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LA POLÍTICA EXTERIOR DE JAPÓN DE 2012 A 2019: EL SURGIMIENTO DE LA “DOCTRINA ABE”.

Franklin M. Hernández Hernández*

Introducción

El 28 de agosto de 2020, el Primer Ministro de Japón Shinzo Abe anunció su renuncia por cuestiones de salud. De esta forma, concluyó el período de gobierno del primer ministro japonés más joven en ascender al cargo (durante su primer término en 2006), así como el que más tiempo se mantuvo en la oficina en el período de posguerra. Durante los cerca de ocho años de su gobierno, Abe estuvo constantemente bajo crítica de los medios nacionales y varios países del área debido a políticas como la reforma constitucional, el éxito discreto de su programa económico y el incremento sostenido del gasto militar.

A pocos días del término de su gobierno, la mayoría de la literatura científica al respecto se ha centrado en los “fracasos” de la política exterior del ex premier nipón, como el empeoramiento de las relaciones con China y la República de Corea. Incluso, el propio Abe en su discurso de renuncia oficial, expresó su insatisfacción por no haber podido regresar a los japoneses secuestrados por la República Popular Democrática de Corea (RPDC) o no haber firmado un tratado de paz con Rusia (Gabinete de Japón, 2020).

No obstante, la política exterior de Japón durante el gobierno de Abe ha sido más profunda y amplia de lo que refleja esa parte de la bibliografía. Un análisis de los hechos entre 2012 y 2020, arroja rápidamente que la diplomacia nipona se expandió hacia tareas y lugares anteriormente inexplorados. Por solo mencionar algunos casos, Japón intervino de manera activa por primera vez en los conflictos de Asia, forjó un sistema de asociaciones estratégicas que incluye su alianza con Estados Unidos (EE.UU.), fue el líder del primer megacuerdo de libre comercio del mundo (el Acuerdo Integral y Progresivo de Asociación Transpacífica, CPTPP) y firmó con la Unión Europea (UE) el mayor tratado de libre comercio del planeta.

Precisamente, el primer objetivo de este artículo consiste en explicar los principales rasgos de la política exterior japonesa durante el gobierno del Primer Ministro Abe. Para ello, y tomando en consideración la cantidad abrumadora de información al respecto, dichas características fueron divididas en dos grupos: las temáticas generales y políticas bilaterales/regionales. El primer grupo incluye las Fuerzas de Autodefensa y la influencia cultural nipona y los acuerdos de libre comercio; en tanto, el segundo abarca las relaciones con EE.UU., las asociaciones estratégicas en Asia-Pacífico, las relaciones con la UE y, por último, la proyección nipona hacia África y Medio Oriente.

Dado que las relaciones con China, la República de Corea, la RPDC y Rusia no experimentaron procesos que permitan diferenciar la política de Abe hacia estos países de las del resto de las administraciones más recientes, no fueron tomadas en cuenta a la hora de redactar este artículo. Ello no significa que las relaciones con estos países no sean importantes para la política exterior japonesa: por el contrario, se trata del ambiente geográfico más cercano de Japón (el Este de Asia) y de países con los que posee conflictos que agravan su situación de seguridad nacional.

El segundo objetivo del artículo consiste en demostrar el surgimiento de un nuevo paradigma en la política exterior japonesa: la Doctrina Abe. Para ello, se parte de la explicación del anterior paradigma, la Doctrina Yoshida, y se examina si las políticas introducidas por Abe funcionan como un todo coherente esencialmente diferenciable con respecto al paradigma precedente. El artículo concluye explicando precisamente cuáles son los axiomas de esta nueva doctrina.

Para la conformación de este artículo, fueron utilizadas varias publicaciones periódicas de fuentes oficiales del gobierno japonés. Entre estas destacan fundamentalmente Diplomatic Bluebook y Cooperation Whitebook del Ministerio de Asuntos Exteriores y Defense of Japan y Defense Budget del Ministerio de Defensa. Además, se emplearon criterios de tanques pensantes y expertos en Asia-Pacífico, así como obras de la Teoría de las Relaciones Internacionales en la conformación del concepto de Doctrina de Política Exterior. 

La Expansión de las Fuerzas de Autodefensa

Desde su llegada al poder en 2012, Abe abogó por el aumento sostenido del gasto militar, así como de los roles y radio geográfico de acción de las fuerzas armadas japonesas. Estas acciones levantaron críticas sostenidas en la región, alegando que constituía el “renacer” del militarismo japonés, y fueron posiblemente los tópicos más publicitados por los medios de comunicación acerca de la administración de Abe.

La Constitución del Estado de Japón de 1947 establece en su archiconocido artículo 9 que “el pueblo japonés renuncia para siempre a la guerra como un derecho soberano de la nación” y para ello, “no serán mantenidas fuerzas terrestres, marítimas y áreas, así como ningún otro potencial de guerra” (Constitution of the State of Japan, 1947, p. 4).

De esta forma, la posesión de fuerzas armadas no fue reconocida en la constitución de posguerra. Sin embargo, dicha prohibición no tardó en ser reinterpretada: en 1954, el Gabinete de Shigeru Yoshida, alegando que la legítima defensa del Estado no constituía una violación del artículo 9, decidió crear un ejército estrictamente defensivo, las Fuerzas de Autodefensa de Japón (JSDF por sus siglas en inglés). Sucesivas interpretaciones en 1992, 2001 y 2009 permitieron a las JSDF participar en Operaciones de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas, operaciones antiterroristas y operaciones antipiratería respectivamente, pero con varias limitaciones. Incluso, en 2004 las JSDF fueron en desplegadas en Iraq para asistir en las labores de reconstrucción y ayuda humanitaria.

La administración de Abe forma parte de esta tendencia, pero su impronta individual se ha reflejado en la intensidad del fortalecimiento militar sin precedentes llevada a cabo entre 2012 y 2020. Este se ha expresado en tres variables: gasto militar, rol de las JSDF y radio geográfico de acción.

En el momento del ascenso de Abe al poder, el gasto militar nipón se encontraba en picada, lo cual se revirtió en su primer año de mandato. Para el año fiscal 2018, se había alcanzado el récord anterior de 4.96 billones de yenes, y en el próximo año fiscal, se estableció un nuevo máximo histórico, 5.01 billones de yenes (Tabla 1).

Asimismo, las posibilidades de las JSDF también fueron incrementadas significativamente. En 2016, el Gabinete de Abe aprobó la Legislación para la Paz y la Seguridad de Japón, la cual constituía una nueva reinterpretación del artículo 9. Debido al aumento de las amenazas a la seguridad nacional de Japón, fundamentalmente el poderío militar de China y el programa balístico y nuclear de la RPDC, y al desarrollo de una situación internacional cada vez más incierta a causa de fenómenos transnacionales como el terrorismo, la piratería y el tráfico de drogas, las JSDF debían aumentar su papel en la seguridad regional.

Tabla 1: Presupuesto Militar de Japón (billones de yenes)

(1997-2019)

Fuente: Japan Ministry of Defense, 2019b.

En ese sentido, fue permitido que acudieran al rescate de nacionales japoneses en el extranjero y que llevaran a cabo inspecciones a buques en ultramar si poseen el consentimiento del estado dueño del pabellón del buque, o la solicitud de Naciones Unidas debido a la sospecha de que transporta armas a un área en conflicto (Gabinete de Japón, 2016). Por último, Japón puede auxiliar en la defensa de cualquier país bajo ataque, mientras se estime que las relaciones con el atacado son estratégicas, o ese ataque amenace la seguridad nacional de Japón y/o los derechos de la población japonesa. De esta forma, quedó habilitado el derecho a la defensa colectiva (Ibídem).

Por último, el radio de acción de las JSDF se expandió más allá del archipiélago japonés o el Este de Asia, donde habían estado confinadas con anterioridad. Para 2019, las JSDF tenían una presencia sostenida en el Sudeste Asiático, el Océano Índico, el Océano Pacífico, el Mar Arábigo y el Golfo de Adén, lo cual también coincide con las líneas marítimas de abastecimiento y comercio de Japón (LMAC) (Gagaridis, 2017).

De esta forma, durante la administración de Shinzo Abe no se produjo solamente el aumento del gasto militar, sino también el incremento de las posibilidades de las JSDF y de su radio geográfico de acción. Consecuentemente, uno de los principales resultados de su gobierno es la conversión de las JSDF en un ejército de facto, pues estas poseen todas las capacidades legales del ejército de cualquier país[1], un elevado gasto militar, armas que exceden los límites “defensivos”[2] y un radio de acción mucho más amplio que el territorio japonés. Si bien el propio Abe afirmó que la reforma constitucional, que incluía la reformulación del artículo 9 a fin de legalizar las JSDF, no fue posible en su gobierno; todas las acciones individuales llevadas a cabo por su administración con respecto a las fuerzas armadas, conllevaron en la práctica a la superación del artículo 9. 

Más Allá de la Fuerza: Soft Power e Influencia Cultural

Una de las particularidades de la política exterior japonesa en la posguerra fue el empleo mayoritario de herramientas de poder blando (Nye , 2004), como resultado de la prohibición del empleo de la fuerza (poder duro) establecida en la Constitución. Ello provocó que la política exterior nipona se especializará en dicha rama: desde 1954, con la entrada de Japón al Plan Colombo, hasta inicios del siglo XXI, la más importante herramienta de la diplomacia japonesa fue la Asistencia Oficial al Desarrollo (AOD). De hecho, Japón se convirtió en el mayor donante del mundo en la década de los 90 sobrepasando a EE.UU. (Ono, 2015). No obstante, una vez que los efectos de la recesión comenzaron a manifestarse a inicios de los 2000, y la capacidad del país para ofrecer AOD disminuyó en consecuencia, fue priorizada la exportación cultural, fundamentalmente el idioma japonés, como vía de influencia.

Abe recogió la larga tradición de poder blando de la política exterior japonesa en la posguerra y mejoró varios de sus elementos constituyentes. En ese sentido, resaltan la renovación de la estrategia Cool Japan en 2014 (creada en su primer término de gobierno) cuya intención es promocionar los productos culturales japoneses en el mundo a fin de generar beneficios económicos y políticos (Gabinete de Japón, 2014). En este caso, la administración del Primer Ministro creó el Fondo Cool Japan, con una capitalización total de 38.5 mil millones de yenes, para que el Estado y las grandes empresas financien la expansión cultural, así como el Consejo de Promoción, una entidad encargada de decidir las prioridades de exportación cultural.

Otra medida significativa en este campo fue la implementación de la Carta de la Cooperación al Desarrollo en 2015. A partir de este documento, el gobierno de Abe decidió incluir consideraciones geoestrégicas en las decisiones de asignación de la AOD. Entre los factores a tomar en cuenta a la hora de aceptar un proyecto se encuentran el estado de las relaciones bilaterales, la importancia de los determinados países receptores, las implicaciones para la seguridad de Japón y el desarrollo del poder militar de los estados receptores. Asimismo, la nueva Carta de la AOD permite a Japón destinar fondos para el apoyo de las fuerzas armadas de otros países (Gabinete de Japón, 2015).

Si bien resulta difícil cuantificar cuánto se expandió la influencia cultural nipona en un período determinado, varios indicadores pueden servir de referencia. Por ejemplo, entre 2012 y 2019, el número de restaurantes con temática japonesa en el mundo aumentó cinco veces en comparación con estudios realizados en 2006 (Number of Overseas Japanese Restaurants Tops 100,000, 2018). Asimismo, las exportaciones de la industria nipona del entretenimiento se incrementaron en el período de gobierno de Abe, reportando aumentos de 15%, 42% y 670% en los casos de la animación, el cine y los videojuegos respectivamente (Japan Ministry of Economy, Trade and Industry, 2016, pág. 15).

De las 25 marcas de entretenimiento más exitosas del mundo, diez pertenecen a empresas niponas. Por si fuera poco, Pokémon y Hello Kitty encabezan esa lista de las franquicias más exitosas, con beneficios de USD 92 mil millones y USD 80 mil millones cada una (Jones, 2019). Otro indicador que experimentó un crecimiento notable fue el número de turistas que arribaron a Japón: la cantidad de visitantes aumentó sostenidamente hasta triplicarse, de 8 millones en 2012, a 24 millones en 2016 (Tabla 2).

El colofón de la influencia cultural nipona durante la administración de Shinzo Abe, y uno de los logros que el propio Abe pretendía alcanzar, era la celebración de los Juegos Olímpicos de Tokyo 2020. Al igual que en la anterior edición de 1964, la cita de 2020 constituiría también una demostración del desarrollo de la nación asiática en campos como la robótica, la inteligencia artificial y la 5G. Aunque los Juegos Olímpicos hayan sido atrasados hasta 2021, los logros de la administración de Abe en cuestión de expansión de la influencia cultural nipona resultan innegables.

