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LA ESTRATEGIA DEL CONSEJO NACIONAL DE MALVINAS – PARTE 3

César Augusto Lerena*

Del pensamiento de sus integrantes podemos imaginarnos el futuro de Malvinas.

El general que permaneció en su cargo mientras se enajenaba el Atlántico Sur.

Continuaré refiriéndome a algunos de los miembros seleccionados para integrar el Consejo Nacional de Malvinas (el día que se ponga en funciones) para imaginarnos cuáles podrían ser las políticas destinadas a recuperar Malvinas. Apenas fallecido el ex presidente Carlos Menem, distintos personajes salieron a hacer una semblanza del extinto. Uno de ellos, el General (RE) Martín Balza quien, precisamente, fue designado para integrar el Consejo que coordina el secretario de Malvinas Daniel Filmus, efectuó unas llamativas declaraciones en su condición de general en jefe en la década del 90.

Refirió en la entrevista (difundida por Urgente 24) el citado: “Carlos Menem, jamás interfirió en mis decisiones”, perdiendo de vista Balza su condición de subordinado del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, el presidente de la Nación. Es éste el que toma las decisiones y el general quien las cumple.

La fórmula “Subordinación y valor para defender a la Patria” que utiliza el ejército en las formaciones, debiera concluir por imperio del artículo 6º de la Ley 23.463, en “y defender la Constitución Nacional” razón por la cual, no debiéramos asignarle ningún valor o atribuirle especial mérito a un general por defender, como cualquier ciudadano, la Constitución. La Subordinación en el caso del Mando Militar, se entiende como “la sujeción a la orden, mando o dominio del subalterno con respecto al superior. El subordinado acata el mando por la existencia de una relación jerárquica que él comprende y acepta”; y Valor es un concepto que describe el comportamiento generador del bien de su desempeño del que depende en gran medida, el éxito en el cumplimiento de las órdenes que se le han impartido para la realización de las misiones y actos de servicio”.

En base a lo precedentemente expuesto precisaría los dichos del general Balza: jamás dejó de cumplir con las órdenes impuestas por la conducción del Comandante en Jefe Carlos Menem (El presidente dispone de las Fuerzas Armadas”, Martín Balza, El Intransigente, 14/11/2019) y la Constitución y, ello incluye, a todas las decisiones, de otro modo se hubiera tenido que ir a su casa. Los oficiales superiores al asumir una función de mando deben prestar el juramento de observar y hacer observar, si fuere necesario, hasta perder la vida, la Constitución Nacional, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Poder Ejecutivo Nacional (Art. 1º y 5º Ley 23.463). Ergo, Balza avaló con su continuidad todas las acciones relativas a la enajenación de la soberanía nacional —al menos— que se llevaron a cabo durante la década del noventa. 

Me permito recordar que, como comandante de la VI Brigada (1987), subjefe del Estado Mayor General del Ejército (1990) y jefe del Ejército Argentino (1991), Balza se mantuvo activo en los altos mandos militares entre 1989 y 1999, uno de los períodos más oscuros de dominación y de mayor entrega nacional del Atlántico Sur y Malvinas y, “sus decisiones” (sic) al respecto, fueron inexistentes o infructuosas —si existieron— respectos a los Tratados, Acuerdos, etc. que enajenaron la soberanía nacional.

Como Secretario de Estado designado en julio de 1989 renuncié los primeros días de enero de 1991 (La Capital de Mar del Plata, pág. 7 del 20/02/91) por la gravísima entrega nacional que en el área de Malvinas y del Atlántico Sur, Menem, Cavallo y quienes los acompañaban en sus políticas (algunas de las cuales describo a continuación o que pueden ampliarse en el libro de mi autoría “Malvinas. Biografía de la Entrega”, 2009). La renuncia, aunque, como en mi caso, sea por propia determinación, supone un alejamiento y una pérdida, pero también la posibilidad de ejercer un derecho irrenunciable de participar activa, ética y libremente en favor de los intereses supremos de la Nación. Me quedaba adherir a “El Estado soy yo” de Luis XIV o al “Estado somos nosotros” de Lenin, gozando en ambos casos de las mieles del poder; pero suscribí a “el Estado son todos” de Honoré de Balzac, acompañando a millones de argentinos bien nacidos que, por encima de los intereses personales, ponen el de la nacionalidad, el respeto y admiración a nuestros ascendientes y a los héroes que regaron con su sangre la Nación. Mientras, el general Balza continuó prestando sus incondicionales servicios al ex Presidente Menem hasta 1999. Es evidente que tenemos una diferente valoración de los hechos que ocurrían en esos años y, mientras él refiere, a “una modernización de la fuerza” inconducente, precisamente por efecto de los Acuerdos de Madrid como veremos, muchos percibimos una Nación de rodillas.

Hubo respeto mutuo y en ocasiones hasta afecto del señor presidente hacia su persona y (…) nunca interfirió en mis decisiones (…) jamás interfirió en la relación mando-obediencia-subordinación (…) en todo momento respetó a las fuerzas armadas”, refirió Balza en la entrevista. Opiniones todas muy llamativas, de quien estuvo al frente del Ejército y cumplió las órdenes de un gobierno que enajenó la Soberanía Nacional. No me imagino a los Generales Manuel Belgrano, Martín Miguel de Güemes, Juan Manuel de Rosas, José Gervasio Artigas, Juan Lavalle, Manuel Oribe, Simón Bolívar, Juan Gregorio de Las Heras, Juan Álvarez de Arenales, Bernardo O’Higgins, Miguel Estanislao Soler, Mariano Necochea y otros tantos, algunos de los cuales sus bustos se encuentran en el Colegio Militar de la Nación, que, estando entre los generales más destacados americanos, jamás hubiesen admitido en silencio tanta entrega, semejante cesión del territorio nacional, con graves implicancias sobre la Antártida. Y por supuesto, bastaría repetir algunas de las frases del General San Martín para saber que hubiera hecho nuestro Libertador: “Hace más ruido un hombre gritando que cien mil que están callados (…) Cuando la Patria está en peligro todo está permitido, excepto no defenderla”.

Cuando se analizan las condiciones de subordinación en que las Fuerzas Armadas argentinas —en particular del ejército— quedaron ante la pérfida Albión con motivo de la firma de los Acuerdos de Madrid y otras decisiones tomadas durante la década del 90 en la que ejerció la jefatura militar Balza, no hay más que repudiar la profundización de la entrega nacional de esos años.

Martín Balza es un general controvertido. Egresó (17/12/55) en orden de mérito 143 sobre 173 cadetes y, entre tantas otras declaraciones públicas, refirió que “nunca estuve de acuerdo con los indultos de Menem de octubre de 1989” (Mirá lo que te digo, 15/2/2021), pero, Hernán Fair pone en duda sus dichos: “una vez asumido, el Presidente (Menem) (…) el 7 de octubre de 1989 indultó por decreto a 216 oficiales y suboficiales y 64 civiles procesados por las rebeliones de Semana Santa, Monte Caseros y Villa Martelli y, el 29 de diciembre de 1990 el Gobierno firmó varios decretos (NdA: Decretos 2741/90 al 2746/90) que beneficiaron a todos los miembros de las Juntas del Proceso Militares, represores, terroristas, etc. (entre ellos a Firmenich y a Martínez de Hoz), satisfaciendo lo que en los hechos constituía la principal demanda política del Generalato castrense” (CONICET, “Relaciones políticas entre el menemismo y las Fuerzas Armadas. Un análisis histórico-político del período 1989-1995”, Revista KAIROS, UNSL, mayo 2011), en una fecha, en que el General Martín Balza ya era subjefe del Estado Mayor del Ejército.

