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EL CONFLICTO DEL ATLÁNTICO SUR (PARTE 1). DE LA HISTORIA DE LAS MALVINAS A LOS ANTECEDENTES DEL CONFLICTO DE 1982.

Marcelo Javier de los Reyes*

Uno de los cuatro mapas de las islas Malvinas del siglo XVIII, previas a la ocupación británica, pertenecientes a la colección Pedro de Ángelis de la Biblioteca Nacional de Brasilia, que fueron entregados por la Cancillería de Brasil a la Argentina en 2012.

La guerra de Malvinas fue el conflicto bélico en el que se enfrentaron la Argentina y el Reino Unido por el control de las islas Malvinas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. Para la Argentina se trata de un territorio usurpado por una potencia colonial.

Como el conflicto involucró un espacio geográfico mayor al de esas islas, ya que se extendió a las islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur, sería más apropiado hablar del Conflicto del Atlántico Sur.

Comparado con el océano Pacífico, el Atlántico Norte así como con otros espacios marítimos, la zona austral del océano Atlántico puede ser considerada virtualmente un área ausente de conflictos bélicos, a excepción de las batallas navales de la Primera y Segunda Guerras Mundiales y del Conflicto del Atlántico Sur.

Treinta y siete años después de terminada la Segunda Guerra se produjo este enfrentamiento armado que sería el único que se centró en el Atlántico Sur en el siglo XX. Esta guerra se enmarcó indirectamente en un conflicto mayor, la Guerra Fría, por lo cual fue sobredimensionada por los países centrales, llegándose incluso a considerar —hacia el final de ese conflicto—, que una vez derrotadas las fuerzas armadas argentinas por parte del Reino Unido estaría el peligro de que “los militares argentinos dieran un giro prosoviético o que un contragolpe interno cambiara su férreo anticomunismo”[1].

El Conflicto del Atlántico Sur produjo una gran movilización de recursos bélicos por parte del Reino Unido, la mayor luego de la Segunda Guerra Mundial, y contó con el apoyo de los Estados Unidos y del resto de los Estados miembros de la OTAN.

Antecedentes

Las islas Malvinas formaron parte de España conforme a lo dispuesto por los primeros instrumentos internacionales que delimitaron el “Nuevo Mundo”, tras la llegada de los europeos al continente americano en 1492. Estos instrumentos son las Bulas Pontificias y el Tratado de Tordesillas de 1494, acordes con el derecho internacional de la época.

Durante la mayor parte del siglo XVI, sólo navegantes al servicio de España surcaron las rutas marítimas próximas a la costa de América del Sur, en su búsqueda del paso interoceánico. En esa exploración fueron descubiertas las islas Malvinas por integrantes de la expedición de Magallanes en el año 1520 y, a partir de ese momento, toda la región austral de América, incluidas sus costas, mares e islas, quedaron dentro de la jurisdicción de España, lo que fue razón suficiente para que la corona española formulara una protesta cuando marinos de otras naciones se aventuraban en los territorios bajo su soberanía.

En 1655 el Reino Unido ocupó Jamaica (1655) durante el protectorado de Oliver Cromwell, en el marco de la política que se denominó Western Design (“Designio Occidental”), por la que procuraba arrebatarle a España sus posesiones en América, para poder apropiarse de sus riquezas y fortalecer y expandir el protestantismo en detrimento del catolicismo, representado por la corona española. Esta política desencadenó la guerra anglo-española entre los años 1655 y 1660. Jamaica no fue restituida a España y fue utilizada para operar contra las posesiones y navíos españoles.

Durante todo el siglo XVII, España e Inglaterra firmaron varios tratados destinados a reducir la tensión entre ambas potencias: el Tratado de Londres, Tratado de Paz, Alianza y Comercio (1604); Tratado de Madrid, Tratado de Paz, Confederación y Comercio entre España e Inglaterra (1630); Tratado Secreto entre Carlos Estuardo y Felipe IV (1656); Tratado de Paz y Comercio entre las coronas de España e Inglaterra (1665); Tratado de Renovación de Paz y Alianza y Comercio entre las coronas de España y de Gran Bretaña (1667); Tratado para Restablecer la Amistad y Buena Correspondencia en América entre la Corona de España y de Gran Bretaña (1670), también conocido como “Tratado de Godolphin” (por el diplomático británico); Tratado de Unión y Alianza Defensiva entre las coronas española e inglesa (1680).

Al finalizar la guerra de Sucesión Española, en 1713, fue firmado el Tratado de Utrecht —también conocido como Paz de Utrecht—, constituido por un conjunto de tratados celebrados entre las potencias que se enfrentaron en ese conflicto. A través de uno de ellos el Reino Unido reconoció los dominios de España, salvo Gibraltar y Menorca que fueron tomados durante el conflicto. 

Tratado de Utrecht, 1713

En lo que respecta estrictamente al Atlántico Sur, debe señalarse que las islas Malvinas habían sido exploradas en 1690 por el marino británico John Strong, bautizando con el nombre del Falkland al pasaje que las separa y que es denominado estrecho de San Carlos por la Argentina. Los británicos habían considerado ocupar las islas pero ese proyecto fue abandonado debido a las protestas de España.

En 1764 el navegante francés Louis Antoine de Bouganville tomó posesión de las islas en nombre del rey de Francia y en 1765, las cuales ya eran conocidas por los navegantes y comerciantes de Saint Maló, en la región de Bretaña, Francia, de donde deriva el nombre de Malvinas ya que ellos las denominaron Malouines en homenaje a su ciudad.

Por su parte, el Comodoro Byron hizo lo propio en nombre de Su Majestad británica fundando Puerto Egmont.

En 1766 el rey de Francia reconoció la soberanía española sobre las islas y en 1767 Bouganville se las entregó al primer gobernador español, Felipe Ruiz Puente. Por su parte los británicos se retiraron definitivamente en 1774.

Luego de la independencia argentina, el 6 de noviembre de 1820, el marino y corsario estadounidense David Jewett, al servicio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, tomó posesión de las islas Malvinas al mando de la fragata Heroína. Además de afianzar la Soberanía Nacional en las islas, la posesión tenía por objetivo evitar la destrucción de las fuentes de recursos necesarios para los buques que, de paso o recalada forzada, arribaran a las islas para que pudieran aprovisionarse con el mínimo de gastos y molestias, como lo notifica el capitán Jewett a través de una circular.

