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GUAYANA ESEQUIBA VENEZOLANIDAD REFORZADA ANTE LA DISYUNCIÓN EN LA CIJ

Abraham Gómez R.*

Sin lugar a dudas que tenemos una seria amenaza en ciernes. Hay sospechas de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ), este viernes 18 de diciembre del 2020, al parecer va a sentenciar —declararse con Jurisdicción y Competencia—, aunque nuestro país no se haga presente en el juicio, en el asunto litigioso suficientemente conocido.

A cada instante y en todas partes nos preguntan que si con la decisión que pueda tomar la Corte perderemos, de manera definitiva, la Zona en Reclamación. Diremos que son bastantes inquietudes que afloran; y que estamos, en la medida de nuestras posibilidades, impelidos a dar respuestas para concienciar, como siempre, a la opinión pública nacional, sobre este álgido caso de Derecho Internacional.

Primero, dejamos sentado que no le estamos quitando nada a nadie. La Guayana Esequiba histórica y jurídicamente siempre nos ha pertenecido.

Venezuela tiene los Justos Títulos traslaticios, que confieren carácter posesorio sobre los disputados 159.500 km2 y su proyección atlántica, desde el 8 de septiembre de 1777, con la Cédula Real de Carlos III, al crearse la Capitanía General de Venezuela; donde quedaron integradas las provincias de Caracas, Maracaibo, Nueva Andalucía (Cumaná), Guayana hasta el río Esequibo, Margarita y Trinidad.

Los gobiernos que ha tenido Guyana, de cualquier signo político, ya sea del partido Indoguyanés el Partido del Progreso Popular (PPP), de Cheddi Jagan o el afroguyanés, el Congreso Nacional Popular (CNP), de Forbes Burnham o el actual en el gobierno de Irfaan Ali; aunque se antagonizan entre ellos para muchas cosas, pero coinciden en el desacato al contenido y aplicación del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966; por cierto, el único instrumento jurídico que tenemos donde queda plasmado el reconocimiento del ardid tramposo en nuestra contra con el Laudo Arbitral de París de 1899.

Los ingleses en su momento y los guyaneses ahora insisten en el error histórico de desconocimiento de la propiedad que tuvo España en el inmenso territorio delimitado en la margen izquierda del río Esequibo.

Los ingleses perpetraron vulgares actos de Ocupación (que no Posesión), para crear asentamientos poblacionales en la Guayana Esequiba con migraciones forzosas traídas por ellos desde África, Asia y varias partes del mundo, para ocupar, hacerse de eso a la fuerza.

Explicamos que todo acto de Posesión lleva implícitos factores característicos; los cuales confieren a tal hecho especificidades, que son condicionantes exigibles que se describen de la siguiente manera: la Posesión debe ser pacífica, evento público del conocimiento generalizado, de buena fe para argumentar e improtestada. Que nadie vea lesionado su patrimonio.

Si se actúa así, la Posesión queda protegida jurídicamente y genera la posibilidad para invocar el Principio de Adquisición por Prescripción. Los ingleses no hicieron Posesión sino Ocupación.

De tal manera, que no debemos tener ningún temor; porque poseemos todos los elementos probatorios: socio-históricos, cartográficos, políticos y jurídicos, los cuales nos avalan, asisten y respaldan satisfactoriamente; y conforman un legajo de Títulos importantes para exponerlos cuando corresponda.

Heredad de la cual nos enorgullecemos; por cuanto, la alcanzamos en cruentas batallas por la Independencia de Venezuela. Son nuestros registros materiales para exponerlos en una mesa de discusión ante los pares guyaneses. Nuestros documentos soportan, además, cualquier discernimiento y propician el desmontaje de la vileza de la cual fuimos objeto.  Documentos Iuris et de Iure. Es decir, no admiten pruebas en contrario.

Segundo, este es un asunto que va mucho más allá de los gobiernos.

Hay que seguirle dando tratamiento de Política de Estado. En consecuencia, se han practicado todas las diligencias en su debido tiempo y oportunidad, por la reivindicación en Base Legis.

