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LA SELECCIÓN DE FUTBOL, ASIA Y EL PODER BLANDO

Marcelo Javier de los Reyes*

El 18 de diciembre de 2022 la selección de fútbol argentina venció por penales a la selección de Francia en Catar y obtuvo su tercera copa mundial luego de treinta y seis años. Se trató de un campeonato que nos mantuvo expectantes desde el comienzo pero no solo a los argentinos.

La admiración y el incremento de simpatizantes de la albiceleste, una vez más, se produjo en países muy lejanos al nuestro, como Bangladesh y la India. El furor en Bangladesh es por demás llamativo, al punto que parecían verse más banderas argentinas en ese país que en la propia Argentina. Como agradecimiento la Selección Argentina, desde su cuenta oficial, publicó un mensaje de agradecimiento dedicado a los habitantes de ese país asiático.

Bangladesh es un país asiático con una superficie de 148.460 km² y una población de más de 169 millones de habitantes que mayoritariamente profesan la religión islámica.

El 25 de mayo de 1972 la Cancillería Argentina emitió el Comunicado Conjunto sobre el establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República Argentina y la República Popular de Bangladesh, mediante el cual se informaba que ambos países habían decidido «establecer relaciones diplomáticas cuyo desarrollo será basado en el respeto de los principios de soberanía, integridad territorial, no intervención en sus asuntos internos o externos, igualdad y beneficio mutuo». El comunicado, firmado por los funcionarios diplomáticos de ambos países en Yakarta, Indonesia, agregaba que se había convenido intercambiar embajadores.

Comunicado Conjunto sobre el establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República Argentina y la República Popular de Bangladesh.

Lamentablemente, en 1978, el gobierno cívico militar de la Argentina procedió al cierre de la representación diplomática en Bangladesh. Sin embargo, la pasión de los bangladesíes por la albiceleste tuvo su origen durante el mundial de México 1986, en el que la Argentina obtuvo su segundo campeonato mundial. La figura de esa selección argentina fue Diego Armando Maradona, quien con su destreza cautivó a los habitantes de ese país, más aún con la que pasó a la historia como «la mano de Dios» en el partido contra la selección de Inglaterra en cuartos de final. No se trató sólo de una victoria deportiva sino de una «revancha» frente a los británicos tras la Guerra de Malvinas de 1982[1].

Maradona, quien falleció en 2020, fue recordado y homenajeado por el Dhaka Tribune con un artículo de consideración en el que se expresaba:

Maradona fue un antídoto contra la agitación de Argentina, que sufrió sucesivas crisis económicas y una humillante derrota ante Inglaterra después del conflicto de 1982 por las islas Falklands o Malvinas.

Y fue un bálsamo para el alma herida de los argentinos, obsesionados con el fracaso perpetuo de su país para vivir a la altura de su potencial en el escenario mundial.[2]

Además de la admiración por Diego Maradona, el triunfo en el Mundial México 1986 habría despertado la animadversión de los bangladesíes por el pasado colonial británico.

La pasión por Argentina llevó a que una presentadora de noticias de la televisión de Bangladesh posara con la camiseta de fútbol alternativa de la Argentina.

Este furor de los bangladesíes y de otros fanáticos de nuestra selección en el continente asiático es parte de ese poder blando (soft power) que la Argentina debe saber aprovechar para expandir todo su potencial, poder blando que en general no es debidamente aprovechado por nuestros gobiernos[3].

Simpatizantes de la Selección Argentina en Bangladesh.

Ese poder blando es el que podría favorecer económica y diplomáticamente a la Argentina. A pesar de no mantener una representación diplomática, Argentina mantuvo un interés comercial con Bangladesh, por lo que en 2019 una misión comercial visitó ese país. En esa oportunidad, el secretario de Gobierno de Agroindustria de la Argentina, Luis Miguel Etchevehere, mantuvo reuniones  con autoridades del sector público y privado con el objetivo de explorar la posibilidad de nuevas aperturas para productos argentinos de origen agroindustrial. Etchevehere expresó:

Nuestra relación bilateral con Bangladesh se fortalece con diálogo y presencia institucional. Este mercado nos ofrece hoy nuevas oportunidades comerciales. En esta visita hemos establecido contacto con las autoridades del ente sanitario, para impulsar la firma de protocolos para arroz, ajo fresco, pescado congelado y carne halal.[4]

Cabe destacar que en 2018 la Argentina exportó a Bangladesh bienes por US$ 496,3 millones. Según fuentes del gobierno argentino, la economía de Bangladesh ha crecido aproximadamente un 6% anual desde 2005. Entre 2009 y 2018 las exportaciones totales a ese país, aumentaron a una tasa acumulativa anual de 8,8% y en 2018 importó productos agroindustriales por más de US$ 24.000 millones[5].