Tabla 2: Cantidad de turistas que arribaron a Japón (2004-2016)

Fuente: Japan Ministry of Land, Infraestructure and Tourism, 2017.

El paladín del libre comercio

La promoción del libre comercio ha constituido una de las prioridades del gobierno nipón desde la recuperación económica de posguerra. Japón, con escasos recursos naturales que no pueden sostener su industria nacional, necesita exportar hacia mercados con bajas tarifas aduaneras para que sus productos mantengan cierta competitividad. Precisamente, el gobierno de Abe ha reflejado la promoción del libre comercio como un objetivo de seguridad nacional de su administración (National Security Strategy, 2013).

En ese sentido, entre 2012 y 2019, Japón firmó acuerdos bilaterales de libre comercio con Mongolia, Laos, Cambodia y Myanmar. A estos se suman los primeros tratados multilaterales de libre comercio de la nación asiática: el CPTPP en 2018 y el Acuerdo de Asociación Económica con la UE en 2019. La firma del primero en particular, demostró el liderazgo de Japón en este rubro, puesto que el país asumió la conducción del acuerdo tras la retirada de EE.UU., principal promotor del mismo.

De esta forma, las políticas de Abe han llevado a que Japón haya logrado liberalizar el 51.6% de su comercio exterior, lo cual trae beneficios enormes a la economía nipona. Si a estos se agregan los acuerdos que se comenzaron a negociar durante la administración de Abe (con China y Corea del Sur, con el Consejo de Cooperación del Golfo Pérsico, con Colombia y con Turquía), la cifra asciende hasta el 85.8% (Japan Ministry of Foreign Affairs, 2019, Pp. 262). 

La redefinición de la alianza con EE.UU.

Para el gobierno de Abe, la alianza con EE.UU. continuaba siendo el pilar fundamental en las relaciones internacionales de Japón. Sin embargo, la alianza con EE.UU. ya no bastaba por sí sola para hacer frente a las complejidades del escenario regional, caracterizado por el ascenso de China como potencia. En ese sentido, la relación entre ambos países debía adaptarse al nuevo contexto, en función de otorgar un mayor rol a Japón en la seguridad regional. A su vez, esta tendencia coincidió con el planteamiento estratégico del presidente Barack Obama acerca del “pívot asiático” que consistía en delegar mayores responsabilidades a sus aliados en la región.

Estos factores conllevaron a que los términos de la alianza fueran revisados a través de las Líneas Maestras para la Cooperación entre Japón y EE.UU. de 2015. Dicho documento reflejó la voluntad de ambas partes de equilibrar los términos de la alianza a fin de hacerla más igualitaria. En ese sentido, las condiciones de subordinación disminuyeron, pues EE.UU. solo podría actuar bajo pedido explícito del gobierno japonés. Asimismo, ambos actores fueron equiparados en cuanto a la posibilidad de defenderse mutuamente.

Por otro lado, el cambio en los términos de la alianza también se reflejó en la disminución de las tropas e instalaciones estadounidenses en Japón. En ese sentido, en Okinawa, la prefectura con la mayor presencia militar de EE.UU., el número de instalaciones estadounidenses decreció hasta menos de la mitad con respecto a 1972 (Japan Ministry of Defense, 2019a), y cerca del 60% del personal estacionado allí. Con respecto al costo financiero de la alianza, en 2016, Japón pagaba el 75% de los gastos de la alianza, superando a su contraparte (Mainichi Shinbun, 2016). 

El sistema de asociaciones estratégicas en Asia-Pacífico

Asia-Pacífico es el entorno geográfico donde se desenvuelven la mayoría de las acciones de política exterior de Japón. En la Estrategia de Seguridad Nacional del gobierno de Abe, el incremento de la cooperación en defensa con países de la región es uno de los tres pilares de la seguridad nacional de Japón junto a las JSDF y la alianza con EE.UU. (Gabinete de Japón, 2013).

En ese sentido, el gobierno de Abe enfocó sus esfuerzos en aquellos países que cumplían simultáneamente con determinadas condiciones. En primer lugar, poseían conflictos comunes con China, principal amenaza a la seguridad nacional de Japón, y/o relaciones de cooperación con EE.UU., aliado de Japón. Luego, detentaban cierto poderío nacional capaz de enfrentar a las amenazas comunes, y, por último, mostraban voluntad para cooperar con Japón y una opinión positiva sobre el gobierno de Abe.

En general, Japón estableció como sus socios estratégicos a India, Australia, Vietnam y Filipinas. Sin lugar a dudas, las relaciones con estos cuatro pases fueron cualitativamente superiores a las que se sostuvieron con el resto de la región. Por ejemplo, Japón promovió la creación de espacios multilaterales para la cooperación militar como el Diálogo de Seguridad Cuadrilateral (Japón, EE.UU., India y Australia) y el Diálogo de Seguridad Trilateral (Japón, India, Australia). Asimismo, India, Vietnam y Filipinas fueron los mayores receptores de AOD japonesa en el periodo (Japan Ministry of Foreign Affairs, 2017), así como de las primeras transferencias de equipo militar nipón[3] (Japan Ministry of Defense, 2019a). Además, la nación asiática financió y entrenó los servicios guardacostas de Vietnam y Filipinas para que pudieran enfrentar de forma más efectiva las incursiones chinas en el mar de China Meridional (Tarriela, 2018). Japón cooperó en cuestiones de defensa con otros países del área como Nueva Zelanda, Indonesia, Malasia, Tailandia, Singapur, etc. Sin embargo, la intensidad de la cooperación (Tabla 3) se realizó de manera desigual según las prioridades de la política exterior nipona.

De esta forma, el sistema de asociaciones estratégicas de Japón creado por el gobierno de Abe tiene en su centro a EE.UU., único aliado obligado a defender a Japón. Luego se encuentran los socios estratégicos mayores, India y Australia, con los cuales Japón realiza prácticamente las mismas actividades que con EE.UU. En un tercer lugar, se ubican los socios estratégicos menores, Vietnam, Filipinas y la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) como organismo. Posteriormente, están los socios menores, integrados por el resto de miembros de la ASEAN y Nueva Zelanda; y en un último puesto de precedencia otros asociados, fundamentalmente de Medio Oriente, con los cuales la cooperación es aún mínima.

Tabla 3: Resumen de los acuerdos de cooperación entre Japón y países de Asia-Pacífico y Medio Oriente (2004-2016)

Fuente: Elaborado por el autor a partir de Japan Ministry of Defense, Defense of Japan 2019

Una asociación en la sombra: las relaciones con la UE

Desde el fin de la Guerra Fría, las relaciones entre Japón y los mecanismos integracionistas de Europa Occidental, experimentaron un crecimiento sostenido que se manifestó en el inicio de las cumbres Japón-UE en 1991. En un primer momento, los diálogos se limitaron a cuestiones económicas generadas por las fricciones comerciales, y a la coordinación de temas políticos generales. La capacidad de accionar conjunta de ambos actores estaba muy limitada debido a que, entre otros factores, sus respectivas alianzas con EE.UU. seguían ocupando la prioridad en su política exterior.

El gobierno de Shinzo Abe planteó claramente en sus documentos estratégicos la importancia que poseían las relaciones con la UE, un bloque comercial con gran poder adquisitivo y con dos miembros permanentes en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. En ese sentido, Japón y la UE dotaron a sus relaciones de una normatividad que creó pautas vinculantes para ambas partes, y que ha otorgado una mayor fortaleza y sostenibilidad temporal a las acciones conjuntas. Se pueden listar una miríada de acuerdos firmados entre ambas partes, sin embargo, debido a su significación, destacan el Acuerdo de Asociación Económica, mencionado antes, y el Acuerdo de Asociación Estratégica.

El Acuerdo de Asociación Estratégica fue firmado en julio de 2018, y ratificado posteriormente por los respectivos parlamentos nacionales en 2019, marcando su entrada en vigor. El texto se compone de 51 artículos destinados a institucionalizar la cooperación entre Japón y la UE en cuestiones de seguridad (Strategic Partnership Agreement between the European Union and Japan, 2018). Consecuentemente, tanto como los ejercicios militares conjuntos como los diálogos de seguridad con los países europeos y/o la UE se incrementaron sostenidamente entre 2012 y 2019 (Tabla 4). En ese sentido, la administración de Abe firmó acuerdos de venta de armas con Reino Unido, Francia, Alemania e Italia, de Apoyo Logístico con Reino Unido y Francia, así como de Inteligencia con Reino Unido e Italia (Japan Ministry of Defense, 2019a).

Tabla 4: Diálogos de seguridad con países europeos/UE/OTAN (2012-2019)

Fuente: Hernández Hernández, F. M. & García, A., 2020

La diplomacia japonesa adquiere una perspectiva geoestratégica

Una de las principales deficiencias de la política exterior de Japón durante la posguerra, fue su excesiva concentración geográfica en Asia. No obstante, a medida que la economía japonesa se internacionalizó en los años 70, el gobierno nipón debió empezar a buscar nuevos mercados y recursos naturales en América Latina, Medio Oriente y África. Precisamente, estas dos últimas regiones comenzaron a tener una mayor relevancia dentro de la política exterior nipona a partir de las primeras inversiones y partidas de AOD.

A pesar de la creación del mecanismo de cumbres entre Japón y países africanos, la Conferencia de Tokyo sobre el Desarrollo de África (TICAD) en 1993, y el despliegue de las JSDF en Iraq en 2004, el papel de estas regiones continuó siendo el de proveedoras de materias primas. El gobierno de Abe propuso una nueva concepción geoestratégica a su política exterior en el año 2014: la noción del Indo-Pacífico. Esta plantea que, dado que el grueso las LMAC de Japón atraviesan un territorio que comprende desde el archipiélago nipón hasta el Golfo de Adén, el suministro energético, el comercio, y en general, la seguridad del país, dependen del control de dichas rutas.

En el caso de África, como resultado de los acuerdos de la sexta edición de TICAD, Japón comenzó a involucrarse de manera más activa en los conflictos internos africanos, aunque con un enfoque no militar. En ese sentido, se han llevado a cabo acciones como el fortalecimiento de la institucionalidad de varios estados, el asesoramiento jurídico, la transferencia de equipamiento militar a países afectados por terrorismo y el financiamiento a los centros de mantenimiento de la paz de la Unión Africana (Hernández Hernández, F. M., 2020a).

Una mención especial requiere la base japonesa en Djiboutí (abierta en 2009): hasta mayo de 2019, las JSDF se habían involucrado en más de 14.000 acciones antipiratería, lo cual representó cerca del 80% del total de actividades internacionales en el Golfo de Adén (Japan Ministry of Defense, 2019a).

Con respecto a Medio Oriente, el gobierno de Abe ha implementado una política regional única en el mundo, pues ha logrado mantener buenas relaciones con todos los actores de la región sin importar los conflictos que existan entre ellos, lo cual se manifestó el lanzamiento del Primer Diálogo Japón-Países Árabes en 2017. En ese sentido, la inversión japonesa en Israel aumentó 120 veces desde 2012, y en 2019, ambos países sostuvieron su primer diálogo de seguridad; en 2017, Japón lanzo el Corredor para la Paz y la Prosperidad, una iniciativa destinada a mejorar la situación de la población de Palestina; durante el gobierno de Abe, la nación asiática realizó sus primeros ejercicios militares con las monarquías del Golfo Pérsico (Tabla 3); y por último, Japón ha entrenado a los expertos iraníes en el manejo de la energía nuclear con fines pacíficos, a la vez que Abe mantuvo la compra de crudo iraní a pesar de las sanciones de EE.UU. (Japan Ministry of Foreign Affairs, 2019). 

El Primer Ministro de Japón como líder internacional

A la lista de sucesos en materia de política exterior del gobierno de Abe, se debe agregar un elemento relacionado con la imagen internacional del premier japonés. Con anterioridad, el Primer Ministro nipón tenía escaso o ningún reconocimiento internacional. Ello no solo estaba condicionado por la escasa proactividad de la política exterior de ese país, sino también por la inestabilidad que atravesaba el país desde los 90 e imposibilitaba el fortalecimiento de ninguna administración.

Por ello, la primera condición indispensable a partir de la cual Abe aumentó el papel del premier japonés, fue la estabilidad con la que contó su gobierno. A esto se le deben añadir factores que se derivan del propio Abe, pues al récord de duración se añade el de activismo diplomático.

