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DESARROLLAR TIERRA DEL FUEGO PARA ASEGURAR LA SOBERANÍA NACIONAL

César Augusto Lerena*

En distintos períodos, algunos teóricos economistas, se encargan de distorsionar los objetivos que llevaron a provincializar y fomentar la radicación poblacional, industrial y estratégica de Tierra del Fuego, las islas del Atlántico Sur, la Antártida y las aguas correspondientes (en adelante Tierra del Fuego) y, es probable, que no alcancen a entender la importancia geopolítica, económica y para la soberanía nacional que tiene esta Provincia, frente a la ocupación prepotente o en disputa, por parte del Reino Unido de un territorio continental, insular, marítimo y de la plataforma continental extendida del orden de los 5.497.178 Km2; además de la extracción de recursos pesqueros y petroleros, centrales para el desarrollo patagónico. Les bastaría mirar el plano de ocupación o disputa británica para darse cuenta de la importancia de Tierra del Fuego, no para sus intereses, sino para los de la Nación toda.

La Disposición Transitoria Primera (DTP) de la Constitución Nacional prescribe: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino». A nuestro entender esto no se habrá de conseguir si no se ratifica el alcance territorial de la Provincia y, sino se transforma a Tierra del Fuego en el epicentro del desarrollo nacional, en lugar de ser el fin del mundo.

Con una visión federal e integradora del territorio nacional y la necesidad imperiosa de poblar esa desatendida región austral, Tierra del Fuego se provincializó el 15 de junio de 1955 por Ley 14.408 (art. 1º inc. c); pero, los decretos-leyes 21.178 del 22/8/1956 y 2.191 del 28/02/1957 transformaron nuevamente a la Patagonia y Tierra del Fuego en un territorio nacional. Treinta y cinco años después, por Ley 23.775 (26/04/1990) se provincializó nuevamente Tierra del Fuego, aunque al hacerlo, en su artículo 2º se estableció que “En lo que se refiere a la Antártida, Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y demás islas subantárticas, la nueva provincia queda sujeta a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal, para cuya ratificación no será necesario consultar al gobierno provincial”. Es decir que el gobierno central le cercenó —a nuestro juicio— inconstitucionalmente la soberanía a la Provincia, diciéndole a sus autoridades y pobladores fueguinos “la provincia de ustedes llega hasta allí o más o menos, según quiera el poder central”, dejando de manifiesto, además, una lamentable claudicación ante el Reino Unido, respecto a los archipiélagos, la Antártida y sus aguas correspondientes, al dar a entender que el Estado argentino estaría dispuesto a ceder parte del territorio provincial o llevar adelante, quién sabe con qué fórmula, eventuales acuerdos, que más allá de la cesión, dejan en un limbo al Estado provincial que desalienta toda política de desarrollo, en contradicción con los artículos 124º y 125º de la CN y, con la gravedad que significa tener en su propio territorio provincial insular y marino instalados a los invasores británicos; al oeste a los chilenos y a ambos disputando la Antártida, al margen de la presencia permanente por el estrecho de Magallanes y la parte meridional del Atlántico Suroccidental a chinos, rusos, coreanos, taiwaneses, etc. pescando los recursos pesqueros de los Estados ribereños.

Y tan incorporada esta idea que Marcelo Kohen, actual miembro del Consejo Nacional de Malvinas y por lo tanto Asesor del actual presidente de la Nación y del Canciller, en 2018 (en coincidencia con la vigencia del Pacto de Foradori-Duncan) efectuó propuso —en base al citado artículo 2º de la Ley 23.775— a los isleños —algunas absolutamente contrarias a la DTP de la Constitución Nacional— sin la intervención necesaria de los fueguinos, su legislatura y el P.E. de Tierra del Fuego.

No se puede hablar de integridad territorial nacional, sino se comienza por asegurar la integridad de Tierra del Fuego. Al sancionarse la Constitución provincial, se alineó a lo que ya regía en la Constitución Nacional, ya que mientras el Artículo 13º de ésta se indica: «Podrán admitirse nuevas provincias en la Nación; pero no podrá erigirse una provincia en el territorio de otra u otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso», en el Artículo 2º de la Constitución Provincial se prescribe: «La Provincia tiene los límites territoriales y los espacios marítimos y aéreos que por derecho le corresponden, de conformidad con los límites internacionales de la Argentina. Cualquier modificación de los límites deberá ser autorizada por ley especial aprobada por las tres cuartas partes de los miembros de la Legislatura y sometida a consulta popular».

A ello se agregan los Art. 81º y 87º de la Constitución Provincial que refieren «al dominio exclusivo, inalienable e imprescriptible de la Provincia (de) los recursos naturales, superficiales y subyacentes, renovables y no renovables y los contenidos en el mar adyacente y su lecho, extendiendo su jurisdicción en materia de explotación económica hasta donde la República ejerce su jurisdicción (y) los cardúmenes de especies marinas migratorias son de propiedad de la Provincia, y estarán sujetos a un régimen de protección especial» en concordancia con lo previsto en el Artículo 124º de la Constitución Nacional y, ello, es muy importante, cuando se aplica a los recursos que se explotan en las aguas correspondientes de Malvinas, donde el Reino Unido a través de licencias pesqueras a buques extranjeros extrae más de 250 mil toneladas anuales por un valor estimado del orden de los mil millones dólares y un valor comercial final de seis mil millones de dólares anuales.