El 6 de noviembre de 1820, el marino y corsario estadounidense David Jewett, al servicio de las Provincias Unidas del Río de la Plata, tomó posesión de las islas Malvinas al mando de la fragata Heroína.

En 1826 el gobernador argentino Luis Vernet se estableció en Puerto Soledad. En 1831 arribó la goleta estadounidense Lexington que saqueó la colonia argentina provocando un conflicto diplomático con los Estados Unidos.

A fines de 1832 el gobierno de Buenos Aires destinó a las islas la goleta Sarandí al mando del capitán Pinedo.

Orígenes del conflicto

La disputa por la soberanía de las islas Malvinas tiene su origen en la usurpación de las mismas llevadas a cabo por el Reino Unido en 1833, cuando la corbeta inglesa Clio desalojó a los pobladores y a la guarnición argentina, en el marco de su política de dominar los mares. De este modo estableció dominios en puntos clave del planeta, algunos de los cuales continúan bajo soberanía de la corona británica y constituyen enclaves estratégicos:

  • Peñón de Gibraltar. Tras la guerra de Sucesión española se firmó el Tratado de Utrecht por el cual “El Rey Católico, por sí y por sus herederos y sucesores, cede por este Tratado a la Corona de la Gran Bretaña la plena y entera propiedad de la ciudad y castillos de Gibraltar” (artículo X del tratado).
  • Diego García. Luego de la derrota de Napoleón, en 1815, la isla pasó a manos del Reino Unido,
  • Malta. En 1815, el Congreso de Viena consagró la soberanía británica sobre esta isla desde la cual los británicos, sumado al peñón de Gibraltar, podían dominar el mar Mediterráneo.
  • Hong Kong. En 1842 obtuvo la “cesión a perpetuidad” de la isla luego de atacar a China en la primera Guerra del Opio. En 1997 el Reino Unido transfirió el territorio nuevamente a la soberanía de China.
  • Santa Helena. Esta isla del Atlántico Sur tiene una ubicación geoestratégica entre África y América. Sus instalaciones militares fueron utilizadas durante el Conflicto del Atlántico Sur. Bajo la jurisdicción de las autoridades británicas de Santa Helena también se encuentra la isla Ascensión otro grupo de islas de la cual se destaca Tristán da Cunha.
  • Honduras Británicas (actual Belice). Si bien desde 1763 España le permitió a los ciudadanos británicos iniciar la explotación de la riqueza maderera, recién en 1862 las Honduras Británicas se convirtieron en colonia del Reino Unido.

El Conflicto del Atlántico Sur tiene su origen con anterioridad a la recuperación de las islas Malvinas por parte de la Argentina el 2 de abril de 1982. La Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades en el Conflicto del Atlántico Sur (CAERCAS) (1988), en su Informe Final, más conocido como Informe Rattenbach, expresa:

El incidente de las Islas Georgias del Sur se originó al desembarcar personal argentino en la Isla San Pedro, izar el pabellón nacional —por propia iniciativa— y no cumplimentar requisitos de inmigración exigidos por las autoridades británicas.

Este hecho se transformó en el elemento desencadenante del conflicto del Atlántico Sur, al producir una reacción británica considerada exagerada, y precipitar la decisión de la Junta Militar de adelantar la operación “Azul”.[2]

El personal al que se refiere el informe pertenecía a la empresa Islas Georgias del Sur S.A. El incidente de las islas Georgias del Sur se desencadenó a partir de una operación comercial privada llevada a cabo por el comerciante argentino Constantino Davidoff, quien firmó un contrato con la compañía escocesa Salvensen Limited en septiembre de 1979 y que caducaba en marzo de 1983.

La operación comercial consistía en el desguace de los puestos balleneros pertenecientes a una empresa británica ubicados en la isla San Pedro.

Las tramitaciones correspondientes se realizaron en el marco del Convenio sobre Comunicaciones de 1971 que permitía los viajes entre las Malvinas y Argentina pero que no incluía a las islas Georgias del Sur[3].

Davidoff visitó Puerto Leith en diciembre de 1981 transportado por el buque ARA Almirante Irizar a los efectos de inspeccionar las instalaciones que había adquirido como chatarra. A su regreso a Buenos Aires Davidoff, quien había viajado con autorización de la embajada británica en Buenos Aires, fue citado por el embajador británico Williams para advertirle que debió haberse presentado en Grytviken antes de dirigirse a Leith para obtener su correspondiente permiso.

En una entrevista que Davidoff brindó a la BBC en 2010, Davidoff dijo que a fines de 1981 visitó al embajador británico en Buenos Aires, habló con las autoridades de las islas Malvinas y firmó un contrato por US$ 270.000 con los propietarios escoceses de la estación ballenera abandonada[4]. Posteriormente, conversó nuevamente con el embajador británico para asegurarse de que ya no había nada más que él debiera hacer. El artículo de la BBC informa que la versión del empresario “está certificada por el informe del Comité Franks, de 1983, llevado a cabo por las autoridades británicas para explicar los sucesos que condujeron al conflicto”.

A fines de febrero de 1982 Transportes Navales informó a la empresa Islas Georgias del Sur S.A. que el personal sería embarcado el día 11 de marzo de 1982 en el buque Bahía Buen Suceso para trasladarlo a Puerto Leith.

Siempre conforme al Informe Rattenbach, el día 3 de marzo de 1982 y luego de tomar conocimiento de los cables procedentes de la embajada británica en Buenos Aires, la Primera Ministra Margaret Thatcher ordenó preparar “planes de contingencia” y consultó al ministro de Defensa acerca de cuánto tiempo le insumiría a los buques de la flota llegar a las islas Malvinas, en caso de ser necesario.

Paralelamente las Fuerzas Armadas argentinas fueron siguiendo la evolución de los acontecimientos y tomando una postura de negociación poco flexible. No obstante dejaron de lado la operación “Alfa” que consistía en aprovechar la operación comercial de Davidoff para realizar el asentamiento de un grupo científico en la isla San Pedro, siguiendo el modelo llevado a cabo en las islas Sandwichs del Sur en 1976[5].