Por otra parte, el servicio militar obligatorio, un régimen vetusto y prepotente, que imperaba durante la jefatura del general Balza, se terminó en 1994, no por la voluntad de éste de reconvertir la fuerza sino por la brutal muerte del soldado Omar Carrasco. Continuaba como jefe del Ejército cuando el 3 de noviembre de 1995 estalló la Fábrica Militar de Armamentos de Río Tercero y también cuando la Argentina, pese a ser uno de los cuatro países garantes del Protocolo de Río (1942), le vendió armas a Ecuador, pese a enfrentarse a la hermana República del Perú, el más importante aliado militar que tuvo la Argentina en 1982. No ampliaré sobre estos últimos hechos, pese a que por su condición de jefe del arma y su vínculo con el Ministerio de Defensa no debería —oficial o extraoficialmente— desconocer lo que ocurría al respecto. El manifestó “haberse enterado por los diarios de los decretos secretos” (Mirá, reportaje citado). Digamos: ¿estaba pintado?

No obstante ello y antes de continuar, no podría dejar de lado sus múltiples distinciones y medallas; sus tareas y declaraciones derivadas de sus responsabilidades militares (sus camaradas son quienes las valorarán) ni el valor de Balza de combatir en Malvinas, como no lo haría jamás con ninguno —cualquiera sea su jerarquía militar— de los que combatieron por defender nuestros archipiélagos; pero, hay cientos de soldados que aun combatiendo en Malvinas, no se consideran veteranos de guerra, porque siguen dando pelea sin solución de continuidad desde 1982 hasta nuestros días, sin sostener ni participar en un gobierno que, con sus acciones, favoreció la consolidación británica en Malvinas, Georgias, Sándwich del Sur y la Antártida.

Me limitaré entonces a describir lo ocurrido entre 1989 y 1999 respecto a la creciente ocupación británica del Atlántico Sur, Malvinas y la Antártida, cuando el General Balza era el principal responsable del Ejército argentino.

No pudo ignorar este general del más alto rango, el contenido de los Acuerdos de Madrid. Las Declaraciones Conjuntas del 19/10/1989 y de 18,19/12/1989 en París, convertidas luego, en el Tratado del 14,15/02/1990, comúnmente llamado de Madrid, y el Tratado de “Promoción y Protección de Inversiones británicas” en Londres el 11/12/1990, complementario del anterior, convalidado por la Ley 24.184.

Estos Tratados terminaron con la Argentina soberana, industrial, tecnológica, científica y dueña de sus recursos naturales y servicios públicos; que la devolvieron a sus orígenes de proveedor de granos, transgénica, semilla-dependiente y química-fumigada. La Argentina del monocultivo, con los servicios y los recursos naturales privatizados. Los ferrocarriles y las flotas navales liquidadas y los astilleros nacionales desfinanciados, etc. De la Argentina con un mar territorial de 200 millas marinas, por imperio de la Ley 17.094, a la Argentina de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) depredada por británicos, españoles, chinos, rusos, taiwaneses y coreanos.

La supresión de hipótesis de conflicto que dominaron las relaciones con Brasil y Chile en el siglo XX era razonable; pero el país pasó, de tener ocupados por los británicos en 1982 unos 11.410 km2 y tres millas marinas alrededor de Malvinas, a ser invadido por Gran Bretaña en 1.639.000 km2.. Un 52% de toda nuestra ZEE, equivalente a un 28% del territorio continental. Que nuestro país no tenga hipótesis de conflicto y, desarmadas sus fuerzas, es verdaderamente asombroso.

Estos Tratados se completaron con la sanción de la Ley 23.968 (10/09/1991) de los “espacios marítimos” que determinó las líneas de base, que le permitió al Reino Unido establecer los espacios marítimos alrededor de Malvinas; la sanción de la Ley 24.543 (13/9/1995) que ratificó la CONVEMAR, a cuya sanción —modestamente— nos opusimos sin éxito con el apoyo de un par de Senadores liderados por el Senador Pedro Molina (PJ Santa Cruz), que le permitió al Reino Unido considerarse —en forma ilegal— como un país ribereño en Malvinas y promover, en la actualidad, la multilateralidad regional del control de las pesquerías, para tratar de intervenir, en un pie de igualdad con la Argentina, en la administración de los recursos en el Mar Argentino; motivo por el cual, nos opusimos y, seguimos haciéndolo, a la sanción luego de varios años de discusión de la Ley 25.290 del 13/07/2000 que promueve las OROP (Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero) dejando la administración preeminente del Atlántico Sur en manos de los Estados de bandera en perjuicio de los Estados ribereños y frente a la presencia británica en Malvinas, violando la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

Balza permaneció en su cargo en silencio, como muchos que permanecieron y permanecen en silencio y son incapaces de proyectar una estrategia para salir de esta trampa que sume en la derrota perpetua a quienes creen que todo está perdido y, a una gran mayoría de argentinos, que ignora cuál es la situación del país. ¿Alguna vez el General Balza ante los Acuerdos de Madrid, en esos años, habló sobre la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur? que firmaron los países africanos occidentales y suramericanos con ZEE en el Atlántico Sur en la Asamblea General de la ONU (Res. 41/11 del 27/10/1986).

La Argentina y el Reino Unido acordaron, en primer lugar, aplicar la fórmula inglesa del “paraguas”, por la cual ambos países aceptaron el tratamiento de distintos temas, en tanto y en cuanto, ello no significase reconocimiento alguno sobre la soberanía de Malvinas. Pese a esta decisión ya lacerante e indigna, los británicos quebraron todas las resoluciones de la ONU, mientras nuestro país permanece congelado, declamando ante los foros nacionales. ¿Qué opinarán los argentinos y los fueguinos en particular sobre el incumplimiento de Res. ONU 31/49 y la 1514/60 que “Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales…” (4) y que declara “Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas” (6).

Ningún funcionario de alto rango ocupado en la Defensa Nacional pudo haber permanecido en silencio ante semejante invasión británica. Y aquí, la pregunta surge espontánea: ¿modernizar el Ejército para qué Balza? Si no es para defender la Soberanía Nacional que es el rol excluyente que justifica la existencia de esa fuerza. San Martín refiero al respecto: “Compañeros juremos no dejar las armas de la mano hasta ver al país enteramente libre o morir con ellas como hombres de coraje”, que, actualizado a los tiempos modernos y nuestra debilidad podría significar ¿Qué propuestas documentadas le presentó al Presidente de la Nación o al Ministro de Defensa para revertir la pérdida de territorios, recursos y soberanía?

En 1990 se estableció, entre ambos gobiernos la conservación conjunta de los recursos pesqueros al este de Malvinas (dándole al zorro a cuidar el gallinero) para facilitarles a los británicos el otorgamiento de permisos ilegales a flota extranjera. En 1991 con la delimitación de las líneas de base del continente se allanó al Reino Unido su propia delimitación en Malvinas que ocupo 438.000 km2 alrededor de Malvinas. En 1993 el Reino Unido amplió su ocupación marítima a las 200 millas. En 1994 se acordó la pesca en el Atlántico Sur con la entonces CEE y los buques españoles nunca pescaron en Malvinas. En 1995 se acordó intercambiar información sobre todo la actividad pesquera entre el paralelo 45º S (altura Puerto Camarones, Chubut) y el 60º S (altura de las islas Orcadas), es decir, por fuera de las 200 millas ocupadas por los británicos alrededor de Malvinas y, la Argentina, a través del INIDEP aportó sus científicos y buques aportándole información pesquera sensible.