La delegación de nuestra Cancillería entregó, en su debida oportunidad, el Memorial de Contestación de la demanda que nos ha incoado la excolonia británica. Se consignó por ante la presidencia de la Corte Internacional de Justicia, el documento contentivo de la posición nuestra sobre el particular. Allí quedó sentado, que escogimos la vía de la No Comparecencia.

Me explico, nuestro país no reconoce la Jurisdicción y menos la Competencia de la Corte Internacional de Justicia para discernir y sentenciar en este pleito, que provocó, unilateralmente la delegación guyanesa, contrariando el Estatuto de la propia Corte.

No estamos rehuyendo la confrontación jurídica en el Alto Tribunal de La Haya.

Nos hemos limitado a invocar la No Comparecencia, el cual es un acto jurídico, legítimamente consagrado en el Derecho Internacional Público; mediante éste, un Estado no acepta ni Jurisdicción ni Competencia de la CIJ.

En nuestro caso, no admitimos —respetuosamente— como buena y propia esa Corte, porque no somos firmantes del Pacto de Bogotá de 1948. Tampoco fuimos consultados, como debió hacerse, por la contraparte en este asunto litigioso, para llevar esta controversia hasta allá.

La Parte guyanesa violentó la sucesividad que contempla el artículo (33) de la Carta de las Naciones Unidas, para la solución de pleitos entre Estados que pueda poner en peligro la paz de ambos y de la región.

La sucesividad significa que deben irse agotando las siguientes fases: la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección. Ellos se fueron directamente, al arreglo judicial, sin utilizar la figura del arbitraje, que es posible todavía darle vigencia; o regresar a la negociación directa; como también, apelar a un nuevo Buen Oficiante.

Un tercer elemento a considerar, lo podemos sintetizar como sigue: a pesar de que Guyana, en la Pretensión Procesal ante la Corte pide que se declare Cosa juzgada el asunto de la Guayana Esequiba, luego del Laudo Arbitral, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha considerado, prioritario y necesario, que ese Tribunal debe estar informado de todos los motivos de hecho y de derecho, en el que las partes se basan en lo que atañe a su competencia y jurisdicción en este específico caso.

Exactamente, tal será lo que dirimirá, este viernes en horas de la tarde, el jurado sentenciador en Los Países Bajos.

Ellos revisarán, a la luz de los artículos 36 y 37 de la normativa que los rige si poseen Jurisdicción y Competencia para conocer, en esencia, el contenido del Recurso interpuesto por Guyana contra Venezuela; así también, examinarán y darán su veredicto si Guyana hizo una correcta formulación de la demanda.

Venezuela debe saber que nos encontramos ante dos posibles escenarios: que la Corte se declare con Jurisdicción y la consecuente Competencia. Entonces, continúa el proceso. El Alto Tribunal invitará a la delegación venezolana a hacerse Parte del juicio.

Caso contrario, si la Corte da por buena sus predeterminaciones y escruta en estricta juridicidad la narrativa de los hechos y los fundamentos de derecho que entregó la delegación nuestra, no caben dudas que la Corte se declarará sin Competencia y sin Jurisdicción; y procederá a reenviar el caso al Secretario General de la ONU, para que llame a las Partes y alcancen otro mecanismo de solución de esta centenaria controversia.

Por encima de las circunstanciales (y estructurales) separaciones ideológicas, este caso debemos encararlo unidos. Primero que todo está nuestra venezolanidad

Otra advertencia sobre el particular, me permite señalar que, si los propósitos en la Política Exterior de Venezuela apuntan con seriedad, a sistematizar el reclamo por el vil despojo del cual fuimos objeto, entonces no debemos dejar a un costado a ese inmenso conglomerado, diseminado por todos los lugares del país, que está dispuesto a aportar sus opiniones y conjeturas, con legítima razón y natural derecho.

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de Estudios de la Frontera Venezolana (IDEFV).

Artículo publicado originalmente el 14/12/2020 en Disenso Fértil https://abraham-disensofrtil.blogspot.com/

GUAYANA ESEQUIBA: LA CORTE SIN JURISDICCIÓN Y NULA COMPETENCIA

Abraham Gómez R.*

A propósito de la controversia por la Zona en Reclamación, deseo referir que, en todas nuestras conferencias en las universidades, he insistido sobre varios aspectos protuberantes y destacables.