En el plano comercial, el intercambio bilateral entre enero y octubre de 2022 fue de US$ 665,84 millones, con un saldo muy favorable a la Argentina, cuyas exportaciones a Bangladesh alcanzaron los US$ 647,19 millones y, por su parte, Bangladesh le exportó a la Argentina por apenas US$ 18,65 millones[6]. De tal manera que más del 97% del vínculo comercial entre Argentina y Bangladesh está representado por ventas de nuestro país a la nación asiática. Las exportaciones de Argentina hacia Bangladesh son fundamentalmente agrícolas, mientras que las de Bangladesh a la Argentina pertenecen al rubro textil[7].

Luego de la visita a Bangladesh, la misión comercial continuó viaje a la India, más precisamente a las ciudades de Nueva Dehli y Mumbai, en el marco de una agenda pactada con funcionarios indios y representantes del sector agroindustrial privado de ese país.

Una foto de los bangladesíes festejando la victoria de Argentina ante Polonia. Foto: EFE

Cabe mencionar que con anterioridad a celebración de la Copa Mundial de Fútbol de Catar 2022, los días 11 y 12 de julio, el subsecretario de Política Exterior, Claudio Rozencwaig, realizó una visita de trabajo a Dacca en el marco del 50° aniversario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre la Argentina y Bangladesh. La agenda incluyó agenda incluyó reuniones con el ministro de Estado de Asuntos Exteriores, Shahriar Alam, el secretario de Asuntos Externos, embajador Masud Bin Momen, el secretario de Comercio, Kanti Gosh, autoridades del Ministerio de Agricultura y representantes de la Federación bangladesí de Cámaras de Comercio e Industria[8].

Según el comunicado de prensa de la Cancillería Argentina, el subsecretario Rozencwaig suscribió junto al secretario para el Oeste, embajador Shabbir Ahmad Chowdhury, un Memorándum de Entendimiento sobre Consultas Bilaterales entre ambas Cancillerías ―mecanismo destinado a dotar de mayor fluidez a los contactos entre los dos países― y le entregó al funcionario bangladesí una nota del canciller Santiago Cafiero destinada a su par, el ministro Abulkalam Abdul Momen, en la cual reiteraba «el compromiso de nuestro país para fortalecer el vínculo entre ambas naciones e impulsar los contactos de alto nivel».

La información de la Cancillería Argentina daba cuenta de que en la actualidad el comercio bilateral asciende a US$ 889,7 millones, con un superávit para la Argentina de US$ 861.6 millones, destacando que Argentina podría constituirse en un proveedor confiable tanto de alimentos como de tecnología agrícola[9].

Reapertura de la Embajada Argentina en Blangladesh

El lunes 27 de febrero de 2023 el canciller Santiago Cafiero procedió a la apertura de la nueva embajada en Dacca, capital de Bangladesh, así como también de su sección consular[10]. Se trata de la primera visita que realiza un ministro de Relaciones Exteriores sudamericano a esta nación, con la que nos une medio siglo de relaciones diplomáticas. Fue acompañado por una comitiva de empresas nacionales que formaron parte de la misión comercial con el objetivo de desarrollar una intensa agenda de promoción de exportaciones y de inversiones, según informó la Cancillería. Integraron esa delegación directivos de las empresas Marolio, Ecofactory, Vetanco, Lipotech, Luna de los Andes Sabias Semillas, Letis, Santo Pipó, Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), The Halal Catering Argentina HCB, Havanna, Arcor, Baltazar-Alfa Pampa, Suplefeed, Ronalb, Club Atlético River Plate y Cargill.

La información de prensa de la diplomacia argentina dio cuenta que «el dulce de leche, los alfajores, la yerba mate y la versión bangladesí de “Muchachos” interpretada por un grupo de fans local, animó la inauguración de la nueva sede diplomática».

El canciller Cafiero procedió a reabrir la legación en ese país, la cual había sido abierta en 1974 por el gobierno del general Juan Domingo Perón y cerrada poco tiempo después, como se ya fue mencionado, por el gobierno militar del Proceso de Reorganización Nacional.

Este ha sido un gesto positivo por parte del gobierno argentino y está en sintonía con la necesidad que la Argentina obtenga beneficios del poder blando que, como ya se ha hecho referencia, es algo que la dirigencia argentina y los diferentes gobiernos ―en general― no saben implementar.