En 1996 la Argentina acordó políticas de cooperación con el Reino Unido “en Beneficio de las partes involucradas”. En 1998 se firmó el “Convenio de Cooperación Militar” con el Reino Unido y, en lugar de reducirse la presencia militar británica en el mar argentino, el Reino Unido trasladó el Comando Sur desde la isla Ascensión a Malvinas, instalando la mayor base de la OTAN en el Atlántico Sur, con aviones, fragatas, misiles y radares de última generación, quienes son informados de los movimientos militares argentinos. ¿Alguien podría pensar que la base misilística instalada en Malvinas, es para evitar un nuevo intento armado de recuperar las islas por parte de los argentinos? Bueno, ello sería suponer que los británicos no conocen que nuestro presupuesto de Defensa es similar al de Chile o Perú, con un territorio continental y marítimo infinitamente mayor al de esos países. En 1999 la Cancillería Argentina colaboró con el Reino Unido para combatir los buques sin licencias británicas en el Atlántico Sur y, el mismo año por declaración conjunta británico-argentina del 14/15 de julio autorizó (transponiendo el espacio aéreo argentino) un vuelo semanal de “LanChile” entre Punta Arenas (Chile) y Malvinas, con una escala mensual en Río Gallegos, donde los argentinos —en un nuevo gesto de reconocimiento en favor del Reino Unido— debemos hasta hoy presentar pasaporte para ingresar a Malvinas y, mientras los cancilleres referían al fortalecimiento de “las relaciones entre la Argentina y Chile (…) el jefe del Ejército, teniente general Martín Balza, definió ayer al acuerdo firmado entre la Argentina y Gran Bretaña, el miércoles último, en Londres (…) Un pequeño gran paso el que se ha dado. No es poca cosa” (Andrea Centeno y Federico Quilodrán, La Nación 20/7/1999), lo que significó facilitar la logística general y transporte a los isleños.

Los Acuerdos de Madrid dejaron sin efecto la “Zona de Protección Militar” alrededor de Malvinas, pero, establecieron un “Sistema Transitorio de Información y Consulta Recíproca”, y otros, que de transitorio no tuvieron nada y que obligan a la Armada Nacional y a la Fuerza Área Argentina —al Ejército ni siquiera se lo incluyó— a informar al Comandante de las Fuerzas Británicas en Malvinas de todo movimiento marítimo y aéreo en el Atlántico Sur entre el paralelo 46º S (Comodoro Rivadavia) y 60º S (islas Orcadas). Es decir, cedimos a los británicos nuestra soberanía territorial y de defensa nacional en millones de km2 del espacio marítimo y aéreo argentino, frente a la Patagonia y a la Antártida Argentina. ¿No es llamativo que teniendo ocupada Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, como dije, no tengamos hipótesis de conflicto y ningún experto en defensa integre el Consejo Nacional de Malvinas?

Para ampliar en las cuestiones específicamente militares transcribiré las opiniones del Dr. Julio Carlos González, ex Director de Asuntos Jurídicos y Secretario Técnico de la Presidencia de la Nación del gobierno constitucional del 25/5/1973 al 24/3/1976, momento en que fue detenido por golpe militar y último preso político en recobrar la libertad el 18 de abril de 1983, del que nadie podría dudar de su espíritu democrático y nacional. Respecto a los Acuerdos de Madrid (“Los Tratados de Paz por la Guerra de Malvinas”, 1998; “Tratados por Malvinas del 15 de febrero de 1990: La entrega del país a Gran Bretaña, 14/2/2019), que ya en 1990 (La Prensa, 15/3/1990) había desenmascarado con valentía y dignidad ciudadana, calificó a estos Tratados de ruines e ignominiosos “redactados por el Foreign Office” (Ob. Cit. pág. 129). ¿Tal vez el general Balza —el jefe del Ejército— se haya enterado por los diarios?

Refiere Julio González sobre la “subordinación de las fuerzas armadas argentinas a las fuerzas británicas (III): El art. 4° donde la delegación británica anuncia la decisión de su gobierno de “dejar sin efecto la Zona de Protección establecida alrededor de las islas Malvinas (Falkland)” fue publicitado como un logro del gobierno argentino, pero en cambio exhibe una supremacía total de Gran Bretaña sobre el territorio de nuestro país (…). En efecto, desde el momento en que Inglaterra adquiere el derecho de controlar todos los actos de las Fuerzas Armadas de Argentina (art. 52º A, B y C del Tratado) es innecesario que se mantengan efectivos de Gran Bretaña para defender a las islas Malvinas de un eventual ataque argentino. Con esta estipulación el Tratado ha reconocido lisa y llanamente el derecho posesorio inglés sobre el Archipiélago de Malvinas. Por su parte, en el art. 5° se consignan los derechos que adquiere Gran Bretaña sobre las Fuerzas Armadas de la República Argentina:

A: El Sistema Transitorio de Información y Consulta Recíprocas sobre los movimientos de las unidades de sus Fuerzas Armadas en áreas del Atlántico Sudoccidental. Las precisiones sobre este “Sistema Transitorio” (cuyo tiempo de duración no se determina), se hallan especificadas en el Anexo 1 del Tratado.

I: respecto al Aumento del conocimiento recíproco de las actividades militares en el Atlántico Sur este excede ampliamente al área de las Islas Malvinas y su zona de exclusión marítima y comprende cualquier quehacer militar en el Atlántico Sur”.

«B: Las Autoridades Militares. En este aspecto se dispone que Autoridades Militares han de ser las siguientes: Para la República Argentina: La Autoridad Naval Argentina el comandante del Área Naval Austral (Ushuaia). La Autoridad Aérea Argentina el jefe de la Novena Brigada Aérea (Comodoro Rivadavia). Para Gran Bretaña: el comandante de la Fuerzas Británicas en las Islas Malvinas (Falkland). Es importante señalar, que el Tratado en este aspecto no otorga participación a la Autoridad del Ejército Argentino que tiene competencia y jurisdicción militar sobre todo el territorio continental de nuestro país, no obstante que el Territorio Continental Argentino es objeto específico del Tratado, comenzando por el ingreso y desplazamiento de súbditos ingleses cuya actividad en nuestro territorio por imperio del art. 13º del Tratado queda exenta de toda visa consular o permiso previo de las autoridades argentinas. Esta omisión es extremadamente grave si consideramos el antecedente de segmentación territorial de Harry S. Ferns» (Universidad de Birmingham en “Britain And Argentine in The Nineteenth Century” pág. 485 Ed. Hachette 1974. Idem Lord Franks “Report of Committee Of Privy Counsellors” publicado en “La Nación”, pág. 9, 2/4/1983). Esta parte “B” complementa y reafirma el objetivo final que se persiguen los británicos en materia militar. No sólo se busca una información y consulta entre las Fuerzas Armadas sino establecer una “comunicación directa” entre las Islas Malvinas y el Territorio Continental que incremente el “conocimiento recíproco” de las actividades militares en el Atlántico Sudoccidental».

«C, D y E: Las vinculaciones entre las Autoridades. En el texto se estipula que el Ejército Argentino no podrá participar directamente de esas transmisiones porque según el Tratado el Ejército no reviste el carácter de Autoridad Militar de la República Argentina» (¿?). Ya no por la defensa de la soberanía nacional, sino por la historia de sus patriotas y por la memoria de los héroes nacionales de su arma que nos dieron la independencia, debió renunciar.

«II: Respecto a la definición de unidades el Tratado determina la individualización de naves y de todo el personal de las fuerzas argentinas».

