Archivo de la etiqueta: Pesca INDNR

EL EXTRANJERO OCUPA Y EXPLOTA EL ATLÁNTICO SUROCCIDENTAL

César Augusto Lerena*

La Argentina es un Estado Marítimo. No parecen entenderlo las autoridades de los gobiernos argentinos, incluso aquellos que son responsables del mar argentino, sus archipiélagos y la explotación de los recursos y son varias las razones por las cuales entendemos que el Estado Nacional no ejerce soberanía política y el debido control y administración del Atlántico Suroccidental. Podríamos ampliar también sobre la falta de administración adecuada del Río Paraná y el Río de la Plata, pero no es el objeto de este escrito y, aunque tienen efectos negativos convergentes, los funcionarios siguen sin regular las cuestiones políticas fluviales y marítimas, motivo por el cual, en este último ámbito, los recursos naturales argentinos son expoliados por el Reino Unido, China, España, Taiwán y Corea del Sur, que junto a Japón capturan el 85% de la pesca a distancia en forma subsidiada, sin control de los Estados de pabellón, sin acuerdo con Argentina (el Estado ribereño) y del total mundial de 37 millones de horas de pesca ocupan unas 25 millones de horas (César Lerena “La responsabilidad del gobierno sobre la pesca ilegal de los recursos migratorios argentinos en Malvinas y alta mar” 15/04/2022).

Asuntos relativos a la soberanía territorial, a los recursos naturales, económicos, ambientales, alimentarios, sociales y culturales del mar y de los archipiélagos argentinos limitan la autonomía de la Nación, impiden el desarrollo nacional y empobrecen al pueblo argentino y, muy particularmente, a las poblaciones del litoral, debilitando, no solo la soberanía argentina en el territorio marítimo, sino también en la Patagonia continental, cuya densidad población es de las más bajas del país.

Demostraremos en este escrito que los extranjeros ocupan, administran y explotan el Atlántico Suroccidental y el Reino Unido controla desde Malvinas los accesos al océano Indico y al Pacífico, avanzan en la constitución de un Centro Regional (hub) en Malvinas, además de fortalecer su proyección hacia la Antártida, todos efectos que para la Argentina pueden ser inconmensurables.

La falta de políticas activas del Estado Argentino en el Atlántico Suroccidental

En lo relativo a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) la Argentina ha llevado una política de declamación de derechos, resignando en terceros países y organismos multilaterales las acciones destinadas a reintegrar la posesión de los archipiélagos usurpados por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante Reino Unido). Más allá de la acción directa que significó la recuperación de Malvinas en 1982, los ejes de la política nacional se han limitado a solicitar el diálogo sobre la negociación con el Reino Unido respecto a la soberanía (plena) de Malvinas; a cooperar en forma unilateral con los isleños (vuelos, etc.) y a solicitar el apoyo de terceros a los derechos argentinos. Los resultados de esta política están a la vista: Hace casi 190 años (1833) cuando los ingleses invadieron Malvinas esta ocupación inglesa se limitaba a 11.410 Km2 y hasta 1982 el control británico se reducía a este espacio (20.007 km2 con las otras islas) más tres millas de mar territorial; aunque, los buques argentinos podían seguir pescando fuera de estos espacios. En la actualidad, el Reino Unido tiene ocupado 1.639.900 Km2 y, en disputa 3.857.278 Km2; es decir, un total 5.497.178 Km2 del territorio argentino. Léase bien: 5.497.178 Km2, casi el doble del territorio continental argentino (sin la Antártida). Por mucho menos (11.410 km2) llevamos adelante la recuperación de Malvinas en 1982; estuvimos al borde de un conflicto armado en 1907/8 con Uruguay y Brasil por unos reducidos km2 de mar territorial de Uruguay (simplificando) o con Chile en 1978 donde ambos países efectuaron movimientos de tropas por la soberanía de unas islas e islotes (en especial las Picton, Nueva y Lennox, de un total de 396,5 km2) al sur del Canal Beagle y los espacios marinos adyacentes que, aunque se introducen en el Atlántico, alcanzan superficies muy menores a la indicadas precedentemente (simplificando) y otros tantos ejemplos que podríamos citar. No está la Argentina en posición de dirimir la cuestión a través de las armas, pero de ahí a la parálisis total hay un abismo. Los gobiernos argentinos están congelados en la cuestión Malvinas y mantienen desmalvinizado al pueblo argentino.

Me pregunto qué diría San Martin que liberó a Perú y Chile, territorios de menor dimensión de los ocupados o en disputa con Reino Unido. O Rosas y Mansilla, quienes llevaron adelante la Batalla de la vuelta de Obligado de 1845, que dio lugar a que en un solo día murieran unos 200 argentinos o los caudillos y patriotas que lucharon y trabajaron para dar lugar a la independencia nacional.

En los espacios ocupados, el Reino Unido explota los recursos petroleros y captura un promedio de 325.000 toneladas anuales de recursos pesqueros, por valor de unos 1,5 mil millones de dólares FOB que, en el comercio final, se transforman en unos 6 mil millones por año (Mercado Central de Valencia, 10/2022). Ante este escenario y, mientras el Reino Unido no se avenga a negociar la soberanía plena de Malvinas, la Argentina debe declarar “Zona de Emergencia Pesquera y Ambiental en Malvinas y las aguas correspondientes” en atención a la violación por parte del Reino Unido de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas y la imposibilidad argentina de controlar las capturas, en su condición de Estado ribereño (CONVEMAR), a la par de evaluar la aplicación de un “boicot biológico” para evitar la depredación del calamar (Illex argentinus) que migra al área de Malvinas.

Por otra parte, entre 350 y 500 buques pesqueros chinos, españoles, británicos, coreanos, taiwaneses, etc., anualmente extraen 1.080.000 toneladas de recursos pesqueros migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina, con la pasividad total de los sucesivos gobiernos argentinos. Todo ello le significa graves perjuicios a todos los argentinos. En primer lugar, se impide el desarrollo de la Patagonia continental; por otra parte, se pierden de unos 50 mil empleos directos; en tercer lugar, se produce una evasión económica del orden de los US$ 4.000/Año FOB (que en el comercio final se transforman en unos US$ 24.000) y una competencia desleal en el mercado internacional con los productos de las empresas radicadas en Argentina; en cuarto lugar, la pesca sin control ocasiona un desequilibrio y la insostenibilidad del ecosistema, con efectos directos sobre las capturas en la ZEE Argentina y, finalmente, el desaprovechamiento con fines sociales de los descartes pesqueros de calidad que habrían de asegurar la alimentación proteica de seis millones de niños y adolescentes argentinos por día, todos los días, todo el año, donde «según el último informe del INDEC unos 5,5 millones de menores de 14 años no cubren sus necesidades básicas» (Santiago Rojas, Perfil, 30.3.2022). Es este último aspecto, la inoperancia del gobierno es criminal, ya que ni siquiera actúa para aprovechar los descartes de la flota argentina.