El Grupo “Alfa” se compondría de 15 hombres al mando del teniente de navío Alfredo Astiz y debía permanecer en Tierra del Fuego afectado a la Campaña Antártica en tarea de adiestramiento hasta ser trasladado a Puerto Leith.

El personal de la empresa desembarcó el 19 de marzo en Puerto Leith y según las versiones británicas procedieron a izar la bandera argentina aunque las declaraciones de Davidoff desmienten el hecho y afirma que la bandera ya se encontraba en el lugar. No obstante la bandera fue arriada inmediatamente.

Los operarios de la empresa de Davidoff en las Georgias

En la mencionada entrevista que Davidoff mantuvo con la BBC, afirmó que no había militares entre sus trabajadores, que no izaron la bandera ni cantaron el Himno Nacional. Sostiene que era un acuerdo comercial y, enfáticamente, expresó: “Habría tenido que estar loco para permitir que me lo arruinaran[6]. Todo lo que hacía falta era una llamada de la embajada británica y habría retirado a mis trabajadores, habría cancelado mi contrato”. Agrega que “se podría haber evitado una guerra”. Davidoff insiste en que el Reino Unido dio inicio a la guerra al enviar un contingente militar a enfrentar lo que era un asunto civil[7].

Cuando el personal de Davidoff se encontraba en Puerto Leith, miembros de la British Antartic Survery (BAS) de Grytviken observaron el desembarco e informaron al gobernador Rex Hunt en las islas Malvinas “que un grupo de civiles y militares argentinos había invadido la isla San Pedro”.

Siguiendo instrucciones del Foreign Office el embajador británico en Buenos Aires expresó a la Cancillería Argentina que había recibido órdenes de Londres de presentar un mensaje conteniendo los siguientes puntos: los obreros debían abandonar Puerto Leith y presentarse en Grytviken; se debía arriar la bandera; no se debía interferir en las instalaciones de la B.A.S.; no se debían alterar las señales; no se debía permitir desembarcar personal militar ni se debía permitir llevar armas a tierra.

A ello agregó que el incidente era considerado como “muy serio” por las autoridades de Londres.

La Cancillería respondió que el buque Bahía Buen Suceso no era un buque de guerra sino de transporte y de características comerciales, que saldría de las Georgias el día 21 de marzo, una vez finalizado el desembarco de material, que no había desembarcado personal militar ni se habían llevado armas de guerra, contrariamente a lo informado por la B.A.S.

Del mismo modo informó que las autoridades británicas estaban en conocimiento del viaje del empresario Davidoff ya que el mismo había comunicado sus actividades ante la embajada del Reino Unido en Buenos Aires.

No obstante la Cancillería Argentina intentó restar importancia al hecho y a considerar que las informaciones emanadas desde la B.A.S. en las islas Georgias “habían contribuido innecesariamente a aumentar el tono del incidente”.

La situación tomó un giro preocupante cuando el día 21 de marzo zarpó de Puerto Stanley (Puerto Argentino) el HMS Endurance con la misión de dirigirse a Puerto Leith a evacuar a los trabajadores argentinos, si ello era necesario, a pesar de que el Foreign Office le informó al Encargado de Negocios de la República Argentina en Londres, Atilio Molteni, que “su gobierno estaba satisfecho con las explicaciones recibidas y que confiaba en que el Bahía Buen Suceso dejara las islas el día 22 con el grupo desembarcado, esperando que estos hechos no se repitiesen y aclarando que el Reino Unido no haría, de este incidente, una cuestión mayor”.

Ese mismo día el representante del gobierno argentino en Puerto Stanley (Puerto Argentino) informó que en horas de la noche las oficinas de LADE habían sido violentadas por desconocidos y que en el interior se había colocado una bandera británica sobre una argentina y la inscripción “Tip for Tap, Buggers” (“Ojo por ojo, ladrones”).

Mientras tanto el Foreign Office difundía que los trabajadores argentinos habían desembarcado en Puerto Leith sin la documentación correspondiente y los medios de comunicación británicos difundían en grandes titulares acerca de una “invasión argentina a las islas Georgias del Sur”, omitiendo mencionar el incidente acontecido en las oficinas de LADE en Malvinas.

Cuando el embajador británico Williams fue informado por la Cancillería Argentina de que un grupo de los trabajadores continuaba en las Georgias a pesar de que el Bahía Buen suceso había emprendido el viaje de retorno al continente, se incrementó el malestar en Londres y se produjeron emotivas sesiones en el Parlamento y en la Cámara de los Lores. Se le impartieron instrucciones al HMS Endurance para que prosiguiese su misión de evacuar a los argentinos de las Georgias.

El buque HMS Endurance amarrado en el puerto de Mar del Plata, en febrero de 1982, poco tiempo antes del conflicto.

El gobierno argentino decidió el día 23 de marzo llevar adelante la operación de toma de las islas Malvinas a la que se le dio el nombre de “Azul”, proseguir de forma indefinida las negociaciones con el embajador británico, proteger al personal argentino e interceptar al HMS Endurance para evitar que arribara a Puerto Leith a cumplir con su misión. Asimismo decidió que el buque A.R.A. Bahía Paraíso, que se encontraba en esos momentos en las islas Orcadas del Sur, pusiera proa a Puerto Leith.

A pesar de estas medidas y de la intención de ejecutar la operación “Azul” las autoridades argentinas impartieron instrucciones al A.R.A. Bahía Paraíso para que no diera lugar a un incidente bélico y para que no interceptara al buque HMS Endurance si ya había procedido a la evacuación.

Mientras que el embajador británico sostenía que los trabajadores debían trasladarse a Grytviken, la Cancillería Argentina se amparaba en que “no era necesario” por el Acuerdo de Comunicaciones de 1971.

La escalada diplomática y militar que se iba produciendo con el correr de las horas actuaba en detrimento de las negociaciones: el día 24 el gobierno británico instruyó que debían reforzarse las tropas en las Malvinas y para ello embarcó a “marines” en el buque RRS John Biscoe en Montevideo y ordenó que el RRS Bransfield, anclado en Punta Arenas, zapara el día 25 de marzo con destino a Puerto Stanley (Puerto Argentino).