No me he cansado de reafirmarlo en los organismos culturales a donde se nos ha invitado a interesantes conversatorios. Igualmente, se ha podido leer en todos los escritos que publicamos en los medios de comunicación social y en las distintas plataformas tecnológicas.

¿Cuáles son esos aspectos? Veamos el primero: nos consta, por las indagaciones documentales, que el asunto litigioso que mantenemos con la República Cooperativa de Guyana es una herencia —verdaderamente— que el imperio inglés le dejó a la excolonia británica.

También estamos conscientes que Guyana alcanza su independencia el 26 de mayo de 1966, y en consecuencia adquiere su condición de Estado; con lo cual asume a plenitud la entidad de sujeto jurídico internacional para encarar una contención de tal naturaleza, como la que hemos sostenido por el vil atropello que se nos perpetró.

Hemos escuchado, en varias ocasiones quizás como alegato, que fueron los ingleses y no los guyaneses quienes nos arrebataron esa séptima parte de nuestro espacio territorial.

Por supuesto, estamos percibidos de tal maniobra socio histórica; sin embargo, no por ello vamos a desistir de nuestro legal y legítimo reclamo. Porque no es poca cosa el daño a la soberanía que nos causaron.

El segundo aspecto a destacar lo constituye la inmensa satisfacción que sentimos, ya que cada día muchos más compatriotas se suman a estudiar la problemática fronteriza confrontada por el costado este venezolano.

Alabamos —sin mezquindades— el trabajo suficientemente soportado con documentos de las ONG´s que han cumplido, por encima de las limitaciones pandémicas, bastantes actividades con el propósito de sensibilizar y concienciar a la población nacional del despojo hecho a nuestra geografía, mediante el nulo e írrito Laudo Arbitral de París, del 03 de octubre de 1899. Fecha de ingrata recordación en nuestro país.

Dentro de este mismo orden y sentido, deseamos expresar otro elemento, no menos importante, también atinente a la dinámica interna para la defensa de nuestra Guayana Esequiba, me refiero al recato y la prudencia que ha tenido el sector oficial para manejar las estrategias de reivindicación al caso contencioso.

Reconocemos la unidad de criterios que ha habido en esta lucha; aunque algunas veces nos gustaría que la Cancillería tuviera mayor capacidad de respuestas ante la vulneración, por parte de empresas transnacionales, de nuestros espacios territoriales y en su proyección atlántica.

Cuando estamos esperando, de un momento a otro, “una decisión sentencial” de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) aspiramos que la solidaridad e identidad nacional en el caso de la Guayana Esequiba se mantenga como un bastión compacto, pétreo, siempre fortificado.

No podemos negar que hemos cometido errores, desaciertos e impropiedades; sin embargo, nuestra lucha reivindicativa cada vez se vuelve más inmarcesible.

Nos enorgullecemos de la indeclinable posición de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, de la Fundación Venezuela Esequiba, de las Universidades, de la ONG Mi mapa, del Instituto de Estudios de la Defensa de la Frontera Venezolana (IDEFV), del Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales(COVRI), del Movimiento Nacional al Rescate del Esequibo, de la Comisión Especial para la Guayana Esequiba de la Asamblea Nacional, de nuestra Cancillería; en fin, hay actividades permanentes ejecutadas por la citada amalgama de entidades y personalidades, que no desmayaremos en esta noble causa.

Los reclamos que hemos hecho por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no están sustentados en caprichos chauvinistas, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas.

La delegación de nuestra Cancillería ha explicado en las instancias internacionales correspondientes las razones y argumentos cartográficos, sociohistóricos y jurídicos que nos asisten. Que no son empecinamientos o malcriadez diplomática.

Toda gestión se ha adelantado convencidos de que la Corte Internacional de Justicia, hacia donde ha sido remitida la contención por la interposición de recurso en nuestra contra por parte de Guyana, no tiene la más mínima Jurisdicción y mucho menos la Competencia para conocer forma y fondo de este asunto litigioso.

El tercer aspecto del cual daremos cuenta estriba precisamente, en lo relacionado a Competencia y Jurisdicción. Dos términos jurídicos que en algunas ocasiones y circunstancias se confunden; pero que para los efectos y alcance de la controversia que nos ocupa deben quedar —y debemos manejarlos— absolutamente transparentes.