La Secretaría de Malvinas de la Cancillería Argentina y el Consejo Nacional de Malvinas creado por Ley 27.558 el 04/08/2020 no se han apartado de las citadas declamaciones y no han propuesto al Poder Ejecutivo Nacional —al que supuestamente asesora— la ejecución de ninguna política que ponga en acción las prescripciones de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional. Varios de sus miembros han sido partícipes en la elaboración y promoción de ruinosos acuerdos (Madrid, Nueva York, etc.) e incluso su integrante Marcelo Kohen —acompañando las políticas de los Cancilleres Malcorra y Faurie que suscribieron el Pacto Foradori-Duncan— en 2018 les propuso un plan a los isleños (Infobae, 2018/CARI, 2018) que, entre otras cuestiones, les habría de permitir seguir determinando quién puede o no radicarse en las islas y, la realización de un referéndum, que los hubiese habilitado a elegir si deseaban ser británicos o argentinos, cuestión que viola la citada Disposición Transitoria y que hubiera sido suficiente justificativo para no incluirlo en el referido Consejo (entre otras sanciones más graves); pero no, no solo se lo incluyó en ese Cuerpo Asesor del PEN, sino que se lo promovió para integrar la Corte Internacional de Justicia; asiento que finalmente quedó en manos del candidato brasileño Leonardo Nemer Caldeira, a quien, seguramente, no se le podría ocurrir un dictamen semejante, que violenta todos los argumentos argentinos y las propias las resoluciones de las Naciones Unidas, que desestiman toda participación de los implantados isleños. La neutralidad e imparcialidad que exige a quienes usan esa poltrona judicial, jamás podrían admitir semejante plan en favor de los intereses británicos.

Se requiere reafirmar la Política de Estado prevista en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional (“…recuperar los territorios y el ejercicio pleno de la soberanía…”) y frente a un mar argentino extranjerizado, crear el “Ministerio del Mar e Islas del Atlántico Sur” como Perú, Francia, Portugal, Canadá, Corea e Indonesia, donde se diseñen y ejecuten todas las políticas marinas, insulares, mercantes, fluviales, portuarias, pesqueras, navales, de investigación y tecnología, de desarrollo y consumo o, en su defecto, crear un nuevo “Territorio Nacional Marítimo” con el correspondiente Acuerdo político, económico y ejecutivo con la Provincia de Tierra del Fuego, en aquellos ámbitos de su jurisdicción y dominio.

Por cierto, deben derogarse/desecharse los Acuerdos de Madrid I y II que limitan la acción de defensa nacional naval y aérea; habilita de hecho la captura de los recursos pesqueros argentinos y, supone, la existencia de un diálogo entre las partes —sin debilitamiento de la soberanía— que la Argentina reclama; el Pacto Foradori-Duncan que refiere a eliminar todos los obstáculos para el desarrollo de Malvinas y sobre asuntos relativos a la Antártida y el llamado Acuerdo de Nueva York (Ley 25.290) que da la lugar a injerencia de las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) sobre los espacios de jurisdicción y dominio argentino —incluso los puertos— y los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina y que daría pie a la pretensión británica de co-administrar el Atlántico Suroccidental.

Tampoco ha llevado adelante una política de relación con la Unión Europea post-Brexit de modo que todos los productos pesqueros originarios en el Atlántico Suroccidental estén certificados en su origen y trazabilidad por los Estados ribereños de Argentina, Brasil y Uruguay, según el Área FAO que corresponda, para terminar con la pesca ilegal de Malvinas y sobre los recursos migratorios de las ZEE correspondientes.

Mientras todo ello ocurre, la Argentina no tiene hipótesis de conflicto (¿?); el gobierno autoriza la incorporación a la flota nacional a buques fabricados en España, mientras empresas gallegas pescan en forma ilegal en Malvinas y no se sanciona a las empresas de esta nacionalidad ni a las coreanas, taiwanesas y británicas que pescan en el Archipiélago sin autorización del Estado Argentino, tampoco se les cobra derechos aduaneros ni de captura violando las Leyes 24.922; 26.386 y 27.564 que prohíben la pesca en territorio nacional sin habilitación argentina, en un abierto incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos del Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Secretario de Malvinas, el Subsecretario de Pesca, el Consejo Federal Pesquero y el Director de Fiscalización Pesquera. Por otra parte, favoreciendo la logística de los isleños, se autoriza el uso del espacio aéreo argentino a la empresa chilena LATAM que transporta pasajeros, trabajadores de las islas, insumos diversos y alimentos.

México, un país que está lejos de tener la disputa marítima e insular y la problemática pesquera que tiene Argentina, dictó la Ley General de Pesca (2007 reformada en 2018, Art. 17º) que indica: “el Estado Mexicano reconoce que la Pesca es una actividad que fortalece la soberanía alimentaria y territorial de la Nación; un asunto de Seguridad Nacional y una prioridad para el desarrollo nacional”. Contrario a ello, la Argentina no cuenta con el suficiente equipamiento naval y de control del mar acorde con las amplias superficies marinas que dispone que, con carácter disuasivo, eviten la pesca ilegal y faciliten los acuerdos pertinentes sobre las capturas de las especies migratorias originarias de la ZEE Argentina y con relación a la invasión que sufre en territorios argentinos por parte del Reino Unido y, el importantísimo número de buques extranjeros en la región. Junto a ello, el Estado Nacional tampoco inspecciona el transporte de productos pesqueros en la ZEE Argentina, la Zona Común de Pesca y el Río de la Plata en aquellos buques extranjeros que realizan pesca en Malvinas y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina capturados sin control del Estado de bandera y sin acuerdo de los Estados ribereños de América oriental que, en todos los casos, solo por ello y otras razones, debieran ser tipificados como procedentes de la Pesca Ilegal y, consecuentemente, sancionados y comisadas las materias primas, artes de pesca, etc. y reformarse el artículo 186º del Código Penal argentino de modo de aplicar sanciones penales a los responsables, como muchas leyes de América del Sur, la Unión Europea y Estados Unidos lo hacen.

Los gobiernos nacionales han sido incapaces de llevar adelante un “Acuerdo complementario del Tratado del Río de la Plata” para terminar con el uso irregular de los puertos de Uruguay, donde se les presta apoyo logístico a buques que realizan pesca ilegal en el Atlántico Suroccidental; del mismo modo, firmar un Protocolo adicional al MERCOSUR para contrabalancear la presencia extracontinental en el Atlántico Suroccidental y llevar adelante una Convocatoria a los países de América del Sur y del Caribe para aplicar una política conjunta contra la apropiación de los recursos migratorios originarios de las ZEE de los Estados ribereños del orden de los 7,8 millones de toneladas anuales por unos US$ 11.770 millones.