El Reino Unido exageró el incidente de las Georgias y obró, con anterioridad al conflicto armado, utilizando a los medios para ejercer una manipulación sobre la sociedad británica y recurrió a las presiones diplomáticas y a la intimidación militar enviando a la zona a tres buques de guerra —el Endurance, el Briscoe y el Bransfield—, todo lo cual daría la posibilidad de considerar que la escalada del conflicto podría obedecer a un plan previamente delineado. A ello se agrega que el encargado de negocios en la embajada argentina en Londres, Señor Molteni, habría informado acerca del propósito del gobierno británico de prolongar las negociaciones a los efectos de ganar tiempo para preparar la defensa de las islas.

El gobierno militar tenía contemplada la denominada operación “Azul” desde diciembre de 1981 pero, ante la evolución de los acontecimientos, decidió llevarla adelante entre el 1° y el 3 de abril con la intención de ejercer una presión que favoreciera la dilatada negociación acerca de la soberanía pero la apreciación fue incorrecta pues no se contemplaba que el Reino Unido reaccionara militarmente.

* Licenciado en Historia egresado de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires (1991). Doctor en Relaciones Internacionales, School of Social and Human Studies, Atlantic International University (AIU), Honolulu, Hawaii, Estados Unidos. Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires, Editorial Almaluz.

 

Referencias

[1] Ricardo Kirsschbaum, Oscar Raúl Cardoso, Eduardo van Der Kooy y Ana Baron. “Malvinas: las batallas secretas de la Guerra Fría Los documentos que agitaron el golpe prosoviético”. Clarín (31/03/2002) <http://old.clarin.com/suplementos/zona/2002/03/31/z-00215.htm> [consulta: 20/10/2003].

[2] Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades en el Conflicto del Atlántico Sur (CAERCAS): Informe Final. Conocido también como Informe Rattenbach. Buenos Aires: Ediciones Espartaco, 1988.

[3] Ídem.

[4] Daniel Schweimler. “El vendedor de chatarra que provocó accidentalmente la guerra del Atlántico Sur”. BBC, 05/04/ 2010, <https://www.bbc.com/mundo/economia/2010/04/100405_1503_malvinas_falknads_chatarra_cr >, [consulta: 12/02/2011].

[5] Comisión de Análisis y Evaluación de las Responsabilidades en el Conflicto del Atlántico Sur (CAERCAS). Op. cit.

[6] Daniel Schweimler. Op. cit.

[7] Ídem.

 

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¿QUIÉN EJERCE EL PODER EN EL ATLÁNTICO SUR? (2da. Parte) “Hay que pegarle al chancho para que aparezca el dueño”

César Augusto Lerena*

La ONU declaró que el día 5 de junio es el Día Internacional de la Lucha contra la Pesca Ilegal, nada mejor entonces para hablar de este tema.

Días pasados, me referí a un acuerdo entre una ONG “sin fines de lucro” denominada OPRAS y, referí, se sería un brazo de CAPECA y, omití decir, que el Acuerdo firmado con Armadores Españoles para cuidarnos de los asiáticos el Atlántico Sur ¡noble tarea!, también lo acompaña la Cámara de Armadores Poteros (CAPA). Bien, “cuando la limosna es grande hasta el santo desconfía”, pero, no prejuzguemos, ya les aportaré suficientes documentos para que cada uno pueda sacar sus conclusiones. Me han llegado un sinnúmero de opiniones y publicaciones que dicen, que se trataría solo de un acuerdo entre españoles, a juzgar por los miembros de OPRAS y las empresas que integran las Cámaras españolas y argentinas. Sabremos más una vez que el subsecretario de Pesca y el secretario de Malvinas opinen, respecto a delegar obligaciones inherentes a un Estado soberano.

Les recuerdo que los buques españoles que pescan a distancia en el Atlántico Sur son tan ilegales como los chinos, por las propias declaraciones de OPRAS y las que yo podría aportar. Probablemente agrupados en la Asociación Española de Buques de Merluceros (ANAMER) y en la Confederación Española de Pesca (CEPESCA), depredan los recursos migratorios argentinos y lo hacen —como ellos mismos confiesan— desde hace 37 años (precisamente, cuando los británicos invadieron Malvinas) con buques congeladores de gran porte y manifestando que en los caladeros externos (entre ellos el Atlántico Sur) tienen 193 buques, el 97% de los arrastreros de su flota, con los cuales, efectúan el 58% de las capturas españolas (IME, 20/5/2020) y, como bien transcribe y opina Walter Castro, del Sindicato de la Actividad Naval de Mar del Plata: “The 2019 Annual Economic Report on the EU Fishing Fleet del Scientific, Technical and Economic Committee for Fisheries (Stecf), según el cual, la de Galicia es —pese a su dimensión y capacidad— la menos rentable de las grandes flotas europeas que, continúan abandonando Galicia, aun dejando su matrícula original de Vigo o Bueu, con destino a caladeros de África y Argentina”. Se repite la historia de 1990, aunque algunos tenemos memoria.

Entremos ahora, en algunos detalles del entramado de este “Acuerdo entre empresas”, bajo el marco cuidemos la salud del caladero argentino de OPRAS: El 25 de abril de 2020, el Periodista Gustavo Rachid, tanto en la página “Pesca con Ciencia”, como en CAPA, comienza a hacer su aparición en escena y también lo hace para OPRAS: “La comunicación profesional en el sector profesional en el sector de la industria pesquera” y “La Responsabilidad en el Mar”, donde entre otras cosas hace una apología —sin una debida formación temática— de eventuales acuerdos pesqueros y pondera los efectos de la comunicación por encima de los antecedentes sectoriales, y el 27 de abril dice: “…nuestra declamada soberanía en el Atlántico Sur es objeto de burla por los extranjeros que la violan para adueñarse de nuestros recursos… el Atlántico Sur no empieza ni termina en Malvinas. Comienza en el Paralelo de 5 grados (Brasil) y se extiende hasta el de 60 grados donde se convierte en antártico… es necesario señalar que no sólo la Argentina se ve afectada por esta irracional actividad de explotación irregular y no reglamentada, sino que lo son los tres países ribereños y sus recursos…” y, sugestivamente no refiere quienes son los extranjeros, ni a la parte meridional del Atlántico Sur y, tampoco deja claro, ¿a qué tres países ribereños, refiere?