Sucesivas leyes han debilitado la soberanía nacional y la sustentabilidad de las provincias patagónicas, entre otras Tierra del Fuego. La llamada Ley de la “Soberanía del Mar” (Nº 17.094) ya refería a la “importancia de limitar con precisión la extensión del territorio nacional” y que las naves extranjeras extractivas en aguas argentinas constituían un hecho grave (1966); situación que después de 60 años es muchísimo más grave, afectando a todas las poblaciones del litoral patagónico y muy especialmente a Tierra del Fuego, donde están siendo explotadas las aguas correspondientes a sus archipiélagos y se usan sus puertos para las operaciones pesqueras. Esta Ley en dos de sus artículos establecía que «La soberanía de la Nación Argentina se extiende al mar adyacente a su territorio hasta una distancia de 200 millas marinas (…) y, asimismo, al lecho del mar y al subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de las aguas suprayacentes permita la explotación de los recursos naturales de dichas zonas». Y, en sus fundamentos, finalizaba diciendo “la soberanía debe ser una e indivisible” y esto aplica centralmente a la necesidad de fortalecer a Tierra del Fuego para fortalecer la soberanía nacional si queremos efectivamente ser un país bicontinental y evaluamos con seriedad la ocupación extranjera de gran parte de nuestro territorio insular y marítimo, y la disputa de la plataforma continental extendida y la Antártida.

En un camino de ablandamiento de los intereses de los Estados ribereños (y los Estados del litoral marítimo) el 5/12/1991 se aprobó la Ley de “Líneas de Base de los Estados Marítimos” (Nº 23.968); es decir, cinco años antes (¿?) que la Argentina ratificara la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Ley 24.543 del 17/10/1995) que redujo el Mar Territorial y limitó la soberanía plena a las 12 millas, creó una zona contigua hasta las 24 millas donde “la Argentina podía en esta zona prevenir y sancionar las infracciones a sus leyes y reglamentos que se cometan en su territorio o en su mar territorial” y estableció la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEE) hasta las 200 millas, donde “la Argentina ejerce derechos de soberanía para los fines de la exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales…(y) la conservación de los recursos se aplicarán más allá de las 200 millas marinas, sobre las especies de carácter migratorio o sobre aquellas que intervienen en la cadena trófica de las especies de la ZEE argentina”; aunque esta última cuestión el gobierno nacional nunca ejerció, con grave perjuicio para las economías del litoral marítimo patagónico.

Por su parte, el artículo 1º de la ley 23.775 referido a los límites de la Provincia fue vetado por el Decreto 905/90 del 10/05/1990 y posteriormente modificados por la Ley 26.552 del 18/11/2009, indicando que: «la Provincia de Tierra del Fuego comprende la parte oriental de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile, la isla de los Estados, las islas Año Nuevo, las islas Malvinas, la isla Beauchêne, las rocas Cormorán y Negra, las islas Georgias del Sur, las islas Sándwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley 23.968, incluidas las islas, islotes y rocas situados al sur de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile; los territorios situados en la Antártida Argentina comprendida entre los meridianos 25° Oeste y 74° Oeste y el paralelo 60° Sur, las islas, islotes y rocas situados entre los territorios que comprende la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur». Reducir al mar territorial el límite de la Provincia —a nuestro juicio— le quita sustentabilidad a los archipiélagos de Tierra del Fuego; porque a los efectos de asegurar la disponibilidad de todos los recursos de Malvinas, etc. el dominio y la jurisdicción debería alcanzar la ZEE y no limitarse al mar territorial, condición que es esencial para garantizar la sustentabilidad económica de las islas y equipar el área de explotación ilegal de los recursos de los británicos en Malvinas. La Argentina debe asegurarle a Tierra del Fuego que, en el caso de recuperarse Malvinas, no se modificarán las condiciones económicas y sociales de quienes pueblen esos archipiélagos y para ello, el dominio y la jurisdicción de la Provincia debe llegar a las 200 millas, de otro modo será inviable.

Finalmente, pensar en derogar la Ley 19.640 es desconocer la trascendencia que tiene Tierra del Fuego en la reserva de la soberanía nacional en el área más austral, más expuesta y sensible de la Nación.

La Ley 19.640 exime del pago de todo impuesto nacional a los hechos, actividades u operaciones que se realizaren en el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (es decir, incluye incluso a los territorios ocupados y a las operaciones pesqueras que las empresas nacionales realicen en las aguas correspondientes a los territorios insulares); un régimen especial y fiscal que estuvo fundado en una serie de razones explicitadas en la ley que aún permanecen vigentes; pero también, en otras implícitas que visibilizadas tienen una importancia superlativa: la ocupación británica de 1.639.000 Km2 de territorio insular y marino argentino que con las áreas en disputada alcanzan a las 5.497.178 Km2 ya citadas; la baja densidad poblacional; la gran distancia de los grandes centros mundiales y nacionales de consumo que encarecen el comercio de bienes y servicios; la limitada conectividad directa con el continente; la necesidad de promover el desarrollo y/o los avances tecnológicos en materia portuaria, logística, del transporte y la producción, que faciliten y hagan competitiva a ésta, a la industria, el almacenamiento y el comercio, entre otras, las actividades petroleras, pesqueras, tecnológicas, etc.; la dificultad de los pobladores ante la rigurosidad del clima; la necesidad de una actividad económica diversificada para asegurar el abastecimiento local de mercados concentradores; el autoabastecimiento alimentario de los fueguinos y la atención gastronómica, turística regional e internacional; la actividad científica, marítima y naval, para atender todas las necesidades de los buques pesqueros nacionales, los grandes transportes navieros de carga y las estaciones argentinas y extranjeras en la Antártida.
Producción provincial de calidad y precios competitivos, para reducir en forma progresiva la utilización de insumos y materias primas importadas o el uso de servicios de operadores extraños. Y ello alcanza, no solo a la Isla Grande de Tierra del Fuego, sino el resto de los archipiélagos que la integran, cuyo apoyo forma parte de una estrategia de ocupación insular y del mar que resulta central, para contribuir a la explotación de los recursos y una presencia soberana argentina en el área meridional del Atlántico Suroccidental y la Antártida.