Por otra parte, la Argentina mantiene viva la Ley 24.184 (04/11/2022) “de protección y promoción de las inversiones británicas en el país” y el Reino Unido tiene intereses en grandes extensiones de tierra, aeropuertos privados y sobre recursos esenciales como el petróleo, gas, energía, alimentos, etc., concesiones de ríos interiores y se encuentra atrás del litio, pese a la apropiación del territorio nacional y los recursos naturales del área de Malvinas y, por su parte, las empresas pesqueras extranjeras radicadas en la Argentina debilitan territorialmente la Patagonia continental exportando con bajo valor agregado, transfiriendo el trabajo a los países desarrollados; razón por la cual, las cuotas de capturas deberían otorgarse a estas empresas a condición de que las exportaciones sean con un 100% de valor agregado y empleo argentino.

Por si faltaba algo, la Argentina admite el funcionamiento de ONGs extranjeras con intereses en Malvinas (como detallaremos más adelante); organizaciones que incluso coordinan el diseño estratégico del control y la administración del mar y los recursos, lo que resulta a todas luces inadmisible.

Finalmente, la Argentina carece de un régimen de promoción de la flota mercante, fluvial y pesquera que aliente la construcción nacional y termine con la importación de buques extranjeros, de un plan nacional de educación que reafirme desde la niñez y en los distintos niveles de educación los derechos históricos, geográficos, jurídicos y sobre los recursos naturales de la Argentina de los territorios insulares y marítimos de las Malvinas y la Antártida y debe implementar campañas de consumo interno de productos pesqueros para llevar de 4,8 kg. per cápita/año a 20 kg., que es consumo promedio mundial, no solo, porque mejoraría la salud de los nacionales, sino también, porque no es de esperar que los argentinos —incluso los funcionarios— puedan prestarle atención al mar sino conocen las bondades de los recursos naturales que este provee. 

Las acciones del Reino Unido en el Atlántico Suroccidental

A lo dicho precedentemente, agregamos que el Reino Unido tiene una política diseñada para todos los archipiélagos de ultramar que éste considera parte de la Comunidad Británica de Naciones y, entre ellas, la anunciada en 2017 respecto a establecer un “Cinturón Azul” (Blue belt) a las islas, bajo el pretexto de proteger el ambiente alrededor de éstas que, en realidad, no es otra cosa que constituir áreas de control británico marino, tal es el caso del “Santuario Ecológico” de 1.070.000 Km2 establecido alrededor de las islas Georgias y Sándwich del Sur en 2011; la Zona de Protección (FOCZ) al este de Malvinas de 109.993 Km2 establecida en 1990; la determinación del Área GAP de 4.000 Km2 al noroeste de Malvinas donde se concentra gran parte del calamar que migra a Malvinas, establecido en forma unilateral por el Reino Unido en 1994; la plataforma continental extendida de 1.430.367 Km2 en disputa consolidada con el Reino Unido desde 2016; la presencia —pese a la ley 26.659— de empresas británicas petroleras o vinculadas a las islas al oeste de Malvinas a partir de la licitación de la explotación offshore de 100.000 Km— por el gobierno argentino en 2019 y el Área Marina Protegida Agujero Azul de 164.000 km2 al nordeste de Malvinas, cuyo proyecto promueve y coordina la Fundación norteamericana WCS (ampliaremos más adelante). Es decir, un “Cinturón Azul” que rodeará totalmente a Malvinas, ejerciendo un control estratégico previo a los archipiélagos y fuente de una riqueza infinitamente mayor al de las islas y ello, es interesante relacionarlo, con el hecho, que no es preocupación del Reino Unido los tres mil británicos implantados ni los trabajadores que viven en Malvinas, sino la proyección a la Antártida y el control estratégico del Atlántico Sur-Sur.

Como hemos dicho, el Reino Unido explota los recursos argentinos y trabaja en línea con establecer un Centro Logístico Regional (hub) en Malvinas. Para ello ha construido un puerto en las islas Georgias del Sur y ha realizado los estudios pertinentes para construir un nuevo puerto en Malvinas y mejora sus disponibilidades logísticas en las islas, además de contar con un aeropuerto para aviones de gran porte. Todo ello habrá de favorecer las operaciones de los grandes buques de transporte que utilizan el Estrecho de Magallanes para acceder al Pacífico ante la imposibilidad de hacerlo por el canal de Panamá; del mismo modo, los que transitan hacia y desde el océano Índico y los pesqueros extranjeros que operan en el Atlántico Suroccidental. Además de promover el interés de los científicos de distintas naciones que trabajan en la Antártida y tienen como base de apoyo a Malvinas en lugar de Ushuaia. ¡Argentina despabílate!

En la actualidad utiliza los puertos y aeropuertos de Uruguay para favorecer las operaciones pesqueras y petroleras de Malvinas; al igual que con Chile y Brasil; es decir, trabaja consolidando las relaciones con estos países, pese a la posición retórica de América del Sur en favor de la Argentina y el poco interés de los funcionarios argentinos por acercar las posiciones con los vecinos.

A través de la embajada británica en la Argentina el Reino Unido realiza diversas acciones de penetración cultural (además de otras que suponemos) a punto de promover concursos destinados a estudiantes argentinos con el objeto de que “conozcan a sus vecinos”, una calificación que muestra el desprecio inglés por los derechos de los argentinos sobre los territorios propios ocupados en forma prepotente por esta fuerza imperial.

Finalmente, en una clara demostración del objetivo británico de ocupar este espacio estratégico del Atlántico Suroccidental, el Reino Unido mantiene en las islas una base militar misilística y naval absolutamente desproporcionada, que contraría la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” que firmaran todos los países de África occidental y América oriental y se aprobara en 1986 por la Res. 41/11 de las Naciones Unidas. 

Injerencia de organizaciones extranjeras en la planificación estratégica del mar argentino

Ya nos hemos referido en artículos anteriores al rol que tuvo la Fundación norteamericana Wildlife Conservation Society (WCS) en la gestión política para lograr la aprobación del proyecto de Ley de Área Marina Protegida del “Agujero Azul” en la Cámara de Diputados de la Nación y qué efectos negativos tiene ello en el campo biológico, económico, social, ambiental y soberano para la Argentina (César Lerena “Una fundación extranjera propietaria de islas en Malvinas es la gestora del proyecto de Ley Agujero Azul”, 16/08/2022 y otros).