Por la importancia y trascendencia de lo que reclamamos, y en estricto apego al Derecho Internacional Público, estamos obligados a “hablar el mismo idioma”. Las incoherencias en el ámbito internacional se pagan caro. No podemos diversificar intenciones o criterios en nuestra reivindicación venezolanista.

Permítanme señalar, una vez más, que Jurisdicción y Competencia son instituciones distintas en sus respectivas conformaciones conceptuales, estructurales y a los fines perseguidos (lo teleológico), que cada étimo comporta.

La Jurisdicción, para los magistrados de la Corte Internacional de Justicia en el caso específico Venezuela-Guyana, debe dimanarle y adquirirla, potestativamente (eo ipso) de una “ley internacional”, llámese: tratado, convención, acuerdo, carta de entendimiento, pacto; así entonces, no siendo Venezuela suscribiente, adherente y menos ratificante del Pacto de Bogotá de 1948 “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas”, nunca ha conferido jurisdicción automática a la CIJ, ni incurre en desacato al Principio Pacta Sunt Servanda.

La jurisdicción puede derivar y provenir, además, como ha ocurrido en bastantes casos, de la voluntad de las Partes litigantes, que han manifestado el consentimiento de obligarse y someterse a la decisión sentenciadora del Alto Tribunal de La Haya.

Venezuela, al no reconocerle jurisdicción a la CIJ, no se ha hecho Parte en este pleito; cuyo recurso interpusieron unilateralmente ante la Corte, los coagentes de Guyana.

Entendemos que, si Venezuela no legitima jurisdiccionalmente a la Corte Internacional de Justicia, el Alto Tribunal pierde todo el piso competencial (funcional y objetiva) para dirimir de fondo y forma la cuestión litigiosa que ha incoado Guyana

Un juez puede tener Jurisdicción y no Competencia, pero no al contrario. Si no posee la Jurisdicción, menos tiene la Competencia.

La Competencia de la Corte Internacional de Justicia, para el caso Venezuela-Guyana, sería deducible a partir de la potestad jurisdiccional, que legalmente nuestro país le atribuiría a ese órgano judicial frente al reclamo que planteamos por más de cien años.

La Competencia es una forma (una manifestación) restringida a partir de la jurisdicción.

La Competencia —dependiente de la determinación jurisdiccional— establece las reglas específicas que deben ser observadas —stricto sensu— operativamente para conocer de las controversias.

Lo importante es no confundir la especie (Competencia) por el género (Jurisdicción), ni lo contenido (Competencia) por el continente (Jurisdicción).

La propia CIJ ha expresado en sus escritos y resoluciones sobre el litigio in comento algunos interesantes pronunciamientos, que nos permitimos describírselas de seguidas: (*) Venezuela preserva las posibilidades de hacer valer sus Derechos Procesales —ya hemos expuesto en artículos anteriores, la opción de consignar la Excepción Preliminar—.(*) Debe resolverse, primero, la cuestión de la jurisdicción y la competencia de la Corte. (*) Es obligante que se determine por separado: jurisdicción de la CIJ y el Proceso, antes de cualquier decisión de fondo.

(*) La Corte debe decidir, como prioritario, si esta instancia tiene competencia para sentenciar sobre tal caso.

Reconforta saber que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) haya estimado, prioritario y necesario, que ese Tribunal debe estar informado de todos los motivos de hecho y de derecho, en el que las partes se basan en lo que atañe a su competencia y jurisdicción en este específico caso.

¿Estará dispuesta la Corte a llevarse por delante sus propias predeterminaciones?

 

* Miembro de la Academia Venezolana de la Lengua. Miembro del Instituto de la Defensa de la Frontera Venezolana (IDEFV). 