Por su parte, el 17 de mayo el presidente de OPRAS Eduardo Pucci escribe en “Pesca con Ciencia” el artículo “El Atlántico Sudoccidental – Zona Libre para la Pesca Ilegal” donde entre otras cosas dice: “…la conducta habitual de ciertas flotas pesqueras extranjeras de alta mar que alejados de sus propias aguas peregrinan por el mundo buscando los espacios más productivos y menos controlados para pescar libres de toda obligación que condicione su conducta… conocedores de la debilidad de las normas internacionales y de la indefensión de los estados costeros, abusan de supuestos derechos o libertades… No es biológicamente viable que la pesca ilegal en la región continúe… con la complicidad del silencio gubernamental y del ambiguo secretismo oficial… con evidente desprecio a las normas internacionales y a la legislación del estado ribereño… la tradicional y ecléctica acción política utiliza la ignorancia pública (NdA: Ignorancia Colectiva usa CAPECA en el artículo de byGustavo Rachid del 3 de marzo) para convertir lo irracional en racional, lo ilógico en lógico, la posición ideológica en dogma y el dogma en Política de Estado inopinable, evitando ratificar normas internacionales vinculantes, pese a haber firmado alguna de ellas…” y hace una propuesta de establecer un Área de Pesca Regulada en una franja adyacente a las ZEEs de 150 millas (donde) los terceros países deberán comprender la prioridad del estado costero en el acceso y regulación de los recursos transzonales… en zonas cuyo ordenamiento no alterara la continuidad del reclamo de soberanía sobre las islas en litigio…”. Bueno yo comparto parte de sus manifestaciones, pero habría que hacer algunas aclaraciones: primero, sus comentarios sobre cuestiones ideologías y preocupación como director de OPRAS por el cuidado del recurso, no condice con su calidad de ex funcionario durante el Proceso Militar, el gobierno Radical y el Justicialista, en el que fue el Subsecretario de Pesca de uno de los períodos de mayor sobreexplotación de merluza y pérdida de empleo en el sector. La evolución de Darwin es posible, pero, es razonable comprender la duda: “el que se quema con leche cuando ve una vaca llora”. Segundo, que antes de la firma de cualquier acuerdo con los pesqueros españoles, éstos deberían adherir a la administración argentina 150 millas más allá de la ZEE, tal cual propone y dejar de tomar licencias (etc.) del Reino Unido en Malvinas (podría fundarlo largamente) y, tercero, con el argumento que no alteraría nuestro reclamo de soberanía, congelada por el “paraguas”, el Reino Unido en 1982 ocupaba 11.410 Km2 y tres millas marinas, y hoy ocupa 1.639.900 Km2 de territorio marítimo.

El 27 de mayo de 2020 en la página “Pesca con Ciencia” se publica el artículo “Los calamares de nuestros mares: el caso del Illex argentinus”. Lo de “nuestros” supongo que será un genérico y no una pretensión de apropiarse del Atlántico Sur luego de pescar por 37 años. Si bien no se indica al autor, pero lo imaginamos, es poco serio que escriba alguien con ninguna experiencia; pero, lo más peligroso, es que los errores gruesos y e información distorsionada que contiene, luego se publiquen, sin corrección alguna, en el Portal de CEPA, firmado nuevamente “byGustavoRachid”.

A esta altura uno debería preguntarse si este page creator, en su página “Hemisferios” (ex radio), vinculado a “Ambiente Comunicaciones” y “Pesca con Ciencia”, es el mismo Rachid Rucker renunciado de Prensa por la ministra Garmendía en España, por su pésima relación con la agencia Efe y Europa Press y otras, por el fracaso del “plan Bolonia” y su suspensión del CPI.

Cuando el caballo se pone atrás del carro: histórico marketing a full para lanzar “el acuerdo”.

Este referido artículo —entre otras cosas— dice: El calamar “…este importante recurso es compartido y explotado por varios Estados y encuentra su mayor abundancia en el Océano Atlántico Sur que corresponde a los límites entre Argentina y las Islas Falkland/Malvinas…”. Habría que decirle al autor que las islas se llaman “Malvinas” y los recursos migratorios son explotados ilegalmente por buques extranjeros y su mayor abundancia no “se corresponde a los límites entre Argentina y las Islas Falkland/Malvinas…” ya que no hay límite entre la Argentina Continental y Malvinas, es todo un territorio perteneciente a la República Argentina.

El calamar, dice que es: “…una gran oportunidad para tender puentes entre dos naciones que históricamente tuvieron una relación ambivalente…”. Sí, son ciertos los desencuentros con el Reino Unido desde antes de 1810 (se supone que también con los españoles), pero, al contrario de lo que opina el autor, la explotación ilegal a través de licencias a buques extranjeros (mayoritariamente a los españoles) en el área de Malvinas, es la peor barrera para buscar fórmulas de acercamiento.

Respecto a la ZEE, dice el artículo “…En el caso de las Islas Falkland/Malvinas por una cuestión técnico-política a esta área se la denomina Zona de Conservación y Administración y, al ser un recurso compartido entre varios Estados, ninguno posee el dominio absoluto del mismo…”. La FICZ (así la llaman) fue autoimpuesta por el Reino Unido y el dominio del recurso es de Argentina (y en su caso Uruguay), pero de ninguna manera de los británicos que lo explotan en forma prepotente.

El calamar, dice el autor, es “…la segunda en importancia luego de la merluza argentina…”. Lo cual es erróneo. Para el gobierno de las islas Falkland, continúa, representa “…el 50% de su PBI, siendo su mayor fuente de ingresos la venta de licencias a buques del Lejano Oriente y España. A su vez, el Illex argentinus es la mitad de las capturas en el área de las Islas Falkland/Malvinas…” Es decir, el propio artículo deja claro el daño que los buques españoles le ocasionan al país, más aún cuando el propio autor aclara que: “…Diversos estudios encontraron que el Illex argentinus juega un papel clave en los ecosistemas del Atlántico Sur. Forma un complejo sistema trófico junto a la merluza argentina y la anchoíta…un vínculo importante en la cadena trófica de los ecosistemas… La pesquería principal del argentinus se compone en un 95% de un solo Stock Patagónico Sur…y, en la práctica el recurso debería ser manejado como un stock único en toda su área de distribución…”. España tiene una muy importante deuda con Argentina por ello, no está para llevarse más, sino para devolver con intereses las explotaciones pesqueras sin habilitación de Argentina.