Dijimos al respecto, que este proyecto de establecer un Área Marina Protegida (AMP) más allá de las 200 millas de la ZEE, de 164 mil Km2 carece de todo fundamento político, económico y, científico-técnico; menos aún, cuando desde 2014 se analizaba y, con discrepancias técnicas, establecerlo dentro de la ZEE y de solo 12 mil Km2 (Falabella, V. Pág. 16 a 19 y 80, 2014). También que la propuesta no habrá de impedir la pesca ilegal de buques extranjeros y sí la captura por parte de los buques nacionales, además de consolidar el “Cinturón Azul” (Blue belt) que los británicos promueven desde 2017 alrededor de todos los archipiélagos de la Comunidad Británica de las Naciones, asegurándose el control y la explotación de los recursos pesqueros, facilitando en Malvinas, el otorgamiento de permisos ilegales de pesca, que en la actualidad permiten la captura por parte de buques extranjeros de unas 325 mil toneladas anuales. Por otra parte, no se previeron fondos para las tareas de control e investigación, donde solo las primeras tareas requerirían unos 15 millones de dólares anuales. Asimismo, que la Argentina se excede en sus obligaciones con el «Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020» porque debido a las reservas unilaterales y la ocupación del mar Argentino por parte del Reino Unido tiene restringida para la pesca una superficie equivalente al 52% de su ZEE. El proyecto, por otro parte, no genera ningún beneficio económico, ambiental ni fortalece la soberanía nacional, más bien la violenta, además de que por el artículo 77º de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) la Argentina no tiene obligación de realizar ninguna acción respecto a la titularidad de la plataforma continental extendida y, por lo tanto, ningún Estado puede emprender actividades en ese ámbito sin su expreso consentimiento.

También dijimos que —si fuera necesario— una mera Resolución de la Subsecretaría de Pesca impediría la pesca con redes de arrastre de fondo en esos espacios de la plataforma extendida y bastaría una Declaración de Monumento Marino para prohibir el arrastre de fondo en unas millas alrededor de los restos de los tripulantes y del ARA San Juan.

Que se trata de un proyecto infundado, inútil y costoso, que atenta contra la soberanía nacional y que fuera promovido por la Fundación norteamericana WCS, propietaria desde el 2001 de las islas Grand Jason y Steeple Jason (Sebaldes o Sebaldinas para Argentina) en el archipiélago de Malvinas, ubicadas al noroeste de la isla Gran Malvina y a 400 km de la Patagonia (51º04’37’S-60º58’08’O) en jurisdicción de Tierra del Fuego. Una verdadera afrenta: Mientras los argentinos debemos visar nuestros pasaportes para acceder a las islas y no podemos alquilar, comprar o llevar adelante inversiones industriales o comerciales en Malvinas, no se admite la pesca de buques nacionales y nuestra línea aérea de bandera tiene impedido el vuelo regular a las islas, una fundación extranjera con apoyo de capitales norteamericanos, británicos, etc., planifica y coordinara la administración del Atlántico Sudoccidental Argentino, nuestro mar territorial alrededor los archipiélagos, nuestra ZEE y la explotación de los recursos y la regulación del medio marino y, además de todo ello —por si algo faltaba— la citada WCS “administra estas islas como reservas naturales privadas, y trabaja con el gobierno (NdA: ilegal) local para proteger aún más todo el archipiélago de las Islas Jason y el área marina circundante» (Christopher J. Mckenzie, Wildview, WCS, 15/08/2017).

Una verdadera delegación de funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, quienes admiten y/o han fomentado esta extranjerización de la administración del mar argentino, sus archipiélagos y sus recursos y, la privatización de la planificación estratégica respecto a la utilización de los espacios marítimos, de la plataforma continental y de los recursos vivos. Y por supuesto, la responsabilidad de los legisladores nacionales que tienen la obligación de asegurar la soberanía política, económica y alimentaria de los argentinos y, consecuentemente, proteger los territorios y optimizar la explotación de los recursos.

Estas fundaciones extranjeras a través de sus filiales se inmiscuyen en el corazón mismo de las estructuras del gobierno, definiendo las políticas del Estado Nacional. Ello es evidente a poco de leer «el Reporte final del “Taller de Implementación de Áreas Marinas Protegidas Nacionales, 2018” (pág. 50, 2019) donde WCS se constituye como organizadora y dice: “El diseño de un Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas (SNAMP) requiere definir ¿qué queremos conservar?, y, decidir, sobre prioridades nacionales para la biodiversidad marina en todo el Mar Argentino». En los citados trabajos la Lic. Falabella representa a la norteamericana WCS, aunque no queda claro, si también lo hace como profesional de la entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, ya que en varios pasajes el informe refiere a «fortalecer a la autoridad de aplicación para que sea capaz de liderar la gestión de un conjunto de sitios representativos de la biodiversidad del Mar Argentino” (pág. 12); “es necesario desarrollar en general la capacidad de gobernanza y gestión del Estado” (pág. 14) y “la gobernanza se relaciona con el poder, las políticas, las estructuras y los procesos utilizados para la toma de decisiones en un área de responsabilidad” (pág. 38)» (César Lerena, Ob. Cit. 15/8/2022). Resulta evidente la injerencia de esta Fundación WCS en la planificación nacional respecto a la sostenibilidad de los recursos marítimos, circunstancia que se agrava, por la particular situación de que esta organización tiene intereses en Malvinas y colabora con el gobierno ilegal, gobierno que otorga permisos de pesca ilegal, con los que se capturan anualmente 325.000 toneladas (incluido los descartes), produciendo la mayor depredación pesquera en el Atlántico Suroccidental desde 1976.

La Fundación WCS, cuenta con el apoyo de OCEANS 5, organización que con sus «primeras subvenciones apoyaron el trabajo en los territorios de ultramar del Reino Unido, la Antártida, el Ártico y varias grandes ZEE, entre ellas, la de Estados Unidos» (sic) incluyendo, entre sus socios y miembros, a trece fundaciones de los Estados Unidos, el Reino Unido y los Países Bajos.

¿Por qué razón se admitió que este proyecto enmarcado en un medio marino internacionalizado y vinculado a un área ocupada y disputada por el Reino Unido se tratase en el recinto de la Cámara de Diputados sin la debida evaluación de todos los antecedentes necesarios y la aprobación previa de las Comisiones de Defensa, Relaciones Exteriores, Recursos Naturales, Intereses Marítimos y Presupuesto?

Un absurdo que el Estado Argentino admita la intervención de WCS en Malvinas y más allá del territorio ocupado por el Reino Unido, violando la ley 26.386 y, dando opiniones y promoviendo leyes referidas a la administración de todo el Atlántico Suroccidental, agraviando la soberanía argentina y violando la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

¿Y qué opinó al respecto el Consejo Federal Pesquero, y muy particularmente la Embajadora del Cuerpo Diplomático argentino que lo integra? Respecto a la Diputada que promovió el proyecto, ya nos hemos referido (César Lerena, Ob. cit. 15/08/2022) que esta iniciativa además de errónea omite cuestiones relevantes que atentan contra el interés nacional.

