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OTRO FRACASO ENCUBIERTO EN AFGANISTÁN

Isabel Stanganelli*

“Afganistán es el modelo de lo que

se puede alcanzar en Iraq”.

George W. Bush

 

Drogas y terrorismo comparten geografía, dinero y violencia. Si fuera un negocio lícito, las drogas serían el tercer producto mundial de comercio, detrás del petróleo y de las armas. Sin embargo, el narcotráfico no solo es ilegal sino que suele ser sostener otras actividades ilegales —por ejemplo el tráfico de armas— y mantiene vinculaciones con muchas otras que forman parte del gran espectro del crimen organizado.

El opio, producto de la adormidera, es la base para producir morfina, goma de opio y heroína. Así como el Triángulo de Oro —Myanmar, Laos, Tailandia— fue fruto de la Guerra Fría, la Media Luna de Oro con origen en Afganistán lo es de la post Guerra Fría. Hoy es un gran abanico de rutas que se irradian en todas las direcciones posibles con centro en ese país.

En 2003, una hectárea de trigo rendía US$ 350. La misma superficie sembrada con adormidera requería US$ 320 en semillas y rendía US$ 6.150, casi 18 veces más. Tiene menos requerimientos, amplio mercado y puede ser conservado indefinidamente. Muy afectados por décadas de guerras, pobreza endémica y sequías frecuentes y prolongadas, esta actividad permite a los afganos comprar armas, alimentos, protección…

Por otra parte el rendimiento del cultivo hizo elevar el salario de la mano de obra por lo cual se detuvieron las tareas de reconstrucción de puentes y rutas, basadas en menores salarios. Los techos y las escuelas quedaron esperando ante la falta de mano de obra disponible. Mientras el comercio de drogas se expande, los esfuerzos legales para combatirlo quedan rezagados. 

Evolución de los cultivos

Si bien los cultivos en Afganistán son ancestrales, el uso comercial de la adormidera se inició durante la ocupación soviética del país, entre 1979-89, con los muyahidines —sostenidos por la CIA (y Rambo)—. Enviaban la morfina base a Pakistán con conocimiento de la CIA —que sostenía la resistencia— o a Turquía, donde mediante refinación se transformaba en heroína.

La resistencia a la URSS y la posterior guerra civil destruyeron las infraestructuras agrícolas, los principales canales de irrigación y rutas al mercado. Tras el retiro soviético, el país perdió los subsidios de Moscú y no recibió más ayuda de Washington ni —salvo de Pakistán— del resto del mundo. Fue la etapa de la guerra civil entre los grupos que habían repelido la invasión soviética pero que no lograron ponerse de acuerdo para el gobierno de la liberada república. Los señores regionales, líderes de tribus y clanes lucharon entre sí, provistos de importantes fuerzas a las que pagaban, alimentaban, vestían y armaban —y cuya fidelidad compraban— con el dinero que aportaban los crecientes cultivos de adormidera.

En la década de los ‘90 Afganistán ya producía más de 2.000 toneladas/año de opio, superando a Myanmar —1.000 toneladas— y Laos y Colombia con 100 toneladas/año cada una.

Hacia 1996 el triunfante gobierno talibán redujo su producción y solicitó ayuda internacional para subsidiar a los campesinos. Se enviaron en total 3,2 millones de dólares en cinco años —unos 630.000 cada año—[1]. Como consecuencia, los cultivos en Afganistán se incrementaron. El mercado ya abarcaba Europa Occidental, Rusia, Asia Central, Pakistán e Irán. Hacia 1999 Afganistán producía 4.565 toneladas (70% del total mundial), más que todo el resto del mundo incluyendo el Triángulo de Oro.

En 2000, en plena época de cosecha —julio— el Mullah Omar prohibió los cultivos e hizo incendiar los laboratorios de heroína y encarcelar a los campesinos que no destruyeran sus cultivos, si bien no prohibió el comercio de los stocks existentes[2]. Esto se debió a que EEUU afirmaba que el gobierno se sostenía con los ingresos provenientes del comercio de la droga y la medida estaba destinada a probar que no era verdad.

En 2001 se produjeron 185 toneladas. Es decir 96% de reducción en escasos meses. Las provincias bajo gobierno talibán casi no tenían cultivos. Las toneladas de ese año correspondieron a áreas bajo el control de la Alianza del Norte e incluso se incrementaron en áreas no tradicionales, beneficiadas por los mayores precios generados por la menor oferta.

La llamativa reducción en 2001 (es muy difícil en un instante bajar el 96% de cualquier tendencia) fue objeto de numerosas especulaciones: ¿se buscaba reducir la oferta para aumentar su precio? (personalmente no creo pues esto beneficiaria a la Alianza septentrional); ¿reconocimiento del gobierno por la ONU?; ¿levantamiento de sanciones y ayuda internacional? Al menos la solicitaron. En ese momento diplomáticos occidentales advirtieron que si se perdía este gesto los cultivos volverían. Pero el presidente Bush Jr. impidió toda rehabilitación diplomática de los talibán al reclamar la entrega de Osama bin Laden.

