Ya me referí en varios escritos anteriores (César Lerena “El Malvexit frente al Brexit Británico, 04/10/2018 y, “Brexit, Pesca y Malvinas, ¡Camarón que se duerme se lo lleva la corriente!” 03/07/2020 https://saeeg.org/index.php/2020/07/04/brexit-pesca-malvinas-camaron-se-duerme-se-lo-lleva-la-corriente/) a la oportunidad que se abría para la Argentina frente a la salida del Reino Unido de Gran Bretaña (en adelante R.U.) de la Unión Europea (en adelante U.E.) el próximo 1º de enero de 2021 y, desde entonces, he venido promoviendo la necesidad de que el gobierno argentino, entre otras cosas, actuase ante Bruselas para que, cualquiera fuese el Acuerdo al que se arribe, quedasen fuera de éste los llamados “territorios británicos de ultramar” Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) que el R.U. tiene usurpados o sobre los que pretende su titularidad como en el caso de la Antártida.
Efectivamente, los territorios de ultramar han quedado afuera de las negociaciones del Acuerdo y varios medios han venido refiriéndose a ello, diciendo en general que“de acuerdo a fuentes oficiales y diplomáticas, el gobierno insistió en que las Islas Malvinas no sean contempladas como un territorio británico de ultramar en el futuro acuerdo que el viejo continente podría negociar con el Reino Unido para regular sus relaciones comerciales, basándose en la resolución de las Naciones Unidas que admite la existencia de una disputa de soberanía y las constantes recomendaciones del Comité de Descolonización de la ONU constantemente desoído por Londres. De respetarse la posición argentina, los malvinenses perderían las cuotas de acceso y la rebaja arancelaria por la que venían beneficiándose desde hace años, además de la asistencia financiera para desarrollar una economía que es extremadamente dependiente de la pesca, que equivale al 60% del PBI local” (Chabay, Ezequiel, El Cronista, 24/12/2020) y ello es sólo parcialmente cierto y hay mucho por trabajar si lo que se pretende es conseguir aislar comercialmente a Malvinas, comenzando porque la U.E. le aplique aranceles a los productos —en especial pesqueros— que se destinan en un 95% a Vigo (España) y desde ahí a toda Europa.
Recordemos que en el año 2009, cuando se ratificó el Tratado de Lisboa, al votarse la aprobación de la Constitución de la U.E., se incluyó como Territorios Británicos de Ultramar a las Malvinas y a la Antártida. ¿Qué hizo la Cancillería Argentina en esa oportunidad para evitarlo? lo ignoramos, pero lo cierto, que españoles e italianos (dentro de los que se encontraban millones de argentinos con doble nacionalidad de esos países) votaron a favor de ello o simplemente ignoraron que tenían que hacerlo y votar en contra. Desde entonces, nada hizo la Argentina ante la U.E. para modificar esta irregular situación y, por el contrario, mantuvo activos todos los acuerdos firmados con el R.U. (Acuerdos de Madrid, etc.) y, grotescamente, también mantiene vivos el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre Gran Bretaña y el gobierno de Buenos Aires” que se firmó el 02/02/ 1825 (pese al cual el 03/01/1833 los británicos invadieron Malvinas) y, el “Convenio para la Promoción y la Protección de inversiones británicas en la Argentina” suscripto en Londres el 11/12/1990 y aprobado por la Ley 24.184 el 04/11/1992.
En un pasado artículo (César Lerena “¿quién ejerce el poder en el atlántico sur?” 03/06/2020, https://saeeg.org/index.php/2020/06/03/quien-ejerce-el-poder-en-el-atlantico-sur/ ) puse de manifiesto que el 22/01/2020, funcionarios y empresarios del sector pesquero español se reunieron en Madrid, manifestando el interés —acompañado por la European Fisheries Alliance (EUFA)— de mantener el acuerdo de libre comercio, el mutuo acceso a las aguas, el reparto de las cuotas de pesca y la gestión compartida con el R.U.; todas cuestiones que han sido reiteradas en cuanto fuero hubiese y, en las que están muy interesados los españoles que pescan tanto en el Atlántico Nordeste como en el Atlántico Sur con licencias ilegales del R.U. en Malvinas, incluso, como otros europeos, con bandera británica, en ambos Atlánticos.
España, en los prolegómenos del Acuerdo entre Londres y Bruselas acompañó la preocupación de los empresarios españoles que pescan en las aguas británicas y en Malvinas, acompañados, con una menor preocupación por sus pares de Alemania, los Países Bajos, Francia, Bélgica e Italia; pero el R.U. privilegió los intereses escoceses y de otros del Reino y no atendió las fuertes presiones de los europeos e incluso los reclamos de los propios habitantes de Malvinas, quienes en este nuevo estado que se inicia, poco o nada pueden aportarle al déficit comercial del R.U. Con este Acuerdo se modificará la situación actual de que los barcos comunitarios puedan pescar hasta las 6 millas de la costa británica y, a partir del cual, ya no podrán hacerlo libremente dentro de las 200 millas británicas y se reducirán progresivamente las cuotas.
La pesca es un 0,1% dentro de la economía británica, carece de toda relevancia y no ha sido un dato menor a la hora de las negociaciones, ya que el R.U. se ha centrado en asegurarse la soberanía plena en sus decisiones y en satisfacer su política interna, en especial con Escocia; pese a lo cual, su primera ministra Nicola Sturgeon no está conforme con que haya una transición de 5,5 años, en lugar de los tres que esperaban y ya está argumentando que Escocia tiene derecho a elegir su propio futuro como un país independiente, vinculado a la U.E.
En este primer escenario, los españoles perderían cuotas en las aguas británicas del Atlántico Nordeste y los productos extraídos por españoles o sociedades británicas-españolas en Malvinas, como dije, mayoritariamente destinados a Europa, pagarían aranceles. Pero esto no es tan así. Para que se apliquen aranceles a los productos pesqueros originados en capturas realizadas en el área de Malvinas, la Argentina deberá hacer otros deberes, porque de otro modo, ingresarán a la U.E. con bandera española o al R.U. con bandera británica. Por cierto, nada es gratis en el mundo de los negocios.
España, cualquiera sea el resultado, magnifica la situación. Sabe, que cuánto más dramática la muestre, más subsidios obtendrá de la U.E. Son expertos en Acting y, en especial, su vocero Javier Garat, el gran perdedor en este Acuerdo que esperaba una transición de 14 años (¿?) en las aguas británicas y solo consiguieron 5,5 años; un tiempo que nadie cree que transcurra.
En principio, habría que tener en cuenta que el Acuerdo prevé el libre comercio y acuerdos transitorios pesqueros con la U.E. (Capitulo 185), con algunas cláusulas relativas a cumplir ciertos parámetros, que no parece que el R.U. no vaya a cumplirlas (salvo las pesqueras) y, además, es lógico pensar que el R.U. profundizará sus negocios con el Commonwealth; Estados Unidos; a través del TMEC (México y Canadá); China y otros países, incluso con Argentina, para compensar sus eventuales pérdidas en la U.E. y mejorar su balanza comercial que, durante 2019, fue negativa en casi 200 mil millones de euros. ¡El imperio se apresta a cabalgar sobre las olas! Al menos es lo que ellos creen y sí no hay que preguntarle a Cantieri.