Ya hemos dicho en nuestros siete anteriores escritos sobre el tema ¿por qué motivo se trasladó el Área Marina Protegida (AMP) limitada originalmente a 12 mil km2 (2014) de la ZEE Argentina al AMP Agujero Azul de alta mar que se propicia con 164 mil km2? (2021); ¿No se sabía que en la zona seleccionada pescan buques chinos, coreanos, taiwaneses y españoles-británicos con licencia británica que no pueden ser alcanzados por esta AMP y que, al igual que ocurrió con el Acuerdo firmado por Cavallo de Conservación (FOCZ) al este de Malvinas en 1990, permitiría consolidar el otorgamiento de licencias a los isleños y resguardar la zona nordeste de Malvinas?; ¿Por qué motivo se trató en sesión un proyecto que no se aprobó en las Comisiones respectivas y que no prevé los fondos necesarios para las tareas de control e investigación que, sin tener en cuenta las necesidades de equipamiento naval y de investigación, solo en materia de control y vigilancia se requerirían unos 15 millones de dólares anuales?; ¿No sabían los autores del proyecto que por falta de medios suficientes las patrulleras oceánicas (OPV) recientemente adquiridas a Francia se encuentran amarradas en la Base Naval de Mar del Plata, sin poder controlar el extenso mar argentino y que, la Subsecretaría de Pesca y el INIDEP tienen 17 artículos en la Ley 24.922 —si se dispusiese de medios— para realizar todas las tareas de protección de la plataforma continental extendida prohibiendo la pesca de arrastre de fondo, sin necesidad de dictar ninguna nueva AMP?; ¿que para resguardar a los tripulantes y los restos del Submarino ARA San Juan basta una declaración de Monumento Nacional Marino?; tampoco ¿qué al asignarle la categoría de Reserva Estricta “sobre” la plataforma se impedirá solo la pesca a los buques nacionales?; ¿qué no se cumplieron los requisitos científicos previos exigidos por la FAO (2012) para establecer un AMP?; ¿que no hay ningún incumplimiento del «compromiso del Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020» porque el Reino Unido estableció en 2011 una reserva de 1,07 millones de km2 alrededor de las Georgias y Sándwich del Sur y tiene restringida una superficie de nuestro país equivalente al 52% de la ZEE Argentina?; ¿que el proyecto no tendrá beneficio económico alguno, ni impedirá la pesca ilegal y que, de ninguna manera fortalecerá la soberanía nacional, ya que por el Artículo 77º de la Convención del Mar nadie podría emprender actividad alguna en la plataforma extendida sin expreso consentimiento del Estado argentino? Todo es gravísimo.

Saben (debieran saberlo) la Cancillería, la Secretaría de Malvinas y los autores del proyecto que además del interés estratégico del Reino Unido, la fundación WCS es funcional a ese interés porque particularmente está interesada en el cuidado de los albatros “ceja negra” (Thalassarche melanophris) que se encuentra y anidan en las islas de “su propiedad” y que, según el informe de la filial local de WCS, al describir el porcentual de especies a conservar en el Agujero Azul-ZEE alcanzan a “2.72” (pág. 82-84), el más alto porcentual entre las especies analizadas  y “se cree” (un término poco serio científicamente que no indica evidencia) que “la pesca con palangre y arrastre contribuyen a su disminución”.

Las autoridades argentinas de Malvinas y Pesca no administran el Atlántico Suroccidental y las implicancias derivadas de la ocupación británica y, lo que es peor aún, delega en organizaciones extrañas la planificación y coordinación de las actividades en el mar y sus recursos.

“Un Estado sin pesca nada puede sobre la mar” (Manuel Belgrano).

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022)

 

LA OCUPACIÓN EXTRANJERA DEL ATLÁNTICO SUR Y LA PESCA ILEGAL, SOSTEN DE LOS BRITÁNICOS EN MALVINAS

César Augusto Lerena*

El 16 y 17 de agosto de 1989 “se reunieron a solas” en New York el embajador inglés Crispín Tickell y Lucio García del Solar para retomar las conversaciones sobre los Acuerdos de Madrid que había iniciado Caputo. Nuestro representante era un acreditado diplomático argentino que tuvo una destacada participación al momento de dictarse la Res. 2065 de las Naciones Unidas, uno de los instrumentos en los que basa su eterno reclamo a invitar a dialogar al Reino Unido la Cancillería Argentina.

El ex embajador Horacio Solari, uno de los principales gestores del trabajo sobre la reivindicación de la Plataforma Continental extendida, al respecto de estas reuniones a solas, decía: “La confidencialidad y ritualidad excesivas facilitan, frecuentemente, prácticas reñidas con el bien común o el interés general” (“Malvinas. La cuestión pendiente de los territorios marítimos y sus efectos patrimoniales”, BA, 29/01/2004).

Pero la reunión no fue “técnicamente a solas”, ya que el diálogo estaba siendo grabado por la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) argentina (Oscar Raúl Cardozo, Clarín, pág. 3:4, 17/08/89 y pág. 10, 29/03/92) y seguramente la británica. El ex embajador retirado de origen radical García del Solar, convocado por Menem al efecto, ese día cometió uno de los más grandes errores de la diplomacia argentina al no tener en cuenta “la pesca” en las negociaciones; luego, Cavallo llevó a las primeras negociaciones como experto (¿?) en pesca a su amigo Aldo Dadone. Este error se volvió a cometer al ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en 1995, aunque se trató de salvar con el artículo 2º inc. c de la Ley 24.543, que como sabemos tiene un valor relativo. Este error se reitera sin solución de continuidad desde hace 40 años y, en nuestros días, el Secretario de Malvinas Guillermo Carmona y el Subsecretario de Pesca Carlos Liberman, persisten en él.

El embajador inglés le dijo en aquel día de 1989 al argentino: «le pedimos que la Argentina reconozca que, en el presente, existe en la práctica una FICZ (NdA: una zona de conservación o exclusión para los argentinos de pescar dentro de las 150 millas marinas alrededor de Malvinas). No le pedimos al gobierno argentino diga nada en público. Simplemente le pedimos que deje que sigan las cosas». A lo que García del Solar respondió: «El levantamiento de la zona de protección militar es esencial. La Argentina no está pidiendo el levantamiento de la FICZ; la zona de protección militar es anacrónica».

El Canciller Domingo Cavallo vendió en Buenos Aires la reunión como extremadamente positiva y, al respecto, diría: «Nadie puede venir otro día y decir que esta reunión representó alguna clase de concesión», pero la desgravación de la SIDE puso de manifiesto, que si la hubo.