Abe también se convirtió en el Primer Ministro con más visitas al exterior: un total de 160 visitas y 78 países visitados hasta abril de 2019 (Japan Ministry of Foreign Affairs, 2019). Asimismo, fue el primer premier nipón en visitar 24 de estos países[4] (Ibídem). A ello se suman el prestigio que ha obtenido por sus intervenciones en eventos y organismos como la Cumbre del Este de Asia, el G7, el G20 y la Organización de Naciones Unidas.

Igualmente, ha sido el único premier de posguerra cuya gira inaugural al exterior no se realizó a EE.UU., una práctica establecida dentro de la política japonesa, sino al Sudeste Asiático. Ello denotó un cambio en la imagen concebida hasta el momento acerca del rol del premier japonés como un subordinado a EE.UU., y su ascenso como un líder regional.

De hecho, la posición diplomática de Abe, llevó a varios expertos del Lowy Institute for Asia and the Pacific, a declararlo como el más influyente líder regional, por encima del Presidente de China, el Primer Ministro de Singapur y el Primer Ministro de India (Lowy Institute for Asia and the Pacific, 2019). Igualmente, encuestas del Pew Research Center muestran que Abe es percibido como el líder regional más confiable, superando a sus homólogos de India, China y la RPDC (Silver, Kat & Huang, 2019). 

¿Una Doctrina Abe?

El término de “doctrina de política exterior” se usa indiscriminadamente para referirse a las estrategias de política exterior de diferentes gobiernos en el mundo sin el bagaje teórico necesario. Por lo tanto, a fin de valorar si la política exterior del gobierno de Abe constituye o no, una doctrina, resulta necesario auxiliarse de las definiciones que varios teóricos de las Relaciones Internacionales han ofrecido al respecto.

En ese sentido, Miguel Á. Barrios en su Diccionario de Geopolítica, se refiere a la “Doctrina” como: “El conjunto de principios y normas de orden general que orientan una actividad determinada para actuar en ausencia de órdenes específicas, permitiendo un mejor y más fluido entendimiento entre organismos diferentes, comprometidos en alcanzar un mismo objetivo (…)” (Barrios, 2009, Pp. 144).

Las doctrinas de política exterior de EE.UU. han sido las más estudiadas en el campo de las Relaciones Internacionales. Por ejemplo, Martin Kelly plantea que una “Doctrina presidencial” es “una política exterior aplicada consistentemente” y resalta el matiz ideológico de esta (Kelly, 2019). Por otro lado, Rexford Barton plantea que el término se refiere fundamentalmente a “un fin, un objetivo estratégico a ser alcanzado” (Barton, 2017).

De estas definiciones pueden ser inferidos varios elementos comunes. El primero de ellos es el conjunto de normas generales coherentes entre sí que guían la política exterior de un Estado, sus herramientas, actores componentes, etc., y las cuales están determinadas por factores ideológicos, económicos, políticos relativos al Estado en cuestión. Luego, una doctrina de política exterior no existe por sí misma, sino que debe estar encaminada hacia la consecución de un determinado resultado. El último criterio sería la sostenibilidad temporal; es decir, que se debe apreciar que las normas que enarbola una determinada doctrina sean usadas de manera sistemática y no esporádicamente.

De esta forma, y para los fines de este artículo, se puede entender operativamente “doctrina de política exterior” como el conjunto coherentemente organizado de normas generales que guían la política exterior de un Estado hacia objetivos determinados de manera estable en un período de tiempo determinado. Tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, Japón asumió un paradigma en su política exterior conocido como Doctrina Yoshida, en honor a su creador, el Primer Ministro Shigeru Yoshida. Los axiomas de esa doctrina se sintetizan en: 1) La recuperación económica debía ser el principal objetivo nacional; y para ello, la cooperación económica y política con EE.UU. era necesaria; 2) Japón debía permanecer ligeramente armado y evitar involucrarse en conflictos internacionales; 3) para obtener una garantía a largo plazo de su propia seguridad nacional, también debía proveer a EE.UU. con bases para sus fuerzas armadas (Siew Man, 2007).

La Doctrina Yoshida cumple con los requisitos teóricos planteados anteriormente: ofrecía normas generales de actuación (no intervenir en conflictos armados y subordinarse políticamente a EE.UU.), tenía un objetivo claramente definido (la recuperación económica), poseía coherencia (destinar todos los recursos a la recuperación económica y dejar los temas de seguridad en manos de EE.UU.) y fue asumida por todas las administraciones hasta el fin de la Guerra Fría. Incluso, gobiernos ulteriores crearon ampliaciones de la Doctrina Yoshida como la prohibición de exportación de armamentos de Eisaku Sato, los límites al gasto militar de Kakuei Tanaka o las políticas hacia el Sudeste Asiático de Takeo Fukuda.

El fin de la Guerra Fría supuso el fin de las condiciones históricas que dieron surgimiento a la Doctrina Yoshida. Sin embargo, ninguna administración asumió una actuación esencialmente diferente a los axiomas de la Doctrina Yoshida. Aunque hubo muestras de una política exterior con perspectivas de desarrollar normas coherentes, como la de Kiichi Miyazawa o la de Jun´ichiro Koizumi, ninguno estuvo el suficiente tiempo en el poder para lograr el salto cualitativo hacia la creación de una doctrina que cambiara radicalmente la política exterior de Japón.

No obstante, el gobierno de Abe marca un punto de giro en esta tendencia. Como se ha expuesto, entre 2012 y 2020, la política exterior nipona ha sido transformada en sus aspectos superficiales, y resta consecuentemente, examinar si ello ha implicado un cambio en sus normas axiomáticas. Para ello, se deben responder cuatro interrogantes tomando en consideración la definición operativa de doctrina de política exterior:

I) ¿Qué objetivos persigue la política exterior de Abe?

Los objetivos de la política exterior del gobierno de Abe, fueron claramente delineados en el Estrategia de Seguridad Nacional de 2013: “mantener la paz y la seguridad de Japón y asegurar su supervivencia son las responsabilidades primarias del gobierno de Japón” (Gabinete de Japón, 2013, Pp. 1). Si bien este el objetivo esencial de todo Estado en sus relaciones internacionales, posteriormente se adecúa a los términos específicos de Japón. De esa forma, se identifican como los objetivos fundamentales la promoción del libre comercio, de la seguridad marítima y de un orden internacional estable y predictible (Ibídem).

Para ello, Japón debe minimizar las amenazas que impiden el cumplimiento de dichos objetivos. En ese sentido, el propio documento plantea que las principales amenazas a la seguridad nacional nipona son la expansión del poder militar de China, el programa balístico y nuclear de la RPDC y fenómenos transnacionales como la piratería y el terrorismo (Ibídem).

Como se puede apreciar, el gobierno de Abe ha tenido objetivos claros hacia los cuales encaminar sus acciones. De hecho, si se reexaminan las principales características de la política exterior de Abe expuestas en el artículo, se aprecia que todas están encaminadas hacia la promoción del libre comercio, la seguridad marítima y la estabilidad regional.

II) ¿Qué normas han guiado la política exterior de Abe?

La política exterior del gobierno de Abe ha tenido pautas generales de actuación que pueden ser interpretadas como normas rectoras. La primera de ellas es la proactividad, es decir, la acción diplomática, política y militar constante hacia la consecución de los objetivos anteriormente mencionados, o hacia la eliminación de las amenazas a la seguridad nacional antes de que estas surjan, o su minimización en que caso de que ya existan. Una actuación proactiva presupone además una total autonomía con respecto a EE.UU. y la eliminación de la dependencia alrededor de la alianza, lo cual se puso de manifiesto en la firma del CPTPP.

No obstante, el sistema internacional es demasiado complejo como para afrontar las amenazas desde una perspectiva exclusivamente nacional; por lo cual, la tercera norma es la cooperación internacional hacia la consecución de objetivos comunes, ejemplo de lo cual son las relaciones con EE.UU., el sistema de asociaciones en Asia-Pacífico y los nexos con la UE.

III) ¿Son coherentes las acciones de la política exterior de Abe?

Aunque los rasgos de la política exterior del gobierno de Abe fueron expuestos de manera aislada, todos se interrelacionan entre sí, demostrando una gran coherencia. En ese sentido, las determinadas herramientas de la política exterior nipona se combinan sinérgicamente a fin de multiplicar los beneficios derivados de estas. Por ejemplo, aquellos países con los cuales Japón tiene mejores relaciones políticas, EE.UU., los socios estratégicos mayores y menores mencionados anteriormente, son a la misma vez con los cuales se realizan una mayor cantidad de actividades militares, con ellos existen acuerdos de libre comercio, son los mayores receptores de AOD y sobre sus poblaciones se realizan intensas labores de influencia cultural.

Precisamente, esta combinación de diversas herramientas de política exterior se ha demostrado también en la Estrategia del Indo-Pacífico Libre y Abierto, un plan lanzado por Abe en 2019 y que consiste en la construcción de infraestructuras, firma de acuerdos comerciales, realización de ejercicios militares, proyectos de cooperación en intercambios culturales con aquellos países que se encuentran en las cercanías de las LMAC japonesas (Gabinete de Japón, 2019).

El resultado palpable de esa interacción es el prestigio internacional ganado por Japón en el período en cuestión. Según encuestas realizadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, la opinión positiva sobre Japón en Medio Oriente (2019), India (2019), Asia Central (2019), Australia (2017) y ASEAN (2019), asciende al 83%, 88%, 70%, 81% y 89% respectivamente.

Además, el gobierno de Abe ha logrado aumentar su activismo internacional sin elevar de manera dramática la percepción de amenaza de otros países. De acuerdo a encuestas del Pew Research Center de 2019 realizadas en 18 países del mundo, solo Corea del Sur identificó a Japón como una amenaza (en segundo lugar, después de China), mientras tres señalaron a EE.UU. y siete a China (Silver, 2019).

IV) ¿Se ha sostenido temporalmente la política exterior de Abe?

Mediante una lectura rápida de todo lo expuesto hasta ahora, se aprecia que la política exterior de Abe se ha sostenido temporalmente en sus ocho años de gobierno. Las acciones llevadas a cabo han sido sistemáticas y no esporádicas, lo cual se evidencia, por ejemplo, en la creación de múltiples mecanismos institucionales que aseguren la supervivencia de las determinadas iniciativas. De hecho, cada uno de los gráficos muestra una progresión ascendente hacia el incremento de las acciones en política exterior (gasto militar, arribo de turistas, diálogos de seguridad, tratados de libre comercio, etc.).

Tomando en consideración la respuesta a las interrogantes planteadas, es posible afirmar que en la política exterior de Japón durante el período de gobierno del Primer Ministro Shinzo Abe, se ha producido un cambio cualitativo, el surgimiento de la “Doctrina Abe”. Los axiomas de esta doctrina son:

1) El objetivo nacional fundamental es garantizar la supervivencia del Estado mediante la promoción del libre comercio, la seguridad marítima y la estabilidad regional y global.

2) Para ese fin, Japón empleará de manera coordinada y proactiva todos los recursos disponibles en su poder, como el poder militar, el activismo diplomático, los acuerdos de libre comercio y la influencia cultural.

3) Japón actuará autónomamente para la consecución de sus objetivos, pero también cooperará con sus aliados y asociados según la intensidad de las relaciones con cada uno.

4) Debido a la interrelación de la seguridad nacional nipona y la seguridad regional y global, Japón se involucrará de manera activa en la resolución de los conflictos desde una perspectiva que integre enfoques militares y no militares.

No obstante, aun es posible cuestionar si la Doctrina Abe sobrevivirá en el período pos-Abe. En el momento de redactar este artículo, el Partido Liberal Democrático todavía se encontraba decidiendo el sucesor a Primer Ministro, por lo cual es muy pronto para ofrecer una conclusión al respecto. Pero, observando los candidatos a la sucesión de Abe, todos miembros de su Gabinete y agentes de dicha política exterior, así como las grandes tendencias en el devenir histórico de Japón tras el fin de la Guerra Fría, resulta poco probable que los cambios realizados por Abe sean revertidos. La Doctrina Abe podría ser el próximo paradigma estratégico para la nación asiática.

 

* Máster en Historia Contemporánea y Relaciones Internacionales. Centro de Investigaciones de Política Internacional (CIPI), Habana, Cuba.

 

Referencias

[1] Excepto el derecho a la guerra, el cual se mantiene inalterablemente prohibido en la Constitución.

[2] Como los buques portahelicópteros Izumo y Kaga de las JSDF.

[3] En 2014, el gobierno de Abe decidió despenalizar las exportaciones de armamentos, aunque estas debían tener en cuenta determinados criterios.

[4] Portugal, Turkmenistán, Tayikistán, Kirguistán, Bahréin, Djiboutí, Irlanda, Luxemburgo, Costa de Marfil, Mozambique, Ucrania, Malta, Estonia, Lituania, Letonia, Bulgaria, Serbia, Rumanía, Trinidad y Tobago, Colombia, Uruguay, Paraguay, Jamaica y Cuba.