Por otra parte, no es cierto que “la U.E. haya descartado a Malvinas en las negociaciones por la disputa que mantiene Argentina con el R.U. sobre estos territorios en las Naciones Unidas”. Todos los llamados Archipiélagos Británicos de Ultramar, a excepción de Gibraltar, quedaron afuera del borrador de Acuerdo. El Capítulo 183º de éste aplica solo al R.U. y no a los Territorios de Ultramar, dado que “la U.E. no tiene competencia para negociar con ellos” y, en el Capítulo 184º, establece que “el R.U., Gibraltar y España seguirán negociando acuerdos para buscar el mejor resultado posible para el pueblo de Gibraltar y la región circundante y, la Comisión confirmó que un acuerdo sobre Gibraltar es posible y que están dispuestos a examinar cualquier solicitud de España y el Reino Unido para llevar esto adelante”.
¿Qué efectos vinculados con la Argentina podría finalmente provocar el Brexit?
Probablemente se debilitará en la U.E. la posición británica respecto a Malvinas y mejorará la postura argentina en los reclamos de soberanía e incluso en las negociaciones comerciales o relativas al equipamiento militar.
Además de ello, la Argentina debe cancelar (no suspender) los vuelos desde Malvinas a Chile y a Brasil y prohibir el uso del espacio aéreo y marítimo argentino para trasladar productos, personas, insumos, etc. relacionadas con la exploración o explotación pesquera, agropecuaria, hidrocarburífera o comercial en Malvinas, entendiendo que estas actividades no son pacíficas porque derivan de la explotación y ocupación ilegal de un territorio argentino.
Los isleños buscarán negocios fuera de Europa y necesitan más vuelos a terceros países, para lo cual, la Argentina —derivado del Pacto Foradori-Duncan— les otorgó un vuelo semanal a San Paulo que les abre las puertas al mundo (¡!) y a las relaciones con Brasil; incrementan la relación con Uruguay (stands en feria y otros) que les provee puertos para asegurar las operaciones de los buques extranjeros que pescan en el Atlántico Sur con o sin licencia británica y, que es sede, junto con Puerto Arenas, de la naviera inglesa SAAS cuyo buque portacontenedores hace tráfico comercial cada 14 días a las Islas; promueven el turismo; construyen puertos en Malvinas y Georgias del Sur para facilitar sus operaciones y profundizan las relaciones con empresas españolas a través de la constitución de joint venture.
En este estado de cosas, ¿qué otra cosa debería hacer la Argentina para mejorar su situación respecto al control en el Atlántico Sur y en especial, cambiar el estatus de Malvinas y, favorecer las exportaciones pesqueras nacionales a la Unión Europea? primero, promover Acuerdos (no negocios espurios) con todas las flotas españolas y asiáticas que operan en el Atlántico Sur y, segundo, en su caso, multar y considerar un delito penal la pesca ilegal, para desalentar la pesca en el área de Malvinas (ver César Lerena “la pesca ilegal es un delito penal” https://saeeg.org/index.php/2020/07/13/la-pesca-ilegal-afecta-la-seguridad-debe-tipificarse-como-delito-penal/). En cualquier caso, los Acuerdos no pueden dejarse en manos de la Cancillería, de las empresas ni de los funcionarios de pesca. Debe constituirse una comisión de expertos de probada idoneidad técnica, honestidad y capacidad negociadora en favor de los intereses nacionales; Acuerdos, que deberían ser finalmente aprobados por el Congreso de la Nación y, como parte de éstos, la Argentina debería otorgar reembolsos a las exportaciones de productos pesqueros a la U.E., para equilibrar el cobro de aranceles a la importación de los productos argentinos en la U.E. y desalentar la pesca ilegal española en el Atlántico Sur.
¡Camarón que se duerme se lo lleva la corriente!
* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.
Que en 2021 estén solo los que se animen a construir una Argentina mejor
César Augusto Lerena*
Días pasados la Sra. vicepresidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner invitó a retirarse del gobierno a quienes tienen miedo o les falta coraje para ejercer la defensa del interés nacional. No seré yo quien interprete el alcance de esta intimación, porque, es muy probable, que el nivel de temor de los destinatarios, según la vara con el que se los juzgue, pueda tratarse desde una estratégica prudencia a panic attack, o, simplemente, un mal crónico que aqueja a los funcionarios: incapacidad o esfuerzos aplicados a intereses ajenos al Estado (a libre interpretación del lector).
Sería imprudente que cada uno de los ciudadanos de a pie, se pusiese a mencionar con nombre y apellido a quienes deban abandonar sus cargos; en principio, porque no está destinado a nosotros ese mensaje, sino a cada uno de los funcionarios que tienen miedo o no se animan a dar cumplimiento al juramento dado “a Dios (en su caso) y a la Patria, prometiendo observar y defender la Constitución, las leyes de la República y los deberes del cargo para el que han sido nombrados”; también, porque el que nombra y remueve a los funcionarios es el Presidente de la Nación y, finalmente, porque irse en este momento, sería reconocer una debilidad e incompetencia y el incumplimiento consecuente de sus obligaciones. Sería aceptar con dignidad “que Él (por Dios) y la Patria os lo demanden”, atributo que no suele estar presente cuando a alguien se lo impele a renunciar.
Entonces, como “al chancho rengo se lo conoce al andar”, lo mejor es referirse a las obras y no a los hombres que debieran ejecutarlas, en la acción de gobierno y, también, tratar de discernir entre las obligaciones burocráticas y aquellas que son centrales en la doctrina justicialista: justicia social, independencia económica y soberanía política, aunque aceptadas por las distintas corrientes políticas.
Con este mandato vicepresidencial y habiéndose cumplido un año de la asunción del gobierno, me referiré entonces a lo ocurrido en el Atlántico Sur, MALVINAS, Georgias del Sur, Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y la PESCA; una actividad —esta última— desde la cual se puede contribuir a dar cumplimiento a la citada doctrina.
La Pesca, es una actividad generadora de importantes recursos económicos y de mano de obra intensiva; de radicación poblacional e industrial pesquera y naval en áreas estratégicas de la Nación; de ocupación del amplio territorio marítimo argentino; pero, sobre todo, es una herramienta insustituible para recuperar Malvinas. Al respecto, he venido diciendo hace décadas, que “Sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas” y agrego: “la pesca será el más importante instrumento para recuperar la soberanía de Malvinas”, y ello no habrá de llegar, con solo rogar al Reino Unido a que se acoja a lo prescripto en la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas.
Me referiré, entonces, solo a lo que ha pasado (o no ha pasado) en materia de MALVINAS Y PESCA y “A quien le quepa el sayo, que se lo ponga”.