El planteo de mínima del habilidoso Tickell fue ganador y se terminó llevando todo. Era absolutamente improbable que la Argentina aceptara la ocupación de un amplio territorio marítimo de “Conservación y Administración de Pesquerías” (FICZ), que era la posición de “máxima”; pero García del Solar, ansioso, que creía que «la reanudación de las relaciones diplomáticas no debería demorarse mucho más allá del primer encuentro» le sirvió en bandeja la de “máxima” cuando manifestó que la Argentina no solicitaría el levantamiento de la FICZ, pero que tampoco “se aceptaría la existencia de esa zona”: el que calla otorga, el Reino Unido siguió pescando e impidiendo la pesca argentina en el área. Leído el informe de la SIDE, García del Solar “tomó nota” y, jugó como si en el “truco” tuviese un par de cuatros y de pie (eran las pocas cartas que tenía) y, no disimuló lo suficiente y, el británico Tickell rápidamente se dio cuenta de ello.

Nos preguntamos ¿qué hubiera pasado, si los Generales San Martín, Belgrano, Güemes, Artigas, Arenales, O’Higgins y tantos otros, se hubieran limitado a “tomar nota” frente al avance de los realistas? Nosotros ya en esos años nos opusimos a ese ruinoso acuerdo y tuvimos fuertes enfrentamientos con Cavallo, que jugaba de campeón en la clase política argentina (Véase Carta Abierta publicada en el Diario La Capital de Mar del Plata, 20/02/1991 y César Lerena: “Malvinas. Biografía de la Entrega. Pesca la moneda de cambio”, pág. 278:279, 2009).

Para confirmar el grave error de Lucio García del Solar, continuado, agravado y ampliado en la actualidad por los citados Carmona y Liberman y, por supuesto, por la Cancillería —que incluso tiene un delegado en el Consejo Federal Pesquero— bastaría tener en cuenta la afirmación del propio británico responsable del área pesquera de los isleños en Malvinas: «Sin la pesca no hubiéramos sobrevivido en Malvinas(John Barton, Penguin News, 2012).

Pero hoy es posible mostrar un escenario peor. Recordemos.

En 1982 teníamos ocupados 11.410 km2 y tres millas marinas alrededor de Malvinas, hoy tenemos explotados, ocupados o en disputa con el Reino Unido 5.497.178 Km2; a saber: 1.639.900 km2 del territorio marítimo e insular argentino; 1.430.367 km2 de plataforma continental extendida y 2.426.911 km2 de la Antártida y su mar.

En el Atlántico Sur potencias extranjeras se llevan o descartan 1.405.000 toneladas anuales, de las cuales 325.000 toneladas se extraen del área de Malvinas con buques españoles o de esta nacionalidad asociados con británicos y buques coreanos, taiwaneses y de otras nacionalidades. Ello significa en un cálculo optimista (al valor FOB) que la Argentina ha perdido en estos 40 años la suma de 151.200 millones de dólares, de los cuales 35.000 millones de dólares se han extraído de Malvinas. Esto último sólo significó la pérdida laboral para la Argentina de 10 mil empleos y que 3 millones de niños y adolescentes no recibieran una ración diaria de proteína de la mejor calidad todos los días durante todo el año todos los años hasta hoy. Mientras el PB de los isleños ronda en los 97.893 US$/per cápita/año, el de Argentina 8.579 US$ (2020) y el de La Quiaca, que está a la misma distancia de Buenos Aires que las Malvinas, no supera los 2.500 US$ (2020).

500 buques extranjeros chinos, españoles, coreanos, taiwaneses, etc. invaden el Atlántico Sur y se apropian de los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) Argentina, ante la más absoluta pasividad diplomática y de la autoridad de aplicación argentina. No es solo una cuestión biológica que depreda el ecosistema que debe ser tratado en forma integral y en conjunto (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), sino de soberanía política, económica, alimentaria, ambiental y social que se está violando, ante la pasividad de los funcionarios.

España “la llamada madre patria” que reconoce los derechos soberanos en Malvinas, es el principal socio de los británicos en Malvinas; el que canaliza el comercio en la Unión Europea para que los productos de este origen no paguen aranceles de importación, mientras que a las empresas argentinas se les aplica barreras paraarancelarias de los productos con valor agregado.

Mientras esto ocurre, nos anoticiamos del otorgamiento de licencias otorgadas para la pesca de merluza negra (24.000 US$/tonelada, FOB, 2028) por el Reino Unido en el área meridional del Atlántico Sur argentino y en el área Antártida, para contraponerse a una supuesta pesca rusa, en una actitud reiterada de los británicos de violar los espacios marítimos argentinos y los espacios sujetos a la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CRVMA) y las normas de la Comisión para la Conservación de esos recursos (CCAMLR), que genera una gran tensión internacional en la región y la propia intervención de Estados Unidos en el tema (Perfil, 23/06/2002).

La falta de atención de la Cancillería Argentina a la “Zona de Paz y Cooperación” acordada por todos los países de África occidental y América oriental del Atlántico Sur, es tal, que Togo y Gabón, ambas ex colonias francesas acaban de ingresar al Commonwealth (SAEEG, 25/06/20229).

Se agrega a ello nuestra relación en el MERCOSUR. Los periódicos aterrizajes en Brasil haciendo escala en vuelo desde y hacia Malvinas de aviones de la fuerza área británica; al igual que en Chile y Uruguay y el sostenido apoyo que le da el puerto de Montevideo a los buques procedentes de alta mar y Malvinas donde realizan PESCA ILEGAL, facilitando su armado, logística, transbordos, cambios de tripulación, comercio de mercaderías, etc. ante la pasividad de los funcionarios que se limitan a reclamar. ¿Se tratará de que la empresa concesionada MONTECON es de capitales chilenos y canadienses? o de que la Secretaría de Malvinas no ha buscado los acuerdos necesarios con la República hermana de Uruguay para terminar con el incumplimiento de los “apoyos teóricos” que éste y otros países de Suramérica declaran.

Desde 1998 cuando se dictó la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 y a partir de la actualización de las sanciones a la PESCA ILEGAL de la Ley 26.386 (2008) y la Ley 27.564 (a pocos días de cumplirse dos años) NUNCA SE APLICÓ UNA SANCIÓN A LOS BUQUES PESQUEROS EXTRANJEROS QUE PESCAN EN MALVINAS SIN HABILITACIÓN ARGENTINA.

Y por supuesto que se podría hacerse mucho más que pasarse dando la Secretaría de Malvinas “Conferencias, Reclamos, Agradecimientos y Declamaciones” (CRAD), y la desatención de la Subsecretaría de Pesca en estos temas.

Por ejemplo, derogar los Acuerdos de Madrid, el Pacto de Foradori-Duncan y llevar varias acciones adelante referidas a la emergencia pesquera y a la protección de los recursos naturales en Malvinas. La Argentina no puede convalidar estos Acuerdos, que estarían demostrando un aparente diálogo entre las partes.