Bibliografía

Barrios, Miguel Ángel. Diccionario de Geopolítica. Editorial Biblos, Argentina, 2009. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Barton, Roger. What is a Presidential Doctrine?. The Strategy Bridge, 2017 <https://www.thestrategybridge.org/the-bridge/2017/5/3/what-is-a-presidential-doctrine%3fformat=amp>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Constitution of the State of Japan. 1947. <https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.constituteproject.org/constitution/Japan_1946.pdf%3Flang%3Den&ved=2ahUKEwimuYjumbTpAhXFMd8KHYyPDX8QFjAAegQIBhAB&usg=AOvVaw0AG-zOFCk8io_B6pdE_ILZ>. [Consulta: 29 abril, 2020].

Gabinete de Japón. Act on Cooperation with United Nations Peacekeeping Operations and Other Operations. Agencia de Defensa de Japón, Japón, 1992. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. The Anti-Terrorism Special Measures Law. Agencia de Defensa de Japón, Japón, 2001. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. National Security Strategy. Gabinete de Japón, Japón, 2013. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. Cool Japan Strategy. Gabinete de Japón, Japón, 2014. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. Development Cooperation Charter. Gabinete de Japón, Japón, 2015. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. Japan’s Legislation for Peace and Security. Seamless Responses for Peace and Security of Japan and the International Community. Gabinete de Japón, Japón, 2016. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. Towards a Free and Open Indo-Pacific. Gabinete de Japón, Japón, 2019. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gabinete de Japón. Press Conference by the Prime Minister. Gabinete de Japón, 2020. <https://japan.kantei.go.jp/98_abe/statement/202008/_00004.html>.  [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Gagaridis, Alessandro. Japan’s Maritime Security Strategy in Response to Chinese Military Power: The Protecion of SLOC. Universidad Católica de Louvain, Francia, 2017. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Guidelines for US-Japan Security Cooperation. Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón, 2015. <http://www.mofa.go.jp/files/000078188.pdf>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Hernández, Franklin Michel. La Renovada Estrategia de Japón hacia África. Observatorio Iberoamericano de Economía y Sociedad de Japón, 2020. <https://www.eumed.net/rev/japon/35/estrategia-japon-africa.html>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Hernández, Franklin Michel. Poder Japonés: Principales características durante la administración del Primer Ministro de Japón Shinzo Abe (2012-2019). Universidad de La Habana, Cuba, 2020. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Hernández, Franklin Michel & García, Anet. La Renovada Estrategia de Japón hacia África. Observatorio Iberoamericano de Economía y Sociedad de Japón, 2020. <https://www.eumed.net/rev/japon/35/relaciones-japon-unioneuropea.html>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Defense. Defense of Japan 2019. Ministerio de Defensa de Japón, Japón, 2019. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Defense. Defense Programs and Budget of Japan FY 2019. Ministerio de Defensa de Japón, Japón, 2019. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Economy, Trade and Industry. Content Industry: Current Status and Direction of Future Development. Ministerio de Economía, Comercio e Industria de Japón, Japón, 2016. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Foreign Affairs. Japan’s International Cooperation 2017. Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón, Japón, 2017. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Foreign Affairs. Diplomatic Bluebook 2019. Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón, Japón, 2019. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Japan Ministry of Land, Infraestructure and Tourism. White Paper on Tourism in Japan. Ministerio de Tierra, Infraestructura y Turismo de Japón, Japón, 2017. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Jones, Katie. The World’s 25 Most Successful Media Franchises, and How They Stay Relevant. Visual Capitalist, 2019. <https://www.visualcapitalist.com/succesful-media-franchises/> [Consulta: 26 noviembre, 2020].

Kelly, Martin. Top 6 Key US Presidential Foreign Policy Doctrines. ThoughtCo., 2019. <https://www.thoughtco.com/top-six-foreign-policy-doctrines-102473>.[Consulta: 8 septiembre, 2020].

Lowy Institute for Asia and the Pacific. Asia Power Index. 2019. <https://power.lowyinstitute.org/>. [Consulta: 20 noviembre, 2020].

Mainichi Shinbun. How much does Japan pay to host U.S. military forces?. 2016. <http://mainichi.jp/english/articles/20160530/p2a/00m/0na/017000c?fbclid=IwAR3G3v6dzI4naBwzSDdpeO_QCVucEdJxXpFdgaB5S9SBsqj6x2-MhHgQL4>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Number of Overseas Japanese Restaurants Tops 100,000. Nippon.com, 2018. <https://www.nippon.com/en/features/h00218/number-of-overseas-japanese-restaurants-tops-100-000.html>. [Consulta: 26 noviembre, 2019].

Nye, Joseph. Soft Power: the means to success in world politics. Public Affairs, Estados Unidos, 2004. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Ohno, Izumi Japan’s ODA Policy and Reforms since the 1990s and Role in the New Era of Development Cooperation. National Graduate Institute for Policy Studies, Japón, 2015. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Siew Man, T. Japan´s Grand Strategic Shift from Yoshida to Koizumi: Reflections on Japan´s Strategic Focus in the 21st Century. Akademika, No. 70, Pp. 117-136, Kebangsaan University, Indonesia, 2007. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Silver, Laura. U.S. is seen as a top ally in many countries – but others view it as a threat. Pew Research Center, 2019. <https://www.pewresearch.org/fact-tank/2019/12/05/u-s-is-seen-as-a-top-ally-in-many-countries-but-others-view-it-as-a-threat/>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Silver, Kat D. & Huang C. China’s Economic Growth Mostly Welcomed in Emerging Markets, but Neighbors Wary of Its Influence. Pew Research Center, 2019. <https://www.pewresearch.org/global/2019/12/05/chinas-economic-growth-mostly-welcomed-in-emerging-markets-but-neighbors-wary-of-its-influence/>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Strategic Partnership Agreement between the European Union and Japan. Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón, Japón, 2018. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

Tarriela, J. T. Japan: From Gunboat Diplomacy to Coast Guard Diplomacy. The Diplomat, 2018. <https://the diplomat.com/2018/05/japan-from-gunboat-diplomacy-tocoast-guard-diplomacy/>. [Consulta: 8 septiembre, 2020].

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8 DE AGOSTO. CONMEMORACIÓN DE LA AFIRMACIÓN DEL PABELLÓN NACIONAL EN EL ARA 25 DE MAYO

Marcelo Javier de los Reyes*

El 8 de agosto de 1969 se afirmó el Pabellón Nacional en el portaaviones “ARA 25 de Mayo”, el cual fue incorporado a la Flota de Mar el 28 de septiembre del mismo año.

La Armada Argentina contaba por entonces con el portaaviones “ARA Independencia” —veterano de la Segunda Guerra Mundial que fue incorporado el 4 de noviembre de 1958— pero dado que precisaba reemplazarlo por otro que ofreciera mayores prestaciones operativas, inició las negociaciones que condujeron a la adquisición del portaaviones “Hr.Ms. Karel Doorman (R81)” que pertenecía a la Marina de los Países Bajos, desde 1948. Entre los años 1955 y 1958 fue modernizado, agregándosele una cubierta de vuelo en ángulo y capacidad para operar aviones a reacción, nueva isla, elevadores, catapulta, lugares para aviones y electrónica. El 29 de abril de 1968 sufrió un incendio en la zona de calderas que le ocasionaron daños que se consideraron irreparables. Tras el siniestro fue reparado en Rotterdam.

El Gobierno Nacional autorizó la compra mediante un decreto del 27 de septiembre de 1968.

Hr.Ms. Karel Doorman (R81). Foto: http://www.vlaggeschipsmaldeel5.nl/index.html

Se trataba de un buque que había prestado servicios en la Marina Real del Reino Unido con el nombre de “HMS Venerable”. Este portaaviones ligero de la clase Colossus fue construido en Cammell Laird (Birkenhead), su quilla puesta el 3 de diciembre de 1942, botado el 30 de diciembre de 1943 y terminado el 17 de enero de 1945.

En los primeros días de septiembre de 1969 zarpó del puerto de Rotterdam para arribar a la Base Naval Puerto Belgrano el 28 de ese mes. El ARA “25 de Mayo” fue designado como nave almirante de la Armada.

A fines de 1978, debido a la tensión que se estaba produciendo por el Conflicto del Beagle. el “ARA 25 de Mayo” fue enviado a la zona encabezando una importante flota de buques de superficie y submarinos.

Entre 1980 y 1981 se le introdujeron considerables mejoras para permitir la operación de los Dassault Super Etendard.

En 1982, participando de la “Operación Rosario”, tomó parte del Conflicto del Atlántico Sur. Al momento de ese conflicto los Super Etendard no estaban aún en completo servicio por lo que llevaba ocho McDonnell Douglas Skyhawks, seis Grumman Trackers y cuatro Sikorsky Sea Kings.

Habiendo sido detectada la flota británica, el 1º de mayo se había planificado poner en ejecución la “Operación Banzai”, de la cual participarían las tres nuevas corbetas argentinas de origen francés, las que aprovecharían su velocidad para meterse por el flanco británico y lanzar dos docenas de misiles Exocet desde una considerable distancia. A eso se sumaría un ataque de aviones A4Q con bombas de 500 kg y los Super Etendard con sus correspondiente Exocet. Sin embargo, el plan se frustró debido a que la falta de viento demoró el despegue de los cazabombarderos embarcados y debió anularse ese combate aeronaval.

Por su participación en el conflicto la unidad recibió la condecoración “Operaciones de Combate”.

Entre el 27 de febrero y el 5 de marzo de 1988 llevó a cabo su última navegación operativa. En ese mismo año, el portaaviones llegó a remolque al Astillero Río Santiago donde se comenzaron a realizar tareas de desguace en las salas de calderas y turbinas en el marco de un contrato que se firmaría entre el astillero y la Armada, con la intención de ponerlo a punto. Sin embargo, el 5 de marzo de 1997, por resolución del Jefe del Estado Mayor General de la Armada —en realidad por disposición del presidente Carlos Saúl Menem— el “ARA 25 de Mayo” pasó a la condición de receso temporario para modificación o modernización o la de radiación para su venta.

Mientras el “ARA 25 de Mayo” estaba amarrado fuera de servicio en Puerto Belgrano, su gemelo de Brasil, el “Minas Gerais”, estaba totalmente activo, en buena medida gracias a que el “25 de Mayo” estaba siendo canibalizado para enviarle piezas y partes al “Minas Gerais”.

Una vergonzosa partida

No hubo ceremonia, no hubo una banda de la Armada para despedirlo. El 24 de agosto de 1998, la que fuera la nave insignia de la Flota de Mar había sido vendida como chatarra por $ 300 mil pesos (en ese momento equivalente a US$ 300 mil).

En silencio, de manera vergonzosa, el “ARA 25 de Mayo”, fue sacado de la Base Naval de Puerto Belgrano el 12 de febrero de 1999.

Su destino era la India, donde debía ser desguazado, hasta donde llegó remolcado por el buque de bandera de Panamá “Suhaili”, con tripulación filipina. La travesía demandó dos meses de navegación. 

Algunas consideraciones finales

El arribo de la democracia pero en especial la década de 1990 fue un moment charnière para las Fuerzas Armadas. La Argentina nunca recuperaría su poder de fuego previo a 1982. El “alineamiento automático” con Estados Unidos, la enajenación y práctica destrucción de la industria de la Defensa, a lo que se sumó la no adquisición de material para las Fuerzas Armadas, en especial para la Fuerza Aérea y la Armada, han sumido a la Nación en un grave estado de indefensión, además de limitar sus responsabilidades en las operaciones de Servicio de Búsqueda y Salvamento (SAR), sin mencionar lo más relevante: la custodia de la Soberanía Nacional tanto en el territorio como en el Atlántico Sur.

La pérdida del “ARA 25 de Mayo” mermó notablemente el sistema de armas de la Nación. Sumemos que la Infantería de Marina carece de anifbios, que el destructor “ARA Santísima Trinidad” se hundió amarrado en el puerto y que el “ARA Hércules” fue convertido en un transporte. Como si no hubiera sido suficiente, la pérdida del “ARA San Juan” significó el fin de las armas estratégicas con que contaba la Argentina. A pesar de los anuncios que el ministro de Defensa realizara el 8 de febrero de 2020, respecto de reparar el submarino “ARA Santa Cruz”, cabe destacar que no lo expresó con énfasis sino que dijo “trataremos”.