Esta reapertura apunta a un incremento sustancial de la relación comercial bilateral mediante la colocación de aceites, cereales, harinas y pellets de soja en el mercado bangladesí, a la vez de promover la cooperación en el ámbito deportivo, satelital, ayuda humanitaria y gestión de desastres[11].

El comunicado de prensa de la Cancillería destaca que esta visita es «un hecho significativo para la geopolítica argentina, ya que Bangladesh se encuentra ubicado en el cruce de Asia del Sur, Asia del Este y el Sudeste asiático, siendo el octavo país más poblado del mundo, con un mercado de más de 170 millones de habitantes».

Los ministros de Argentina y Bangladesh firmaron acuerdos sobre la exención de visas para pasaportes diplomáticos y oficiales y rubricaron memorandos de entendimiento en materia de cooperación e intercambio comercial, academias diplomáticas y fútbol[12].

En el ámbito deportivo se procedió a un acuerdo de desarrollo futbolístico lo que llevó al canciller argentino a visitar la Federación de Fútbol de Bangladesh (BFF) para cerrar la colaboración. Este acuerdo está destinado a fomentar el desarrollo futbolístico dentro del país asiático.

A modo de conclusión

Esta nueva orientación hacia los países asiáticos por parte de la Argentina se produce en un contexto global de conflicto que, nuevamente, divide al mundo en dos partes debido a la guerra entre Ucrania y Rusia. Esta división pone a los países denominados occidentales de un lado mientras que un creciente número de países comienzan a adscribirse a los denominados BRICS, liderados por Rusia y China. En ese marco, la Argentina debe aprovechar todas las oportunidades comerciales y diplomáticas que le sean favorables para incrementar su producción y sus exportaciones, así como para lograr nuevamente insertarse en la comunidad internacional.

Finalmente, sería oportuno mencionar que la Argentina retoma un camino que no es nuevo sino que se remonta al período anterior a la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata. En función de lo previsto en las Reales Ordenanzas Españolas de Corso de 1801, los navíos podían obtener patente de corso y mercancías. Fue así como el bergantín «Primero» (alias «Palomo»), un navío de catorce cañones, al mando de D. Antonio Toll y Bernadet, emprendió el crucero de corso que es considerada como la primera campaña corsaria oceánica argentina, relevante desde el punto de vista náutico. El «Palomo» fue uno de los buques capturados que izó la bandera de la nueva nación de América del Sur y que fue enviado para mostrarla «en los mares remotos de la India con el objeto de destruir el comercio español; llevar la noticia a Filipinas de la derrota sufrida por los enemigos en Martín García y Montevideo y encendiendo por aquellas posesiones españolas donde reclutan sus mejores marineros…»[13]. La travesía se inició el 10 de septiembre de 1814 partiendo de Buenos Aires, tocando puerto en Tristán da Cunha, bordeando el sur del continente africano para adentrarse en el Índico para encontrarse el 24 de enero de 1815 en proximidades del delta del Ganges, donde se halla Calcuta, a la que arribó el 10 de febrero de 1815. Allí hizo acopio de cáñamos y amarras, dado que Calcuta era una ciudad que se destacaba por la industria del yute. El «Primero», alias «Palomo», arribó a la Ensenada de Barragán el 18 de septiembre de 1815 finalizando no el viaje de corso que era su objetivo sino «la primera comercial a Asia», más precisamente a la India. He aquí un hito histórico que debe ser recordado como el origen de las relaciones comerciales entre la Argentina y los países asiáticos.

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director ejecutivo de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Profesor de Inteligencia de la Maestría en Inteligencia Estratégica Nacional de la Universidad Nacional de La Plata.

Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

Embajador Académico de la Fundación Internacionalista de Bolivia (FIB).

Investigador Senior del IGADI, Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional, Pontevedra, España.

 

Referencias

[1] Ver también: Marcelo Javier de los Reyes. «Deportes y política: multitudes y dirigentes». Centro de Estudios Internacionales para el Desarrollo (CEID), Documento de trabajo nº 9, Buenos Aires, abril de 2002, http://www.ceid.edu.ar/serie/2002/ceid_dt_9_deportes_y_politica.pdf.

[2] Rummana Foisal Nafiu. «Argentine football genius Maradona saw heaven and hell». Dhaka Tribune, 25/11/2020, https://www.dhakatribune.com/sport/football/231418/argentine-football-genius-maradona-saw-heaven-and, [consulta: 28/12/2022].

[3] El «poder blando» o soft power es un concepto utilizado en relaciones internacionales para describir la capacidad de un actor político, en general un Estado, para incidir en las acciones o intereses de otros actores a partir de recursos culturales e ideológicos, con la complementación de medios diplomáticos.