Elaborar una estrategia que se supone debería estar en manos del Consejo Nacional de Malvinas que coordina Carmona, que no ha hecho otra cosa, que proponer vuelos humanitarios (rechazados por el Reino Unido); propiciar al autoconvocado Marcelo Kohen a la Corte Internacional de Justicia, precisamente a quién propuso en 2018 un referéndum a los británicos para determinar su nacionalidad (etc.) y poner recientemente en ridículo al Presidente Fernández, ante la pretensión de condicionar al primer ministro inglés, en una situación de extrema debilidad y sin una demostración cierta de la posición dice sostener, mientras mantiene vigente la Ley 24.184 de “Protección y Promoción de la inversiones británicas en Argentina”. Para llegar a esto, la Secretaría de Malvinas, debió hacer muchos deberes previos.

Combatir la PESCA ILEGAL en Malvinas (que le asegura la sustentabilidad económica) y, para ello, entre otras medidas, cumplir con el Artículo 47º de la Ley 24.922 que establece: «La carga de productos pesqueros que se halle a bordo de un buque pesquero de pabellón extranjero que se encuentre en los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina o en aguas en las que la República Argentina tenga derechos de soberanía sobre los recursos vivos marinos, sin contar con permiso o autorización expresa expedido por la Autoridad de Aplicación, se presume que han sido capturadas en dichos espacios», que los podría dejar incurso a ambos funcionarios en incumplimiento de sus deberes, al igual que al no sancionar a los buques que pescan en Malvinas.

Iniciar las políticas diplomáticas a nivel de Latinoamérica respecto a la protección de los recursos pesqueros migratorios originarios de la ZEE de los Estados ribereños, que son motivo de depredación del ecosistema y competencia desleal en el mercado internacional a la par de permitirle al Reino Unido consolidarse en Malvinas.

También, unificar una política en el Atlántico Sur mercante, portuaria, naval, de investigación y desarrollo y propiciar e incentivar la pesca en alta mar por parte de buques nacionales e impedir el acceso de calamar a Malvinas y, por supuesto, coordinar con el Ministerio de Defensa la dotación de una fuerza disuasiva y de control en el área austral argentina.

Y otra decena de importantes acciones que por razones de espacio omito, pero sobre las que me he referido en decena de artículos anteriores.

Reitero: cuando se trata de cuestiones que afectan la soberanía nacional y el bienestar del conjunto de los argentinos, no interesan las cuestiones partidarias o sectoriales: “a los amigos se los acompaña hasta el cementerio, no se entierra uno con ellos”. En frente, están las grandes potencias que vienen por nuestras proteínas y nuestros espacios marinos e insulares desatendidos.

 

* Presidente de la Fundación Agustina Lerena (fundada 21/10/2002). Presidente Centro de Estudios para la Pesca de Latinoamérica, CESPEL (fundado el 02/04/1989). Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Ex asesor en el Senado de la Nación y en el Honorable Cámara de Diputados. Autor de: “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega. Pesca la moneda de cambio (2021)”.

 

LA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO SOBRE LA PESCA ILEGAL DE LOS RECURSOS MIGRATORIOS ARGENTINOS EN MALVINAS Y ALTA MAR (PARTE I)

César Augusto Lerena*

¿Qué hacen a nivel nacional estos funcionarios responsables? Nada.

El subsecretario de Pesca Carlos Liberman y el secretario de Malvinas de la Cancillería Guillermo Carmona no entienden que la PESCA ILEGAL por parte de buques extranjeros en Malvinas y en el Atlántico Sudoccidental atenta contra el desarrollo y la generación de empleo en el litoral marítimo argentino y consolida la ocupación británica en Malvinas, y en más de 1,6 millones de km2 del territorio marítimo explotado por el Reino Unido.

Digámoslo con todas las letras: no son 11.410 km2 de Malvinas los ocupados por el Reino Unido. Está invadido el territorio marítimo argentino en un equivalente al 52% del Zona Económica Exclusiva y extranjerizado el Atlántico Sudoccidental que debería estar administrado por la Argentina y Uruguay, en su condición de Estados ribereños (FAO 41 Sub-Áreas 2.3.; 3.1. y 3.2.).

En varias entregas sintetizaremos el trabajo que presentaremos varios expertos de Latinoamérica bajo el título La demanda de los Estados ribereños de Latinoamérica sobre la Pesca Ilegal y el dominio de los recursos migratorios originarios de la ZEE”, donde se dejan de manifiesto los derechos que le asisten a los Estados ribereños y que han sido desatendidos —en el caso de Argentina— por los citados funcionarios, incumpliendo con sus deberes de funcionarios públicos por falta de aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, varias normas de la FAO y las leyes nacionales 24.543, 24.608, 24.922, 26.386 y 27.564.

Se entiende como PESCA ILEGAL y con el tecnicismo de INDNR (ilegal, no declarada, no registrada) a aquella que se realiza voluntaria y/o libremente, sin cumplir total o parcialmente con la regulación internacional o nacional de origen y/o sin control independiente y/o si se capturan en alta mar sin acuerdo previo a aquellas especies que interaccionan o están asociadas o son migratorias originarias de las ZEE o viceversa o, se realiza todo acto, de cualquier naturaleza, que atente contra la sostenibilidad de las especies pesqueras y/o contaminando el medio ambiente (César Lerena, Ob. Cit. 2022). Más de cincuenta irregularidades detalladas en el referido trabajo se tipifican como PESCA ILEGAL y todas ellas ocurren en alta mar del Atlántico Sudoccidental y varias de ellas en la ZEE Argentina.

La denominación PESCA ILEGAL es autosuficiente para definir por sí misma las acciones depredadoras de las actividades pesqueras, por lo que a nuestro entender denominarla pesca “ilegal, no declarada, no registrada” (INDNR) minimiza las acciones y contribuye a la confusión general, ya que podríamos agregar a estas una serie interminable de adjetivos. La ejecución de todas o alguna de las prácticas depredadoras o que coadyuvan éstas no son otra cosa que ejecutar una PESCA ILEGAL, de mayor o menor gravedad respecto a sus efectos negativos en cuanto a la sostenibilidad de las especies, la contaminación del medio marino o al daño económico-social de los Estados en desarrollo.

El Plan de Acción Internacional (PAI) de la FAO (2001) elaborado como un instrumento en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable, es una norma que, entre otras cosas refiere (3.3.2), que se realiza PESCA INDNR cuando: «en zonas o en relación con poblaciones de peces respecto de las cuales no existen medidas aplicables de conservación u ordenación y en las que dichas actividades pesqueras se llevan a cabo de una manera que no está en consonancia con las responsabilidades relativas a la conservación de los recursos marinos vivos que incumben al Estado en virtud del derecho internacional», es decir, el caso de la pesca que se realiza en el área de Malvinas sin control de Argentina y, en alta mar en el Atlántico Sudoccidental, al pescar sin control alguno por parte del Estado de origen y sin acuerdo con el Estado ribereño (Argentina) sobre los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, razón por la cual y pese a la “libertad de pesca” indicada en la CONVEMAR, debe tipificarse de PESCA ILEGAL (avanzaremos en ello en futuros artículos).