La Armada Argentina, que supo tener con orgullo como nave insignia al “ARA 25 de Mayo”, hoy parece haber remplazado un complejo sistema de armas por un patrullero oceánico, el “ARA Bouchard”, “un yate militar”. Basta ver la cuenta de Twitter de la fuerza. Sin palabras…

Fuentes:

Diario de Mendoza

Gaceta Marinera.

Histamar

La Nueva Provincia

La Nación

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

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PLAN DE DESARROLLO PESQUERO NACIONAL Y DE CAMINO A LA SOBERANÍA EN MALVINAS.

César Augusto Lerena*

“Mejor que decir es hacer, mejor que prometer es realizar”

En la Argentina no hay ni hubo una POLÍTICA DE ESTADO INTEGRAL Y SOSTENIDA EN EL ATLÁNTICO SUR que contemple las cuestiones relativas a su soberanía marítima; la defensa nacional del mar y sus recursos; el desarrollo poblacional, industrial y portuario del litoral marítimo; la ocupación de sus territorios insulares; la explotación de sus recursos; el desarrollo del transporte y la industria naval; el cuidado del medio marino y biológico; la educación técnica y nutricional, etc. aunque, se han llevado adelante una serie de importantes hechos aislados, muchos de los cuales, no han tenido continuidad, porque se han desvirtuado las políticas originales de interés nacional que dieron lugar al nacimiento y la ejecución de proyectos y normas de singular valor. Entre ellos podemos destacar el trabajo fundacional del Vicealmirante Segundo Storni, autor en 1916 de la obra “Intereses argentinos en el mar”; quien reivindicó los derechos sobre la plataforma continental; impulsó el transporte marítimo y la industria pesquera y, fue uno de los fundadores del Instituto Oceanográfico Argentino en Mar del Plata, entre otros de sus numerosos trabajos en la materia.

Una obra central para la pesca fue el inicio a fines del siglo XIX del Puerto de Mar del Plata, inaugurado en 1924, que consolidó la actividad extractiva e industrial en la ciudad y dio inicio al posterior desarrollo en todo el litoral patagónico. En 1946 por el Decreto 14.708 se estableció la soberanía nacional en el Mar Epicontinental y el Zócalo continental.

En 1953 se crea por Decreto 10.627 el Astillero y Fábricas Navales del Estado (AFNE) al cual se le transfiere el Astillero Río Santiago. Ese mismo año, se inician las obras del buque de Escuela de la Armada Argentina. Las fragatas Piedrabuena y Azopardo son botadas en 1953 y 1954 y, en 1962, se construye la Fragata Libertad. Entre 1970 y 1975 se construyen casi tres buques por año, hasta que llega la década del 90, a partir de la cual, pese a algunas construcciones, los distintos gobiernos lo desfinancian.

El transporte marítimo nacional se fortaleció con la creación de la Empresa Líneas Marítimas Argentinas (ELMA), como producto de la fusión en 1960 de la Flota Mercante del Estado (1941) y la Flota Argentina de Navegación de Ultramar (1909) adquirida por el Estado Nacional en 1949, que dispuso de una flota de 60 barcos (unas 700.000 toneladas DWT), siendo disuelta en 1990.

La investigación biológica y pesquera se organiza en 1960 con la fundación del Instituto Interuniversitario de Biología Marina en Mar del Plata (IBM) de la UBA, UNLP, UNS y la CIC, que funcionó hasta su desaparición en 1977, teniendo entre sus proyectos más destacados, el Proyecto de Desarrollo Pesquero de la FAO/UNDP (1966-1973), eje del desarrollo pesquero nacional.

Con la sanción del Decreto-Ley 17.094 en 1966 se extendió la soberanía nacional a un Mar Territorial de 200 millas y al lecho del mar y el subsuelo hasta donde la profundidad permitiese la explotación de los recursos naturales. Por Decreto 75 de 1973 se jerarquizó la actividad pesquera con la creación de la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Ambiente Humano (con el mismo nivel que la Secretaría de Agricultura y Ganadería, hoy Ministerio), a cuyo cargo estaba la pesca y su industrialización, la acuicultura, la utilización de los recursos hídricos, las investigaciones científicas y tecnológicas, la certificación de calidad y el poder de policía, la política ambiental, la administración de reservas y parques, la minería, el poder de policía. Secretaría que en 1976 se transformaría en la Secretaría de Intereses Marítimos y, luego, los sucesivos gobiernos la degradaron a Dirección y Subsecretaría.

Con la firma del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo en 1973/4, se acordaron los límites entre ambos países y se estableció una Zona Común de Pesca con Uruguay. Un Tratado de integración rioplatense en el que está todo por hacerse. En 1977 se creó el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).

En 1997 se iniciaron los estudios y la presentación en 2009 de los nuevos límites de la Plataforma Continental, cuyas recomendaciones parciales obtuvo la Argentina por parte de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) en 2016 y 2017.

Por la Ley 22.260 sancionada en 1980 se creó el Mercado Nacional de Concentración Pesquera de Mar del Plata con el intento de transparentar las capturas y el comercio pesquero, lo que no se alcanzó, ya que nunca se pasó por este la merluza, la principal especie de la época, con lo cual se desvirtuó el objetivo.

La sanción de la Ley de Pesca 24.922 en 1997/8, elaborada con el pretexto de una aparente federalización de la pesca, no produjo una distribución cierta del recurso y la industria, sino, una mera distribución del 50% del Fondo Nacional de Pesca, consolidándose la privatización del recurso, la extranjerización de la explotación y la concentración de la actividad -en lo Institucional y en lo económico- donde perdieron participación las provincias, las industrias nacionales y los trabajadores.

Todos estos esfuerzos aislados desincronizados, no nos aseguran soberanía nacional territorial, económica, social y alimentaria.

Ello se agrava por la ocupación territorial marítima e insular del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El RU tiene ocupado el archipiélago desde 1833, año en que desalojó al gobierno argentino de Malvinas y, desde 1982 fue invadiendo los territorios marítimos argentinos y desde el 2011 tiene ocupado al menos 1.639.900 Km2, sin contar sus pretensiones sobre la Plataforma Continental y la Antártida Argentina. Al menos desde 1976 y hasta la fecha, el Reino Unido ha otorgado en el área de Malvinas de la ZEE Argentina, licencias pesqueras a buques propios y de terceros países. Estos buques pesqueros extrajeron un promedio anual de 246.220 toneladas de recursos pesqueros argentinos, es decir, que desde 1976 (44 años) extrajeron unas 10,8 millones de toneladas de diversas especies de pescados y moluscos argentinos por un valor estimado en los 28,2 mil millones de dólares, más los intereses y la pérdida de chance, ya que, agregado valor a esas materias primadas y, colocados los productos finales en el mercado minorista, podrían haber significado un valor aproximado del orden de los 197 mil millones de dólares. Accesoriamente, pero no menos importante, estas capturas han producido un desequilibrio en el ecosistema argentino pesquero, cuyas consecuencias sobre la sostenibilidad de las especies en el mar argentino resultan invaluables e impredecibles. Por un lado, el Rendimiento Máximo Sostenible determinado anualmente por el INIDEP no contempla el volumen capturado a través de estas licencias ilegales británicas y por el otro la internacionalización del mar por parte del RU atrajo al Atlántico Sur una flota extranjera que depreda los recursos migratorios argentinos en la Alta Mar.

 

Dr. César Augusto Lerena © 2020. Reservado todos los derechos (mapa y texto). Esquema aproximado. Autorizada su reproducción mencionando la fuente.

  1. Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA), parte de ella por el Tratado del Río de la Plata y su frente Marítimo, Zona Común de Pesca con Uruguay, con bajo control de las fuerzas armadas y de seguridad argentinos que, junto con los espacios invadidos por el Reino Unido de Gran Bretaña alcanzan a los 3.146.345 de km2. Zona periódicamente invadida por buques extranjeros ilegales;
  2. ZEEA ocupada por la fuerza por el Reino Unido de Gran Bretaña, de unos 438.000 Km2, denominada por los británicos FICZ (Falklands Interim Conservation and Management);
  3. Zona llamada del “gallinero” o “medialuna” acordada con fines de conservación por el Reino Unido y la Cancillería Argentina (Cavallo), denominada por los británicos FOCZ (Falklands Outer Conservation Zona), de unos 400 mil km2;
  4. Espacio establecido y denominada GAP en forma unilateral por los británicos dentro de la ZEEA, rica en calamar de unos 1.900 Km2;
  5. Área Marítima Protegida determinada en forma ilegal por el Reino Unido en territorio marítimo argentino, de 1.070.000 Kmalrededor de las Islas Georgias del sur y Sándwich del sur;
  6. Área pretendida por el Reino Unido de Gran Bretaña sobre la Plataforma Continental Argentina y la Antártida Argentina, que se superpone con los derechos argentinos de esos espacios;
  7. Área Marítima Protegida (AMP) “Namuncurá” establecida por Argentina de unos 32.336 Km2que facilita el desarrollo de las especies que migran hacia el área de Malvinas;
  8. Área de 100.000 Km2de explotación offshore petrolera otorgada a varias empresas inglesas o con vínculos con Malvinas;
  9. Área de 150 millas más allá de la ZEE Argentina, un espacio marítimo estimado en unos 600.000 Km2 pretendido por el Acuerdo de conservación y explotación entre OPRAS y las Cámaras españolas y argentinas (CAPECA-CAPA). Todo ello agravado porque el Acuerdo de Investigación Conjunta de Pesca entre Argentina y el Reino Unido, a través de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur (CPAS), se extiende en un área marítima que excede la zona de exclusión ilegal británica en Malvinas (hoy suspendido). 16/6/2020.

Si no se consolida un PROYECTO DE DESARROLLO NACIONAL que hay que sostener en el tiempo, NO HABRÁ SOBERANÍA NACIONAL; por ello, me permito efectuar un PLAN, del que describo sus títulos, la mayoría de los cuales, he desarrollado en profundidad y, describo, sin un orden de prevalencia:

  1. LA CREACIÓN DEL MINISTERIO DEL ATLÁNTICO SUR.

No puede esperarse que una Subsecretaría Pesca pueda manejar un área estratégica de la Nación; menos aún en una estructura que no tiene nada que ver con el mar, los territorios insulares australes ni la pesca como es el Ministerio de Agricultura y, teniendo en cuenta, que este sector exporta por unos 2.000 mil millones de dólares/año; debe llevar adelante las políticas de consumo interno y de radicación industrial estratégica e intervenir en la recuperación del Atlántico Sur y Malvinas. Con mucho menos responsabilidades, Francia acaba de crear el Ministerio del Mar. Francia continental tiene una ZEE de 335.000 km2 contra los 3.146.345 km2 de Argentina y toda la problemática que tenemos en área austral del Atlántico Sur. Francia produce unas 750 mil toneladas de productos pesqueros y tiene un déficit pesquero entre su producción e importación del orden de los 1.700 millones de euros anuales. La Argentina es vendedor de productos pesqueros a Francia (unos 50 millones dólares) y, mientras Francia tiene un consumo de 33,7kg per cápita (2019) la Argentina 6Kg. lo que nos da una idea de la potencialidad de esta actividad, sumada a la explotación de hidrocarburos y la necesidad de compatibilizarlas.

Referencias:

Lerena, Cesar A. “¿Reducir Ministerios o mejorar la calidad de funcionarios?” ‹15/9/2018›.

Lerena, César A. “El PBI del Atlántico Sur Argentino” ‹7/2/2019›.

Lerena, César A. “Argentina un Estado Marítimo con un Atlántico Sur abandonado” ‹27/5/2020›.

  1. ACCIONES A NIVEL INTERNACIONAL

2.1. El Brexit, Malvinas y Pesca.

Toda la Cancillería y sus diplomáticos especializados deberían trabajar en Europa para que los denominados Territorios de Ultramar británicos no formen parte de un acuerdo de libre comercio entre el Reino Unido y la Unión Europea y, en el caso que ello no se logre, las capturas que se realicen en el Área de Malvinas de la Zona Económica Exclusiva Argentina sean tipificadas originarias del Atlántico Sur, es decir extracomunitarias y, sujetas a los mismos aranceles que sufren los productos argentinos. Los vuelos a San Pablo deben cancelarse porque le abren las puertas al mundo a las materias primas argentinas capturas con licencias ilegales británicas.

Referencias:

Lerena, César A. “El Malvexit frente al Brexit británico” ‹2/10/2018›.

Lerena, César A. “Las capturas pesqueras de Malvinas ante el Brexit” ‹23/11/2018›.

Lerena, César A. “El Absurdo vuelo a Córdoba y San Pablo” ‹25/11/2018›.

Lerena, César A. “El Acuerdo Eurosur y el Brexit, la Industria Pesquera y la Soberanía Nacional” ‹19/7/2019›.