Nota publicada originalmente el 02/12/2020 en Disenso Fértil https://abraham-disensofrtil.blogspot.com/

 

NAGORNO KARABAJ, LA PEQUEÑA GUERRA DE LOS TREINTA AÑOS EN EL CÁUCASO

Giancarlo Elia Valori*

De 1618 a 1648 Europa fue destrozada por el violento e implacable conflicto entre protestantes y católicos. Después del final del ciclo de cruzadas que había resultado el primer conflicto entre cristianos y árabes, pero el primer y más severo conflicto armado entre las dos grandes almas del cristianismo, lo que los historiadores más tarde llamaron la “Guerra de los Treinta Años”, ciertamente no fue la última guerra religiosa. La Guerra de los Treinta Años terminó con la Paz de Westfalia que condujo al nacimiento de los Estados-Nación europeos y —como epílogo paradójico a una guerra desatada por razones religiosas— puso fin al control ejercido por la Iglesia sobre los reinos cristianos y sepultó cualquier intento del clero protestante de interferir en los asuntos políticos, aplastándolo mucho antes de que pudiera manifestarse abiertamente. Desde entonces, los centros de gravedad de los conflictos (también) sobre una base religiosa se han desplazado hacia la confrontación islámico-judía (las guerras árabe-israelíes de la segunda mitad del siglo XX y el enfrentamiento entre el Islam y el cristianismo.

Los conflictos religiosos tienden a ser feroces y sangrientos porque ninguna de las partes involucradas parece estar dispuesta a mediar con una contraparte considerada apóstata o de todos modos “infiel”. Frente a un público internacional distraído por las preocupaciones de la pandemia de Covid-19, el conflicto de 30 años aún no resuelto por el control de Nagorno Karabaj —una guerra de 30 años a pequeña escala porque se limitó al Cáucaso Meridional— volvió a estallar violentamente el 27 de septiembre pasado. Es el enfrentamiento entre Azerbaiyán musulmán y Armenia cristiana, que reclama un control de iure sobre una región, a saber, Nagorno, que ya controla de facto, aunque su territorio está totalmente cerrado dentro de las fronteras azerbaiyanas y sin ninguna conexión geográfica con la disputada patria armenia. Como veremos más adelante, el conflicto tiene raíces antiguas y profundas, pero está lleno de implicaciones geoestratégicas que podrían causar daños y tensiones extra regionales que son potencialmente muy peligrosas.

Raíces antiguas y profundas que, en este caso, también pueden ser llamadas “raíces del mal”. A finales de la década de 1920, Stalin —que estaba decidido a aplastar todas las ambiciones nacionalistas de las diversas almas que conformaban el enorme imperio soviético— tomó medidas drásticas para evitar que los diferentes grupos étnicos panrusos crearan problemas políticos y, con su habitual puño de hierro, decidió transferir poblaciones enteras a miles de kilómetros de distancia de sus asentamientos tradicionales para eliminar sus raíces étnicas y culturales. Chechenos, cosacos y alemanes se dispersaron a los cuatro rincones del imperio, mientras que el dictador soviético decidió —bajo la bandera del principio más clásico de “dividir y gobernar”— asignar la jurisdicción política y administrativa de la región autónoma de Nagorno Karabaj —habitada por poblaciones armenias y cristianas— a la República Socialista de Azerbaiyán, poblada por musulmanes azeríes, con el fin de mantener bajo control cualquier autonomía armenia.

Como también sucedió en los países satélites (véase el ejemplo de la Yugoslavia de Tito), el régimen comunista en Rusia logró contener —incluso con el uso sin escrúpulos del terror y la limpieza étnica— cada reivindicación nacionalista de todos los diferentes grupos étnicos que conforman el imperio. Esta operación, sin embargo, perdió su impulso cuando, en la segunda mitad de la década de 1980, la cautelosa campaña de modernización del país y el inicio de las tímidas reformas liberales de Mijaíl Gorbachov con su Perestroika causaron repercusiones inesperadas en las relaciones entre armenios y azerbaiyanos. El odio y el espíritu de venganza sin fin resurgieron debido a la disminución de medidas opresivas y represivas que, hasta ese momento, habían contribuido a mantener vivo al régimen soviético. La cohesión política y administrativa que había convertido a la Unión de Repúblicas en un organismo unitario comenzó a fracasar y las demandas de autonomía se volvieron cada vez más apremiantes.

Una vez más en 1988 el Parlamento regional de Nagorno Karabaj votó una resolución que marcó el regreso de la región a la jurisdicción administrativa de la República Armenia, la “madre patria cristiana”.