Por cierto, ello debe permitir el libre acceso de la producción nacional a la Provincia y ésta debe llevar adelante un plan destinado a eliminar las asimetrías que aún imperan, para asegurar que Tierra del Fuego sea sustentable, siendo muy rigurosa, en la regulación del tráfico comercial para evitar distorsiones.

La soberanía no se declama. Se ejerce.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

 

MINISTRA DE TIERRA DEL FUEGO FACILITARÍA LA PESCA ILEGAL EN EL ATLÁNTICO SUROCCIDENTAL

César Augusto Lerena*

La construcción de un puerto en Río Grande que podría servir para el desarrollo de Tierra del Fuego le abriría las puertas a los buques extranjeros que pescan ilegalmente en el Atlántico Suroccidental.

La excelente entrevista (24/11/2022) de la periodista de la Revista Puerto Karina Fernández a la Ministra de Producción y Ambiente de Tierra del Fuego Sonia Elizabeth Castiglioni es suficientemente elocuente y habla por sí misma de las incapacidades que tienen algunos funcionarios cuando, tanto a nivel nacional como en las provincias argentinas, ocupan posiciones relevantes sin disponer de la aptitud suficiente para diseñar una estrategia integral y, mucho más, cuando sus decisiones domésticas podrían afectar la soberanía nacional y la sostenibilidad del ecosistema marino, perjudicando la sustentabilidad de la producción nacional y la perpetuidad de las especies pesqueras de tercera generación.

Tal es el caso de la citada Castiglioni, que no registra un solo antecedente privado en la producción de bienes ni título habilitante alguno en materia de desarrollo ambiental y sostenibilidad, sino que ha limitado su actividad a realizar algunas tareas privadas relativas a sistemas informáticos y administrativos y vive del Estado municipal de Río Grande y de la provincia fueguina desde abril de 1994 a la fecha; siendo desde este mes, además de ministra, directora titular de YPF S.A. (¿?). Alguna virtud ha de tener esta señora para acceder a semejantes cargos sin tener antecedentes relevantes y de sus respuestas dadas a la sagaz periodista, tampoco parece exhibir claridad política y estratégica ni conocimiento de la legislación vigente, frente a la responsabilidad que le compete, teniendo en cuenta de que se trata de una secretaria del gobernador en materia de producción y cuidado del ambiente de la provincia más austral, que tiene bajo su jurisdicción nada menos que las Malvinas, el resto de los territorios insulares, la Antártida y las aguas correspondientes; motivo por el cual, sus acciones y declaraciones, pueden atentar contra el interés nacional o dificultar la trabajosas relaciones diplomáticas argentinas con el Reino Unido, además de perjudicar gravemente a la producción y el trabajo nacional que explota los recursos pesqueros de Argentina.

La posición que exhibe la ministra en sus contestaciones va en contra de las opiniones de todos los foros de los organismos multilaterales y de los expertos internacionales y nacionales respecto a los efectos devastadores de la Pesca Ilegal y de la captura de los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (ZEE), por parte de buques extranjeros que, forma subsidiada, pescan en el Atlántico Suroccidental argentino. Y en la Pesca Ilegal no solo hay perjuicios económicos, biológicos, ambientales y sociales, sino que estas prácticas provocan violaciones en materia de trabajo esclavo y narcotráfico, además de menoscabar la soberanía de los Estados ribereños. Por lo tanto, esta funcionaria, no puede poner en la balanza todo ello y contrastarlo con la intención infundada de generar algunos recursos económicos para la provincia provistos por pesqueros depredadores que, además, no tendrán envergadura alguna en relación al 1.080.000 toneladas de especies migratorias originarias de la ZEE Argentina que anualmente extraen chinos, españoles, británicos, coreanos, taiwaneses, etc. por un valor FOB de US$ 4.320 millones y de US$ 24.000 millones en el mercado final (Mercado Central de Valencia, 11/22), a lo que se agregan 325.000 toneladas de recursos pesqueros que se extraen anualmente en el área de Malvinas con licencias ilegales británicas, por un valor de US$ 1,5 mil millones FOB que, en el comercio final, se transforman en unos 9 mil millones por año. Una irresponsabilidad política y económica.

Dice Karina Fernández: «Sonia Castiglione, habló con este medio sobre la construcción del puerto multipropósito en Río Grande y, la intención de abastecer a la flota que opera en el Atlántico Sur y su interés de que aumente el número de barcos poteros en el mar argentino» y, refiere la periodista, que sería «una inversión de 210 millones de dólares de la firma argentina Mirgor SACIFIA, cuyo principal accionista es el empresario Nicolás Caputo…». Preguntada la ministra si existía «intervención del gobierno chino en la construcción del puerto de Río Grande» la ministra manifestó que no había capitales chinos; pero, reconoció que una de las empresas inversoras es de Hong Kong (¿?), además del ANSES (¿?) y la citada Mirgor cuenta con algunos socios estratégicos internacionales.