Lerena, César A. “Brexit, Pesca y Malvinas, ¡Camarón que se duerme se lo lleva la corriente!” ‹3/7/2020›.

2.2. Las Declaraciones de Madrid (Los Acuerdos de…) y el Pacto de Foradori-Duncan.

Se Declare finalizada la “Declaración de Madrid” y la “hoja de ruta” Foradori-Duncan. La Cancillería ya lo hizo parcialmente en estos días al suspender las investigaciones conjuntas de pesca con el Reino Unido y, debería, del mismo modo, cancelar la autorización de los vuelos de Malvinas a San Pablo. A partir de ello, deben iniciarse nuevas negociaciones con aprobación del Congreso Nacional que permita a nuestro país avanzar hacia un acuerdo que ponga vencimiento a la fórmula del paraguas.

Referencias:

Abruza, Armando “El Comunicado Conjunto argentino-británico del 13 de septiembre de 2016. Su naturaleza jurídica respecto de la controversia de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur”. Anuario Argentino de Derecho Internacional XXV, Córdoba, Ediciones Lerner S.R.L. 89:116; 2016).

Lerena, César A. “La negociación Anglo-Argentina sobre Malvinas” ‹28/3/2018›.

Lerena, César A. “Soberanía y Recursos Naturales en el Atlántico Sur y Malvinas” ‹13/4/2018›.

Lerena, César A. “El Atlántico Sur Argentino Enajenado” ‹14/7/2018›;

Lerena, César A. “El G20 y la extranjerización total del Atlántico Sur” ‹4/12/2018›.

Lerena, César A. “Canciller Jorge Faurie explíquenos cómo debatirá la Soberanía de Malvinas” ‹24/12/2018›.

Lerena, César A. “El simpático Embajador Kent” ‹7/1/2019›.

Lerena, César A. “El ejercicio de la soberanía pacífica en el Atlántico Sur y la Antártida Argentina” ‹24/1/2019›.

Lerena, César A. “La investigación conjunta con el Reino Unido y la valiosa entrega del calamar argentino” ‹1/2/2019›.

Lerena, César A. “De la investigación pesquera independiente a la colaboración de un Almirante Argentino con el invasor de Malvinas” ‹18/2/2019›.

Lerena, César A. “El oscuro Tratado de Madrid” ‹2/4/2019›.

Lerena, César A. “El INIDEP ¿Instituto de investigación o delivery británico?” ‹11/7/2019›.

Lerena, César A. “La investigación argentina ¿al servicio de la Nación o del Reino Unido?” ‹19/8/2019›.

Lerena, César A. “La causa Malvinas. Una causa imprescriptible” ‹22/2/2020›.

Lerena, César A. “El Atlántico Sur Argentino ocupado por Britania, España y China” ‹8/5/2020›.

Lerena, César A. «El gobierno debe “Declarar Finalizadas” las Declaraciones Conjuntas de Madrid» ‹25/6/2020›);

2.3. Reclamo de lucro cesante al Reino Unido.

Reclamar al Reino Unido el lucro cesante y, subsidiariamente a todas las empresas que pescaron en el área de Malvinas de la Zona Económica Exclusiva Argentina por un valor estimado a los 28 mil millones de dólares, más los intereses y la pérdida de chance estimado en el valor agregado y la colocación de los productos minoristas que podrían alcanzar a los 197 mil millones de dólares.

Referencias:

Lerena, César A. “El resarcimiento económico del Reino Unido a la Argentina” ‹20/6/2020›.

2.4. Acción respecto al dominio de los Recursos Migratorios y la pesca ilegal (INDNR) ante la O.N.U. De acuerdo con la Res. del Consejo Federal Pesquero Nº 1/2008 del 27 de febrero de 2008; el Reglamento (CE) Nº 1005/2008 del Consejo de la Unión Europea del 29 de septiembre de 2008; los artículos 4º, 5º, 22º y 23º de la Ley 24.922; el artículo 2º de la Ley 24.543; la CONVEMAR, su Preámbulo y los art. 55º, 56º, 58º, 61º a 64º, 69º, 70º, 87º, 89º, 94º, 100º, 101º, 117º a 119º, Cancillería debe actuar ante la O.N.U. para obtener el reconocimiento de la preferencia en la administración de los Estados Ribereños sobre sus Recursos Migratorios originarios de las Z.E.E. a efectos de erradicar la pesca ilegal donde entre 350 y 500 buques extranjeros depredan el Atlántico Sur.

Referencias:

Lerena, César A. “El desacuerdo pesquero de N.Y. y el control del estado ribereño de la pesca en Alta Mar” ‹15/1/2019›.

Lerena, César A. “La pesca ilegal afecta a la seguridad y debe tipificarse como un Delito Penal” ‹12/7/2020›.

Lerena, César A. “Los Derechos Provinciales sobre los Recursos Originarios Pesqueros» ‹10/5/2019›.

Lerena, César A. “La captura de los Recursos Migratorios en la alta mar y la reducción de la pesca ilegal” ‹22/7/2020›.

Lerena, César A. “El Pez por la boca muere y el Pez grande se come al chico” ‹29/7/2020›.

Manzi, Ariel “Comentarios en torno a la génesis y la aplicación del concepto de ‘Pesca No Reglamentada’ en alta mar”.

2.5. Llamados a Concurso y Acuerdos para la pesca en la Alta Mar.

El Estado argentino debe constituirse como Administrador de hecho, llamando a Concurso para la explotación de los recursos migratorios originados en la ZEE en Alta Mar y al mismo tiempo promover acuerdos estratégicos con China, España y Brasil, desalentando la pesca ilegal en la ZEE Argentina, la captura de los recursos migratorios en la Alta Mar y, muy especialmente, la que se realiza con licencias ilegales británicas en el Área de Malvinas de la ZEE Argentina. Revisar las bajas de los buques chinos que operan en Argentina del Registro Nacional de Beijing de las matrículas.

Referencias:

Lerena, César A. “Cientos de Pesqueros Extranjeros sin control en el Mar Argentino” ‹10/10/2018›.

Lerena, César A. Las inversiones pesqueras gallegas en la Argentina” ‹20/9/2019›.

Lerena, César A. “ESPAÑA ¿LA MADRE PATRIA? 200 años llevándose los recursos” ‹22/5/2020›.

Lerena, César A. “¿Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur 1ra Parte?” ‹3/6/2020›.

Lerena, César A. “¿Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur, 2da. Parte? Hay que pegarle al chancho para que aparezca el dueño” ‹5/6/2020›.

Lerena, César A. “¿Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur 3ra Parte? Cuando la Política Pesquera no se maneja en la Argentina” ‹10/6/2020›.

Lerena, César A. “¿Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur 4ta. Parte? La extranjerización de la política pesquera y la internacionalización del mar argentino” ‹12/6/2020›.

Lerena, César A. “¿Quién ejerce el poder en el Atlántico Sur 5ta. Parte? La Cuarta Invasión Británica a la Argentina” ‹16/6/2020›.

Lerena, César A. “Cómo acordar la captura de los Recursos Migratorios en la alta mar y reducir la pesca ilegal” ‹22/7/2020›.

Manzi, Ariel “Comentarios en torno a la génesis y la aplicación del concepto de “Pesca No Reglamentada” en alta mar”.

2.6. Rechazar la ratificación del Acuerdo de Nueva York

Promover ante el Congreso el rechazo a la ratificación del Acuerdo de Nueva York que habilitaría a las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) con efectos contrarios a la cláusula transitoria primera de la Constitución Nacional. Ratificación que supondría delegar en los Estados Extranjeros nuestra administración del Atlántico Sur y la profundización de la ocupación británica de éste.

Referencias:

Lerena, César A. “Malvinas y el Atlántico Sur no valen un Atún” ‹4/8/2018›.

Lerena, César A. “El desacuerdo pesquero de Nueva York y el control del estado ribereño en la Alta Mar” ‹15/1/2019›.

Lerena, César A. “Cómo ayudar al Reino Unido a administrar el Atlántico Sur” ‹10/4/2020›.

Manzi, Ariel “Comentarios en torno a la génesis y la aplicación del concepto de ‘Pesca No Reglamentada’ en alta mar”.

2.7. El boicot biológico. No se desarrolla este proyecto por razones de reserva.

2.8. Firmar un Protocolo Adicional Mercado Común Pesquero del Sur (MERCOPES).

Latinoamericanizar el Atlántico Sur y Pacífico sudeste (Argentina, Brasil, Uruguay y Chile) para contraponerse a las políticas de internacionalizar el Atlántico Sur del Reino Unido (Gran Bretaña/España/China).

Referencias:

Lerena, César A. ”Protocolo Adicional «Mercado Común Pesquero del sur” (MERCOPES) del tratado del mercado común del sur (MERCOSUR) En el atlántico sudoccidental y pacífico sudeste”12/2019›.

2.9. Revitalizar y ampliar el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo. La política portuaria.

Tanto en lo referente a la política portuaria, de navegación y pesquera, pero también para integrarnos social y económicamente, donde la Argentina, podría compensar al Uruguay las pérdidas que habrían de ocasionarle la efectiva prohibición del uso de puertos a los buques extranjeros que pescan en Malvinas o clandestinamente dentro de la ZEE Argentina o sus recursos migratorios en la Alta Mar. La Argentina debe reformular la política portuaria nacional y su emplazamiento estratégico. Sus puertos deben estar aptos para realizar las operaciones de buques mercantes y portacontenedores, de modo de asegurar el traslado marítimo y fluvial de mercaderías en todo el litoral patagónico y bonaerense; la hidrovía y, al mismo tiempo, convenir la construcción de un amplio puerto binacional concentrador de aguas profundas, cercano al límite exterior del Río de la Plata, que facilite las operaciones de los grandes buques, el comercio, optimice el control aduanero, reduzca costos, resguarde el acceso a la Cuenca del Plata y el ingreso norte al Atlántico Sudoccidental.

Referencias:

Lerena, César A. “El destrato del Río de la Plata y su Frente Marítimo” ‹7/1/2019›.

Lerena, César A. “El Puerto de Montevideo y el Atlántico Sur Chino” ‹17/3/2019›.

2.10. Acuerdo con Chile.

Debería profundizarse las relaciones culturales, comerciales y turísticas con Chile de modo de fortalecer los vínculos con este país. En este sentido, es necesario mejorar la vinculación de la Argentina con Chile y viceversa, a través de corredores bioceánicos; acuerdos de libre comercio y disponibilidad de energía e intercambios universitarios. Promover el dictado de una legislación pesquera única que facilite el control de la pesca ilegal (INDNR) en ambos océanos y acuerdos relativos a la investigación y conservación pesquera para optimizar los recursos de la ciencia y la tecnología; coordinar un plan turístico binacional de modo de promover la explotación de ambos mares y sus archipiélagos australes. La integración debería comenzar con el interés común en el canal de Beagle, la Antártida, los proyectos que permitan el intercambio de bienes y servicios y, la navegación y control del Estrecho de Magallanes.

Referencias:

Lerena, César A. “Protocolo Adicional Mercado Común Pesquero del sur (MERCOPES) del tratado del mercado común del sur (MERCOSUR) En el atlántico sudoccidental y pacífico sudeste” ‹12/2019›.

2.11. Pre-Acuerdo con la Unión Europea.

Promover la revisión de este Pre-Acuerdo, con el objeto de establecer: a) que los productos originados en el Atlántico Sudoccidental (Área FAO 41 y 48) o migratorios o asociados a ésta deben encontrarse certificados por la Argentina o la República de Uruguay, en su caso, para su ingreso a la Unión Europea y, b) autorizar el ingreso sin aranceles en forma inmediata a la Unión Europea de los productos pesqueros con alto valor agregado.

Referencias:

Lerena, César A. “Claroscuros del Acuerdo del MERCOSUR con la Unión Europea en materia pesquera e industrial naval” ‹30/6/2019›.

2.12. Las Georgias del sur y las Sándwich del sur. La Argentina debería prestar más atención a estas islas, porque pueden constituirse en los fundamentos más fuertes de la pretensión británica de la Antártida.

2.13. La Antártida “Reserva Ambiental, Científica, Acuífera y Alimentaria de Latinoamérica”.

La Argentina debería promover la Adhesión del Tratado Antártico por parte de los países de Suramérica.

En atención al Tratado Antártico y, sin menoscabo a los derechos de soberanía territorial, que se dejan en claro en el artículo IV inciso 1 y 2 del referido Tratado y, teniendo en cuenta las superposiciones territoriales en los reclamos, el gobierno argentino debería invitar a todos los países de América del Sur a adherir al Tratado, de acuerdo con lo previsto en el artículo XIII inciso 1 para acordar con ellos la transformación del Continente Antártico, -como nos indicara el Gral. Jorge Leal- en la “Reserva Ambiental, Científica, Acuífera y Alimentaria de Latinoamérica” y convenir con estos países, en el marco de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CRVMA) la explotación de los peces, crustáceos y moluscos al sur de la latitud 60ºS.