[4] «Argentina consolida su relación comercial con Bangladesh». Sitio oficial del gobierno argentino, 17/07/2019, https://www.argentina.gob.ar/noticias/argentina-consolida-su-relacion-comercial-con-bangladesh, [consulta: 12/12/2022].

[5] Ídem.

[6] Juan Pablo Álvarez. «Así es el comercio entre Argentina y Bangladesh, el país que ama a la Selección y a Maradona». Bloomberg, 03/12/2022, https://www.bloomberglinea.com/2022/12/03/asi-es-el-comercio-con-bangladesh-el-pais-que-ama-a-la-seleccion-argentina-y-a-maradona/, [consulta: 28/12/2022].

[7] Ídem.

[8] Información para la Prensa N° 374/22, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, 13/07/2022, https://www.cancilleria.gob.ar/es/actualidad/noticias/argentina-bangladesh-profundizacion-de-vinculos-politicos-aumento-de, [consulta: 12/12/2022].

[9] Ídem.

[10] «Bangladesh: Cafiero inauguró la nueva embajada argentina en medio de un fervor desbordante por los alfajores y al ritmo de «Muchachos»». Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, 27/02/2023, Información para la Prensa N° 088/23, https://www.cancilleria.gob.ar/es/actualidad/noticias/bangladesh-cafiero-inauguro-la-nueva-embajada-argentina-en-medio-de-un-fervor, [consulta: 02/03/2023].

[11] Ídem.

[12] Ídem.

[13] Laurio H. Destefani. Belgrano y el mar. Buenos Aires: Fundación Argentina de Estudios Marítimos, 1979, p, 179 y ss.

 

Nota: el presente artículo es una actualización del escrito que se incluyó en el Anuario 2023 del Centro de Estudios Internacionales para el Desarrollo (CEID).

 

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LA ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL QUE OMITE LOS TERRITORIOS INVADIDOS Y EN DISPUTA CON EL REINO UNIDO

César Augusto Lerena*

La Resolución 230/2023 (31/08/2023) del Ministerio de Relaciones Exteriores, relativa a la ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL, será, sin duda, motivo de debate en los ámbitos académicos de Defensa y arrojará dudas sobre la formación en el propio Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN). Es notable lo básico de este instrumento, su alcance limitado y la falta de resguardo a los espacios marinos, la plataforma continental y los archipiélagos argentinos invadidos por el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) o disputados por esta potencia.

Comencemos por decir que esta Resolución que determina la “Estrategia Marítima Nacional no puede limitarse al «propósito de coordinar las actividades de los organismos responsables de la administración marítima argentina, que ejercen funciones en el ámbito marítimo y portuario» (sic) y que, por medio de ésta, se establezcan «los lineamientos a seguir durante el próximo quinquenio (2022-2026) (NdA: dos años después de iniciado el plan quinquenal), con el objetivo de garantizar que el Estado Argentino cumpla con sus obligaciones y responsabilidades derivadas de los instrumentos obligatorios de la Organización Marítima Internacional (OMI)…» (sic), cuestión que es inherente al P.E.N. a través de la Ley 22.520 y a la misión y funciones de cada una de las secretarías y mucho menos es posible que la Nación se ajuste a cumplir obligaciones de un “Estado rector de puerto”, que la Argentina no ratificó. Dice al respecto la OMI: “Los diferentes Estados considerarán el presente código de conformidad con sus propias circunstancias y sólo deberían estar obligados en cuanto a la implantación de los instrumentos en los que sean Gobiernos Contratantes o Parte” ˂A.1070 (28) Código III˃, obligación que es absolutamente contraria a los intereses nacionales, al cuidado de su soberanía marítima e insular y, a la explotación autónoma de los puertos y sostenibilidad de los recursos.  

No puede llamarse pomposamente “ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL” a un simple instrumento de coordinación de obligaciones; además, que previamente no se ha definido cuál es la estrategia para garantizar la soberanía argentina en la jurisdicción marítima; muy particularmente en la materia de seguridad y, protección del medio marino a que refiere la Res. A.1070 (28) del Código III de la OMI, cuando los británicos extraen ilegalmente a través del otorgamiento de licencias igualmente ilegales 250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros en Malvinas y unos 500 buques chinos, coreanos, taiwaneses y españoles extraen otras 700 mil toneladas de recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar. En ambos casos, produciendo un lamentable desequilibro del ecosistema marino, que suele ir acompañado de trabajo esclavo, inseguridad laboral en el mar y tráfico de narcotráfico, como ha sido reiteradamente denunciado. Del mismo modo, la Res. A.1067 (28) del Código III solo tiene por finalidaddescribir el objetivo, principios, alcance, responsabilidades y aspectos relativos a la creación de capacidad de la auditoría de un Estado Miembro de la OMI”.