Del mismo modo, si en conocimiento de «la buena relación del gobernador con el gobierno chino… ¿Esto podría sustentar la idea de que uno de los destinos del puerto sería abastecer a la flota (china) que opera en la milla 201?» la sonsacada responde sin sonrojarse que el «puerto multipropósito, está planteado así porque la cantidad de servicios que pueda dar un puerto en estas latitudes a todo el Atlántico Sur es importante y posicionará a la Argentina. Respecto de la milla 201 yo lo veo como una oportunidad de trabajo en los territorios: hoy Malvinas, Punta Arenas y Uruguay ofrecen servicios y nosotros la vemos pasar. Que uno pretenda ofrecer servicios a chinos o a quien sea que esté en la milla 201 tiene que ver con la generación de empleo y economía dentro de los territorios, pero eso no es a cualquier costo, se establecerán las condiciones necesarias y si hay alguna limitación por equis razón para algún tipo de flota o de bandera, se establecerán las limitaciones que correspondan llegado el momento. Lo digo en forma conceptual, me parece que es una oportunidad que estamos perdiendo…». Léase, si se portan bien en el puerto, lo que hagan en el mar es cosa de ellos.

Si la opinante se tratara de un desinformado poblador del impenetrable chaqueño podríamos aceptar semejante insulto a la inteligencia; pero no, se trata de una ministra de Ambiente que parece ignorar el daño ecológico que ocasiona la explotación ilegal en Malvinas y en el Atlántico Suroccidental y el apoyo logístico que se le presta a la flota española-británica, coreana y taiwanesa tanto en las islas, como en Uruguay y Chile (más la china que pesca en la región) y, no tiene mejor idea que multiplicar el daño dándole también apoyo logístico en Rio Grande. Accesoriamente, creemos que los pobladores de esta ciudad deberían estar muy preocupados por los efectos colaterales negativos, que la presencia de estos depredadores habrá de ocasionar.

Dice la susodicha que «ve pasar los servicios» a buques que operan ilegalmente. Bueno, en lugar de verlos pasar, debería actuar, porque Malvinas, las aguas correspondientes y sus recursos forman parte de la Provincia de Tierra del Fuego. Además que su iniciativa violaría la Disposición Transitoria de la Constitución Nacional, habría que preguntarse, si la ministra no estaría incumpliendo con sus deberes de funcionario público cuando no sanciona ni denuncia ante el Poder Ejecutivo Nacional y el Consejo Federal Pesquero -donde tiene un representante provincial- la falta de sanciones a las embarcaciones que pescan en el área marina del territorio fueguino y argentino de Malvinas por aplicación de las Leyes 24.922, 26.386 y 27.564 y los artículos 2º; 25º; 31º inc. 4; 49º; 53 inc. 5; 54º; 58º inc. 7 y 11; 63º; 68º y 79º de la Constitución de Tierra del Fuego y muy especialmente el Artículo 81° (Recursos naturales) que indica: «Son del dominio exclusivo, inalienable e imprescriptible de la Provincia el espacio aéreo, los recursos naturales, superficiales y subyacentes, renovables y no renovables y los contenidos en el mar adyacente y su lecho, extendiendo su jurisdicción en materia de explotación económica hasta donde la República ejerce su jurisdicción, inclusive los que hasta la fecha fueren administrados y regulados por el Estado Nacional…» y el artículo 87º (Pesca) «Dentro de las áreas marítimas de jurisdicción provincial y de los cursos o espejos de agua, el Estado Provincial preserva, regula y promueve sus recursos hidrobiológicos (…) Los cardúmenes de especies marinas migratorias son de propiedad de la Provincia, y estarán sujetos a un régimen de protección especial» y, también, por aplicación de la Ley 244 Provincial de Pesca (17/8/1995) que en su artículo 1º indica: «Las prescripciones de la presente Ley tendrán vigencia sobre los recursos hidrobiológicos existentes en las aguas interiores y marítimas considerados de dominio y jurisdicción provincial tal como lo define el artículo 124 de la Constitución Nacional y el artículo 81º de la Constitución de la Provincia (…) con las previsiones del artículo 87º de la misma, en relación con los recursos de carácter migratorio» y las previsiones de los artículo 6º, 12º a 18º y 41º a 50º de la referida ley. Del mismo no se denuncia el contrabando por falta de pago de derechos aduaneros (Ley 22.415) a las extracciones y posteriores importaciones, mayoritariamente en España, de las capturas en el área de Malvinas.

Por cierto, una iniciativa de esta naturaleza requeriría un Acuerdo previo ratificado por el Congreso de la Nación por imperio de los artículos 4º; 5d; 21ºe, 22º y 37º de la Ley 24.922 y la prohibición derivada del Artículo 27º bis de esta ley.

Los recursos naturales de la Provincia y los de la Nación están siendo expoliadas por embarcaciones extranjeras y, la señora ministra, desea darles facilidades logísticas a esos buques, al tiempo que manifiesta: «Hay cosas que desde Buenos Aires no ven» y ello —aunque un tanto demagógico— es muy probable, pero, en este caso, la ceguera está en el ámbito de sus responsabilidades.

«Una oportunidad de trabajo» indica; pero lo que va a ocasionar esta absurda propuesta de dar apoyo logístico a la flota que pesca a distancia en “la milla 201” será un aumento del número de buques extranjeros en el Atlántico Suroccidental y el esfuerzo pesquero, provocando un daño gravísimo en el ecosistema, la caída de las capturas de las empresas que se encuentran radicadas en la Argentina y la consecuente pérdida del trabajo nacional y, en el caso, de facilitar las operaciones de los buques que pescan en Malvinas (la ministra refiere a los servicios que se prestan en Malvinas y Chile), habrá de dar mayor sustentabilidad a estas empresas, consolidando la presencia británica en las islas.

Es muy probable que la ministra no sepa cómo generar trabajo en el ámbito marítimo, portuario y pesquero. Los desembarcos pesqueros en Tierra del Fuego cayeron en un 50% desde el 2005 (90.472 toneladas) y 2021 (49.645 toneladas); además, que la Provincia carece de industrias de procesamiento en tierra y agregado de valor lo que reduce notablemente la ocupación de mano de obra. La ministra ha sido incapaz de generar empleo en esta materia durante el tiempo de su gestión en Río Grande y la Provincia.