En 2002, ya sin los talibán, las Naciones Unidas admitieron —con las tropas occidentales— el colapso total de la ley y el orden en Afganistán. El poco dinero destinado a compensar el cambio de cultivos y la falta de industrias para procesar otros no resultó y la adormidera comenzó a recuperar áreas y por consiguiente la producción (3.200 toneladas). Mazar-i-Sharif y Khanabad incorporaron además cultivos de cannabis —marihuana—. Entre ambas y con el país ocupado, generaron ingresos de US$ 1.300 millones, más que lo recibido en concepto de ayuda exterior por el país ese año.

La alianza ocupante entregó en 2003 semillas de trigo para sustituir cultivos, pero curiosamente en esos lugares fue donde más se cultivó amapola: 6% más que en 2002, 75% del opio del mundo. Los funcionarios a cargo de la reducción de cultivos temían ataques de los campesinos pues los alternativos de trigo resultaron desastrosos.

Este comercio aportó ese año US$ 2.300 millones. Los locales por pocos dólares negaban haber visto siquiera laboratorios y destruían cultivos solo a orillas del camino. Solamente en la provincia de Wardak, próxima a Kabul, la normativa del gobierno fue exitosa. Sus 400 familias, que en 2003 cultivaron 5.400 Ha, destruyeron los cultivos de opio en junio de 2004. La sensación imperante es: ¡ahora no tenemos nada! Cerca se han instalado minas antipersonales para evitar el re-cultivo.

En el resto de Afganistán la tendencia continuó. La Oficina de Drogas y Crimen de la ONU —UNODC— indicó que muchos campesinos incrementaban sus hectáreas cultivadas, otros comenzaban sus cultivos y que ya habían incorporado maquinaria, algo nunca antes destinado a cultivos.

Hace más de una década que los observadores de la ONU señalaban que el país podía colapsar ante las permanentes amenazas de las milicias armadas, la pobreza, la corrupción y la narco-economía.

Mientras la ISAF se ocupaba de Kabul[3], EEUU y el Reino Unido actuaban militarmente en el sur. Pero sus intereses no coincidían. EEUU exportaba valores: libertad, democracia, derechos de las mujeres y en suma, lucha contra el terrorismo. Acusaban a la OTAN y a la ISAF de dejarles la carga más pesada.

El Reino Unido debía responder a acusaciones domésticas: los británicos consumían entre el 50 y el 65% de la heroína introducida en toda la UE y el 90% provenía de Afganistán.

En 2001 Tony Blair indicó que el Reino Unido iba a Afganistán a parar el flujo de drogas y que la remoción de los talibán lo lograría. Pero resultó que las armas que éstos compraban eran pagadas con la vida de los adictos en las calles británicas.

En julio 2000 el opio en Afganistán valía 44 U$S/Kg, después de S-11: 95 U$S. Actualmente supera los 150 U$S el Kg. Debemos tener presente cómo se va encareciendo el producto hasta su destino final.

Actualmente Afganistán cuenta con una superficie destinada para el cultivo de adormidera en constante crecimiento: según cifras de la ONU pasó de 70.000 hectáreas en 1994 a alrededor 250.000 hectáreas en los últimos cuatro años.

En 2021, luego de 20 años, los EEUU se han retirado del país sin alcanzar ninguno de sus objetivos.

Gracias al opio este país ahora cuenta con recursos económicos más que suficientes para reconstruirse económicamente. Pero el trauma de siglos de atropellos sufridos —debido a la avidez de unos pocos o a lo estratégico de su posición— determina un futuro extremadamente incierto.

* Profesora y Doctora en Geografía (UNLP). Magíster en Relaciones Internacionales (UNLP). Secretaria Académica del CEID y de la SAEEG. Es experta en cuestiones de Geopolítica, Política Internacional y en Fuentes de energía, cambio climático y su impacto en poblaciones carenciadas.

 

Referencias

[1] Solamente en 1997 Laos recibió 4,2 millones de ayuda internacional y en 1998 Colombia 399 millones.

[2] La amapola se siembra entre septiembre y enero -dependiendo de las regiones-. En julio lo no cosechado debía ser destruido.

[3] De hecho jamás se dieron condiciones de seguridad como para que se alejaran demasiado de Kabul.

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LAVADO DE DINERO

Marcos Kowalski*

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Cuando hablamos de “lavado de dinero” podemos decir que, al parecer, tuvo su origen en la práctica delictual de diversos grupos de la mafia, quienes en la década de los años veinte, en Estados Unidos de Norteamérica, utilizaban los comercios de lavanderías de ropa como fachadas para la realización de sus actividades ilícitas.

De ese modo, estos delincuentes adquirían estos establecimientos con el objeto de otorgarle una apariencia legítima al dinero obtenido mediante las prácticas criminales que llevaban a cabo, declaraban que sus activos ilegales, provenían del funcionamiento legal de sus comercios de lavandería, logrando así en aquella época, “lavar” su dinero e introducirlo al circuito económico como legal.