Todo ello se ratifica en el Programa 21 de la FAO (1992) donde también se hace hincapié en «la ordenación de la pesca de altura» y donde se precisa que es en ese ámbito donde «se plantean los problemas de la pesca incontrolada». En síntesis, en este Programa se deja en claro, que la cuestión se centra en ordenar a los Estados de pabellón que pescan a distancia en alta mar.

En alta mar es muy poco representativa la pesca de los Estados ribereños no desarrollados y el 85% de la pesca a distancia en alta mar la realizan cinco países: China, España, Taiwán, Japón y Corea del Sur, quienes del total de 37 millones de horas de pesca ocupan aproximadamente 25 millones. El problema entonces no lo ocasiona y mantiene toda la actividad pesquera internacional, sino que lo generan solo cinco Estados para lo cual casi todos los países del mundo se reunieron para aprobar una Convención que produjo regulaciones pesqueras imperfectas para todos los Estados —muy especialmente a los Estados ribereños no desarrollados— a lo que se agregó el Acuerdo de Nueva York que se excede irregularmente a lo ya regulado en la CONVEMAR. En realidad, más que promover una Convención, unos 160 países le deberían estar diciendo a estos cinco países y a otros cuatro o cinco (Rusia, el Reino Unido, Noruega, Portugal, etc.) “paren de pescar a distancia” (¡!) y acuerden con los Estados ribereños para hacerse de las proteínas que necesitan.

Mientras esto ocurre, pese a los resquicios que tiene la legislación internacional y las exigencias que a los funcionarios argentinos le impone la legislación vigente en la Argentina, éstos no han hecho absolutamente nada para revertir la expoliación de los recursos nacionales por parte de buques extranjeros, tanto en Malvinas, como sobre los recursos migratorios de la ZEE Argentina en alta mar. Y ello es grave, no solo por daño biológico, ambiental, económico, laboral y social que le ocasiona al país, sino porque esa presencia extranjera incontrolada favorece la ocupación británica en Malvinas y consolida la economía de los isleños.

¿Qué hacen a nivel nacional estos funcionarios responsables? Nada. Ni siquiera aplican la legislación nacional vigente para sancionar la pesca ilegal en Malvinas. ¿Qué hacen a nivel internacional por defender los intereses nacionales? Nada. El secretario de Malvinas manifiesta que las políticas más relevantes de esa dependencia son «persistir en el reclamo; consolidar los consensos internos y amplificar los apoyos; mostrar seriedad y solidez y aprovechar el contexto internacional» (Proyecto Sur, 08/04/2022) repitiendo el grave error cometido por el embajador Lucio García del Solar el 16/17 de agosto de 1989, prolegómeno de los Acuerdos de Madrid que consolidan la posición británica en Malvinas y, que este secretario entiende que “no es tan sencillo desarticular” (PS, 08/04/2022). El mismo error y los mismos efectos 33 años después. ¿Y el subsecretario de Pesca? En 2008 se presentó un “Plan de Acción Nacional”, que es un enunciado teórico de obligaciones que ya se encuentran en las leyes y los manuales de las reparticiones públicas, sin ningún efecto práctico. Un inservible texto que, a la luz de los hechos, ya ha demostrado su inutilidad para eliminar o reducir la PESCA ILEGAL, ya que no contiene, ni una sola acción concreta destinada a modificar la depredación brutal que realizan los buques extranjeros en el área de Malvinas y en alta mar. Y, lo que es peor, este funcionario entiende, que la pesca de los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina en alta mar no es pesca ilegal. Nada bueno hay que esperar: Si se erra en el diagnóstico no se puede prescribir un buen tratamiento y es de imaginar el peor de los pronósticos.

La Argentina y el mundo van perdiendo la lucha contra la PESCA ILEGAL y ello se debe a una legislación que plantea un ordenamiento erróneo (CONVEMAR, Acuerdo de Nueva York y otros), que ya observó parcialmente la Argentina en 1995 y que los principales países y comunidades (China, la Unión Europea, Reino Unido, Corea del Sur, Japón, Taiwán, etc.) que deberían liderar el cuidado del ambiente marino y los recursos pesqueros subsidian la pesca a distancia y no penalizan a quienes no acuerdan con los Estados ribereños para regular la pesca en alta mar en condiciones equitativas y sostenibles. Al respecto, la FAO estima que al menos el 30% de las capturas son ilegales, generándose unos 36 mil millones de dólares anuales (FAO, 2016, p 05-06) en forma irregular y, en una competencia desleal con quienes pescan cumplen las normas nacionales e internacionales.

Cuando en el Atlántico Sudoccidental los buques extranjeros sin control extraen todos los años un volumen estimado en las 750.000 toneladas de productos pesqueros en alta mar originarios de la ZEE Argentina y 250.000 toneladas del área de Malvinas ocupada en forma prepotente por el Reino Unido y violando la Resolución 31/49 de las Naciones Unidas, queda absolutamente evidente que la política de los organismos multilaterales ha fracasado y por cierto, la de los organismos competentes (Cancillería y Malvinas; Agricultura, Ganadería y Pesca; Defensa y Seguridad) de la Argentina también, aunque veamos algunos avances en esta última área, pese a un presupuesto muy por debajo de la media regional.

La Argentina, desde hace 50 años, sufre esta captura por parte de buques extranjeros en el área de Malvinas y de las especies que desde la ZEE migran hasta la alta mar, causándole un perjuicio gravísimo al ecosistema ya que con licencia o no británica se extraen del Atlántico Sudoccidental un millón de toneladas anuales, por un valor estimado entre los 2.600 y 4.000 millones de dólares de materias primas brutas; pero, también, impidiendo el desarrollo económico, laboral y social del país y, muy especialmente de los pueblos del litoral bonaerense y patagónico, constituyéndose —como trataremos en un futuro artículo— en un atentado a la seguridad.

No alcanza que el gobernador de Tierra del Fuego anuncie acciones legales contra la pesca ilegal en Malvinas, donde si no se hace una acción conjunta con la Nación, biológica y territorialmente analizada, se corre un alto riesgo de profundizar el problema.

Cuando se trata de cuestiones que afectan la soberanía nacional y el bienestar del conjunto de los argentinos, no interesan las cuestiones partidarias o sectoriales: “a los amigos se los acompaña hasta el cementerio, no se entierra uno con ellos”. En frente, están las grandes potencias que vienen por nuestras proteínas y nuestros espacios marinos e insulares desatendidos.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Ex Secretario de Bienestar Social (Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Ex Asesor en la H. Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación- Autor de 28 libros, el último “Malvinas. 1982-2022. Una Gesta Histórica y 40 años de Entrega. Pesca la moneda de cambio”.