Es notable el desconocimiento que tiene Sonia Elizabeth sobre los aspectos productivos de la actividad y, muy especialmente, sobre la legislación provincial que refiere a los recursos migratorios, recursos que son los que pesca gran parte de la flota pesquera extranjera en alta mar y, refiere a que «en la milla 201 se pesca lo que nosotros no pescamos», lo cual es absolutamente inexacto, porque las especies son las mismas, migratorias y/o asociadas y, olvida decir que la flota de los Estados de pabellón que pesca a distancia opera subsidiada; sin el pago de derechos y/o aranceles de captura y/o importación y/o exportación con total desprecio a las leyes laborales y de seguridad que gravan el empleo argentino.

Indica también que «Si es pesca legal o ilegal serán parámetros que claramente deberemos establecer» y, debemos recordarle que no hay nada que establecer; toda la flota extranjera que opera en el Atlántico Suroccidental lo hace en forma ilegal debido al incumplimiento de dos parámetros básicos: no tiene control del Estado de pabellón y no ha firmado acuerdo con el Estado ribereño y, 40 razones más que derivan de ello y que omito para no aburrir. En el caso de Malvinas se agrega la violación de la Res. 31/49 de las Naciones Unidas.

Finalmente, sus argumentaciones respecto al puerto de elección por parte de la flota extranjera son de tal ingenuidad e incompetencia en la materia y de las incapacidades argentinas en materia de control, e ignora también, lo que podría significar la presencia de china en la región, facilitándole el tránsito al Pacífico y la pesca ilegal en ambos océanos y, las operaciones en el ámbito de la Antártida.

Y en el imaginario que estas grandes superpotencias depredadoras pesqueras con sus 500 o más buques anuales se decidieran a llevar sus capturas a Río Grande u otro puerto cercano, quién se supone que va a controlar las capturas y el tránsito de la flota desde alta mar al puerto y quién habría de controlar el origen, los descartes, las materias primas en cámaras, las condiciones laborales del personal embarcado, etc. Semejante iniciativa requiere un esfuerzo mucho mayor que conseguir una inversión para construir un puerto que con este modelo consolidará definitivamente la extranjerización del Atlántico Suroccidental.

«¿Charteo de poteros?» Para hablar de ello Sonia Elizabeth debería saber previamente algo de la historia pesquera; después, conocer la composición accionaria de la flota actual habilitada para pescar en la jurisdicción nacional y, en tercer lugar, trabajar en conjunto con la CAPA que está cuestionando las acciones que propicia.

Debido a las inconsistencias políticas y a la falta de idoneidad de los funcionarios, la Argentina sufre la peor colonización continental y marítima de toda su historia, sería bueno que la Sra. ministra tenga en cuenta los artículos 139º y 188º de la Constitución Provincial antes de llevar adelante semejante proyecto que habrá de atentar contra la soberanía política, económica, ambiental, alimentaria y social de la Nación y de Tierra del Fuego.

La incapacidad se pone de manifiesto poniendo a las personas en la máxima posibilidad de sus capacidades y, en muchas ocasiones, este umbral es muy bajo.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022)

 

LA ARGENTINA DEBE PONER EN VALOR LA ZONA DE PAZ Y COOPERACIÓN DEL ATLÁNTICO SUR (ZPCAS)

Marcelo Javier de los Reyes*

El 30 de noviembre de 1985 los presidentes de la República Argentina, Raúl Ricardo Alfonsín, y de la República Federativa del Brasil, José Sarney, firmaron la Declaración de Iguazú en la ciudad brasilera de Foz do Iguaçu. A través de la misma destacaron la relevancia que tiene el Atlántico Sur, tanto para los pueblos sudamericanos como para los africanos y manifestaron «su firme oposición a cualquier tentativa de transferir a la región, que debe ser preservada como zona de paz y cooperación, tensiones este-oeste, en particular a través de medidas de militarización». Debe destacarse que esa declaración se enmarcaba en el contexto de la Guerra Fría entre los Estados Unidos y la Unión Soviética y que ambos mandatarios procuraban mantener a este enorme espacio marítimo fuera de la rivalidad de las superpotencias.

En 1986 la Asamblea General de las Naciones Unidas, por Resolución 41/11 proclamó la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS o ZOPACAS), la cual quedaba integrada por con veinticuatro países, los tres del litoral sudamericano (Argentina, Brasil y Uruguay) y veintiún países del litoral atlántico africano (Angola, Benín, Camerún, Cabo Verde, Congo, Costa d’Ivoire, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Liberia, Namibia, Nigeria, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Sudáfrica y Togo). La Resolución dejó abierta la posibilidad de que todos los países que bordean el océano Atlántico a ambos lados del mismo pudieran unirse[1].

A través de la Resolución, la Asamblea General consideraba la «necesidad de mantener la región libre de medidas de militarización, de la carrera de armamentos, de la presencia de bases militares extranjeras y, sobre todo, de armas nucleares». Del mismo modo, «exhorta a todos los Estados de la zona del Atlántico Sur a que promuevan una mayor cooperación regional, entre otras cosas, para el desarrollo económico social, la protección del medio ambiente, la conservación de los recursos vivos y la paz y la seguridad de toda la región». Asimismo exhorta a los países militarmente importantes de todas las regiones «a que respeten escrupulosamente la región del Atlántico Sur como zona de paz y cooperación, en particular mediante la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos».