El artículo refiere al interés de varios países en el recurso y, refiere, a que los españoles solo capturan un 2.54%. Ello no coincide con que España es el destino principal de la captura en las islas.

Continúa el autor: “…Entre el año 1986 y 2005, la Comisión de Pesca del Atlántico Sur demostró que la cooperación bilateral es posible…”. Claro, la Argentina puso toda la estructura humana y física de investigación para garantizar al Reino Unido el otorgamiento de licencias. Y cuando indica que, la “Argentina entendió… su naturaleza compartida…”. El autor no conoce que la Resolución de la ONU 31/49 le indicó al Reino Unido que no podía innovar sobre el territorio ocupado en 1982, por lo tanto, no hay ninguna cesión voluntaria de un recurso de “naturaleza compartida”.

Cuando en el artículo se efectúa un esquema y describe todos los acrónimos británicos, no hace más que señalar los avances del Reino Unido y los graves errores de los gobiernos argentinos (Menem-Cavallo-Di Tella y Macri-Malcorra-Faurie) pero, es muy desagradable, que españoles refieran a Islas Falkland y publiquen este artículo en portales de instituciones argentinas o, entender al recurso, como de “naturaleza compartida” y como “un Estado costero a las Islas Falkland/Malvinas)”. Para España además de aceptar la posición de Gibraltar, es como para las cámaras argentinas, desconocer la cláusula transitoria de la Constitución Nacional, la CONVEMAR y lo prescripto en la Ley 24.922.

El autor profetiza que cualquier esfuerzo de gestión futuro deberá estar orientado al multilateralismo, involucrando en su gestión a todos los Estados con interés en la pesquería…”. Ignora, por lo visto, el tremendo fracaso de los organismos multilaterales en los últimos tiempos; solo una tesis teórica puede sugerir esto. La CONVEMAR y la Ley 24.922, y los gobernantes, salvando unos cuantos, saben, que los recursos se deben capturar, industrializar, generar valor y empleo y, en todo caso, si hubiese excedentes, podrían acordarse a quienes tengan interés.

En el artículo se hace una encendida defensa Organización Regional de Ordenamiento Pesquero (OROP) (idea que apoya Pucci) y por suerte en la Argentina un importante número de expertos impiden la ratificación del Acuerdo de Nueva York. Ya me he referido —sobradamente— porqué las OROP son muy desfavorables a los Estados Ribereños. Como lo indica la CONVEMAR, las consideraciones argentinas efectuadas en esta y lo prescripto en la Ley 24.922, la Argentina debe administrar los recursos en la ZEE y, más allá de ella los recursos migratorios y asociados que, como bien dice el autor, forman parte de único ecosistema trófico. El articulista es un ingenuo inconfesable o responde a una política contraria al interés nacional (para no caer yo en la ingenuidad) cuando dice: “…Considerando los países que ya explotan el recurso, una OROP en el Atlántico Sudoccidental debería estar formada por todos los países costeros la región… las Islas Falkland/Malvinas…”. Y, el autor vuelve a considerar país costero a las Falklands/Malvinas y llama Naciones Pesqueras de Aguas Distantes lo que la CONVEMAR denomina Estados de Bandera, que arbitrariamente separa en relevantes (China, Taiwán, Corea del Sur y España) o no…”. Demostrando quienes nos roban los recursos. En fin, podría escribir horas para referirme al irreverente panfleto que publica CAPA y que promueve byGustavo Rachid en nombre de ésta y OPRAS. Tal vez deba haber una 3ª parte porque me han quedado muchos temas.

Los últimos hechos de flotas chinas (algunos dicen 16 mil barcos) fuera de control de organizaciones regionales, demuestran que las OROP tampoco son efectivas. El ojo el amo…

Este Acuerdo execrable no va a regular el área ocupada por el Reino Unido en Malvinas: “…sin que su extensión afecte a los espacios marítimos susceptibles de disputas o controversias relativas a jurisdicción o soberanía” (sic). Nunca lo hicieron los rusos ni los españoles al servicio de la Reina … británica.

Y ante la ausencia de manifestación contraria a este Acuerdo del Subsecretario y el Consejo Federal Pesquero, reitero: ¿Los españoles nos cuidarán los recursos? y ¿quien ejerce el poder administrador y soberano en el Atlántico Sur?

Ceterum censeo Carthaginem esse delendam.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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¿QUIÉN EJERCE EL PODER EN EL ATLÁNTICO SUR?

César Augusto Lerena*

Una ONG desconocida, denominada OPRAS (Organización para la Protección de los Recursos del Atlántico Sur) que, por su integración sería un brazo de la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de Argentina (CAPECA), después de acordar con el Sindicato de Armadores de Industrias de Pesca de Brasil (SINDIPI), nos sorprende, haciendo lo mismo, con Armadores Españoles, para cuidar nuestros recursos pesqueros (¿?). Esto, nos ha servido como disparador para preguntarnos ¿quien ejerce el poder en el Atlántico Sur?

Días pasados, reflexionando sobre la situación de ocupación del Atlántico Sur, la pesca ilegal extranjera, la matriz extractiva nacional y la crisis internacional, repasé la situación, pensando quiénes son los actores y, cuál es su participación en estas cuestiones.

La Argentina con una ZEE de 3.146.345 km2, 6.816 km de costa, 1.784.000 km2 de plataforma continental, millones de km2 en el sector meridional del Atlántico Sur y la Antártida, es un “ESTADO MARÍTIMO”, del cual 1.639.900 km2 está ocupado por el Reino Unido y, con o sin licencias británicas, buques españoles, chinos y otros extraen ilegalmente todos los años un millón de toneladas de recursos pesqueros del mar argentino o migratorios de este.

