitarias, legales, impositivas, etc., de los mercados adonde se dirigen las exportaciones, los medios de transporte disponibles, etc.

Otro aspecto de la Prosperidad Económica son las inversiones extranjeras en el país. De especial interés son las Inversiones Extranjeras Directas (IED), por las cuales empresas extranjeras establecen firmas subsidiarias en el exterior para promover la producción agropecuaria o industrial en un nuevo territorio. La IED también puede ser destinada al comercio interno.

Para lograr la Prosperidad Económica se debe asegurar que las inversiones extranjeras sean productivas y que resulten en la construcción o mejoramiento de fábricas, campos agrícolas, redes de distribución, etc. Preferentemente las inversiones buscarían solventar la demanda local y exportar el excedente que bien podría ser la principal razón de ser de la inversión. Las inversiones puramente dirigidas a satisfacer la demanda local, que por su puesto exportan las ganancias, siempre llegarán a agotar esa demanda sin generar una expansión por medio de las exportaciones. Las inversiones además deben asegurar el respeto por el medio ambiente produciendo una mínima contaminación según las normas locales, del país de origen y las recomendaciones internacionales.

Debe advertirse que en muchos casos las inversiones extranjeras consisten en la adquisición de una firma nacional afectada por problemas financieros, de tecnología o de «coyuntura». En este caso, aportando capital y tecnología, la firma extranjera vuelve a poner en marcha a la fábrica otrora nacional, logrando conquistar el espacio correspondiente en el mercado para llevarse las ganancias a la casa matriz[5].

Si el país que recibe las inversiones extranjeras se encuentra en vías de desarrollo, deberían incorporarse cláusulas sobre formación y capacitación del personal, como así también sobre el bienestar y la salud, en los acuerdos, promoviendo un mejor nivel de vida para los trabajadores. Con el tiempo esto resultará en una ventaja para la firma inversora al contar con personal entrenado por ellos mismos.

Para que las inversiones extranjeras sean un motor para el crecimiento, el Estado debe procurar que sean implantadas en zonas de menor desarrollo relativo, posibilitando mejoras en esas regiones del país y favoreciendo la creación de riqueza en áreas que no sean las desarrolladas o las más ricas del país. Como criterio general, las mismas deben estar situadas cerca de donde se obtienen las materias primas a ser transformadas, ya sean agropecuarias o minerales, posibilitando una mejor distribución de la riqueza y de la población. Esta distribución de las inversiones también tendría implicancias para el mejor desarrollo de las instituciones políticas del país ya que colaboraría para una mejor la distribución de la población y por ende de los representantes en el congreso o parlamento y reduciría la concentración de la población en unas pocas aglomeraciones urbanas.

Por otra parte, los Estados deberían procurar el establecimiento de «Empresas Conjuntas», también llamadas «Joint Ventures». Estas contarían con la participación de agentes económicos locales o inclusive del Estado Nacional o de los gobiernos municipales, departamentales o provinciales, asegurando la concreción de la inversión a nivel local y eventualmente de la distribución de las ganancias de las mismas a nivel local. Por otra parte, este mecanismo sería útil para mantener una presencia del Estado en el proyecto de inversión con el objeto de controlar y facilitar el accionar respecto de los objetivos e intereses nacionales, fomentar la educación y formación técnico-industrial, etc.

Debe procurarse que las inversiones no sean puramente especulativas buscando ventajas bancarias para irse al poco tiempo llevándose el capital invertido y los intereses devengados, resultando en una pérdida neta para el país y el sistema financiero. Esta forma de «inversión» ha sido muy aprovechada por los interesados en las ganancias propias, a saber, como ladrones o usureros quienes deben ser tratados como tales.

Claro está que el Estado no debe realizar acciones que ahuyenten las inversiones extranjeras por el vacío que pueden llegar a infligir a la economía nacional. La desaparición de empresas extranjeras puede resultar, especialmente si es repentina, en un mayor desempleo, la creación de un vacío de tecnología, la fuga de técnicos y científicos calificados, tanto propios como extranjeros, el retiro de importantes sumas de dinero, especialmente de divisas extranjeras, etc. Un clásico ejemplo fue la finalización de la cooperación económica y técnica entre la Unión Soviética y la República Popular China en 1958-60, al iniciarse la ruptura ideológica entre ambos países.

Una economía pujante con una amplia balanza comercial a favor, inversiones productivas, suficientes reservas sosteniendo la moneda nacional y un nivel de inflación manejable dan independencia a la política exterior de un Estado.

Proyección Global

La Proyección hacia el Exterior o Global de un Estado es el perfil que pretende mostrar hacia la comunidad internacional, teniendo en cuenta la constitución, valores, leyes, costumbres, tradiciones y “sentimientos” del pueblo. Es esencialmente la Política Exterior del Estado la que debe encarnar y hacer visibles, tanto a la ciudadanía como a los actores internacionales, el Interés Nacional y los Objetivos Nacionales[6].

Amadeo considera que el Interés Nacional no es un objetivo en sí, sino que corresponde a un supuesto esencial: «Cualquiera sea el objetivo que el Estado se trace debe estar basado en el interés nacional y todo lo que lo contradiga debe quedar terminantemente excluido»[7].