La OMI es un organismo de las Naciones Unidas, con sede en Londres, que tiene como función promover la cooperación entre los Estados y las empresas de transporte marítimo, para contribuir a mejorar la seguridad marítima y, evitar la contaminación marina, a través de Convenios Internacionales entre los que se destacan el “La seguridad de la vida humana en el mar” (SOLAS, 1974, enmendado); “La prevención de la contaminación de los buques”, 1973, mod. en 1978 y 1997 (MARPOL); “La formación de gente de mar”, 1978, mod. 1995/2010; “La búsqueda y salvamento marítimos”, 1979 (SAR); “La represión de actos ilícitos contra la seguridad de navegación marítima”, 1988/2005 (SUA); “La prevención de abordajes”, 1972 y, varios más.

Urgida por cuanto la OMI, dice, habría de realizar una auditoría a nuestro país entre el 30 de septiembre y el 9 de octubre del presente año, la Cancillería dicta la Res. 230 el 31 de agosto; a treinta días de las hipotéticas auditorías y, refiere, que han prestado conformidad “la Prefectura Naval Argentina; la Armada Argentina; el Servicio de Hidrografía Naval; el Servicio Meteorológico Nacional; la Junta de Seguridad en el Transporte; la Subsecretaría de Puertos del Ministerio de Transporte; habiéndose obtenido la adhesión formal de los organismos competentes” sin precisar cuales y de “las áreas con competencia relevante de esta Cancillería”, tomando intervención, entre ellas, “la Coordinación de Política Oceánica del Atlántico Sur de la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur; la Dirección de Asuntos Ambientales, la Dirección de Seguridad Humana, Innovación y Asuntos Tecnológicos Internacionales y la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales de la Secretaría de Relaciones Exteriores y, la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Aunque, es muy llamativa la ausencia de aprobación por parte del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (su Comando Conjunto Antártico y Comando Operacional); la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y, de los Ministerios de Desarrollo Ambiental; Defensa y Seguridad de la Nación, quienes debieron expedirse en lo inherente a la seguridad marítima y a la protección del medio marino que trata la OMI, más allá de su posterior intervención ―que se indica― en la tarea ejecutiva y de formación de recursos.

Se omitió también el dictamen del “Consejo Nacional de Asuntos relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”, creado por Ley 27.558 e integrado por el presidente de la Nación, senadores y diputados del poder legislativo, el gobernador de Tierra del Fuego, académicos del derecho internacional y representantes de los ex Combatientes de Malvinas que, entre otras funciones, están la de diseñar políticas de Estado y colaborar en las cuestiones de soberanía, por lo tanto, su opinión al respecto es insalvable. No nos llama la atención, en tres años este Consejo no elaboró una sola propuesta relevante.

Con todo respeto, el Anexo I, que suscribe el director general de la Consejería Legal de Cancillería, escribe solo enunciados; el alcance de lo que llama Estrategia “se limita al planteo de los lineamientos necesarios” (sic) y no logra siquiera ser un “Manual de Misión y Funciones y, de coordinación y ejecución de Procedimientos” y, por supuesto, no puede denominarse “Estrategia Marítima Nacional”, porque ni siquiera hace referencia alguna a la jurisdicción argentina, a la D.T.P. de la Constitución Nacional; al Art. 2º de la Ley 24.543 de ratificación de la Convención del Mar (CONVEMAR); a los art. 4º, 5º; 21º a 23º de la Ley 24.922 y muy especialmente, a las leyes de Defensa Nacional 23.554 y de Seguridad Interior 24.059 y, el Decreto 457/21 que junto al P.E.N. suscribieron los entonces Jefe de Gabinete y de Relaciones Exteriores. Este documento, en el mejor de los casos, con la corrección de las omisiones que referimos, podría denominarse como en alguna parte del Anexo se indica: Normas “para la implantación de los instrumentos obligatorios de la OMI”; aunque, en los hechos, se limita a indicar quienes son los organismos que intervienen y recordar que los recursos humanos deben capacitarse; cuestión, que cualquier organismo público debería, desde siempre, estar ejecutando.

¿Y qué estrategia tiene la Argentina respecto a que la OMI pudiera convalidar al RUGB en los territorios marinos argentinos en el Atlántico Suroccidental y sobre el puerto de Malvinas? ¿Y es posible que haya una estrategia de la Armada compatible con la OMI sobre las aguas ocupadas? ¿Cómo se verificarían los buques procedentes de Malvinas con productos argentinos capturados ilegalmente? ¿puede tratarse de igual forma la jurisdicción argentina que la internacional y los espacios ocupados en forma prepotente por el RUGB? Sobre estas cuestiones esta Resolución de la Cancillería no emite una sola estrategia.