«III: Respecto a la información reciproca sobre movimientos militares ambos países se deben proporcionar con 25 días de anticipación el movimiento de sus Fuerzas armadas y de los ejercicios que verifiquen unas y otras y, otra serie de exigencias operativas. Del análisis de las coordenadas y paralelos es fácil advertir, que mientras los buques y aeronaves que se desplacen por la plataforma continental argentina han de estar subordinados a un fácil y seguro control británico, los buques ingleses que naveguen desde nuestras costas hasta el meridiano 20 W no estarán sometidos a igual control argentino. Con esto, Gran Bretaña se convierte en un estado ribereño con la Argentina y se consolidan los títulos ingleses de posesión de Malvinas y, el litoral marítimo de Argentina y, su espacio aéreo respectivo queda sin límite de tiempo bajo el control permanente de la Royal Navy y de la Royal Air Force. Este Anexo al que remite el art. 5° adjudica al Comando de las Fuerzas Británicas de Malvinas (Falkland) la coordinación de los salvatajes marítimos con Ushuaia y la coordinación de los aéreos con C. Rivadavia». Es fácil apreciar el lugar central que le dio el Reino Unido a las Malvinas y que la Argentina aceptó.

El Dr. Julio C. González precisa: «El Atlántico Sudoccidental en la actual reformulación geopolítica del mundo, es un área decisiva en la confrontación Norte-Sur. Por lo tanto, su control por una potencia rectora del hemisferio norte como Inglaterra, con el consentimiento de Argentina, titular del espacio territorial y marítimo que conduce a la Antártida, crea la posibilidad de que nuestro país pueda ser el epicentro de un serio y grave enfrentamiento internacional». No nos debiera asombrarnos hoy la presencia de naves y submarinos nucleares de estados Unidos. Y prosigue González: «Más importante que tener la titularidad de una parte del Continente Antártico a distribuir, es el dominio del corredor terrestre y marítimo que conduce a la Antártida y, ese corredor, está integrado por la Patagonia Argentina y por el Mar Argentino que se extiende desde el sur de Tierra del Fuego e Islas de los Estados hasta las Islas Orcadas del Sur que se hallan situadas a la altura del paralelo 60 Sur (…) Todo lo transcripto y analizado hasta aquí, nos permite constatar que a partir del 31/3/1990 la Patagonia Argentina y el sur de mar argentino serán objeto de una soberanía compartida con Gran Bretaña». Nada que no se esté cumpliendo con el Reino Unido ocupando 1,6 millones de km2 del sur-sur argentino.

«La “Bilateralidad” de las relaciones militares entre Inglaterra y la Argentina excluyó toda participación del Ejército Argentino, hizo lo mismo con la participación de otros Estados y de organismos internacionales. Es así como la Argentina marítima y aérea quedó en su parte austral bloqueada, vigilada y aislada por la hegemonía de una Potencia Extracontinental que usurpa un archipiélago de su territorio y que además es árbitro permanente de sus fronteras con la República de Chile».

Hacia 1998 González decía: «No tenemos noticia de que ningún jefe de las Fuerzas Armadas, ni en actividad ni en retiro, haya formulado alguna crítica a este Tratado» y, ello lo incluye en un rol protagónico al general retirado Martín Balza, que no parece haber dicho nada sobre estos Acuerdos ni sobre los enemigos externos durante esa década ya que, como jefe del Ejército se mantuvo en silencio, al menos, hasta 1999. Fue un jefe obediente y por sus declaraciones posmorten relativas a Menem, lo sigue siendo: “recibí la comprensión y apoyo de Menem” (Mirá, 17/2/2021). Nada comparable, a lo que el general Antonio José de Sucre diría a sus soldados al iniciarse la batalla de Ayacucho el 9 de diciembre de 1824 que terminaría con los realistas en América: “De los esfuerzos de este día, depende la suerte de la América del Sud”.

Casi nadie está exento de responsabilidades. Pero los que debieron ser custodios de la soberanía nacional seguro que no. En el escenario de hoy, respecto a Malvinas, que es el resultado de los Acuerdos de Madrid 1989/90 y de otras medidas contrarias al interés nacional de la década del noventa, no me imagino al general (RE) Martín Balsa diseñando el plan estratégico en el Consejo Nacional, para recuperar el ejercicio pleno de nuestra soberanía en Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la plataforma continental y la Antártida.

Sobre estos temas “escribo siempre que puedo, con náuseas al comenzar” (Horacio Quiroga).

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

 

19 de febrero de 2021 (a 84 años de la muerte de Horacio Quiroga)

 

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“TODOS AQUELLOS QUE TENGAN MIEDO O QUE NO SE ANIMEN HAY OTRAS OCUPACIONES ADEMÁS DE SER MINISTRO”

Que en 2021 estén solo los que se animen a construir una Argentina mejor

 César Augusto Lerena*

La vicepresidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner se expresó así en un acto en el que participó en La Plata, junto al presidente Alberto Fernández.

Días pasados la Sra. vicepresidente de la Nación Cristina Fernández de Kirchner invitó a retirarse del gobierno a quienes tienen miedo o les falta coraje para ejercer la defensa del interés nacional. No seré yo quien interprete el alcance de esta intimación, porque, es muy probable, que el nivel de temor de los destinatarios, según la vara con el que se los juzgue, pueda tratarse desde una estratégica prudencia a panic attack, o, simplemente, un mal crónico que aqueja a los funcionarios: incapacidad o esfuerzos aplicados a intereses ajenos al Estado (a libre interpretación del lector).

Sería imprudente que cada uno de los ciudadanos de a pie, se pusiese a mencionar con nombre y apellido a quienes deban abandonar sus cargos; en principio, porque no está destinado a nosotros ese mensaje, sino a cada uno de los funcionarios que tienen miedo o no se animan a dar cumplimiento al juramento dado “a Dios (en su caso) y a la Patria, prometiendo observar y defender la Constitución, las leyes de la República y los deberes del cargo para el que han sido nombrados”; también, porque el que nombra y remueve a los funcionarios es el Presidente de la Nación y, finalmente, porque irse en este momento, sería reconocer una debilidad e incompetencia y el incumplimiento consecuente de sus obligaciones. Sería aceptar con dignidad “que Él (por Dios) y la Patria os lo demanden”, atributo que no suele estar presente cuando a alguien se lo impele a renunciar.

Entonces, como “al chancho rengo se lo conoce al andar”, lo mejor es referirse a las obras y no a los hombres que debieran ejecutarlas, en la acción de gobierno y, también, tratar de discernir entre las obligaciones burocráticas y aquellas que son centrales en la doctrina justicialista: justicia social, independencia económica y soberanía política, aunque aceptadas por las distintas corrientes políticas.

Con este mandato vicepresidencial y habiéndose cumplido un año de la asunción del gobierno, me referiré entonces a lo ocurrido en el Atlántico Sur, MALVINAS, Georgias del Sur, Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y la PESCA; una actividad —esta última— desde la cual se puede contribuir a dar cumplimiento a la citada doctrina.

La Pesca, es una actividad generadora de importantes recursos económicos y de mano de obra intensiva; de radicación poblacional e industrial pesquera y naval en áreas estratégicas de la Nación; de ocupación del amplio territorio marítimo argentino; pero, sobre todo, es una herramienta insustituible para recuperar Malvinas. Al respecto, he venido diciendo hace décadas, que “Sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas” y agrego: “la pesca será el más importante instrumento para recuperar la soberanía de Malvinas”, y ello no habrá de llegar, con solo rogar al Reino Unido a que se acoja a lo prescripto en la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas.