La propaganda de la Secretaría de Malvinas nos dice “Cumplimos un año de gestión. La Causa Malvinas volvió a ser política de Estado. Nos propusimos tres leyes para colocar la soberanía en el centro de las políticas de Estado. Una dispuso la creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo; la segunda norma, estableció sanciones y multas más elevadas para la pesca ilegal en aguas argentinas incluyendo las que circundan a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur; la tercera, demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental. (Amén de ello), reafirmaron su apoyo a la posición argentina sobre Malvinas la ONU, la OEA, la CELAC, el MERCOSUR, el SICA, el G77+China, entre otros múltiples organismos multilaterales; avanzamos en la identificación de los soldados caídos; celebramos los 200 años del izamiento de la bandera argentina en Malvinas; seguiremos trabajando para que la celeste y blanca vuelva a flamear en todo nuestro territorio” (sic). Faltó agregar que esa Secretaría considera que la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas es “la llave para resolver el conflicto” (sic) y “la única forma de recuperar las islas es el diálogo” (sic) (Daniel Filmus, “El Ciudadano”, Rosario, 13/12/2020).
Bueno, empezaré de mayor a menor, respecto a lo que se define como una política de Estado en esta materia: sí la clave, para recuperar Malvinas, es la Res. ONU 2065/65, los archipiélagos jamás volverán a estar en poder de Argentina. Esta herramienta, si bien en 1965 fue esencial, después de 55 años ha demostrado ser accesoria e ineficaz y absolutamente nula, para recuperar el diálogo con el Reino Unido la “única forma”, que el secretario considera —a mi juicio erróneamente— para recuperar las islas.
Por lo dicho, la Secretaría no ha innovado en la cuestión Malvinas y sigue con una estrategia insuficiente y vetusta, además, de avanzar sobre facultades que, como veremos, el Congreso de la Nación, ha puesto en manos del Consejo Nacional de Malvinas. En cualquier caso, la “Política de Estado” para resolver la cuestión Malvinas no pasa por dialogar sobre la soberanía de las islas, porque en la hipotética, pero improbable situación, en que el Reino Unido se avenga a dialogar, no será para reconocerle a los argentinos la soberanía de Malvinas. Para ello, hay que llevar adelante una estratégica inédita (jamás aplicada por la diplomacia argentina) que, en todo caso, concluirá en un diálogo consensuado. Y me adelantaré, con un ejemplo, lo que diré después, con mayor detalle: la flota China en aguas de Australia no solo está destinada a capturar sus peces, sino a aplicarle a “Australia la porra diplomática y, transformarlo en el chivo expiatorio de Beijing” (Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).
La Secretaría de Malvinas el 6/11 recordó el izamiento de la bandera en Malvinas; el 20/11 la soberanía nacional, el 16/12 los 55 años de la Res. 2065; pues bien, estas conmemoraciones son necesarias para fortalecer el sentimiento nacional o recordar nuestro interés perpetuo por Malvinas, pero son cuestiones que debería llevar un pasante de la Cancillería que sepa leer las efemérides. Otro tanto ocurre con los sucesivos apoyos de los países y los organismos internacionales a la posición argentina respecto de Malvinas, para ello son necesarios los embajadores destacados en los ámbitos adecuados. De hecho, eso ocurrió en 1965, cuando el que pronunció los alegatos por Argentina ante el Subcomité III de las Naciones Unidas, que culminó con el dictado de la Res. 2065, fue el entonces Consejero Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el embajador José María Ruda.
Ahora, ¿qué hace la Secretaría de Malvinas para que las declamaciones se transformen en hechos? ¿Por qué pese a estos apoyos obtenidos, Uruguay sigue prestando sus puertos a las embarcaciones que pescan en Malvinas y a quienes depredan nuestros recursos migratorios en alta mar; Brasil es el destinatario de los vuelos desde Malvinas y Chile sigue siendo un aliado estratégico del Reino Unido? De esto debiera ocuparse la Secretaría de Estado que tiene por objeto recuperar la soberanía en Malvinas.
Respecto a las tres leyes que la Secretaría de Malvinas indica que, colocan la soberanía (de Malvinas) “en el centro de las políticas de Estado”, afirmo que en la forma en que están redactadas y como se han ejecutado (o no) durante este año, de ninguna manera, pueden ser el eje central de una política de Estado y, si analizamos su contenido, son instrumentos de escasa significación y, no es de esperar que, a partir de ellas —y menos si no se aplican, en el caso de incremento de sanciones— se modificará la situación de ocupación británica y de explotación de nuestros recursos en Malvinas.
Respecto a la Ley 27.557 del 4 de agosto de 2020 “sobre los límites de la Plataforma Continental”, empiezo por decir, que por Decreto 14.708/46, el gobierno argentino ya reivindicó la soberanía nacional sobre el mar epicontinental y el zócalo continental y, en 1966, por Ley 17.094 reafirmó la soberanía sobre el lecho y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de 200 metros o más allá de ese límite hasta la profundidad que las aguas suprayacentes permitieran la explotación de los recursos naturales. La Argentina por Ley 24.815 del 26 de mayo de 1997 creó la Comisión de Límites (COPLA) para dar cumplimiento a la Ley 24.543 que ratificó en 1995 la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). La Ley 27.557 que demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental, no se ajustan a los recomendados por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), conforme el art. 76º inciso 8º de la CONVEMAR: “Los límites de la plataforma que determine un Estado ribereño tomando como base tales recomendaciones serán definitivos y obligatorios”, ya que esa Comisión solo “recomendó” 351.633 Km2 de los 1.782.000 Km2 presentados por nuestro país el 29 de abril de 2009, entendiendo que 1.430.367 Km2 se encuentran en disputa con idéntica presentación presentada por el Reino Unido el 11 de mayo de 2009. Es decir, que el proyecto de ley que la Secretaría de Malvinas presentó ante el Congreso de la Nación y exhibió al transformarse en ley como un éxito del gobierno argentino no se ajusta estrictamente a los hechos y los planos que esta Secretaría envió a imprimir con destino a escuelas, instituciones, etc. tienen un amplio espacio en disputa, que no está debidamente aclarado en la cartografía, generando confusión y un triunfalismo que no se ajusta a la realidad. Este supuesto no tiene efecto alguno sobre Malvinas y en todo caso agregó una nueva controversia con Chile. La Constitución garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de que la información pública debe ser adecuada y veraz.
En cuanto a la Ley 27.564 del 16 de septiembre de 2020 “por la que se elevaron las sanciones y multas a la pesca ilegal en aguas argentinas, incluyendo las que circundan a Malvinas” (sic), lo que es redundante, porque las aguas correspondientes de los territorios insulares son argentinas, pero que, como veremos, las autoridades nunca aplicaron multa alguna.La Argentina no capturó ningún buque pesquero con posterioridad a la sanción de la ley y durante el año 2020 solo apresó tres (sin decomisarlos). Es decir, sin apartarse del bajo promedio de dos buques por año en los últimos 40 años, sobre una población de entre 350 y 500 buques que pescan nuestros recursos migratorios en la ZEE Argentina o fuera de ella. Por otra parte y, muy importante, el gobierno argentino no ha multado a ninguno de los 105 buques españoles o en sociedad con empresas británicas pescan en las islas; 73 taiwaneses; 30 coreanos del sur y otros 4 que pescan desde 1982 un promedio de 250 mil toneladas dentro del área de Malvinas (FICZ y FOCZ para los británicos) por un valor superior a los 650 millones de dólares y que consolidan año a año la ocupación británica en las islas y, aún más grave (si se puede asignarle más gravedad aún) sin apresar ni multar a ninguno de los buques que durante la pesca del calamar illex, loligo, hoki, merluza negra y otras especies capturaron por fuera de los límites impuestos por los propios británicos para la zona de Conservación y gestión provisional de las Malvinas (FICZ) y la Zona exterior de conservación de Malvinas (FOCZ). Por cierto, nada han hecho la Secretaría de Malvinas o la Subsecretaría de Pesca Nacional para reclamar el resarcimiento económico al Reino Unido y a las empresas que han pescado ilegalmente en Malvinas desde 1976 a la fecha unos 10,8 millones de toneladas por un valor estimado en los 28,2 mil millones de dólares que, más derechos, intereses y la pérdida de chance en el comercio final, podrían haber significado un valor aproximado del orden de los 197 mil millones de dólares.