El citado Decreto 457/21 ya indica que es voluntad política “explicitar los principales lineamientos del nivel Estratégico Nacional, en particular, la concepción y el posicionamiento estratégico que seguirán orientando y conduciendo las cuestiones relativas a la Defensa Nacional” y que “el Cono Sur se encuentra en una dinámica compleja de redefinición de sus mecanismos de cooperación e integración regionalel fortalecimiento del diálogo constructivo y la coordinación con nuestros vecinos continuarán siendo prioridades estratégicas de Argentina”.

No puede omitirse a la hora de elaborar una “Estrategia Marítima Nacional” que la Argentina tiene invadidos o en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña, unos 5.497.178 Km2, derivados de 1.639.900 Km2 ocupados de territorio marítimo e insular; 2.426.911 Km2 de territorio continental y marítimo Antártico y 1.430.367 Km2 de plataforma extendida derivada de la Ley 27.557, ya que el dictamen de la Comisión de Límites solo recomendó la aprobación de 351.633 Km2 del total reclamado por Argentina, por aplicación del Art. 76º 5 de la CONVEMAR. Por lo tanto, cualquier auditoría que se apruebe deberá contemplar una estrategia relativa a estos espacios territoriales continentales, insulares y marítimos.

En cualquier caso, no se trata de “asegurar (como dice la Res. 230 en su objetivo 1 del Anexo) la efectiva implantación de los instrumentos internacionales” sino de compatibilizar los instrumentos internacionales ratificados a las estrategias nacionales relativas al mar y, es, en el objetivo 2, donde omite precisar la jurisdicción y responsabilidad, limitándose a indicar “según corresponda”. Tampoco, a la hora de “Inspeccionar buques extranjeros” refiere al control de la pesca ilegal que, sin dudas, es una de las razones principales de depredación y contaminación marina y transporte ilegal. Menciona genéricamente luego en el objetivo 4 “proteger los recursos naturales en aguas de la Nación” sin referir a los migratorios que tienen origen en la Zona Económica Exclusiva Argentina y son apoderados por buques extranjeros en alta mar y en Malvinas. Finalmente, dice, la coordinación argentina será en la sede de la OMI en Londres. Es lo más preciso que tiene esta Resolución.

Ninguna obligación contraída con la OMI puede omitir las cuestiones observadas, ni todos los organismos que deben intervenir, porque atentaría contra la soberanía nacional, las prescripciones de la Constitución Nacional y, facilitará la injerencia prepotente del RUGB en el Atlántico Suroccidental.

Cuando nos lamentamos de nuestra dependencia, recordemos a Louis Pasteur (1862): “Nada se produce por generación espontánea”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).

LA PESCA CHINA EN ARGENTINA CON LA COMPLACENCIA DEL GOBIERNO NACIONAL

César Augusto Lerena*

Publicado por Seafood Media Group, 11/08/2023

Los peces, crustáceos y moluscos argentinos no pueden ser capturados por buques de bandera extranjera, ya que el artículo 37º de la Ley de Pesca 24.922 establece, que solo se autorizarán mediante tratados internacionales aprobados por ley del Congreso Nacional y, únicamente, cuando tengan por objeto la captura de especies subexplotadas. Lo mismo cuando se trata de los recursos migratorios originarios de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) en alta mar, porque la Argentina en los artículos 4º, 5º y 21º a 23º de la citada ley se reservó el derecho de regular y conservar. Pese a esto, la Autoridad de Aplicación no administra adecuadamente y buques del Estado chino pescan en aguas argentinas y en alta mar los recursos migratorios argentinos originarios de la ZEE, con la complacencia de la Subsecretaría de Pesca, del Consejo Federal de Pesca y, en lo que le atañe, como responsable de la política exterior del Atlántico Sur, la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur de la Cancillería Argentina.

Esta repartición nunca entendió lo que Lord Shackleton ya había dicho hace 47 años, la riqueza no está en las Malvinas, sino en el Atlántico Sur que las rodea; ni que los chinos, se llevan nuestros recursos.

Nos referiremos a cuatro formas que demuestran que los buques pesqueros chinos se están apropiando de nuestros recursos pesqueros con la complacencia argentina e, incluso, en muchos casos, con habilitación de la Autoridad de Aplicación. La primera, es el otorgamiento de permisos de pesca a buques chinos destinados a empresas del Estado chino radicadas en la Argentina. La segunda, comprando empresas habilitadas para la pesca en la Argentina; la tercera, apropiándose de los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina en alta mar y, la cuarta, la pesca de buques chinos y otras nacionalidades en las aguas argentinas de Georgias del Sur con permisos otorgados por la Convención para la Conservación de los Recursos Marinos Antárticos (CCRVMA).