A partir de ese momento, la tensión entre armenios y azerbaiyanos se montó progresivamente, con enfrentamientos aislados y violencia interétnica que llevaron a la guerra abierta en 1991 cuando, inmediatamente después del colapso y disolución de la URSS, los armenios declararon formalmente la anexión de la disputada región de Nagorno Karabaj a la República de Armenia, desencadenando así un sangriento conflicto contra el vecino Azerbaiyán, un conflicto que duró hasta 1994 en el que murieron más de 30.000 civiles y militares.

Frente a la incapacidad del gobierno de Boris Yeltsin para llevar a las partes beligerantes de nuevo a la razón y a la mesa de negociaciones (que siempre es difícil en los conflictos étnico-religiosos) y ante la incapacidad de las Naciones Unidas para resolver el conflicto azerí-armenio, por cualquier medio necesario y lo que sea necesario, como se consagra en su Carta, intervino la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE). Bajo sus auspicios, se estableció en 1992 el “Grupo Minsk” —una mesa de negociación permanente gestionada por Francia, la Federación de Rusia y los Estados Unidos—.

A pesar del compromiso del Grupo de Minsk, la guerra entre armenios y azerbaiyanos continuó hasta 1994, cuando terminó —sin firmar ningún acuerdo de paz— después de que los armenios tomaran el control militar de Nagorno Karabaj y más de un millón de personas se vieran obligadas a abandonar sus hogares. Un doble éxodo que recordó al que siguió a la división entre la India y Pakistán, con los azerbaiyanos que, como musulmanes e hindúes, abandonaron sus tierras a los armenios y a los armenios que ocupaban casas traseras y territorios que creían que les habían sido arrebatados injustamente por maniobras estalinistas.

El fuego del conflicto seguía ardiendo, con enfrentamientos y agresión armada, durante más de una década y más tarde estalló de nuevo, sin razón aparente ni factor desencadenante, en abril de 2016. Los observadores internacionales se mostraron perplejos por esa reanudación de las hostilidades: decenas y decenas de soldados de ambos bandos murieron sin razón aparente ni factor desencadenante. Según algunos observadores especializados en este extraño y arcaico conflicto, las causas de la reanudación de las hostilidades se encontraban en el deseo de los Estados opuestos de “ganar terreno” y tomar el control de las áreas estratégicas lejos del enemigo. Según otros observadores internacionales probablemente más fiables, la razón del resurgimiento del conflicto tuvo que buscarse dentro de los dirigentes armenio y azerbaiyano. En medio de una crisis económica debida al colapso del mercado internacional del petróleo crudo (y los precios), ambos gobiernos dieron una mano libre a sus respectivos “perros de guerra”, con miras a reunir de nuevo su público desorientado e insatisfechos con el colapso de la economía. Islam, petróleo y Cristianismo eran los ingredientes explosivos de una peligrosa y aparentemente insalvable situación. En Bakú, capital de Azerbaiyán, multitudes se manifestaron por semanas, meses o años bajo la bandera de “Karabakh es Azerbaiyán”.

En Ereván, la capital de “Armenia”’, multitudes similares —aunque de una religión diferente y enemiga— pidieron “Libertad para nuestros hermanos de Karabaj”.

Mientras tanto, el fuego seguía ardiendo: Armenia tenía un control de facto de la región en disputa, que estaba totalmente dentro de las fronteras azerbaiyanas, sin corredor que la conectara con la “madre patria” armenia. El conflicto interétnico e interreligioso se complica aún más por factores geopolíticos.

Turquía es un socio tradicional de Azerbaiyán, habitado por musulmanes de origen turcomano. Turquía fue el primer Estado en reconocer la República de Azerbaiyán en 1991, mientras que, hasta ahora, aún no ha reconocido a la República Armenia, probablemente porque conserva su nombre y la orgullosa memoria que la vincula con el genocidio armenio de 1916-1920, cuando los turcos —convencidos de la infidelidad de los armenios y de su apoyo al zar ruso— exterminaron rápidamente a un millón de ellos.