Me referiré, entonces, solo a lo que ha pasado (o no ha pasado) en materia de MALVINAS Y PESCA y “A quien le quepa el sayo, que se lo ponga”.

La propaganda de la Secretaría de Malvinas nos dice “Cumplimos un año de gestión. La Causa Malvinas volvió a ser política de Estado. Nos propusimos tres leyes para colocar la soberanía en el centro de las políticas de Estado. Una dispuso la creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo; la segunda norma, estableció sanciones y multas más elevadas para la pesca ilegal en aguas argentinas incluyendo las que circundan a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur; la tercera, demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental. (Amén de ello), reafirmaron su apoyo a la posición argentina sobre Malvinas la ONU, la OEA, la CELAC, el MERCOSUR, el SICA, el G77+China, entre otros múltiples organismos multilaterales; avanzamos en la identificación de los soldados caídos; celebramos los 200 años del izamiento de la bandera argentina en Malvinas; seguiremos trabajando para que la celeste y blanca vuelva a flamear en todo nuestro territorio” (sic). Faltó agregar que esa Secretaría considera que la Res. 2065/65 de las Naciones Unidas es “la llave para resolver el conflicto” (sic) y “la única forma de recuperar las islas es el diálogo” (sic) (Daniel Filmus, “El Ciudadano”, Rosario, 13/12/2020).

Bueno, empezaré de mayor a menor, respecto a lo que se define como una política de Estado en esta materia: sí la clave, para recuperar Malvinas, es la Res. ONU 2065/65, los archipiélagos jamás volverán a estar en poder de Argentina. Esta herramienta, si bien en 1965 fue esencial, después de 55 años ha demostrado ser accesoria e ineficaz y absolutamente nula, para recuperar el diálogo con el Reino Unido la “única forma”, que el secretario considera —a mi juicio erróneamente— para recuperar las islas.

Por lo dicho, la Secretaría no ha innovado en la cuestión Malvinas y sigue con una estrategia insuficiente y vetusta, además, de avanzar sobre facultades que, como veremos, el Congreso de la Nación, ha puesto en manos del Consejo Nacional de Malvinas. En cualquier caso, la “Política de Estado” para resolver la cuestión Malvinas no pasa por dialogar sobre la soberanía de las islas, porque en la hipotética, pero improbable situación, en que el Reino Unido se avenga a dialogar, no será para reconocerle a los argentinos la soberanía de Malvinas. Para ello, hay que llevar adelante una estratégica inédita (jamás aplicada por la diplomacia argentina) que, en todo caso, concluirá en un diálogo consensuado. Y me adelantaré, con un ejemplo, lo que diré después, con mayor detalle: la flota China en aguas de Australia no solo está destinada a capturar sus peces, sino a aplicarle a “Australia la porra diplomática y, transformarlo en el chivo expiatorio de Beijing” (Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).

La Secretaría de Malvinas el 6/11 recordó el izamiento de la bandera en Malvinas; el 20/11 la soberanía nacional, el 16/12 los 55 años de la Res. 2065; pues bien, estas conmemoraciones son necesarias para fortalecer el sentimiento nacional o recordar nuestro interés perpetuo por Malvinas, pero son cuestiones que debería llevar un pasante de la Cancillería que sepa leer las efemérides. Otro tanto ocurre con los sucesivos apoyos de los países y los organismos internacionales a la posición argentina respecto de Malvinas, para ello son necesarios los embajadores destacados en los ámbitos adecuados. De hecho, eso ocurrió en 1965, cuando el que pronunció los alegatos por Argentina ante el Subcomité III de las Naciones Unidas, que culminó con el dictado de la Res. 2065, fue el entonces Consejero Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, el embajador José María Ruda.

Ahora, ¿qué hace la Secretaría de Malvinas para que las declamaciones se transformen en hechos? ¿Por qué pese a estos apoyos obtenidos, Uruguay sigue prestando sus puertos a las embarcaciones que pescan en Malvinas y a quienes depredan nuestros recursos migratorios en alta mar; Brasil es el destinatario de los vuelos desde Malvinas y Chile sigue siendo un aliado estratégico del Reino Unido? De esto debiera ocuparse la Secretaría de Estado que tiene por objeto recuperar la soberanía en Malvinas.

Respecto a las tres leyes que la Secretaría de Malvinas indica que, colocan la soberanía (de Malvinas) “en el centro de las políticas de Estado”, afirmo que en la forma en que están redactadas y como se han ejecutado (o no) durante este año, de ninguna manera, pueden ser el eje central de una política de Estado y, si analizamos su contenido, son instrumentos de escasa significación y, no es de esperar que, a partir de ellas —y menos si no se aplican, en el caso de incremento de sanciones— se modificará la situación de ocupación británica y de explotación de nuestros recursos en Malvinas.

Respecto a la Ley 27.557 del 4 de agosto de 2020 “sobre los límites de la Plataforma Continental”, empiezo por decir, que por Decreto 14.708/46, el gobierno argentino ya reivindicó la soberanía nacional sobre el mar epicontinental y el zócalo continental y, en 1966, por Ley 17.094 reafirmó la soberanía sobre el lecho y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a su territorio hasta una profundidad de 200 metros o más allá de ese límite hasta la profundidad que las aguas suprayacentes permitieran la explotación de los recursos naturales. La Argentina por Ley 24.815 del 26 de mayo de 1997 creó la Comisión de Límites (COPLA) para dar cumplimiento a la Ley 24.543 que ratificó en 1995 la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). La Ley 27.557 que demarcó el límite exterior de la Plataforma Continental, no se ajustan a los recomendados por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC), conforme el art. 76º inciso 8º de la CONVEMAR: “Los límites de la plataforma que determine un Estado ribereño tomando como base tales recomendaciones serán definitivos y obligatorios”, ya que esa Comisión solo “recomendó” 351.633 Km2 de los 1.782.000 Km2 presentados por nuestro país el 29 de abril de 2009, entendiendo que 1.430.367 Km2 se encuentran en disputa con idéntica presentación presentada por el Reino Unido el 11 de mayo de 2009. Es decir, que el proyecto de ley que la Secretaría de Malvinas presentó ante el Congreso de la Nación y exhibió al transformarse en ley como un éxito del gobierno argentino no se ajusta estrictamente a los hechos y los planos que esta Secretaría envió a imprimir con destino a escuelas, instituciones, etc. tienen un amplio espacio en disputa, que no está debidamente aclarado en la cartografía, generando confusión y un triunfalismo que no se ajusta a la realidad. Este supuesto no tiene efecto alguno sobre Malvinas y en todo caso agregó una nueva controversia con Chile. La Constitución garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de que la información pública debe ser adecuada y veraz.