Respecto a la primera, según nos informa el medio especializado más importante del mundo, Seafood Media Group (09/08/2023): «el 7 de agosto de 2023 la oficina agrícola y rural del distrito de Jiangbei, de la ciudad de Ningbo, provincia de Zhejiang, anunció que el Ministerio de Agricultura y Asuntos Rurales autorizó el barco pesquero Yongfa Nº 8 de la empresa Ningbo Yongfa Ocean Fishery Co. a ingresar a la ZEE Argentina. Según Wu Mengnan, gerente general de la citada empresa que compró este gran barco de pesca de calamar llegó a un acuerdo de cooperación con Argentina para obtener cuotas de calamar. Una vez que el proyecto se ponga en producción, espera capturar 2.000 toneladas de calamar al año, con un valor de producción de 5,5 millones de dólares, donde el 90% de las capturas se enviarán de regreso a China» (Guo Shuang/Chinanews). Rara esta afirmación gerencial que parece devolver a China un calamar que es argentino y si bien no pudimos constatar la información en las Actas del año 2023 del Consejo Federal Pesquero, sí pudimos ver como se degrada la pesca cuando este cuerpo encargado de fijar la política pesquera, lo preside un director de Fiscalización (Actas 17 a 23), en lugar del Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca como fija la ley o, su delegado el Subsecretario de Pesca.

Los chinos no son una novedad en la Argentina, la mayoría de los poteros que integran la Cámara de Armadores Poteros Argentinos (CAPA) que agrupa una flota de 65 buques pesqueros, que “capturan más del 90% de la extracción total argentina”, que en 2022 capturaron 167.110 toneladas del calamar Illex; aunque, muy por debajo de lo que se capturaba hace 25 años (233.000 tn), lo que seguramente está influido por la pesca en alta mar.

Son barcos en su mayoría de origen chino y que, en gran parte, pertenecen a empresas del Estado chino y que pese al nombre de la Cámara, está integrada por un 68% de buques de empresas asiáticas (mayoritariamente chinas), 18% españolas y solo el 14% argentinas.

La segunda. Son varias las empresas adquiridas total o parcialmente por China en la Argentina y aquí debemos recordar que las empresas chinas no son privadas, pertenecen al Estado chino. Entre las principales exportadoras argentinas (2019) de este origen encontramos el Grupo Fenix; Arbumasa S.A. del grupo Dalian Huafeng Acuatic Prod Co. Ltd; Ardapez; Conarpesa, a partir de la adquisición de un porcentual importante de su paquete accionario por parte de la española Wofco integrada con capitales chinos; Altamare de Shanghai Jinyou Deep Sea Fisheries Co., etc., con exportaciones del orden de los 280 millones de dólares anuales. China, por otra parte, está entre los cinco principales países importadoras de productos pesqueros argentinos (2021), aunque con U$S 3.700/tonelada, es la más baja respecto a los cuatro países restantes. Una fórmula que evita la intervención del Congreso para capturar con empresas extranjeras en la ZEE Argentina que debe revisarse.

La tercera. Son más de 300 buques chinos que pescan en alta mar los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, de los cuales, unos 270 son poteros y otros 30 arrastreros, que se estima se deberían estar llevando en la temporada del Atlántico Suroccidental 1.440.000 toneladas de calamar; a las que deberíamos agregar las capturas de 24 buques españoles, 19 buques españoles-británicos (Malvinas), 45 buques coreanos y 70 taiwaneses, en alta mar y Malvinas.  

Como resultado de los estudios de Science.org (Katherine Seto y colab.) se determinó que, “mediante sistemas satelitales, se detectan las luces de buques poteros en el océano durante la noche. Mediante esta información se estimó el esfuerzo de pesca, verificándose un aumento en el esfuerzo de pesca de calamares del 68% durante 2017-2020. La cantidad total de esfuerzo de estas embarcaciones en las cuatro regiones observadas aumentó de 149.000 días en 2017 a 251.000 días en 2020, de los cuales, un 61/63% no transmitían mediante sistemas de identificación automática (AIS)”. (Seafood Media Group, 14/03/2023).