Referencias:

Lerena, César A. “El ejercicio de la soberanía pacífica en el Atlántico Sur y la Antártida Argentina” ‹24/1/2019›.

  1. ACCIONES A NIVEL NACIONAL

3.1. Considerar un delito penal la pesca ilegal.

El gobierno ha enviado al Congreso una modificación de la ley de pesca (24.922) para agravar las multas, pero es insuficiente. Para desalentar la pesca ilegal hay que decomisar los buques, las mercaderías y penalizar con prisión a quienes realizan pesca ilegal y, por cierto, controlar el mar, ya que sin aprehensión no hay multas.

Referencias:

Lerena, César A. “Escrito y proyecto de reforma del artículo 186º del Código Penal del autor: La pesca ilegal afecta a la seguridad y debe tipificarse como un Delito Penal” ‹12/7/2020›.

Lerena, César A. “Cómo acordar la captura de los Recursos Migratorios en la alta mar y reducir la pesca ilegal” ‹22/7/2020›.

3.2. Declarar zona de emergencia pesquera y ambiental en el área de Malvinas de la ZEE Argentina. Entendiendo que la explotación pesquera dentro de las 200 millas alrededor del área de Malvinas de la Zona Económica Exclusiva Argentina afecta al ecosistema total del Atlántico Sur, por cuanto el Rendimiento Máximo Sostenible (la captura biológicamente sostenible), no puede ser determinada por la Autoridad de Aplicación Argentina y, por lo tanto, la captura en esa área produce un desequilibrio en el ecosistema, declarar Zona de Emergencia Pesquera y Ambiental el área de Malvinas de la ZEE Argentina mientras este territorio insular y marítimo se encuentre ilegalmente ocupado por el Reino Unido de Gran Bretaña y, por tal motivo, la Argentina, a través del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) no pueda determinar el stock pesquero y la Captura Máxima Sostenible de las especies en esa área, ni la Autoridad de Aplicación Argentina y de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico puedan ejercer la administración de los recursos naturales previstos en esta Ley, asegurando la sostenibilidad de los recursos pesqueros.

Referencias:

Lerena, César «Artículo 22º del Proyecto de Ley del autor: “Modificación del Régimen Federal de Pesca Ley 24.922. La pesca en la Zona Económica Exclusiva o de las especies migratorias nacionales más allá de las 200 millas marinas por parte de buques nacionales y extranjeros” ‹1/3/2020›.

Lerena, César “La pesca ilegal afecta a la seguridad y debe tipificarse como un Delito Penal” ‹12/7/2020›.

3.3. Poner a pescar a la flota congeladora y potera argentina fuera de las 200 millas y los recursos que migran a Malvinas.

Eliminando todos los impuestos a esta flota (incluso al gasoil), para competir con la flota extranjera y desalentar la instalación de estas en el Atlántico Sur. El plan pesquero debe priorizar la captura de la población sud-patagónica de calamar que migra a Malvinas y al área adyacente a la ZEE Argentina.

Referencias:

Lerena, César “La Actividad Pesquera Argentina no tiene futuro sin las ayudas de la competencia internacional” ‹7/7/2020›.

3.4. Declarar de función social el mar y el recurso pesquero argentino.

El Mar y la Unidad Económica pesquera como función social no solo favorecerá la protección y preservación del medio marino, una mayor y mejor distribución del recurso y, la investigación científica marina, sino que también dejará en claro ante la comunidad internacional, que estos recursos son elementos esenciales para las pesquerías del litoral marítimo argentino, ajustándose a las prioridades que determina la CONVEMAR. La explotación de estos recursos por parte de los particulares se realiza con sujeción a las reglas que fija el Estado, quien, como titular del recurso, es quien habilita a los buques a acceder a los caladeros y es el concedente de las Cuotas y las Autorizaciones. Cada una de las especies que viven en el mar conforman el recurso pesquero, dependen del agua y del medio marino y, se encuentran en un ecosistema interdependiente en el que se retroalimentan y, cuya armonía debe mantenerse para asegurar su sostenibilidad intergeneracional. Este sistema biológico complejo debe, de igual manera, ser sustentable, permitiendo el acceso a cada pescador o empresa, en un equitativo acceso al recurso, que permita su explotación por parte de las grandes empresas, pero también una “Unidad Económica Pesquera”, para que los pequeños y medianos empresarios puedan vivir y desarrollarse a partir de la actividad. Puede haber empresarios más o menos exitosos, pero no pequeños empresarios donde la Unidad Económica de Explotación Pesquera sea deficitaria y deban terminar transfiriendo sus cuotas y autorizaciones. El Estado debe trabajar en una sostenibilidad biológica, pero también ambiental, económica y social.

Referencias:

Lerena, César “Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera” ‹135:139, 2019›.

Lerena, César “La Reforma Federal y Social Pesquera. El reparto de los Recursos Pesqueros del Estado” ‹25/6/2019›.

Lerena, César “El Mar y la Unidad Económica pesquera como función social” ‹4/7/2019›.

Lerena, César “Mas divisas, valor agregado, empleo y sustentabilidad. El próximo Modelo Nacional, al que deberá aportar la pesca” ‹14/12/2019›.

3.5. La Administración de los Recursos Provinciales Pesqueros.

A la hora de reformar la Ley 24.922 deberá analizarse una legislación pesquera nacional, a cuyo amparo, los funcionarios federales actuantes de turno regularon la actividad provocando un grave perjuicio económico, industrial y social a las Provincias del litoral marítimo. Con el pretexto de una participación de los fondos del FONAPE, facultades y derechos quedaron conculcados cuando en 1998 se sancionó la mal llamada Ley Federal de Pesca, a través de la cual la Nación se apoderó de los recursos naturales originarios de las provincias del litoral marítimo y produjo la más grande concentración pesquera de todos los tiempos.

Referencias:

Lerena, César “Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera” ‹147:152, 2019›.

Lerena, César “Los Derechos Provinciales sobre los Recursos Originarios Pesqueros” ‹10/5/2019›.

Lerena, César “El Gobierno Federal debe dejar de depredar los recursos originarios de las provincias” ‹24/05/2019›.

3.6. La exportación sin impuestos internos.

Eliminar los impuestos a los productos pesqueros exportables (entre ellas al gasoil) y otorgar reembolsos para equilibrar los subsidios que recibe la actividad en la UE y China y los aranceles que cobran a las importaciones, de modo tal de favorecer la competencia argentina y reducir la pesca ilegal.

Referencias:

Lerena, César “La Actividad Pesquera Argentina no tiene futuro sin las ayudas de la competencia internacional” ‹7/7/2020›.

3.7. Dotar a la Armada Argentina y a la Prefectura Naval de los elementos de persuasión necesarios.

La asignación del Fondo Nacional Pesquero lo dice todo: asignación anual para la administración $30.451.957 y para patrullaje y control $7.400.000. Recordemos que la ZEE Argentina tiene 3.146.345 km2. Se necesita disponer de al menos de cinco buques clase Gowind similares al Bouchard con cañones de 40mm (hay otros países que tienen patrullas con piezas de 76mm) y dos ametralladoras manuales de 12,7mm, de modo que puedan actuar en forma efectiva si el buque ilegal intentara escapar y, efectuar el relevo correspondiente sin desatender la zona de conflicto. Las naves equipadas con helicópteros bimotor polivalentes artillados del tipo AS 555 Fennec 2. A ello, hay que agregar unos cuatro aviones de vigilancia naval P-3 Orion o S-2 Tracker. Por supuesto que esto supone además dotar del presupuesto necesario para las operaciones. Y hay que disponer también de equipamiento para controlar el Estrecho de Magallanes.

Referencias:

Lerena, César “¿Quién instruye a la Prefectura en un Mar sin control?” ‹30/1/2019›.

Lerena, César “La Defensa Nacional del Atlántico Sur” ‹11/5/2020›.

3.8. Reformar la ley de pesca.

Para asegurar que este recurso del Estado Nacional y de los Estados Provinciales, garantice valor agregado, empleo y radicación industrial es necesario reformar la Ley. Las cuotas de captura se vencen en 2024, razón por la cual hay que elaborar un modelo que asegure la radicación industrial, poblacional, el agregado de valor y la mano de obra argentina y evite la concentración empresarial, de modo de que el recurso se distribuya entre todos los empresarios, cualquiera fuese su tamaño e importancia. Muchas de las cuestiones que se plantean en este modelo dependen de esta reforma.

Referencias:

Lerena, César “Pesca. Apropiación y Depredación. Bases para una Política Pesquera” ‹2014›.

Lerena, César “Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera” ‹2019›.

Lerena, César “Proyecto de modificación de la ley 24.992” ‹2019›.

Lerena, César “La pesca en la Zona Económica Exclusiva o de las especies migratorias nacionales más allá de las 200 millas marinas por parte de buques nacionales y extranjeros” ‹1/3/2020›.

Lerena, César “Soberanía Nacional. Atlántico Sur y Pesca” ‹26/2/2018›.

Lerena, César “El ejercicio de la Soberanía Pacífica en el Atlántico Sur y la Antártida Argentina” ‹24/1/2019›.

Lerena, César “El gobierno busca adelantar la renovación de cuotas de pesca para entorpecer la Política Pesquera de Alberto Fernández” ‹26/8/2019›.

Lerena, César “El Consenso para la Reforma Pesquera. El Desarrollo y la Ocupación del Atlántico Sur” ‹4/11/2019›.

Lerena, César “La transición y el proyecto pesquero nacional” ‹21/11/2019›.

Lerena, César “Mas divisas, valor agregado, empleo y sustentabilidad. el próximo Modelo Nacional, al que deberá aportar la pesca” ‹14/12/2019›.

Lerena, César “Toda la atención del mundo pesquero en el atlántico sur ¿Y quién establece la política pesquera nacional (Artículo 9º de la Ley 24.922)?” ‹28/6/2020›.

3.9. Eliminar el descarte pesquero.

Eliminar el descarte de la pesca incidental o de otro tipo, ajustándose a las exigencias de descarte cero que la Unión Europea aplica desde 2014 y en el art. 21º incisos g, h, l, m y o) de la Ley 24.922 desde 1998; de modo de darle un aprovechamiento industrial a unas 300 mil toneladas anuales que se descartan, que podrían suministrar proteína de la mejor calidad biológica a tres millones diarios de niños y adolescentes.

Referencias:

Lerena, César “Pesca. Apropiación y Depredación. Bases para una Política Pesquera” ‹2014›.

Lerena, César “Sin Depredación y Descarte pesquero no habría niños con hambre en la argentina” ‹3/2019›.

Lerena, César “La provisión diaria de alimentos proteicos a tres millones de niños desde la pesca” ‹24/10/2019›.

3.10. Apoyar a la flota Mercante y fluvial y la Industria Naval Pesquera y promover la renovación de la flota pesquera.

Ejecutar la Ley de Marina Mercante y Fluvial y elaborar una Ley de reforma que incorpore los artículos vetados por el presidente Macri para asegurar que todo el flete en el mar y los ríos se realice mediante buques argentinos y, sancionar el proyecto de Ley de Promoción de la Industria Naval Pesquera (S-2131/18, 27/6/18) para garantizar la construcción nacional. Derogando al mismo tiempo el DNU-2019-145-APN-PTE que promueve la construcción naval extranjera y prorroga la renovación de la flota pesquera obsoleta.

Promover una Ley Nacional para que todas embarcaciones, barcazas y/o plataformas de cualquier naturaleza que se deban construir para el Estado o Sociedades Mixtas deben construirse en los Astilleros del Estado Nacional o Provincial.

Referencias:

Lerena, César; Lugarini, Fabian “Ley 27.419 de Desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la Integración Fluvial Regional” ‹29/11/2017›.

Lerena, César; Lugarini, Fabian “Ley de Régimen de Promoción de la Industria Naval Pesquera Argentina” (S-2131/18, ‹27/6/18›.

Lerena, César “Una Ley de Marina Mercante para recuperar la hidrovía y el transporte marítimo de la producción regional” ‹16/11/2016›.

Lerena, César “Las inadmisibles pérdidas humanas por falta de políticas pesqueras e industriales navales” ‹11/6/2018›.

Lerena, César “Modernizar la Flota Pesquera a partir de 2040 y mantener hasta entonces los buques obsoletos pescando” ‹7/1/2019›.

Lerena, César “De la renovación de la flota pesquera a la transferencia del patrimonio nacional” ‹16/1/2019›.