Un caso particular es el de España que ha reconocido que Malvinas es territorio argentino y que, pese a nuestros tradicionales lazos de amistad, sus buques subsidiados por la Unión Europea se asocian a empresas británicas de Malvinas para pescar en estas aguas. Sinceramente es deplorable la falta de acción de la Secretaría de Malvinas y la Subsecretaría de Pesca para terminar con esta pesca ilegal, que no solo se lleva nuestros recursos (las especies más valiosas, del orden de los U$S 24.000 la tonelada) sin licencia argentina y, fortaleciendo la posición británica en las islas. Hay que intimar a España a que acuerde con la Argentina y deje de pescar en forma ilegal, en contra de las normas de la U.E., la CONVEMAR y la legislación nacional.
El caso Pescapuerta-Estrella Patagónica podría ser un caso testigo (habría otros), de cómo los españoles se aprovechan desvergonzadamente de nuestra “incapacidad de control”. Esta cuestión, de pescar con habilitación en el continente e ilegalmente en Malvinas violaría la legislación argentina (24.922 y 26.386) y la disposición primera de la Constitución Nacional. Ya hemos dicho que es urgente la intervención de la Secretaría de Malvinas y de Pesca y los funcionarios deben hacer cumplir las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dictan; proteger y conservar la propiedad del Estado y emplear sus bienes (los peces lo son) con los fines autorizados. De no hacerlo podrían quedar incursos en un delito penal y de traición a la Patria, por contribuir al sostén británico en Malvinas.
Los funcionarios de la Subsecretaría de Pesca y de la Secretaría del Malvinas, por su incumplimiento estarían violando el art. 41º, 124º y la Disposición Transitoria Primera de la Constitución; las leyes 24.922 y 26.386; la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego y la Ley de Pesca 244º de esta Provincia, impidiendo el desarrollo de todo el litoral patagónico y de la citada Provincia.
Por otra parte, por la Ley 27.558 del 4 de agosto de 2020 se creó el “Consejo Nacional de Asuntos relativos a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes; que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo» (sic), como refiere la propaganda oficial.
La creación de este Consejo era necesaria, ya que en atención a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución debe diseñarse una estrategia nacional, con la participación política plural y con los más importantes expertos en materia del Atlántico Sur; sus archipiélagos; la Antártida; los estrechos que vinculan al Atlántico con el Pacífico y, las provincias del litoral marítimo, sus recursos naturales, económicos y laborales; las cuestiones de defensa; de puertos; transportes; industrias; poblaciones, etc. que trasciendan los cambios políticos de los gobiernos.
Entendida la necesidad de este Consejo, éste no habrá de cumplir con el objeto de su creación, sino se perfecciona el alcance de sus objetivos y atribuciones, se amplía la composición de sus miembros y se precisa su continuidad, ya que improbable diseñar políticas de Estado, en las condiciones en las que se ha creado este cuerpo.
Respecto al alcance de los objetivos percibo un error, ya que no se ha incluido el tratamiento de las cuestiones de la Antártida, que están directamente vinculadas a las Malvinas y la proyección de éstas sobre el territorio antártico. Esto lo confirma el propio secretario de Malvinas cuando refiere “claramente no hay ninguna intención, por parte del Reino Unido, que no sea tener una puerta de entrada a la Antártida…”. Del mismo modo, omitir las cuestiones de defensa, lo que también el mismo secretario ratifica: “…al mismo tiempo contar con la posibilidad de instalar una base militar de un país de la OTAN en un lugar estratégico” (Daniel Scarímbolo, Telam, 22/11/2020). Entiendo que es una omisión muy importante o, resulta una consecuencia de mantener vigente los Acuerdos de Madrid I y II. Por otra parte, siendo el objetivo recuperar en forma pacífica Malvinas y los territorios marítimos, aparte de contar con especialistas en temas geográficos, ambientales, históricos, jurídicos y políticos (Art. 2º, Ley 27.558) es muy importante disponer de expertos en las cuestiones productivas, económicas, comerciales, sociales, comunicacionales y las relativas a los recursos naturales; los puertos; los transportes; astilleros; buques, etc. y, de radicación poblacional, industrial, laboral y de fortaleciendo las provincias del litoral marítimo. Es decir, si bien el objetivo es recuperar la soberanía en Malvinas y los territorios marítimos, la estrategia que se aborde, tendrá que ver con las innumerables cuestiones que confluyan a ello. No se puede buscar el objetivo en forma directa. Por ejemplo, ir a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Opinión Consultiva a la Corte Internacional de Justicia de la Haya para plantear nuestro caso, en este escenario, podría tener los mismos efectos nefastos que invadir Malvinas y ciertamente irreversibles.
En este estado, habría que recordarle a la secretaría del Malvinas que, con la creación del Consejo, las declaraciones deben pasar por el filtro de este Cuerpo, ya que a la hora de generarse consensos (Art. 2º inc. a) la figura del secretario perderá poder, el que se ha transferido al Consejo creado, salvo que éste se trate de un mero “mascarón de proa” y no se determinen dentro de él las políticas de Estado con la participación de todo el espectro político. Ello se regla perfectamente cuando indica (Art. 8º) “El Consejo Nacional (…) contará con una Coordinación Ejecutiva, que estará a cargo de la Secretaría de Malvinas y (…) tendrá los deberes y atribuciones que se le asignen (los consejeros) en el Reglamento Interno”.
Respecto a la composición del Consejo, llama la atención que, debiendo adoptar “sus recomendaciones, con carácter no vinculante, por consenso” (Art. 4º) integre este Cuerpo el propio Presidente de la Nación (el P.E.N.), ya que sus integrantes son solo asesores. Fuera de ello, los miembros son más (5) de los previsto en la ley, lo que, además de irregular, podría dar lugar en el futuro, a que la Secretaría de Malvinas (Art. 3º), promueva la designación de más miembros transgrediendo la Ley y su Decreto Reg. 822/20 (Art. 3º inc. g, h e i), pudiendo, en consecuencia, manipular la estrategia del Consejo. Además, no se fundamentaron las capacidades o habilidades de cada uno de los designados y, tampoco, se cumple con lo prescripto en el art. 3º respecto a la igualdad de género exigida por la ley, con la particularidad, de que tanto los senadores como los diputados seleccionados, todos los titulares son hombres. Por otra parte, entiendo como un contrasentido, que semejante responsabilidad y dedicación que se debe imprimir a esta tarea, se realice “ad honorem” (art. 6º) y, no parece estar dándose la dinámica que la importancia del tema amerita, cuando el Consejo solo se reunió tres veces desde su puesta en funciones y en todos los casos en forma virtual que, si bien el sistema puede ser confiable, parece poco adecuado —por los elementos empleados— para guardar la confidencialidad de “Secretos de Estado”.