En cuanto a la Ley 27.564 del 16 de septiembre de 2020 “por la que se elevaron las sanciones y multas a la pesca ilegal en aguas argentinas, incluyendo las que circundan a Malvinas” (sic), lo que es redundante, porque las aguas correspondientes de los territorios insulares son argentinas, pero que, como veremos, las autoridades nunca aplicaron multa alguna. La Argentina no capturó ningún buque pesquero con posterioridad a la sanción de la ley y durante el año 2020 solo apresó tres (sin decomisarlos). Es decir, sin apartarse del bajo promedio de dos buques por año en los últimos 40 años, sobre una población de entre 350 y 500 buques que pescan nuestros recursos migratorios en la ZEE Argentina o fuera de ella. Por otra parte y, muy importante, el gobierno argentino no ha multado a ninguno de los 105 buques españoles o en sociedad con empresas británicas pescan en las islas; 73 taiwaneses; 30 coreanos del sur y otros 4 que pescan desde 1982 un promedio de 250 mil toneladas dentro del área de Malvinas (FICZ y FOCZ para los británicos) por un valor superior a los 650 millones de dólares y que consolidan año a año la ocupación británica en las islas y, aún más grave (si se puede asignarle más gravedad aún) sin apresar ni multar a ninguno de los buques que durante la pesca del calamar illex, loligo, hoki, merluza negra y otras especies capturaron por fuera de los límites impuestos por los propios británicos para la zona de Conservación y gestión provisional de las Malvinas (FICZ) y la Zona exterior de conservación de Malvinas (FOCZ). Por cierto, nada han hecho la Secretaría de Malvinas o la Subsecretaría de Pesca Nacional para reclamar el resarcimiento económico al Reino Unido y a las empresas que han pescado ilegalmente en Malvinas desde 1976 a la fecha unos 10,8 millones de toneladas por un valor estimado en los 28,2 mil millones de dólares que, más derechos, intereses y la pérdida de chance en el comercio final, podrían haber significado un valor aproximado del orden de los 197 mil millones de dólares.

Un caso particular es el de España que ha reconocido que Malvinas es territorio argentino y que, pese a nuestros tradicionales lazos de amistad, sus buques subsidiados por la Unión Europea se asocian a empresas británicas de Malvinas para pescar en estas aguas. Sinceramente es deplorable la falta de acción de la Secretaría de Malvinas y la Subsecretaría de Pesca para terminar con esta pesca ilegal, que no solo se lleva nuestros recursos (las especies más valiosas, del orden de los U$S 24.000 la tonelada) sin licencia argentina y, fortaleciendo la posición británica en las islas. Hay que intimar a España a que acuerde con la Argentina y deje de pescar en forma ilegal, en contra de las normas de la U.E., la CONVEMAR y la legislación nacional.

El caso Pescapuerta-Estrella Patagónica podría ser un caso testigo (habría otros), de cómo los españoles se aprovechan desvergonzadamente de nuestra “incapacidad de control”. Esta cuestión, de pescar con habilitación en el continente e ilegalmente en Malvinas violaría la legislación argentina (24.922 y 26.386) y la disposición primera de la Constitución Nacional. Ya hemos dicho que es urgente la intervención de la Secretaría de Malvinas y de Pesca y los funcionarios deben hacer cumplir las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dictan; proteger y conservar la propiedad del Estado y emplear sus bienes (los peces lo son) con los fines autorizados. De no hacerlo podrían quedar incursos en un delito penal y de traición a la Patria, por contribuir al sostén británico en Malvinas.

Los funcionarios de la Subsecretaría de Pesca y de la Secretaría del Malvinas, por su incumplimiento estarían violando el art. 41º, 124º y la Disposición Transitoria Primera de la Constitución; las leyes 24.922 y 26.386; la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego y la Ley de Pesca 244º de esta Provincia, impidiendo el desarrollo de todo el litoral patagónico y de la citada Provincia.

Por otra parte, por la Ley 27.558 del 4 de agosto de 2020 se creó el “Consejo Nacional de Asuntos relativos a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes; que promueve políticas de Estado a mediano y largo plazo» (sic), como refiere la propaganda oficial.

La creación de este Consejo era necesaria, ya que en atención a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución debe diseñarse una estrategia nacional, con la participación política plural y con los más importantes expertos en materia del Atlántico Sur; sus archipiélagos; la Antártida; los estrechos que vinculan al Atlántico con el Pacífico y, las provincias del litoral marítimo, sus recursos naturales, económicos y laborales; las cuestiones de defensa; de puertos; transportes; industrias; poblaciones, etc. que trasciendan los cambios políticos de los gobiernos.

Entendida la necesidad de este Consejo, éste no habrá de cumplir con el objeto de su creación, sino se perfecciona el alcance de sus objetivos y atribuciones, se amplía la composición de sus miembros y se precisa su continuidad, ya que improbable diseñar políticas de Estado, en las condiciones en las que se ha creado este cuerpo.

Respecto al alcance de los objetivos percibo un error, ya que no se ha incluido el tratamiento de las cuestiones de la Antártida, que están directamente vinculadas a las Malvinas y la proyección de éstas sobre el territorio antártico. Esto lo confirma el propio secretario de Malvinas cuando refiere “claramente no hay ninguna intención, por parte del Reino Unido, que no sea tener una puerta de entrada a la Antártida…”. Del mismo modo, omitir las cuestiones de defensa, lo que también el mismo secretario ratifica: “…al mismo tiempo contar con la posibilidad de instalar una base militar de un país de la OTAN en un lugar estratégico” (Daniel Scarímbolo, Telam, 22/11/2020). Entiendo que es una omisión muy importante o, resulta una consecuencia de mantener vigente los Acuerdos de Madrid I y II. Por otra parte, siendo el objetivo recuperar en forma pacífica Malvinas y los territorios marítimos, aparte de contar con especialistas en temas geográficos, ambientales, históricos, jurídicos y políticos (Art. 2º, Ley 27.558) es muy importante disponer de expertos en las cuestiones productivas, económicas, comerciales, sociales, comunicacionales y las relativas a los recursos naturales; los puertos; los transportes; astilleros; buques, etc. y, de radicación poblacional, industrial, laboral y de fortaleciendo las provincias del litoral marítimo. Es decir, si bien el objetivo es recuperar la soberanía en Malvinas y los territorios marítimos, la estrategia que se aborde, tendrá que ver con las innumerables cuestiones que confluyan a ello. No se puede buscar el objetivo en forma directa. Por ejemplo, ir a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Opinión Consultiva a la Corte Internacional de Justicia de la Haya para plantear nuestro caso, en este escenario, podría tener los mismos efectos nefastos que invadir Malvinas y ciertamente irreversibles.

En este estado, habría que recordarle a la secretaría del Malvinas que, con la creación del Consejo, las declaraciones deben pasar por el filtro de este Cuerpo, ya que a la hora de generarse consensos (Art. 2º inc. a) la figura del secretario perderá poder, el que se ha transferido al Consejo creado, salvo que éste se trate de un mero “mascarón de proa” y no se determinen dentro de él las políticas de Estado con la participación de todo el espectro político. Ello se regla perfectamente cuando indica (Art. 8º) “El Consejo Nacional (…) contará con una Coordinación Ejecutiva, que estará a cargo de la Secretaría de Malvinas y (…) tendrá los deberes y atribuciones que se le asignen (los consejeros) en el Reglamento Interno”.

Respecto a la composición del Consejo, llama la atención que, debiendo adoptar “sus recomendaciones, con carácter no vinculante, por consenso” (Art. 4º) integre este Cuerpo el propio Presidente de la Nación (el P.E.N.), ya que sus integrantes son solo asesores. Fuera de ello, los miembros son más (5) de los previsto en la ley, lo que, además de irregular, podría dar lugar en el futuro, a que la Secretaría de Malvinas (Art. 3º), promueva la designación de más miembros transgrediendo la Ley y su Decreto Reg. 822/20 (Art. 3º inc. g, h e i), pudiendo, en consecuencia, manipular la estrategia del Consejo. Además, no se fundamentaron las capacidades o habilidades de cada uno de los designados y, tampoco, se cumple con lo prescripto en el art. 3º respecto a la igualdad de género exigida por la ley, con la particularidad, de que tanto los senadores como los diputados seleccionados, todos los titulares son hombres. Por otra parte, entiendo como un contrasentido, que semejante responsabilidad y dedicación que se debe imprimir a esta tarea, se realice “ad honorem” (art. 6º) y, no parece estar dándose la dinámica que la importancia del tema amerita, cuando el Consejo solo se reunió tres veces desde su puesta en funciones y en todos los casos en forma virtual que, si bien el sistema puede ser confiable, parece poco adecuado —por los elementos empleados— para guardar la confidencialidad de “Secretos de Estado”.