En este escenario, Uruguay presta apoyo logístico portuario a esos buques depredadores. El vuelo a San Pablo desde Malvinas promoverá el intercambio de las islas con ese país y le servirá de pie de playa al mundo, amén que los isleños sigan llevando sus productos a España si la UE aprueba el libre comercio con el Reino Unido luego del Brexit o, si este no ocurriese, a través de los joint venture españoles-británicos en Malvinas. Por su parte, ahora Chile, presenta un reclamo sobre la presentación de Argentina ante la ONU de los límites exteriores de la Plataforma Continental.

Es un complejo menú por resolver en el Atlántico Sur. Estamos en problemas con tres de los cuatro países del MERCOSUR y, a ello, se nos agrega el reclamo de Chile y la pretensión de una ONG y empresas españolas de cuidarnos el recurso que los chinos y otros países asiáticos nos quitan y les quitan a los españoles (¿?). En principio, me resultan muy raras tres cosas: la primera, que para este objeto la citada CAPECA forme una ONG para cuidar sus intereses en el mar argentino, cuando a través de la Cámara podría actuar ante los poderes competentes; la segunda, que los buques españoles que pescan a distancia —tan depredadores e ilegales como los chinos— pretendan cuidar recursos de la Argentina y, la tercera, que las Autoridades competentes no ejerzan el debido poder administrador del Atlántico Sur. No es un tema menor lo que está pasando desde hace 40 años en el Atlántico Sur, que se agrava en forma sostenida y creciente. Es decir, la situación en el Atlántico Sur es un “escenario de fricción” como denominaría Marcelo Elizondo. Al que debemos agregarle nuestra situación general (pandemia, deuda externa, caída industrial, pobreza, desocupación, etc.) y de un sector pesquero que, en forma endémica, recicla un mismo modelo extractivo y se agrava a los habituales problemas internos por la caída de la demanda y del precio internacional.

Dejaré para una próxima oportunidad las cuestiones relativas a la administración pesquera de Argentina, para avanzar con las extrañas, pero, no puedo dejar de mencionar el absurdo de haber promovido las “Áreas Marítimas Protegidas (AMP)” que limitan, la explotación pesquera, en algunos casos en favor del Reino Unido en Malvinas (ya profundizaré en otro trabajo), para cuya restricción hubiese bastado la intervención del INIDEP y del Consejo Federal Pesquero y, las primeras informaciones que indican detonaciones en las áreas —sin estudio de impacto ambiental previo— asignadas a la explotación petrolera que podrían afectar la actividad pesquera.

El caso Chile. La Argentina realizó la presentación el 21 de abril de 2009 en la ONU de los límites exteriores de su Plataforma Continental, sobre trabajos iniciados en 1997 y ello dio lugar a la “aprobación de las recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) de la ONU el 28 de marzo de 2016. Con tal motivo elaboré para el Senador Pino Solanas un proyecto de ley de aprobación de las recomendaciones bajo el expediente S-2182/16 del 10/8/16, que durmió el sueño de los justos. Chile recién apoyó la CONVEMAR en 1997 y habría hecho la presentación a la ONU en 2019. Su gobierno hoy efectúa el reclamo —que parece dirigido a su política interna— porque, bien es sabido, que la Comisión de la ONU solo efectuó “recomendaciones” y no aprobaciones, las que quedan firmes si no hay reivindicaciones similares. Si, llama la atención, que al referirse a los límites de nuestros archipiélagos algunos autores chilenos refieran a “los amplios espacios del Atlántico Sur actualmente bajo administración del gobierno británico…”. No parecen haber cambiado mucho los apoyos probritánicos en Chile.

El caso Uruguay. No puede postergarse un Acuerdo con la República de Uruguay. Un Acuerdo ampliatorio del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo firmado en 1973, que puede resolverse muy satisfactoriamente para ambas partes y que lleve a la práctica una verdadera integración rioplatense postergada por 200 años. El daño que nos ocasiona la logística que realizan chinos y españoles en los puertos se Uruguay es tan grave en lo económico como en nuestra relación soberana en el Atlántico Sur. Está en el gobierno argentino ponderarlo y actuar en consecuencia.

El caso Brasil. La autorización de los vuelos a Brasil desde Malvinas habría que cancelarla, porque, a lo ya dicho precedentemente, consolida un quiebre a todos los acuerdos suramericanos de no facilitar las operaciones del Reino Unido desde Malvinas. La generación de negocios entre los ocupantes de Malvinas y Brasil tendrá un carácter irreversible y una ruptura de las políticas de unidad latinoamericanas.

El Reino Unido en Malvinas. No repetiremos lo mucho ya tratado sobre los avances del Reino Unido en el Atlántico Sur desde la firma de los llamados “Acuerdo de Madrid” y la fórmula del paraguas. Si, destacaremos el gravísimo hecho de que, en esta política de consolidarse en la región y violar la Resolución de la ONU 31/49 sistemáticamente, el Reino Unido, el pasado 25 de mayo, inauguró un Puerto con un costo de ₤ 11 millones, en las islas Georgias del Sur para darle apoyo a buques de investigación, de patrulla de pesca y de la Royal Navy armados.

El Consejo Federal Pesquero. A todo esto y, haciendo la advertencia que los miembros de este Consejo están habilitados para participar de manera remota, en ninguna de las 10 Actas de reuniones de 2020 de las cuales tomamos vista, se trataron los asuntos gravísimos citados (con alcance al sector pesquero) —incluso el ingreso de 100 buques extranjeros a la ZEE— pese que conforme el artículo 7º, 9º y s.s. de la Ley 24.922 el Subsecretario de Pesca y el Consejo Federal Pesquero —que preside— son los responsables de establecer y ejecutar la política pesquera nacional.

Frente a esta suerte de default de gestión, no resultaría raro, que las Cámaras Empresarias del país y hasta ONGs se ofrezcan a ayudar a cuidar nuestros recursos, ya que es necesario que en las actividades públicas haya una participación privada; lo que sí, llama la atención, que lo hagan mediante un Acuerdo con pescadores españoles agrupados en la Asociación Española de Armadores de Buques de Pesca de Merluza (ANAMER) y de la Confederación Española de Pesca (CEPESCA), muchos de ellos, propietarios de los buques que pescan y depredan nuestros recursos migratorios del Atlántico Sur con o sin licencia británica de Malvinas. Aceptar la participación de empresas no radicadas en la Argentina para que cuiden nuestros recursos pesqueros sería como “dar al zorro a cuidar el gallinero”. Luego, que algunos portales titulen a este acuerdo como firmado por “Representantes de Argentina y España” seguramente será para magnificar el absurdo.