Los objetivos de la Política Exterior son «aquellas metas estables que los Estados se proponen alcanzar en el plano internacional y para cuyo logro emplean los procedimientos y se valen de los métodos propios de esa política». Su «elaboración es el fruto de la consciencia nacional a través de la historia, y en esa elaboración participan varias generaciones»[8].

A mayor complejidad, tamaño y riqueza del Estado, mayor será la necesidad de su integración en la comunidad internacional y el mantenimiento de una presencia activa en ese ámbito en distintas áreas que bien podrían resumirse en los siguientes niveles:

Político. Mantener buenas relaciones con los países vecinos y las potencias regionales y mundiales; buscar y mantener un espacio en los organismos regionales e internacionales para proyectarse y defender sus intereses nacionales

Económico-Comercial. Mantener relaciones con los organismos internacionales económicos, organizaciones del comercio y del desarrollo económico; asegurar el comercio exterior, especialmente las exportaciones «tradicionales” del país así como los productos novedosos abriendo nuevos mercados; promover las inversiones extranjeras al país y buscar oportunidades para las inversiones en el exterior de mutuo provecho.

Social. Lazos entre los inmigrantes y sus parientes en sus países de origen; intercambio turístico entre los países; relaciones creadas por el intercambio de académicos, estudiantes y funcionarios/oficiales militares; turismo cultural; aprendizaje de idiomas; intercambio de profesionales de distintos rubros.

Cultural. Diseminación de la Cultura Nacional, especialmente de la literatura, las expresiones plásticas y la música, sea esta popular o clásica; fomentar los teatros, museos y centros de exposiciones del país; promocionar las creaciones artísticas y a los intérpretes; promover el intercambio de académicos y estudiantes universitarios,

Científico-Tecnológico. Buscar el intercambio en las investigaciones científicas y técnicas; procurar los intercambios de estudiosos; protección de las investigaciones propias y de las patentes; promocionar las investigaciones científicas en el exterior.

Militar-Estratégico. La participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de mantenimiento de la paz de los organismos internacionales y regionales; intercambio de oficiales con otros países, especialmente dentro de la misma región; participación en maniobras, estudios y simulacros con países amigos.

La Proyección Global presenta otra dimensión que es la visión que tienen los otros actores internacionales del país. Políticas cortoplacistas, interesadas, cambiantes o inestables no ayudan a presentar una imagen coherente y seria del Estado. Lo mismo puede decirse de las políticas seguidas internamente para con los foráneos e inmigrantes, el respeto por los derechos humanos, económicos y políticos, las inversiones extranjeras y otros factores que preocupan a la comunidad internacional. Se supone que el Estado es un actor racional que busca el interés nacional y las buenas relaciones con otros países[9].

Esta Proyección hacia el exterior requiere de una política de Estado que tenga en cuenta las cuatro dimensiones que hemos descripto y mire hacia el exterior para lo cual necesita de una Administración Pública y un Cuerpo Diplomático capacitados, profesionales y motivados con visión de conjunto hacia el futuro en un mundo cada vez más complejo. La claridad de esa Proyección Internacional se retroalimenta con las Políticas Internas impulsadas por el Interés Nacional

 

* Estudió Ciencias Políticas en la Universidad de Sophia (Tokio, Japón), Relaciones Internacionales en la Universidad del Salvador y Economía en la Universidad de Deusto (Bilbao, España). Egresó del Instituto del Servicio Exterior de la Nación, ISEN (1984) y como Diplomático ha cumplido funciones como Cónsul en Bilbao, en la Embajada Argentina en la República Popular China y como Cónsul General en Guangzhou (R. P. China). En Cancillería fue Director de Documentación de Viaje dentro de la Dirección General de Asuntos Consulares y estuvo a cargo de la Representación Especial para Asuntos de Terrorismo. Se retiró del Servicio Exterior de la Nación como Ministro Plenipotenciario de Primera Clase en 2018.

 

Referencias

[1] Gerald Segal. “Chinese Foreign Policy”. En: Goodman, David y Segal, Gerald, China at Forty, Oxford: Oxford University Press, 1990.

[2] Amadeo, p.81.

[3] Gaudium et Spes -Constitución Pastoral-, 26

[4] Holsti, p. 84

[5] Speroni, Iris: El Cascabel al Gato

[6] Dougherty y Pfaltzgraff p 95

[7] Amadeo, p.147

[8] Amadeo, p.145-6

[9] Dougherty y Pfaltzgraff p 32

 

Bibliografía

Amadeo, Mario: Manual de Política Internacional. Buenos Aires: Abeledo-Perrot, 1978.

Dougherty, James A. y Pfaltzgraff, Robert L. Contending Theories of International Relations. Nueva York: Longman, 2001.

Giménez Morera, Antonio. Organización y Gestión del Comercio Internacional. Universidad Politécnica de Valencia, 2019.

Goodman, David y Segal, Gerald. China at Forty, Oxford: Oxford University Press, 1990.

Holsti, Kalevi J. International Politics: A framework for Analysis, Prentice-Hall, Englewoods, Nueva Jearsey, 1972.

Speroni, Iris. «El Cascabel al Gato». Restaurar, 18/01/2022, https://restaurarg.blogspot.com/2020/01/aumentar-la-inversion-quien-le-pone-el.html

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