Lerena, César “¿Por qué comprar buques pesqueros usados?” ‹14/2/2019›.

Lerena, César “La necesidad y urgencia para postergar la renovación de la flota el DNU. ¿Dónde nos hundimos?” ‹19/3/2019›.

Lerena, César “En la industria pesquera y en la naval pesquera la necesidad y la urgencia no es buena consejera” ‹23/3/2019›.

Lerena, César “Hablen con Paco. A propósito de la renovación de la flota pesquera” ‹9/5/2019›.

Lerena, César “Sobre consensos y olvidos. El aval del Estado en la Renovación de la Flota Pesquera” ‹22/5/2019.

Lerena, César “El gobierno federal debe avalar los créditos para renovar la Flota Pesquera Nacional” ‹6/6/2019›.

Lerena, César “Proyecto de Ley sobre utilización de los Astilleros Nacionales en las Construcciones navales del Estado” ‹en elaboración›.

3.11. La generación de empleo y la registración del empleo.

Si bien de la ejecución de los distintos proyecto habrá de producir una importante demanda de empleo, el gobierno debiera hacer conocer al sector productivo y del trabajo, dentro de las directrices del plan, que en la explotación de los recursos pesqueros del Estado se habrá de concesionar a aquellas empresas cuyos proyectos pesqueros generen alto valor agregado; es decir, que, tratándose de una actividad fundamentalmente exportadora, genere el ingreso de divisas para el país y ocupación de mano de obra intensiva y calificada. La adjudicación de Cuotas o Autorizaciones estarán atadas a proyectos pesqueros que aseguren esta premisa básica, de modo, que la administración del recurso sea sostenible, económica, biológica y socialmente, ya que no es admisible, que el 65% de las exportaciones sean commodities y, que la Argentina esté transfiriendo el trabajo, tal es el caso, del reproceso del langostino argentino en Perú, Ecuador, Guatemala, Bolivia, etc. o la exportación de pescados sin valor agregado a la Unión Europea o China; mientras la Argentina alcanza tasas de desempleo del orden del 11%. Se combatirá el trabajo no registrado y se privilegiará el modelo industrial sobre el extractivo. La pesca y la industria naval deben transformarse en trabajo para los argentinos.

Referencias:

Lerena, César “La transferencia del trabajo nacional a terceros países” ‹5/10/2019›.

Lerena, César “Más divisas, valor agregado, empleo y sustentabilidad. el próximo Modelo Nacional, al que deberá aportar la pesca” ‹14/12/2019›.

3.12. Plan Nacional de consumo de productos pesqueros.
Llevar adelante un Plan con el triple objetivo de mejorar los hábitos alimentarios y la salud de la población; generar un desarrollo industrial que incremente el valor agregado y la mano de obra, promoviendo la pequeña y mediana empresa nacional y, contribuir a mejorar la demanda interna frente a la caída de las ventas. El consumo de productos pesqueros en la Argentina es del orden de los 6kg per cápita anual, mientras que el promedio mundial alcanza los 20kg per cápita. En el caso de triplicarse el consumo, la mayoría de los pescados blancos se destinarían al consumo interno, mientras que gran parte de los moluscos (calamar) y crustáceos (langostino) destinarse a la exportación. La Acuicultura que hoy ocupa un 50% de la producción en el mundo debe ser otra herramienta para disponer de estos productos, donde la Argentina no tiene desarrollo alguno significativo. Entre otras medidas hay que propiciar una inversión pública-privada; reducir al 5% el IVA (ídem que Alemania); instalar los mercados concentradores; fomentar la gastronomía pesquera en los institutos gastronómicos y los restaurantes; promover las bondades del producto en la educación primaria y llevar adelante programas de turismo técnico en las industrias y puertos. El consumo de pescados provee proteínas de alto valor biológico (comparables con la leche materna), grasas insaturadas y sus aportes en Omega 3, vitaminas D y B1, además de micronutrientes esenciales como el yodo y el selenio. El Atlántico Sur tiene muy bajo nivel de presencia de metales pesados como mercurio, plomo y cadmio y plomo, hidrocarburos, plaguicidas, etc., por lo cual, la calidad de sus productos es superior a la de los extraídos en aguas comunitarias (U.E.). Según datos de la FAO el pescado proporciona el 29% del total de las proteínas animales que se consumen en los países asiáticos; el 19% de las que consumen los africanos y el 8% de las consumidas en América Latina.
Referencias:

Lerena, César “El consumo interno de pescado para dinamizar la economía y el empleo” ‹9/9/2014›.

Ley 22.260 ‹29/7/1980›.

AESAN Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. ‹2020›.

Europa Azul. ‹16/7/2020›.

3.13. Consejo de Malvinas

El Gobierno Nacional elaboró un proyecto de Ley para constituir un Consejo de Malvinas que establezca una Política de Estado respecto a Malvinas; pero, a mi entender, no alcanzaría que solo sea un Consejo Asesor y, además, entiendo, que la representación debería ampliarse en Asuntos de Defensa, Medio Ambiente, Económicos, Energía, Pesca, etc.) para asegurar una mirada interdisciplinaria más amplia y de mayor experiencia y permanencia en el Consejo.

Referencias:

Lerena, César “Proyecto de Decreto de creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas, Georgias del sur, Sándwich del Sur y espacios marítimos del Atlántico Sur” ‹19/3/2020›.

3.14. Delimitar la Plataforma Continental y aprobar nuevo Plano bicontinental.

El Gobierno envió un proyecto al Congreso para ratificar las líneas externas de la Plataforma Continental Argentina que alcanzan unos 1.782.000 km2 más allá de las 200 millas, aunque la Comisión de Límites solo recomendó 351.633 km2 ya que el resto de km2 no fue tratada por la Comisión en función de ser un territorio en disputa. No obstante, entiendo que el Plano a elaborar para su debida difusión debería contener la totalidad de kilómetros cuadrados reivindicados.

Referencias:

Lerena, César “Proyecto de Ley de Aprobación del Informe de COPLA, la Recomendación de la Comisión de Límites de la ONU y el Mapa bicontinental y de la Plataforma Continental de la República Argentina” ‹17/3/2020›.

3.15. Modificar la toponimia en Malvinas.

Cambiar los nombres existentes por los nombres de los combatientes caídos en la guerra de 1982 para homenajearlos en forma perpetua.

Referencias:

Lerena, César “El justo reconocimiento de memoria eterna a los Combatientes Caídos en Malvinas. Proyecto de Ley” ‹30/6/2020›.

3.16. Acciones para un Plan de Desarrollo de la Patagonia.

El Estado Nacional y los Estados Provinciales de la Patagonia deben instrumentar y acordar un Plan de Desarrollo de la Patagonia para revertir la situación de baja población (6%); densidad poblacional (3hab/km2); reducido desarrollo industrial (13,9%); agropecuario (5,8%); construcción (6%); comercio (6,9%). Entre otras cuestiones se entiende como muy importante fortalecer las provincias patagónicas del litoral marítimo, en razón, de tratarse de un área estratégica; darle más centralidad a la Provincia de Tierra del Fuego para mejorar el control del Atlántico Sur; dotar a esta Provincia de apoyo económico y financiero para concretar la conexión de Tierra del Fuego con el continente; incrementar la industrialización pesquera, favoreciendo con reembolsos la generación de valor agregado y empleo en sus producciones; reducir los costos de fletes a través del incremento del flete marítimo patagónico para bajar los costos del transporte; prohibir en las provincias patagónicas la instalación de aeropuertos privados con capacidad para operar aviones de gran tamaño o militares y, desactivar los existentes; instalar un puerto y una base militar aérea y de logística en la Isla de los Estados y otorgar cuotas de pesca a las empresas que instalen industrias procesadoras en esa Isla y, modificar el régimen de representación en la Cámara de Diputados de la Nación (36) para que las Provincias patagónicas tengan una mayor representación.

3.17. Instalación de Mercados Concentradores Mayoristas y renovar la confianza internacional en los organismos nacionales de control y certificación.

Instalar esos Mercados en varias ciudades de la Unión Europea con el objeto de promover los productos argentinos en el mundo y facilitar la exportación y el comercio de las pequeñas y medianas empresas. En el país, hacerlo en las principales ciudades portuarias para mejorar la transparencia de los desembarcos y, poner al acceso de los distribuidores y todas las empresas, las materias primas pesqueras y, paralelamente asegurar la colocación de los productos pesqueros en el mundo, con certificaciones argentinas que garanticen la calidad de estos.

Referencias:

Ley 22.260 ‹29/7/1980›.

3.18. Autonomía en la investigación Pesquera.

Dar plena autonomía a la investigación pesquera y a los investigadores del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) para asegurar la transparencia en las investigaciones que permita garantizar la sostenibilidad de las especies.

Referencias:

Lerena, César “La desactivación del INIDEP, el default científico y la intervención de la investigación” ‹4/12/2018›.

Lerena, César “La Ciencia no se puede intervenir” ‹21/12/2018›.

Lerena, César “La investigación conjunta con el Reino Unido y la valiosa entrega biológica del calamar argentino” ‹1/2/2019›.

Lerena, César “De la investigación pesquera independiente a la colaboración de un Almirante Argentino con el invasor de Malvinas” ‹18/2/2019›.

Lerena, César “El INIDEP ¿Instituto de investigación o delivery británico?” ‹11/7/2019›.

Lerena, César “La investigación argentina ¿al servicio de la Nación o del Reino Unido?” ‹19/8/2019›.

3.19. Explotación de hidrocarburos.

El gobierno debería promover la realización de exploraciones y explotaciones de hidrocarburos en el Atlántico Sur, teniendo en cuenta, que el offshore en aguas profundas es el segundo tipo de explotación de hidrocarburos de mayor expansión detrás de la no convencional. La Argentina, debería ocupar un espacio destacado en esta materia en el Atlántico Sur, de modo de orientar el interés de las inversiones a YPF y, además de los efectos económicos y ambientales que podría generar esta actividad, tener una presencia nacional en las áreas que lindan entre Malvinas y el continente y, la restricción de concesiones a empresas británicas o que tengan interés en Malvinas, aplicando la ley Solanas Ley 26.659 sancionada en 2011.

Referencias:

Ley 26.659 del 16 de marzo de 2011.

3.20. La educación, capacitación, turismo y deportes.

Promover la educación relativa al mar argentino; los hábitos culturales, alimentarios y ambientales y, alentar la capacitación científica, profesional, técnica y de oficios vinculados con el mar, la industrialización y el consumo de los productos originados en el mar. Promover y subvencionar el turismo marítimo de todo el litoral bonaerense y patagónico, los archipiélagos, la Antártida y los territorios nacionales limítrofes con Chile, entre ellos el Canal del Beagle, el Estrecho de Magallanes y el Cabo de Hornos y, otros que fueran de interés del gobierno provincial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Los planes de turismo debieran promover y subvencionar la visita de argentinos al archipiélago de Malvinas, como forma de reafirmar la titularidad argentina de esos territorios nacionales. Promover la construcción de puertos deportivo-pesqueros en el litoral bonaerense y patagónico para incentivar la práctica deportiva náutica y la pesca artesanal.

3.21. Desarrollo de Malvinas.

El gobierno nacional debería elaborar un proyecto de desarrollo portuario, vial, industrial, agropecuario, social, turístico y ambiental de las Islas Malvinas e incorporarlo al presupuesto nacional, de modo, de poner de manifiesto ante la comunidad internacional y los habitantes de las Islas, la voluntad argentina, de que habrá de trabajar para el desarrollo sostenido de Malvinas, en el caso de extinguirse la invasión británica de este territorio argentino, asegurándoles a sus habitantes los recursos necesarios para garantizarles la felicidad y el modo de vida.

3.22. La regulación de los espacios. Se propician las reformas profundas indispensables, modificar o reglamentar algunas leyes argentinas, tales como la de Defensa Nacional (Ley 23.554 y afines); Código Aeronáutico (Ley 17.285 y mod., 23.399); Seguridad Interior (Ley 24.059 y mod.); Espacios marítimos y líneas de base (Ley 23.968); Pesca (Leyes 24.922 y 26.386); Hidrocarburos (Leyes 17.319, 26.197, 26.659, 27.007 y 27.444); Puertos (Ley 24.093 y provinciales del litoral marítimo); Navegación (Leyes 20.094, 2.637, 17.371, 21.763, 22.228, 26.354, 26.994, 27.077 y 27.419); Ley de Marina Mercante y Flota Fluvial (Ley 27.419, Art. 10º y 13º); Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo (Ley 20.645); Ambiente (Ley 25.675); Ministerios (Ley 22.520 y mod.) y, toda Ley aplicable referida al Atlántico Sur, para ajustarla al objeto.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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