Si bien describiré con mayor detalle en un próximo escrito las particularidades de este Consejo y los antecedentes de los consejeros elegidos, adelanto mi sorpresa ante la selección de la embajadora Susana Ruiz Cerutti, quien desde su posición de Ministra y Secretaria de Relaciones Exteriores; Directora General de Consejería Legal del Ministerio y, Miembro del Consejo Consultivo en temas vinculados al Atlántico Sur fue una de las diplomáticas que junto a Lucio García del Solar, José María Otegui; Horacio Besabe y Jorge Vázquez (Clarín, 14/10/1989; La Nación, Gobierno, p. 4, 16/10/1989) más trabajó para la elaboración y firma de los Acuerdos de Madrid; también, intervino en la resolución del Conflicto del Beagle, que significó para la Argentina la pérdida de las islas Picton, Nueva y Lennox, dando lugar al ingreso de Chile por primera vez al Atlántico Sur, rompiendo el “principio oceánico” (Argentina en el Atlántico, Chile en el Pacífico) que nuestro país había sostenido, en contrario a la opinión de Chile. Fue también Agente argentino ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya en el caso de la pastera Bosnia, en el que la Corte entendió, que Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación.
La referida Ruiz Cerutti participó en la etapa de “desmalvinización” (“la política de Caputo ha sido un retroceso estratégico imperdonable y la desmalvinización es algo más que retórica”, Ámb. Financiero, p. 37, 13/7/1989). Intervino, para satisfacer las exigencias británicas de aprobación de las Líneas de Base al Canciller Cavallo, que estableció el mar territorial de 12 millas y facilitó al Reino Unido hacer lo propio en Malvinas, acogiéndose luego a la CONVEMAR y, demoler el bastión soberano de la Ley 17.094 (Versión taquigráfica, fs. 24, Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Adolfo Gass). Suscribió el dictamen 67 que entre otras cosas eximía del pago de impuestos a los buques extranjeros más allá de las 12 millas (Nota 636/89 del 11/4/89 al Subsecretario de Pesca con el que se intentó dar sostén jurídico al programa de Pesca Experimental y Demostrativa PEXDA, popularmente llamado “el negocio floreciente de la investigación pesquera”) por el que fue denunciada por el Senador Nacional Pedro Molinas por “traición a la Patria” (La Capital de Mar del Plata, tapa, 18/8/1989), por ser el referido dictamen no solo contrario al interés económico de Argentina, sino que sus argumentaciones podrían haber servido a los intereses británicos en Malvinas.
Durante el año 2020 ninguna de las cuestiones importantes fueron resueltas por la Secretaría de Malvinas: la denuncia de los Acuerdos de Madrid I y II; la derogación de la Ley 25.290 del 13/7/2000 que aprobó (aunque no ratificó) el Acuerdo de Nueva York que podría dar lugar a las OPRAS; el pacto Foradori-Duncan; el Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT); la denuncia del Convenio suscripto en Londres el 11/12/ 1990 con el Reino Unido, para “La promoción y la protección de inversiones en la Argentina”, sancionado el 04/11/1992 por Ley 24.184. La resolución de estos temas nos mostraría, qué tan dispuestos están los funcionarios designados; qué atribuciones tiene el Consejo; si es solo un cuerpo asesor no vinculante (Art. 4º de la ley) o si promueven (como dice la publicidad oficial) una Política de Estado para recuperar “los territorios marítimos e insulares argentinos y obtener en ellos el ejercicio pleno de la soberanía nacional”. El tiempo nos dirá si, por el contrario, como hasta ahora —a fuerza de considerar central la Res. 2065/65— la Argentina se limita a rogarle al Reino Unido que se siente a negociar soberanía.
Se dice, que no es necesario derogar alguno de los acuerdos y basta con no llevarlos a la práctica, sin embargo, su continuidad “debilita la posición jurídica y política de Argentina y el Reino Unido lo utilizará en detrimento de nuestro país” (Prof. Dr. Armando Abruza), más allá del estado de ejecución. No podemos dejar de lado que el referido Abruza, es miembro del citado Consejo Nacional de Malvinas.
Por otra parte la Secretaría de Malvinas, la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero, cada uno en lo suyo y en forma coordinada, no pueden ignorar el rol que tiene la Pesca para fortalecer el litoral marítimo argentino y la ocupación argentina de los espacios marítimos (1,6 millones de km2 invadidos por el Reino Unido); una tarea esencial para recuperar la soberanía argentina en los espacios ocupados; pero también, para promover el desarrollo económico, poblacional, industrial, laboral, social y cultural del área patagónica y de Tierra del Fuego, centro neurálgico y contracara de la ocupación marítima extranjera.
En un país con el 44% de pobreza y 11% de indigencia, resulta detestable que ninguna de las dependencias oficiales citadas precedentemente lleve adelante acuerdos cristalinos y acciones operativas, económicas y legales para frenar la pesca ilegal sobre los recursos migratorios en la alta mar, originarios de la Z.E.E. Argentina que, contravienen el art. 2º de la Ley 24.543, la CONVEMAR y la Ley 24.922 que son capturados por buques españoles, chinos, coreanos, taiwaneses y otros que operan subsidiados a distancia, produciendo una gravísima depredación de las especies y una contaminación del medio marino; además, de una pérdida de miles de millones de dólares anuales, de importantísimas fuentes de trabajo y alimentos. De haberse llevado un programa destinado a resolver parcialmente el problema, la Argentina podría estar exportando mil millones de dólares más por año (1/3 más de lo actual) y ocupado unos veinte mil trabajadores más. Aunque, la gravedad es mucho mayor todavía cuando se verifica la internacionalización del Atlántico Sur, que favorece la presencia británica en Malvinas, transformándose la Zona de Cooperación y Paz en el Atlántico Sur (Res. ONU 41/11 del 27/10/1986), en tierra de nadie, donde cualquiera —con capacidad militar— toma lo que puede y se le deja. China es un ejemplo de ello en los mares del Atlántico, Pacífico e Indico y el Reino Unido lo hace de igual forma en el 52% del territorio marítimo nacional que ocupa en forma prepotente. No explotará China (el Partido Comunista detrás) las aguas ocupadas por el Reino Unido, sino que lo hará sobre los territorios marítimos y recursos migratorios argentinos que la Argentina ha sido incapaz de explotar y proteger; aunque, no habría que descartar que, como piensa el gobierno de Australia, “la pesca china tiene importantes consecuencias estratégicas para la región” (Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).
La inacción de la Secretaría de Malvinas, de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Federal de Pesca, nos llevará, de ser un Estado Marítimo a ser un país bolivianizado.
¡Señores esto es serio! Estamos frente a la flota pesquera más grande del mundo (16.000 buques) y a la tercera armada naval internacional, con vocación histórica hegemónica en los territorios marítimos e insulares. Tal vez, efectivamente, alguno de los funcionarios tenga miedo de ejercer su ministerio o esté jugando a parecer que ejercen la función que se les ha encomendado.