A todo ello, ni la Cancillería Argentina, la Secretaría de Malvinas o la Subsecretaría de Pesca denunciaron a esta pesca como ilegal. Tampoco efectuaron ninguna denuncia ni aplicaron sanción alguna a los buques extranjeros que pescan en Malvinas, cuya principal especie es el calamar Illex argentinus y Loligo, violándose la ley 24.922 y 27.564. Ante la imposibilidad de controlar esta última área por parte de Argentina, correspondería dictar una Ley de emergencia pesquera y ambiental alrededor de Malvinas.  

Los funcionarios no parecieran comprender que el calamar es una especie estratégica en el Atlántico Suroccidental y su administración adecuada, permitiría terminar con la pesca ilegal en alta mar y con el sustento de los británicos en Malvinas. La logística que le presta Uruguay en Montevideo es central para dar sostén a esta actividad ilícita. Para ello, el gobierno argentino tiene que empezar a entender que, como venimos denunciando, la pesca en alta mar, en la forma que se viene realizando, es ilegal (INDNR).  

La pesca en alta mar es ilegal porque los Estados de pabellón no controlan presencialmente los buques de su bandera; no se realizan investigaciones en alta mar para determinar las capturas máximas sostenibles, por lo que toda captura se presume depredadora y, por que dañando intereses de terceros ―ya que el ecosistema es uno solo (ZEE-Alta Mar)― los Estados de pabellón deben acordar la explotación con los Estados ribereños (Argentina, Brasil y Uruguay), desde donde migran a alta mar los recursos pesqueros de las respectivas ZEE, para que la distribución de la pesca sea equitativa y sostenible. Para terminar con esta pesca ilegal el gobierno debe comenzar por denunciarla ante los organismos multilaterales, con todos los elementos de prueba puestos a su disposición (César Lerena “La pesca ilegal y expoliación de los recursos migratorios de Latinoamérica y el Caribe”, 2023), los disponibles en la Armada Argentina y la Prefectura Nacional y, ahora la Auditoría Interna de la Nación al DINARA del Uruguay.

A todo esto, se agrega el interrogante y, el gobierno debería verificarlo, si los buques chinos al dar de alta la bandera argentina han dado de baja su bandera del registro correspondiente de China, ya que de otro modo ―como se ventila en los ambientes portuarios― no estarían pagando derechos de importación en China de los productos extraídos de Argentina; como tampoco lo hacen los buques que pescan en alta mar, en una evidente competencia desleal con el resto de las exportaciones argentinas a ese país. Aquí el gobierno debería investigar al respecto y, si ello se confirmara, agregarle a esas embarcaciones el valor equivalente a los aranceles de ingreso a China o compensar económicamente a los buques que deban pagar derechos en los países asiáticos. Otro tanto, podría estar ocurriendo con los buques coreanos, taiwaneses o japoneses.

La cuarta, son las capturas de buques chinos en las aguas argentinas de Georgias del Sur con permisos otorgados en el marco de la CCRVMA, pese a que la Argentina es miembro activo y las autorizaciones se otorgan por consenso. No podemos perder de vista que, no obstante, que las Georgias son argentinas, integran la subárea 48.3. de la Convención, por lo cual, no se entiende por qué la Secretaría de Malvinas y el diplomático afectado a esta función, presta consentimiento para la pesca de merluza negra y krill en las Georgias, donde (y también en el Área 48.1) barcos chinos ―ahora el buque pesquero Shen Lan (BZVK5)― extraen 47.605 toneladas de Krill (2021) y también Noruega ―que tiene relaciones pesqueras en el Atlántico Norte con el Reino Unido― captura unas 241.000 toneladas y durante el año pasado el Reino Unido autorizó sin consenso la pesca de 4 buques con bandera de Santa Helena, de la Armadora Noruega Ervik Havfiske. La Argentina no puede seguir dando consenso para pescar en Georgias y no debería esperar que Rusia, sea quien niegue la autorización, como ocurrió con estos cuatro buques de Santa Helena, fundando en que “la pesca en Georgias es insostenible porque tiene una media del 25% de peces inmaduros”. Evidentemente, como también respecto a Malvinas, tampoco el gobierno tiene políticas para cuidar el territorio marítimo y sus recursos pesqueros de Georgias.

Los chinos están tirando por la calle del medio, mientras el gobierno argentino hace la vista gorda”.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado. Presidente de la Fundación Agustina Lerena (Fundada el 21/10/2002), Presidente Centro de Estudios para la Pesca Latinoamericana, CESPEL (Fundada el 02/04/1989).

Autor de “Malvinas 1982-2022. Una gesta heroica y 40 años de entrega” (2021) y de “Pesca Ilegal y Recursos Pesqueros Migratorios Originarios de los Estados Ribereños de Latinoamérica y El Caribe” (2022).