Si bien describiré con mayor detalle en un próximo escrito las particularidades de este Consejo y los antecedentes de los consejeros elegidos, adelanto mi sorpresa ante la selección de la embajadora Susana Ruiz Cerutti, quien desde su posición de Ministra y Secretaria de Relaciones Exteriores; Directora General de Consejería Legal del Ministerio y, Miembro del Consejo Consultivo en temas vinculados al Atlántico Sur fue una de las diplomáticas que junto a Lucio García del Solar, José María Otegui; Horacio Besabe y Jorge Vázquez (Clarín, 14/10/1989; La Nación, Gobierno, p. 4, 16/10/1989) más trabajó para la elaboración y firma de los Acuerdos de Madrid; también, intervino en la resolución del Conflicto del Beagle, que significó para la Argentina la pérdida de las islas Picton, Nueva y Lennox, dando lugar al ingreso de Chile por primera vez al Atlántico Sur, rompiendo el “principio oceánico” (Argentina en el Atlántico, Chile en el Pacífico) que nuestro país había sostenido, en contrario a la opinión de Chile. Fue también Agente argentino ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya en el caso de la pastera Bosnia, en el que la Corte entendió, que Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación.

La referida Ruiz Cerutti participó en la etapa de “desmalvinización” (“la política de Caputo ha sido un retroceso estratégico imperdonable y la desmalvinización es algo más que retórica”, Ámb. Financiero, p. 37, 13/7/1989). Intervino, para satisfacer las exigencias británicas de aprobación de las Líneas de Base al Canciller Cavallo, que estableció el mar territorial de 12 millas y facilitó al Reino Unido hacer lo propio en Malvinas, acogiéndose luego a la CONVEMAR y, demoler el bastión soberano de la Ley 17.094 (Versión taquigráfica, fs. 24, Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Adolfo Gass). Suscribió el dictamen 67  que entre otras cosas eximía del pago de impuestos a los buques extranjeros más allá de las 12 millas (Nota 636/89 del 11/4/89 al Subsecretario de Pesca con el que se intentó dar sostén jurídico al programa de Pesca Experimental y Demostrativa PEXDA, popularmente llamado “el negocio floreciente de la investigación pesquera”) por el que fue denunciada por el Senador Nacional Pedro Molinas por “traición a la Patria” (La Capital de Mar del Plata, tapa, 18/8/1989), por ser el referido dictamen no solo contrario al interés económico de Argentina, sino que sus argumentaciones podrían haber servido a los intereses británicos en Malvinas.

Durante el año 2020 ninguna de las cuestiones importantes fueron resueltas por la Secretaría de Malvinas: la denuncia de los Acuerdos de Madrid I y II; la derogación de la Ley 25.290 del 13/7/2000 que aprobó (aunque no ratificó) el Acuerdo de Nueva York que podría dar lugar a las OPRAS; el pacto Foradori-Duncan; el Convenio de la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (ICCAT); la denuncia del Convenio suscripto en Londres el 11/12/ 1990 con el Reino Unido, para “La promoción y la protección de inversiones en la Argentina”, sancionado el 04/11/1992 por Ley 24.184. La resolución de estos temas nos mostraría, qué tan dispuestos están los funcionarios designados; qué atribuciones tiene el Consejo; si es solo un cuerpo asesor no vinculante (Art. 4º de la ley) o si promueven (como dice la publicidad oficial) una Política de Estado para recuperar “los territorios marítimos e insulares argentinos y obtener en ellos el ejercicio pleno de la soberanía nacional”. El tiempo nos dirá si, por el contrario, como hasta ahora —a fuerza de considerar central la Res. 2065/65— la Argentina se limita a rogarle al Reino Unido que se siente a negociar soberanía.

Se dice, que no es necesario derogar alguno de los acuerdos y basta con no llevarlos a la práctica, sin embargo, su continuidad “debilita la posición jurídica y política de Argentina y el Reino Unido lo utilizará en detrimento de nuestro país” (Prof. Dr. Armando Abruza), más allá del estado de ejecución. No podemos dejar de lado que el referido Abruza, es miembro del citado Consejo Nacional de Malvinas.

Por otra parte la Secretaría de Malvinas, la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero, cada uno en lo suyo y en forma coordinada, no pueden ignorar el rol que tiene la Pesca para fortalecer el litoral marítimo argentino y la ocupación argentina de los espacios marítimos (1,6 millones de km2 invadidos por el Reino Unido); una tarea esencial para recuperar la soberanía argentina en los espacios ocupados; pero también, para promover el desarrollo económico, poblacional, industrial, laboral, social y cultural del área patagónica y de Tierra del Fuego, centro neurálgico y contracara de la ocupación marítima extranjera.

En un país con el 44% de pobreza y 11% de indigencia, resulta detestable que ninguna de las dependencias oficiales citadas precedentemente lleve adelante acuerdos cristalinos y acciones operativas, económicas y legales para frenar la pesca ilegal sobre los recursos migratorios en la alta mar, originarios de la Z.E.E. Argentina que, contravienen el art. 2º de la Ley 24.543, la CONVEMAR y la Ley 24.922 que son capturados por buques españoles, chinos, coreanos, taiwaneses y otros que operan subsidiados a distancia, produciendo una gravísima depredación de las especies y una contaminación del medio marino; además, de una pérdida de miles de millones de dólares anuales, de importantísimas fuentes de trabajo y alimentos. De haberse llevado un programa destinado a resolver parcialmente el problema, la Argentina podría estar exportando mil millones de dólares más por año (1/3 más de lo actual) y ocupado unos veinte mil trabajadores más. Aunque, la gravedad es mucho mayor todavía cuando se verifica la internacionalización del Atlántico Sur, que favorece la presencia británica en Malvinas, transformándose la Zona de Cooperación y Paz en el Atlántico Sur (Res. ONU 41/11 del 27/10/1986), en tierra de nadie, donde cualquiera —con capacidad militar— toma lo que puede y se le deja. China es un ejemplo de ello en los mares del Atlántico, Pacífico e Indico y el Reino Unido lo hace de igual forma en el 52% del territorio marítimo nacional que ocupa en forma prepotente. No explotará China (el Partido Comunista detrás) las aguas ocupadas por el Reino Unido, sino que lo hará sobre los territorios marítimos y recursos migratorios argentinos que la Argentina ha sido incapaz de explotar y proteger; aunque, no habría que descartar que, como piensa el gobierno de Australia, “la pesca china tiene importantes consecuencias estratégicas para la región(Jamie Seidel, News.com.au, 19/12/2020).

La inacción de la Secretaría de Malvinas, de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Federal de Pesca, nos llevará, de ser un Estado Marítimo a ser un país bolivianizado.

¡Señores esto es serio! Estamos frente a la flota pesquera más grande del mundo (16.000 buques) y a la tercera armada naval internacional, con vocación histórica hegemónica en los territorios marítimos e insulares. Tal vez, efectivamente, alguno de los funcionarios tenga miedo de ejercer su ministerio o esté jugando a parecer que ejercen la función que se les ha encomendado.