La posición de Rusia hacia el conflicto y los beligerantes es más ambigua: por un lado, Rusia apoya las legítimas aspiraciones del pueblo armenio mientras, por otro lado —para evitar entrar en conflicto abierto con Erdogan, con quien juega un juego complicado en Siria y Libia— Vladimir Putin evita el uso de tonos amenazantes hacia Azerbaiyán —a la que sigue vendiendo armas— y trata de mantener la equidistancia e imparcialidad entre las partes. Su actitud aún no ha atraído las críticas turcas, pero obviamente deja a los armenios perplejos.

Como ya se ha dicho, el fuego se mantuvo ardiendo hasta el 27 de septiembre, cuando, sin ningún factor de activación aparente o evidente, armenios y azerbaiyanos reanudaron las hostilidades utilizando armamento sofisticado, como drones armados o misiles de largo alcance, que mataron a decenas de soldados y civiles de ambos bandos. Como se ha dicho anteriormente, las razones de la reanudación de las hostilidades no son claras: no hubo provocación directa o factor desencadenante.

Esta vez, sin embargo, muchos observadores están señalando directamente con los dedos a Turquía y su presidente, Tayyp Recep Erdogan.

Puede que haya colocado el problema de Nagorno Karabaj en el complejo juego de ajedrez geopolítico en el que participa el “nuevo” y agresivo Presidente de Turquía. Este último, consciente del peso que tiene su papel en la OTAN en la dialéctica con los Estados Unidos y Europa —que evidentemente no se percibe exigiendo un poco de equidad de un socio tan indisciplinado y engorroso, si no bastante falto de escrúpulos y agresivo— no duda en seguir su propio camino y buscar los intereses de su país en Siria, Libia, el Mediterráneo y el mar Egeo. Desde el control de Siria Oriental hasta la búsqueda de nuevas fuentes de energía, Erdogan está jugando imprudentemente en varias mesas, sin desafiar abiertamente a Rusia, pero no dudando en burlarse de las protestas de sus socios europeos y estadounidenses.

Un juego sin escrúpulos que puede haber inducido a Erdogan a instar a sus aliados azerbaiyanos a reanudar las hostilidades contra los armenios el 27 de septiembre pasado, para que más tarde los contendientes acepten el alto el fuego del 9 de octubre: una medida que lo convertiría en una contraparte obligatoria y privilegiada para Rusia, frente a la irrelevancia geopolítica de Europa y Estados Unidos. La primera se mantiene bajo control por la pandemia, mientras que la segunda está pensando sólo en las próximas elecciones. En este vacío de ideas e intervenciones, la situación en el Cáucaso Meridional con sus posibles implicaciones explosivas en términos de producción y exportación de fuentes de energía sigue en manos de Rusia y Turquía, libre de buscar acuerdos o mediaciones consideradas favorables, obviamente en detrimento de la competencia. En el pasado, en la época de Enrico Mattei, Italia habría tratado de desempeñar su propio papel en una región tan delicada como el Cáucaso, no sólo para defender sus intereses económicos y comerciales, sino también y sobre todo para buscar nuevas oportunidades de desarrollo para sus empresas públicas y privadas. Pero la Italia de Mattei está lejos: actualmente no podemos contar con un semillero de tensión en nuestra puerta, como Libia, y no podemos traer a casa a 18 pescadores de Mazara del Vallo detenidos ilegalmente por el señor de la guerra de Tobruk, Khalifa Haftar.

 

* Copresidente del Consejo Asesor Honoris Causa. El Profesor Giancarlo Elia Valori es un eminente economista y empresario italiano. Posee prestigiosas distinciones académicas y órdenes nacionales. El Señor Valori ha dado conferencias sobre asuntos internacionales y economía en las principales universidades del mundo, como la Universidad de Pekín, la Universidad Hebrea de Jerusalén y la Universidad Yeshiva de Nueva York. Actualmente preside el «International World Group», es también presidente honorario de Huawei Italia, asesor económico del gigante chino HNA Group y miembro de la Junta de Ayan-Holding. En 1992 fue nombrado Oficial de la Legión de Honor de la República Francesa, con esta motivación: “Un hombre que puede ver a través de las fronteras para entender el mundo” y en 2002 recibió el título de “Honorable” de la Academia de Ciencias del Instituto de Francia.

 

Artículo exclusivo para SAEEG. Traducido al español por el Equipo de la SAEEG con expresa autorización del autor. Prohibida su reproducción.

 

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