A su vez hace un llamamiento a cooperar en la eliminación de toda fuente de tensión y a respetar «la unidad nacional, la soberanía, la independencia política y la integridad territorial de todos los Estados de la región» y añade «que el territorio de un Estado no debe ser objeto de una ocupación militar que resulte de la utilización de la fuerza, en violación de la Carta de las Naciones Unidas, así como el principio de que es inadmisible la adquisición de territorios por la fuerza».

Por diversas razones la ZPCAS no ha mantenido una constancia en sus reuniones y por momentos ha permanecido prácticamente inactiva. Una prueba de ello fue que la presidencia pro tempore que asumió la Argentina en 1998 en la V Reunión de Buenos Aires[2] debió haber pasado a Benín en la reunión que debió celebrarse en el año 2000. Con miras a la VI Reunión Ministerial de los Estados Miembros de la Zona, que finalmente se iba a llevar a cabo en Benín en enero de 2003, la Argentina diseñó una serie de propuestas tendientes al fortalecimiento de la Zona, pero lamentablemente no contaron con el respaldo de varios de los países miembros.

En 1998, la Cancillería Argentina me invitó a integrar la delegación argentina en la reunión de la ZPCAS que se celebró los días 21 y 22 de octubre en Buenos Aires, en el Palacio San Martín. En su agenda se incluyeron temas de interés común para los Estados Parte, como la seguridad, la protección del ambiente costero —dentro del cual cabe la apelación formulada para la consecución de normas convenientes para el transporte marítimo de desperdicios radioactivos y tóxicos—, la protección de los recursos marítimos vivos —que es un tema prioritario para varios países africanos y abordado con énfasis por el delegado de Guinea Ecuatorial—, el mantenimiento del Atlántico Sur como área libre de armas nucleares y cooperación en la lucha contra delitos relacionados con el narcotráfico y el lavado de dinero[3].

Una mención especial fue el punto en el cual los Estados consideraron «que las cuestiones relativas a la paz y a la seguridad y las cuestiones de desarrollo son interdependientes e inseparables y que la cooperación económica, la promoción del comercio y las inversiones entre los países latinoamericanos y africanos de la región constituyen objetivos de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur». Habría sido un punto de partida fundamental para lograr un mayor conocimiento mutuo que permitiera la transferencia de tecnologías y experiencias[4].

En esa oportunidad, diplomáticos africanos —cuya nacionalidad e identidad mantendré en reserva— me confiaron que verían con agrado un incremento considerable de las relaciones entre la Argentina y África para balancear la fuerte presencia de Brasil, a la que ellos consideraban «una continuidad del Imperio portugués» en África[5].

En la VI Reunión Ministerial que tuvo lugar en Luanda, Angola, los días 18 y 19 de julio de 2007, los Ministros de los Estados miembros de la ZPCAS, llamaron «a la reanudación de las negociaciones entre los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de conformidad con la resolución 2065 (XX) y otras resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la “Cuestión de las Islas Malvinas” con el fin de encontrar lo antes posible una solución pacífica, justa y duradera a la disputa de soberanía»[6].

En la Declaración de Montevideo de 2013, en el marco de la Séptima Reunión Ministerial de la ZPCAS, las Partes coincidieron en la necesidad de continuar luchando para poner fin al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones y se puso el acento en llevar adelante los esfuerzos necesarios para promover el «principio de la resolución de controversias siempre por medios pacíficos y la búsqueda de soluciones negociadas a los conflictos territoriales que las afectan, de conformidad con el derecho internacional, especialmente la Carta de las Naciones Unidas y las resoluciones de la Asamblea General y su Comité Especial de Descolonización». En esa declaración, nuevamente se hace referencia a la necesidad de reanudar las conversaciones entre ambos gobiernos «de conformidad con la resolución 2065 (XX) y otras resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la “Cuestión de las Islas Malvinas” con el fin de encontrar lo antes posible una solución pacífica, justa y duradera a la disputa de soberanía».

Asimismo los representantes de los Estados reafirman «la resolución 31/49 de la Asamblea General, que requiere que ambas partes en la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, se abstengan de tomar decisiones que impliquen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas atraviesan el proceso recomendado en las resoluciones de la Asamblea General. En este contexto, vemos con preocupación el desarrollo de actividades ilegítimas de exploración de hidrocarburos en la zona en disputa, así como el refuerzo de la presencia militar del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en la zona, en violación de la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas»[7].

Cabe agregar que la Resolución 31/49 se emitió en el marco de la 85ª sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas el día 1º de diciembre de 1976.

En una entrevista que se le formuló en 2020 al entonces flamante secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus, se le consultó si se buscaría reactivar el foro de países de la ZPCAS[8]. Ante esta pregunta respondió que se estaban manteniendo conversaciones con el canciller de Cabo Verde y con Brasil, país que se encontraba preocupado por la situación de la piratería en el Atlántico Sur, según informó. Por tal motivo y a pedido de Brasil, se procuraba reactivar el funcionamiento de la Zona. Asimismo, Filmus agregó que para la Argentina era «muy preocupante la militarización británica, ya que tenemos en la zona la base militar más importante al sur del paralelo 50, lo que va en contra de todos los acuerdos internacionales en los que participan los países de este foro. Esa presencia militar no tiene, para nosotros, ningún sentido, porque nuestro país ha dicho una y mil veces que el único camino que vamos a emprender para la recuperación de las islas es el del diálogo y la paz»[9]. Del mismo modo, lamentó «la baja en la intensidad del reclamo durante los últimos cuatro años», en directa referencia a la gestión del gobierno del presidente Mauricio Macri.