Amén de ello, no podemos dejar de reiterar que, si solo evaluamos los descartes de 300 mil toneladas/año en la ZEE Argentina, su aprovechamiento permitiría alimentar con la mejor proteína a tres millones de niños y adolescentes por día durante todo el año. Una lamentable pérdida de soberanía alimentaria por la incapacidad de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero.
Finalmente, hay temas que parecen inocuos y que se tratan solo de cuestiones productivas, pero generan dependencia y un desprecio a las cuestiones marítimas, que incluyen a Malvinas. Si no cambiamos el modelo extractivo por uno industrial y de agregado de valor seguiremos regalando el trabajo argentino a los países desarrollados y, si no aumentamos el consumo de 6 kg per cápita anual de pescados (España consume 23 kg y el promedio mundial es 19 Kg) no valoraremos las riquezas que se llevan de Malvinas y el Atlántico Sur. Es también una forma de “desmalvinizar”.
Nos dijo John Barton: “sin la pesca no hubiéramos sobrevivido” (Director Ilegal de Pesca en Malvinas, Penguin News,2012). Del mismo modo, que entiendo, que sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas y, también creo, que los funcionarios deben aportar inteligencia y pasión en esta causa imprescriptible nacional.
* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.
En el año 1820 se iza el pabellón nacional en Malvinas y, las Provincias Unidas en Sud América, todavía estaban en posesión de los archipiélagos. En el 1833 los británicos ocupan Malvinas, un territorio de 11.410 km2 y, las aguas circundantes, hasta una distancia de tiro de cañón. Desde 1982 y con el correr de los años, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante Reino Unido) tiene ocupado 1.639.900 km2 del mar argentino, es decir el 52% de la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina, a lo que hay que agregarle, la disputa que enfrentamos con el Reino Unido por 1.430.367 km2 de la Plataforma Continental, que la Comisión de Límites de la ONU no recomendó a favor de nuestro país sobre el total de 1.782.000 km2 que el gobierno argentino en 2009 solicitó se le reconozca por fuera de las 200 millas, de acuerdo con lo previsto en el art. 76º de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (en adelante CONVEMAR), sumándose finalmente a ello la pretensión del Reino Unido sobre la Antártida Argentina, un espacio del orden de las 965.597 km2, más las aguas correspondientes.
La ocupación del 52% del territorio marítimo en la ZEE Argentina equivale a la ocupación de la Patagonia, La Pampa, San Luis, Mendoza, Jujuy y Formosa. No parece que Brown, Güemes, Artigas, San Martín, Belgrano y otros tantos próceres hubiesen permanecido indiferentes ante la ocupación de tanto territorio.
A todo ello, hay que agregarle la licitación de 100.000 km2 en áreas petroleras de la Cuenca de Malvinas Oeste entre Malvinas y el territorio continental argentino, donde, en 2019 se adjudicaron espacios (sin evaluar el impacto ambiental ni los efectos sobre la pesca) para la explotación offshore a las empresas Shell, BP Exploration Operating Company Limited, Tullow Oil, Equinor y otras, que fueron concesionadas en abierta violación a la ley Solanas (Nº 26.659) que, junto a los archipiélagos ocupados se constituye en un block bajo control del Reino Unido en la parte meridional del Atlántico Sur. Una zona estratégica por su relación con el área en disputa y la Antártida, pero también, porque al haberse incrementado el tránsito de grandes buques portacontenedores y otros hacia el pacífico utilizan el Estrecho de Magallanes, ya que por su tamaño no pueden utilizar el Canal de Panamá.
Este escenario se agrava, porque se ha formado una sociedad británica-española en Malvinas con la constitución de compañías mixtas para explotar los recursos naturales renovables que está produciendo un importante desarrollo en las islas, que podrían, en un futuro, establecerse como un epicentro operativo y logístico de explotación pesquera en el área patagónica del mar argentino; teniendo en cuenta la alta concentración de recursos pesqueros en la zona. En una evidente estrategia de consolidación en la región, el gobierno ilegal británico ya ha construido un puerto en Georgias del Sur y está iniciando la construcción de un Puerto en Malvinas destinado a operar buques pesqueros, turísticos, de investigación y defensa. Al margen de esto, está realizando obras destinadas a almacenamiento y de generación de energía, entre otras.
Deberíamos prestar mucha atención a estas sociedades, porque el 95% de las extracciones pesqueras de Malvinas del orden de las 250.000 toneladas/año, por un valor estimado en unos 600 millones de dólares/año, terminan en el Puerto de Vigo (España) y desde allí se distribuyen a toda Europa; es decir, que en el caso de que el Brexit finalice sin acuerdo —Brexit duro— y se termine el libre comercio entre la Unión Europea y el Reino Unido, las materias primas de las islas podrían seguir ingresando y comercializándose sin aranceles en Europa al utilizar la bandera española. Aparte de ello, hasta el momento, los británicos se han limitado a la entrega de licencias (el escalón más bajo de la actividad, como vender ganado en pie), porque a los españoles y también a los coreanos y a los taiwaneses, no les interesa industrializar y agregarle valor en las islas, pero de hacerle, podrían avanzar en forma importante en su consolidación en las islas.
El perjuicio económico y social que le causan a la Argentina las extracciones de nuestros recursos vivos es gravísimo. Tomemos como ejemplo, el daño que le causa a la Provincia de Tierra del Fuego la captura en Malvinas de 68.072 toneladas/promedio/año del calamar loligo (Doryteuthis gahi) que desde el año 1982 al 2020 alcanzó un valor de 16.787,9 millones de dólares (441.788 millones de US$ por año); más los daños por pérdida de chance; y los valores relativos al otorgamiento de licencias ilegales por valor US$ 224.720.874 (7.022.527 US$/año), con los cuales podemos imaginarnos el desarrollo que podría haber alcanzado Tierra del Fuego de disponer de esos fondos. Montos anuales que representan once veces el presupuesto de Río Grande. Además, habría que agregar las acciones negativas sobre la ecología de las especies depredadoras y presas que también son capturadas en Malvinas o fuera de ella.
Por supuesto que hay que evaluar también los daños derivados de la explotación de hidrocarburos y minerales.
Por otra parte, debido al horrible pacto de Foradori-Duncan, la Argentina autorizó a la compañía aérea LATAM un vuelo semanal a San Pablo, una ciudad que, con el Gran San Pablo, representa la economía más importante de Suramérica después de Brasil. Con 46 millones de habitantes, 30 de los cuáles son ABC1, es un Estado que podría absorber toda la producción de Malvinas o bien constituirse en un distribuidor hacia y desde todos los países desarrollados del mundo.
A las capturas que se realizan en Malvinas debemos agregarle unas 750 mil toneladas anuales que se capturan en forma ilegal en el Atlántico Sur por parte de buques españoles, chinos, coreanos, taiwaneses y otros sin acuerdo con los Estados ribereños (Argentina y Uruguay), lo que junto a las extracciones de Malvinas totalizan el millón de toneladas anuales por un valor del orden de los US$ 2.600 millones que se extraen ilegalmente del Atlántico Sur. Es decir, por encima de las exportaciones argentinas que alcanzan entre US$ 1.800 y 2.000 millones por año.