Amén de ello, no podemos dejar de reiterar que, si solo evaluamos los descartes de 300 mil toneladas/año en la ZEE Argentina, su aprovechamiento permitiría alimentar con la mejor proteína a tres millones de niños y adolescentes por día durante todo el año. Una lamentable pérdida de soberanía alimentaria por la incapacidad de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Federal Pesquero.

Finalmente, hay temas que parecen inocuos y que se tratan solo de cuestiones productivas, pero generan dependencia y un desprecio a las cuestiones marítimas, que incluyen a Malvinas. Si no cambiamos el modelo extractivo por uno industrial y de agregado de valor seguiremos regalando el trabajo argentino a los países desarrollados y, si no aumentamos el consumo de 6 kg per cápita anual de pescados (España consume 23 kg y el promedio mundial es 19 Kg) no valoraremos las riquezas que se llevan de Malvinas y el Atlántico Sur. Es también una forma de “desmalvinizar”.

Nos dijo John Barton: “sin la pesca no hubiéramos sobrevivido” (Director Ilegal de Pesca en Malvinas, Penguin News, 2012). Del mismo modo, que entiendo, que sin pesca no habrá soberanía en el Atlántico Sur ni en Malvinas y, también creo, que los funcionarios deben aportar inteligencia y pasión en esta causa imprescriptible nacional.

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

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19 DE OCTUBRE. FALLECIMIENTO DE JULIO ARGENTINO ROCA

Marcelo Javier de los Reyes*

El 19 de octubre de 1914 falleció en la ciudad de Buenos Aires Julio Argentino Roca, político, militar argentino, artífice de la conquista del Desierto, dos veces presidente de la Nación Argentina —entre 1880 y 1886 y entre 1898 y 1904— y uno de los pocos presidentes argentinos al que se puede considerar “estadista”.

El general Roca es una figura controvertida en la historia argentina, precisamente, por la conquista del Desierto. Sin embargo, es oportuno hacer este reconocimiento en un tiempo en que la memoria de muchos de nuestros próceres es cuestionada desde ciertos sectores ideológizados y con una absoluta incomprensión de que la historia no se juzga a partir de los valores actuales sino que debemos situarnos en el contexto de la época que vamos a analizar. Resulta aún más extraño que partidarios del Brigadier General Juan Manuel de Rosas —quien llevó a cabo su propia campaña al Desierto ocasionando un mayor número de muertes entre los aborígenes—, fustiguen a quien finalmente aseguró la Soberanía Nacional sobre el territorio de la Patagonia.

Tanto Rosas como Roca procuraron una solución a lo que se denominaba el “problema del indio” —a sabiendas que hoy no es correcto hablar de indio— y la preocupación que ocasionaba tanto durante la colonia como durante los primeros años de la joven república.

Le cupo al Brigadier General Juan Manuel de Rosas organizar una expedición con la intención de trasladar la frontera al río Negro. Ésta tuvo lugar en 1833 y estuvo al mando del Brigadier General Juan Facundo Quiroga, quien “no se movió de Cuyo, dejando libre el campo a Rosas”, según cuenta Estanislao Zeballos.

La campaña de Rosas no tuvo el éxito esperado; provocó la muerte de un gran número de aborígenes, el sometimiento de una parte considerable de ellos y demostró la superioridad de su ejército. Según Zeballos, también influyeron los consejos del “cacique chileno Venancio Coellapan”, quien mantenía buenas relaciones con Rosas y era muy influyente en esas tribus borogas.

En esos años, sobre las regiones pampeana y patagónica existían dos serias amenazas para la joven República Argentina: el “problema del indio” y la expansión de Chile, ambas en buena medida asociadas, habida cuenta que, por un lado, la aparición de los araucanos de este lado de la cordillera de los Andes ocurrió tanto por presiones internas de ese país y, en otras oportunidades, con la ayuda de milicianos chilenos y, por el otro, porque el robo de las miles de cabezas de ganado que llevaban a cabo los malones sobre Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y Cuyo, tenía por finalidad su venta en Chile. A estas dos hay que sumarle una tercera y que se remonta a la época de la colonia, pues las propias autoridades de la corona española temían a que los británicos ocuparan la Patagonia, habida cuenta de los antecedentes de la ocupación de las islas Malvinas, en 1833, y con anterioridad, las invasiones de 1806 y 1807 a Buenos Aires. Aquí cabe hacer una digresión: la tercera amenaza se encuentra vigente y para eso los británicos utilizan a los autodenominados “mapuches”.

En síntesis, el “problema del indio” se debía al “malón”, el ataque sobre propiedades rurales y las ciudades a las que se sumaban el secuestro de mujeres y el robo de ganado —considerado en varios cientos de miles—.

A partir de 1852, una vez derrotado Rosas las tribus de Callvucurá y otras asolaron las poblaciones cristianas de la provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa fe y Cuyo. Sus tropas dominaban amplias regiones y asolaban a las ciudades, como la de Azul, la que en 1855 fue tomada por ellas, causando la muerte de 300 vecinos. El propio Coronel Bartolomé Mitre marchó a Azul para recuperar la ciudad pero debió retirarse ante el acoso de los indígenas.

Tal era la situación que provocaban los malones que en 1877 el Ministro de Guerra y Marina Adolfo Alsina propuso la construcción de una zanja perimetral y de fortines para evitar los malones y el robo del ganado. A la muerte de Alsina fue llamado a ocupar su puesto de Ministro de Guerra y Marina el General Julio Argentino Roca quien hasta el momento tenía el cargo de comandante en jefe de las fronteras del sur interior.

Roca entonces llevó a cabo su teoría expuesta en 1875 a Alsina de avanzar sobre el desierto para lo cual había solicitado un año para prepararlo y otro para lograrlo. Sin duda, el plan de Roca fue el que permitió que las tropas del Estado Nacional llegaran al río Negro el 25 de mayo 1879.

Cabe mencionar que el Ejército Argentino enfrentó a los araucanos quienes estaban armados con fusiles Remington que traían de Chile, donde se los vendían los británicos a cambio del ganado robado por los malones en territorio argentino. De tal modo que la Campaña de Desierto fue la manifestación más eficiente del rol del Estado moderno, velando por la seguridad de su población.

Roca, como Ministro de Guerra y Marina dio cumplimiento a lo que ordenaba la ley de 1867 sancionada por el Congreso de la Nación, el cual recibió una fuerte presión de la opinión pública para impulsar el traslado de la frontera al río Negro. Los senadores Gerónimo del Barco, Juan Llerena y Mauricio Daract presentaron un proyecto de ley que fijaba como línea de frontera el río Neuquén, desde su nacimiento en los Andes hasta su confluencia con el río Negro y desde allí hasta la desembocadura del Negro en el Atlántico. En buena medida, esa ley fue el resultado de las gestiones del diputado Nicasio Oroño. En su momento, no pudo cumplimentarse debido a la simultánea guerra del Paraguay, que recién finalizó en 1870.

Cabe hacer la salvedad que cuando Roca emprendió su campaña al sur el presidente de la Nación era otro tucumano —al igual que Roca—, Nicolás Avellaneda, quien ejerció la primera magistratura entre el 12 de octubre de 1874 y el 12 de octubre de 1880. La Conquista del Desierto debe ser considerada la mayor campaña en pro de la Soberanía Nacional.

A 106 años del fallecimiento de Julio Argentino Roca, a quien —reitero— considero uno de los pocos presidentes argentinos que puede ser considerado “estadista”, mientras algunos compatriotas prefieren denostarlo y atrasar el desarrollo nacional introduciendo divisiones en la sociedad, yo opto por rendirle homenaje.

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.