En septiembre de 2015, el diplomático argentino Gonzalo S. Mazzeo expresó: «De singular importancia es el estatus conferido a la Zona como una zona no solo de paz y cooperación, sino como una zona libre de armas nucleares, un esfuerzo que se inscribe en el ideario de paz y seguridad que dio nacimiento a las propias Naciones Unidas»[10]. Agregó que Argentina «considera adecuado que, aun aquellos países que no integran la Zona, guarden un comportamiento responsable y respetuoso de los propósitos de paz y seguridad y de los compromisos asumidos en materia de exención de armas de destrucción masiva, que la Zona se ha impuesto».

El 30 de julio de 2021, a través de una información de prensa, la Cancillería Argentina comunicó que en el marco de la 94ª sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas se adoptó «una nueva resolución que revitaliza la “Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS), cuya última resolución databa del año 2015»[11]. En la misma informa que la nueva resolución «destaca, entre otras cuestiones, la función de la ZPCAS como foro para que aumenten la interacción, la coordinación y la cooperación entre sus Estados miembros» y que en ese foro «habitualmente se condena la presencia militar británica en el Atlántico Sur y se reafirma la importancia de no permitir la presencia de armas nucleares en dicha zona». Del mismo agrega que el secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus, destacó que la «recuperación de la actividad de la ZPCAS, después de varios años en los que no había presentado resoluciones a la Asamblea General de la ONU, es una muestra del interés de los países latinoamericanos y africanos que la integran por preservar la región de los intereses de las grandes potencias y mantenerla como zona de paz y cooperación».

El relanzamiento de la misma, según informa la Cancillería Argentina, es fruto del trabajo junto a Brasil y Uruguay como un espacio de cooperación más allá de las cuestiones inherentes a seguridad y la defensa, sino también a otras como las científicas. Según lo expresado por el propio Filmus, «uno de sus objetivos principales es terminar con el colonialismo en el Atlántico sur».

Por su parte, el gobernador de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur celebró la revitalización de la ZPCAS y agregó que «ha sido un principio rector de nuestra gestión, el cumplimiento y el respeto del Atlántico Sur como zona de paz y cooperación haciendo valer el derecho de todos los habitantes de la Provincia de vivir en una zona de paz»[12]. El gobernador Gustavo Melella recordó que «hemos condenado la anacrónica posición militarista y colonial del Reino Unido que demuestra cabalmente su intransigencia y su desprecio por las normas del derecho internacional y hace oídos sordos al llamado de la comunidad internacional en su conjunto para poner fin a la disputa de soberanía por las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes»[13].

Ya se han mencionado las expresiones de Daniel Filmus —quien en septiembre de 2021 dejó el cargo de secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur de la Nación para asumir el de Ministro de Ciencia y Tecnología— pero en particular deseo reparar cuando se refirió a «la baja en la intensidad del reclamo» durante el gobierno del presidente Macri, lo cual si bien es cierto, no le exime de su propia negligencia al frente del área Malvinas. El Dr. César Augusto Lerena se ha referido de forma crítica en numerosos artículos a los miembros que conforman el Consejo Nacional de Malvinas pero en particular a Marcelo Kohen, quien viajó a las islas Malvinas para llevar una «propuesta original» pero por sobre todo anticonstitucional de escindir el archipiélago de la Provincia de Tierra del Fuego y permitirle a los isleños que, luego de treinta años, puedan decidir en un referéndum si desean seguir bajo la soberanía argentina u optar por la británica[14]. Parece contradictorio que quien ha hablado de una disminución de la intensidad del reclamo sobre la soberanía argentina sobre las islas haya convocado al Consejo Nacional de Malvinas a un abogado que propone violar la Constitución Nacional y la Constitución Provincial de Tierra del Fuego.

Ahora bien, con respecto a las expresiones de apoyo formuladas en los documentos emitidos por la ZPCAS, cabe reflexionar si las autoridades argentinas, todas, de los últimos gobiernos, se conforman con la «mera declamación». Pues sí, porque no hacen nada más que declamar los justos títulos históricos, geográficos y culturales que tiene la República Argentina sobre las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.

En ningún momento se decidió pasar a la acción con medidas más efectivas. Ya en 2009 había sugerido que la ZPCAS debería haberse encaminado hacia la creación de un organismo con una secretaría autónoma que le permitiera mantenerse al margen de los vaivenes políticos nacionales y globales[15]. Puede comprenderse que varios de los países africanos puedan encontrar dificultades económicas para asumir los costos que ello implica, pero para la Argentina debería considerarse esta decisión como una inversión y tomar la iniciativa, para lo cual debería poner a disposición de los países miembros de la ZPCAS un edificio público para ser destinado a una sede de la misma con un Secretario General rotativo con sede en la Argentina. De esa manera se evitaría la discontinuidad con que se desarrollan las actividades del foro.

Además de ello y de las acciones que pueden enmarcarse en lo que se denomina el «poder blando», como por ejemplo fortalecer la cooperación a través del Fondo Argentino de Cooperación Horizontal (FO-AR) —programa a través del cual la Cancillería Argentina ofrece cooperación técnica a países de igual o menor desarrollo relativo económico y social—, debe considerarse la necesidad de contar con un poder real, el cual se basa en unas Fuerzas Armadas con al menos poder de disuasión, una soberanía económica y un excelente plantel de diplomáticos para llevar adelante el objetivo de recuperar la soberanía sobre las islas del Atlántico Sur.