Esta pérdida de recursos implica un daño económico, laboral y alimenticio muy importante; pero si evaluamos solo los descartes de 300 mil toneladas por año en la ZEE con su aprovechamiento le permitiría a la Argentina alimentar con la mejor proteína a tres millones de niños y adolescentes por día durante todo el año. La pérdida de soberanía alimentaria adquiere una especial significación en una Argentina con 40,8% de pobres y 8,9% de indigentes.
Por su parte, ayudando a las operaciones de los buques que realizan capturas ilegales en Malvinas y en el Atlántico Sur, el puerto de Montevideo le presta apoyo para el recambio de combustible; reemplazo de tripulaciones; transbordo de las capturas; armado y reposición de alimentos; incorporación de insumos y, reparación de los buques, etc. Las autoridades de Montevideo discuten si los buques que se atienden sus puertos son ilegales, pero a mí no cabe la menor duda de ello.
Tampoco las autoridades argentinas y uruguayas entienden la gravedad que de su ZEE y de las adyacentes —sobre sus recursos migratorios y asociados—, se extraigan un millón de toneladas por año, sino algo deberían haber hecho todos estos años.
Son ilegales las extracciones en Malvinas y las que se realizan en la Alta Mar. En el caso de los buques que operan en el área de Malvinas, basta decir que el Reino Unido ha incumplido con las Resoluciones de la ONU 1514/60 (“1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las N.U. y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales (…) 6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las N.U.”) y 31/49 (“4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones 2065 (XX) y 3160 (XXVIII)”) y cuando operan dentro o fuera (en la Alta Mar) de la ZEE Argentina —aplica también a los que lo hacen en Malvinas— ya que son ilegales (INDNR) porque transgreden varias normas, entre otras la de no ajustarse a lo previsto en la CONVEMAR respecto a la pesca de especies migratorias desde la ZEE y las asociadas a éstas, respecto a su depredación y quiebre del equilibrio integral; pero, también, por no tener observadores ni inspectores a bordo; no realizar procesos garantizados de trazabilidad para conocer con certeza el origen de las capturas; desconocerse qué tipo de elementos se utilizan para la captura y, si las mallas de las redes, son adecuadas para el escape de juveniles o evitar la pesca incidental o que, en función del tipo de buque, maniobras de pesca o especie, no garanticen la pesca sostenible y causen depredación; se capturen ejemplares de especies de talla inferior que impida su desarrollo y reproducción o en volúmenes de captura que provoquen un desequilibrio de la biomasa; no esté garantizado que no se descartan en el mar peces capturados o desechos contaminantes o sin el tratamiento adecuado, en contra de las prácticas de pesca responsable y el mantenimiento saludable del medio marino; no se capturen especies migratorias originadas en la ZEE, pudiendo en consecuencia, interferir en su normal desarrollo y reproducción; no se asegure si se realiza pesca sin causar estragos, sobrepesca o depredación de los recursos vivos o se realicen prácticas sin control que puedan atentar contra la sostenibilidad del recurso pesquero y contra la pesca responsable.
Entre ellos los españoles, que hay que imaginar un aumento creciente de sus buques congeladores arrastreros de larga distancia en el Atlántico Sur, ya que, a partir del Brexit, el Reino Unido, que tiene una balanza pesquera equilibrada con la Unión Europea y quiere reservar sus aguas para sí y en especial para Escocia; vender las cuotas que puedan sobrarle y no dar libre acceso a la pesca, va a provocar un éxodo de la flota española y otras; además, que la Unión Europea prevé reducir las cuotas de captura entre un 13% y un 15% en aguas comunitarias.
A los buques españoles que desembarcan en Montevideo se le agregan los chinos, que con una flota subsidiada en el mundo de 16.000 buques pesqueros, están realizando pesca ilegal (INDNR) y presagian una pesca depredatoria en el Atlántico Sur cuando pretenden construir un puerto franco en Uruguay, donde, además de atender la logística y reparación de un número impredecible de buques pesqueros de esa nacionalidad, podrían —de acuerdo con las conversaciones mantenidas con el presidente uruguayo Luis Lacalle Pou— constituir una suerte de Centro Regional (HUB), cuyo alcance y efectos negativos sobre la industria nacional, es impredecible. La presencia de empresas portuarias y pesqueras chinas y un puerto franco en Uruguay podría producir efectos muy negativos en la Zona Común de Pesca y en la administración de la biomasa total del Atlántico Sur.
La ocupación territorial del Reino Unido, la sociedad británica-española en Malvinas, la pesca ilegal de chinos, coreanos, taiwaneses y españoles. el apoyo de los puertos de Uruguay y una eventual construcción de un puerto chino en ese país coloca a la Argentina (y también a Uruguay), en una situación de gravísima pérdida de soberanía en el Atlántico Sur, pero no es todo.
En los Acuerdos de Madrid se limitó el movimiento de la Armada y de la Aviación Argentina y no impidió que el Reino Unido instalara en Malvinas una base misilística de la Real Fuerza Aérea, con dos pistas de aterrizaje en “Monte Agradable” a lo que se le agrega, una fuerza naval e instalaciones portuarias de aguas profundas en “Puerto Yegua”; un sistema de radares; misiles tierra-aire Rapier; un patrullero oceánico; un buque tanque logístico y un buque oceanográfico; cuadro aviones caza Eurofighters Typhoon, dos helicópteros de carga pesada, una unidad de reabastecimiento de combustible en vuelo, un avión de transporte aéreo táctico y 1.200 militares para operar todo el sistema defensivo y una potencial invasión al continente argentino. Todo ello, contrasta totalmente, con el estado de nuestras fuerzas navales, aéreas y de seguridad en el país, las que se encuentran incapacitadas para controlar los 3.146.345 Km2 de ZEE, las aguas de la Antártida; los pasos al Pacífico y, en especial, el Estrecho de Magallanes.
Hasta principios de este año el Reino Unido utilizó el conocimiento y los recursos humanos y técnicos del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero para hacerse de información biológica y sensible de los recursos pesqueros de la región y poder seguir sosteniendo el otorgamiento de licencias que le permitir sustentar la economía de las islas.
Una obra central para la pesca y para el comercio de otras actividades productivas fue el inicio, a fines del siglo XIX, del Puerto de Mar del Plata inaugurado en 1924, que consolidó la actividad extractiva e industrial en la ciudad y dio inicio al posterior desarrollo en todo el litoral patagónico. Hoy a la Argentina le faltan puertos de aguas profundas; muchos están saturados y no tienen capacidad suficiente; varios, no tienen una adecuada profundidad y requieren un dragado permanente o tienen una tecnología obsoleta; la mayoría están carecen de servicios para realizar las operaciones en forma eficiente.
En 1799 se inauguró a instancias de Manuel Belgrano la Escuela Náutica. En 1953 se creó por Decreto 10.627 el Astillero y Fábricas Navales del Estado (AFNE) al cual se le transfirió el Astillero Río Santiago. Ese mismo año, se iniciaron las obras del buque Escuela de la Armada Argentina. Las fragatas ARA Piedrabuena y ARAAzopardo se botaron en 1953 y 1954 y, en 1962, se construyó la Fragata Libertad. Entre 1970 y 1975 se construyeron casi tres buques por año, hasta que llega la década del 90, pese a algunas construcciones, los distintos gobiernos desfinanciaron la actividad.