Esta propuesta me hace acordar al Acuerdo firmado con el Reino Unido por Cavallo, para evitar que los buques asiáticos pescaran en una medialuna al este de Malvinas, que posibilitó luego al Reino Unido el otorgamiento de licencias pesqueras, precisamente, entre otros, a los españoles.

Seamos claros, los buques españoles realizan igual pesca ilegal (INDNR) que los chinos, etc. Empezando, porque si lo que se quiere es preservar “la salud de los ecosistemas del área” (sic), debieran saber que tanto el calamar, como la merluza, etc. forman parte del Ecosistema Pesquero Argentino y, no solo, los recursos dentro de la ZEE Argentina, sino, muy especialmente los migratorios o asociados, como desde 1995 lo establece la Ley 24.543 y desde 1998 la Ley 24.922 que, con el fin de proteger los derechos preferentes de la Argentina, en su condición de Estado Marítimo (ribereño para la CONVEMAR) y, teniendo presente el preámbulo de ésta que destaca tener en cuenta “…en particular, los intereses y necesidades especiales de los países en desarrollo, sean ribereños o sin litoral” y, por tanto, las empresas españolas deben acordar su captura con la Argentina en su carácter de país Ribereño y, no con el Reino Unido de Gran Bretaña —como lo vienen haciendo— que en forma prepotente ocupa el territorio marítimo argentino y el Archipiélago de Malvinas, al igual que lo hace con Gibraltar.

Los buques españoles, que refieren venir pescando “desde hace 37 años” (recordemos Malvinas, 1982) no debieran regirse —como dicen— en el Atlántico Sur por “normativas específicas de la Unión Europa” (sic), y, dejar de hacerlo, como el propio acuerdo entre OPRAS y el SINDIPI brasileño lo indican: en absoluta colisión con las regulaciones que rigen en aguas jurisdiccionales para las especies transzonales y asociadaspara enfrentar con razonabilidad el daño que los extranjeros que pescan a distancia (NdA: entre otros los españoles) están provocando en el ecosistema del Área y sus recursos. No caben dudas de que los derechos e intereses de los estados ribereños, explícitamente mencionados en el artículo 116 de la CONVEMAR se ven sistemáticamente atacados e ignorados” (sic), más aún cuando en el Atlántico Sudoccidental aplican las normas precedentemente citadas, resultando tan cristalino como insólito este Acuerdo, donde refieren que no van a regular en el área ocupada por el Reino Unido en Malvinas: “…sin que su extensión afecte a los espacios marítimos susceptibles de disputas o controversias relativas a jurisdicción o soberanía” (sic) que, seguramente, se reservan para seguir pescando con las licencias ilegales otorgadas por los británicos en Malvinas o asociados a ellos. Un disparate contrario a los intereses nacionales de la llamada OPRAS y una irreverencia inaceptable de los firmantes españoles. Me vienen a la memoria los Acuerdos Marco URSS-Bulgaria y el firmado con la Unión Europea (empresas españolas) cuyos buques nunca pescaron en la zona de exclusión británica en Malvinas.

Y debo adherir a lo dicho respecto a la pesca ilegal en el acuerdo entre OPRAS y el SINDIPI brasileño, ya que utilizando sus argumentos —que por razones de espacio no transcribo— ratifico que tanto los españoles como chinos realizan pesca ilegal (INDNR) en el Atlántico Sur y, por lo tanto —reitero— el carácter de absurdo del acuerdo firmado con los armadores españoles. Acuerdo que, en todo caso, debiera promover el Estado Nacional —con la participación de todo el sector empresario y gremial— y absolutamente ajustado a la legislación nacional, teniendo en cuenta nuestra preferencia de Estado ribereño.

Refiere OPRAS en su acuerdo con el Sindicato Brasileño que “si bien la FAO y las Naciones Unidas, están en conocimiento de la situación, la falta de acciones gubernamentales concretas parecen empañar la gravedad, excusando inapropiadamente a los organismos multilaterales, hasta el momento, de actuar…”, es decir, responsabiliza a las organizaciones locales y a la inacción de los organismos multilaterales, sobre las que parecen quererse colocar esta ONG, para resolver un problema que, en el caso del acuerdo español, es parte. Como si los depredadores solo fueran asiáticos y estos buques españoles que confiesan vienen pescando hace 37 años en el Atlántico —precisamente, cuando los británicos recuperaron Malvinas— con buques congeladores de gran porte pescando a distancia en caladeros externos (léase, entre ellos el Atlántico Sur), donde manifiestan tener 193 buques y efectúan el 58% de sus capturas. No son unos pobres pescadores artesanales.

Finalmente surge de la lectura de los objetivos de OPRAS, que esta entiende que los problemas de explotación ilegal más allá de las 200 millas de la ZEE excede la actual capacidad de los organismos públicos para adoptar medidas consistentes con sus facultades y limitaciones geopolíticas” (sic) y, pese a su condición de ONG sin fines de lucro manifiesta su deseo de: “crear una Comisión Técnica de Administración del Área Regulada, con una integración mixta, donde el sector público y las organizaciones promotoras” (sic) “la participación de OPRAS y su oportuna integración en la Comisión Administradora o Comité Ejecutivo correspondiente” (sic), “integrar a OPRAS en comisiones de regulación…” (sic); Establecer una relación institucional formal y activa con las organizaciones internacionales o multilaterales, en relación con la ordenación de los recursos…” (sic) “Promover e impulsar un sistema de gobernanza y ordenamiento pesquero…” (sic), en síntesis, parece la OPRAS reservarse un lugar en la administración de los recursos de todos los argentinos.

Y reitero la pregunta: ¿Los españoles nos cuidarán los recursos? Y ¿quién ejerce el poder administrador y soberano en el Atlántico Sur?

Ceterum censeo Carthaginem esse delendam.

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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