El contexto en el que fue concebida la ZPCAS, la Guerra Fría, habría supuestamente llegado a su fin con la implosión de la Unión Soviética pero los hechos que se aprecian en Ucrania —particularmente hacia fines de 2021— y las tensiones que se generan entre Estados Unidos y China ponen en evidencia que las tiranteces de la Guerra Fría no han desaparecido y que la OTAN constituye una amenaza para la Argentina, cuya presencia se observa en el Atlántico Sur con la presencia de submarinos nucleares británicos y estadounidenses, contraviniendo las disposiciones de la ZPCAS. Del mismo modo, y como lo expresé en un artículo en 2016, el Reino Unido ha establecido el «collar de perlas británico» en el Atlántico, imitando al denominado “collar de perlas” de China en el Indo-Pacífico[16].

Quizás la dirigencia política argentina no haya tomado conciencia que la denominada Guerra de Malvinas ha sido una guerra no solo por el control del Atlántico Sur sino también una guerra por la Antártida, cuyo tratado vence en 2048 y será objeto de una nueva negociación en la que la Argentina podría salir muy perjudicada, mientras que el Reino Unido se garantiza su proyección sobre el continente blanco a partir del efectivo control de las islas y de su posterior expansión sobre nuestras jurisdicción marítima. Queda poco tiempo para que la Argentina pueda revertir su actual posición militar, diplomática, económica y soberana pero debe ponerse a trabajar en ese sentido.

La ZPCAS le ofrece a la Argentina una extraordinaria oportunidad para trabajar en ese sentido, acercando a las dos orillas para favorecer la cooperación y la preservación de la paz en el Atlántico Sur, fuente de enormes riquezas que hoy nos están siendo esquilmadas y depredadas por países extra regionales.

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director ejecutivo de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Profesor de Inteligencia de la Maestría en Inteligencia Estratégica Nacional de la Universidad Nacional de La Plata.

Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

Embajador Académico de la Fundación Internacionalista de Bolivia (FIB).

Investigador Senior del IGADI, Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional, Pontevedra, España.

 

Referencias

[1] Resolución 41/11. Zona de paz y cooperación del Atlántico Sur. Asamblea General de las Naciones Unidas, cuadragésimo primer período de sesiones.

[2] La V Reunión de los Estados Miembros de la Zona se celebró en Buenos Aires los días 21 y 22 de octubre de 1998.

[3] Reyes, Marcelo Javier de los (comp). Africa ante el tercer milenio. Actas del Simposio Electrónico Internacional. Buenos Aires: Centro de Estudios Internacionales para el Desarrollo (CEID), 2000, p. 232.

[4] Ídem.

[5] Reyes, Marcelo Javier de los. «Argentina y su inexistente poder blando». Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales, SAEEG, 03/06/2021, https://saeeg.org/index.php/2021/06/03/argentina-y-su-inexistente-poder-blando/.

[6] Zona de Paz y Cooperación en el Atlántico Sur (ZPCAS), VI Reunión Ministerial, Luanda, Angola, 2007, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, República Argentina, https://cancilleria.gob.ar/userfiles/ut/zpcas_2007_-_declaracion_de_luanda.pdf, [consulta: 04/08/2021].

[7] Zona de Paz y Cooperación en el Atlántico Sur (ZPCAS), VII Reunión Ministerial, Montevideo, Uruguay, 2013, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, República Argentina, https://cancilleria.gob.ar/userfiles/ut/zpcas_2013_-_declaracion_de_montevideo.pdf, [consulta: 04/08/2021].

[8] Roca, Mariano. «Filmus: “Trabajamos en una política integral hacia el Atlántico Sur”». Infobae, 02/04/2020, https://www.infobae.com/def/defensa-y-seguridad/2020/04/02/filmus-trabajamos-en-una-politica-integral-hacia-el-atlantico-sur/, [consulta: 10/03/2021].

[9] Ídem.

[10] «Argentina resalta importancia de zona de paz y cooperación en Atlántico Sur». Mercopress, 12/09/2015, https://es.mercopress.com/2015/09/12/argentina-resalta-importancia-de-zona-de-paz-y-cooperacion-en-atlantico-sur. [consulta: 10/03/2021].

[11] Información para la Prensa N° 290/21. «Se reactiva la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur». Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, 30/07/2021, https://www.cancilleria.gob.ar/es/actualidad/noticias/se-reactiva-la-zona-de-paz-y-cooperacion-del-atlantico-sur, [consulta: 04/08/2021].

[12] Gobernador Melella: «Celebramos la Resolución que revitaliza la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur». Sitio oficial de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, 30/07/2021, https://www.tierradelfuego.gob.ar/gobernador-melella-celebramos-la-resolucion-que-revitaliza-la-zona-de-paz-y-cooperacion-del-atlantico-sur/, [consulta: 04/08/2021].

[13] Ídem.

[14] Lerena, César Augusto. «La estrategia del Consejo Nacional Malvinas. Parte 1». Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG), 09/02/2021, https://saeeg.org/index.php/2021/02/09/la-estrategia-del-consejo-nacional-de-malvinas-parte-1/.

[15] Reyes, Marcelo Javier de los. «O Atlântico Sul: seu pasado recente, cooperação e perspectivas de potenciais conflitos». En: Jonuel Gonçalves (organizador), Atlântico Sul XXI, São Paulo: Editora UNESP, Salvador, BA: EDUNEB, 2009, p. 34-35.

[16] Reyes, Marcelo Javier de los. «El collar de perlas británico en el atlántico sur. Una amenaza a la seguridad regional». Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG), 16/04/2016, https://saeeg.org/index.php/2016/04/16/el-collar-de-perlas-britanico-en-el-atlantico-sur-una-amenaza-la-seguridad-regional/.

 

Artículo publicado originalmente en el Anuario del CEID 2021, el cual puede ser descargado gratuitamente desde https://saeeg.org/wp-content/uploads/2022/09/CEID-ANUARIO-2021.pdf

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