El transporte marítimo nacional se fortaleció con la creación de la Empresa Líneas Marítimas Argentinas (ELMA), como producto de la fusión en 1960 de la Flota Mercante del Estado (1941) y la Flota Argentina de Navegación de Ultramar (1909) adquirida por el Estado Nacional en 1949, que dispuso de una flota de 60 barcos (unas 700.000 toneladas DWT), siendo disuelta en 1990. Hoy la Argentina no tiene compañías navieras, flota mercante ni fluvial y, consecuentemente, todo el Comercio internacional de mercaderías del país está en manos de empresas extranjeras, transfiriendo los fletes a terceros países. La dependencia en esta materia es de una debilidad importante, fundada en la falta de voluntad política de mantener los Astilleros y la flota nacional.
Además de ello, la situación económica, financiera, crediticia e impositiva de la Argentina llevó a construir en los últimos años buques de España, Francia e Israel destinados a la pesca, a las Fuerzas Armadas y de seguridad, pese a la existencia en la Argentina de astilleros privados y públicos. Mientras, en un verdadero contrasentido, exporta el 65% de los productos pesqueros con bajo valor agregado y, transfiere la mano de obra a países de Suramérica que reprocesan las materias primas o, a países desarrollados, como en la época de la colonia, donde España canjeaba bebidas, armas y otros elementos a los países africanos; estos le entregaban esclavos que se trasladaban en forma infrahumana al Virreinato y, desde Montevideo y Buenos Aires le enviaban cueros, tasajos, charquey otras materias primas baratas a España, producidas con la mano de obra esclava. Un círculo virtuoso para España que la Argentina sigue aplicando con España y otros países como si 200 años no hubieran pasado. La Argentina le regala la mano de obra a los mercados más exigentes del mundo a pesar de tener una desocupación del 9,1% y de tener en la Patagonia los más bajos índices de población (el 6%) y de densidad poblacional (3 hab/km2).
En 1970 el 100% de las empresas eran nacionales, fundadas por inmigrantes italianos, españoles o belgas, hoy siete de las diez primeras empresas exportadoras son extranjeras, españolas, chinas, noruegas, americanas. El problema, no es que sean capitales extranjeros radicados en la Argentina; el problema reside en que sigamos llevando adelante un modelo extractivo, con bajo valor agregado, regalando a terceros países la mano de obra argentina y comprando buques y otros insumos fabricados fuera del país.
Otro tanto pasa en la hidrovía Paraguay-Paraná, donde es de esperar que, a partir que la administración a cargo del gobierno nacional y de las provincias del litoral, se revierta la situación de extranjerización del transporte en el río Paraná y en el Río de la Plata, incluso del dragado y la falta de integración con el Atlántico Sur y sus puertos para la promoción y el abaratamiento de los fletes de las economías regionales del litoral fluvial y marítimo patagónico y, desde éstos, al mundo. Por su parte, las Convenciones, Acuerdos, Convenios, Pactos y Hojas de Ruta que aprobó la Argentina o sus funcionarios, condicionaron y condicionan al país. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) era un ordenamiento necesario para la pesca, pero, la negociación entre los Estados no evitó que los buques de los Estados de Bandera se sigan haciendo de los recursos migratorios de los Estados ribereños en la Alta Mar y que, consecuente, rompan el equilibrio del conjunto del ecosistema, que el propio preámbulo de la CONVEMAR trata de preservar. También el Acuerdo de Nueva York que instala las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) y el Convenio de Puerto Rector que, por su organización, pretenden delegar en los Estados de Bandera la administración de los recursos de los Estados ribereños, incluso en la ZEE y, en el caso puntual del Atlántico Sudoccidental, le abre la puerta al Reino Unido a la administración de los recursos en el mar argentino, en total violación a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
Ya nos hemos referido al Pacto Foradori-Duncan que profundiza los Acuerdos de Madrid, donde se pretende que los argentinos contribuyan al desarrollo de Malvinas y eliminen todos los obstáculos y deja de manifiesto qué tan presente está el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” suscripto en 1825 por las Provincias Unidas del Río de la Plata y “su Majestad Británica” y el Convenio para la Promoción y la Protección de Inversiones” firmado por la Argentina y el Reino Unido en 1990 en el marco de los Acuerdos de Madrid y, aprobado por Ley 24.184 de 1992 marcando el quiebre de nuestra soberanía política y la ratificación de nuestra dependencia económica.
Todos estos Acuerdos, etc., están en total contradicción con la Resolución 41/11 del 27 de octubre de 1986 de las Naciones Unidas donde se declaró al océano Atlántico como “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS), por el cual, todos los países de la costa occidental de África y los de la costa oriental de Suramérica establecieron la necesidad de cooperar sur-sur y —por unanimidad— la prohibición de militarizar y usar armas nucleares en el Atlántico Sur, cuestión que el Reino Unido se niega a respetar.
Se agrega una relación inestable de Argentina con los países del MERCOSUR y una política de integración inexistente con Chile, a pesar del Tratado de Paz y Amistad de 1984, situación que debería revertirse, con el objetivo de acordar políticas respecto al área Austral y la Antártida.
El bajo consumo de pescado (6 kg per cápita por año), muy por debajo del consumo promedio mundial (19 Kg per cápita por año), no puede ser tampoco obra de la casualidad y, es una política destinada a desinteresar a los argentinos de todas las cuestiones marítimas y desatender la dominación que, potencias extranjeras —entre ellas el Reino Unido— ejercen en el Atlántico Sur. La educación y la comunicación de los argentinos es deplorable y les han hecho creer que los británicos tienen ocupadas Malvinas (11.410 km2) y nada o muy poco saben de las Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Plataforma Continental, la Antártida y de los 1.639.900 Km2 de la ZEE que tiene ocupados el Reino Unido.
En lo interno, nuestra situación económica, social y sanitaria no ayuda. Una deuda externa de US$323 mil millones; una población del 7,4% al 19,4% con NBI; trabajan informalmente 5 millones de personas; el 36% de la población recibe atención pública; un 27,8% de la población no tiene vivienda propia; el 16,1% carece de agua potable de red y. hay una tasa de mortalidad del 7,5%o.
La baja jerarquía en la estructura orgánica del gobierno nacional (Subsecretaria de Pesca) para tratar las cuestiones pesqueras y la necesaria estrategia respecto a los terceros países que pescan en el Atlántico Sur y la cuestión Malvinas con Cancillería, demuestra el poco valor que le dan a esta actividad los distintos gobiernos y el reiterado desconocimiento de éstos, del importantísimo rol de la pesca en la recuperación de la soberanía en Malvinas. El 16 y 17 de agosto de 1989, Lucio García de Solar, un acreditado embajador retirado, uno de los autores del dictado de la Resolución 2065/65 de las Naciones Unidas, acordó con el embajador británico Crispin Tickell quién le requirió: “no decir nada en público sobre la zona de protección de pesca (FICZ)”, a lo que García del Solar le respondió: “La Argentina no está pidiendo el levantamiento de la FICZ…”.Ello fue un craso error y en 2012, el entonces director ilegal de pesca en Malvinas, John Barton, declaró públicamente: “sin la pesca no hubiéramos sobrevivido”.
Del mismo modo, entiendo que, sin pesca, no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas.
* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.