Aun cuando algunos dicen que lo narrado es un mito, por cuanto es casi imposible conseguir comprobarlo en forma fehaciente y para esa época no existían restricciones ni regulaciones punitivas de lavado de activos, de cualquier forma y más allá de la discusión del origen del término “Lavado de dinero”, recién para el año 1986, se transformó en un tipo penal, tanto en los Estados Unidos como en el Reino Unido, países pioneros en criminalizarlo.

La internacionalización del delito tuvo lugar en el año 1988, con la firma de la denominada Convención de Viena contra las drogas. Es que, en los años 80, las estructuras u organizaciones criminales de escala internacional, inicialmente dedicadas al narcotráfico, perturbaron el orden institucional de algunos países, tanto en las fuerzas de seguridad, como sus sistemas económicos, de justicia y de gobierno.

Citemos como ejemplo, lo ocurrido en esa época en la República de Colombia, donde los principales cárteles de Medellín, Cali y Del Valle; lograron un poder económico tal, que corrompían voluntades políticas, judiciales, policiales, civiles, creando inclusive fuerzas propias de seguridad y ataques que pusieron en riesgo al propio país.

La denominada “Comunidad Internacional” debió responder a estas organizaciones delictivas que traficaban a través de las fronteras, mediante la creación de numerosos instrumentos supranacionales para su prevención y lucha, el que se llevó a cabo mediante un proceso progresivo de estandarización.

Se destacan en este aspecto además de la Convención de Viena de 1988, contra el tráfico ilícito de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, el Consejo de Europa y la Unión Europea, ya que los países que la integraban comenzaron a analizar los aspectos penales del abuso y tráfico de drogas que culminó en 1990 con el Convenio sobre blanqueo, investigación embargo y decomiso del producto del delito en Estrasburgo, Francia.

Cabe mencionar asimismo al Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), creado en 1989 por los países integrantes del G-7 —que estableció 40 recomendaciones estándares internacionales para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo—, como así también el reglamento modelo sobre el control de lavado de la Comisión de OEA de 1992, la Convención de Palermo del año 2000 y a escala regional, en América del Sur, podemos citar al Gafisud.

De todas estas convenciones emerge la idea de realizar acciones tendientes al recupero del producto del delito, pues de esa forma se desmantelan los incentivos de quien delinque. Se destaca que fue la Convención de Palermo la que amplió la cantidad de delitos precedentes al lavado, ya que antes se limitaba al narcotráfico, a la vez que establece la responsabilidad de las personas jurídicas y criminaliza el autolavado.

Es el GAFI, como ente hacedor de políticas, como se ha mencionado, el que diseña estándares internacionales para promover la implementación de medidas operativas y legales contra el lavado de dinero, ahora llamado lavado de activos. La Organización de Estados Americanos (OEA), basada en estas políticas, insta a crear un régimen preventivo de lavado de activos, reclamando la creación de una Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para recopilación, análisis e intercambio de información sobre la materia e informar operaciones sospechosas.

La Argentina se fue adaptando al cambio establecido por los estándares internacionales, atravesando el proceso de criminalización del lavado de activos a través de diversas etapas donde sucesivamente fue variando su ámbito de tutela.

La etapa inicial comenzó en el año 1989 cuando se sancionó la ley 23.737 de estupefacientes y psicotrópicos, donde el bien jurídico protegido es la “salud pública”; recordemos que la Convención de Viena fijó estándares en materia de lucha contra el narcotráfico, dado que el lavado de activos solo era concebido como un ilícito penal exclusivamente ligado al narcotráfico.

Párrafo aparte merece la incorporación que efectuara la citada ley de nuevos institutos al procedimiento penal, como la figura del agente encubierto, entrega vigilada, el arrepentido, prórroga de jurisdicción; todos ellos tendientes a lograr avances en la lucha contra el narcotráfico.

Como segunda etapa, en el año 2000 se derogó el art. 25 de la ley 23.737, reformulándose por completo la figura del lavado, que pasó a ser criminalizada en el art. 278 del Código Penal como una forma especial de encubrimiento, situado dentro de los delitos contra la administración pública, conforme lo estipulado mediante la sanción de la ley 25.246.

Esta es una reforma trascendental, pues significó la “desnarcotización” para el origen del lavado, ya que ahora se admitía como precedente a todos los delitos del sistema penal. Según la doctrina imperante, los bienes jurídicos tutelados por dicho delito eran la administración pública en general y la administración de justicia en particular.

Un tercer momento de criminalización del lavado, lo vemos con la sanción de la ley 26.683 del año 2011, la que adecuó el tipo penal de lavado de activos a los estándares internacionales fijados en el tema, desvinculó al lavado de activos de la figura de encubrimiento, se reformuló su configuración típica permitiendo reprimir el “autolavado”, también se instituyó la responsabilidad penal de las personas jurídicas y el decomiso sin necesidad de condena previa (solo en algunos casos) en materia de lavado de activos. Así se creó un nuevo título de delitos en el Código Penal argentino, denominado Delitos Contra el Orden Económico y Financiero, quedando estos bienes jurídicos bajo su órbita penal de protección. Cuando se salvaguardan en forma simultanea dos o más valores jurídicos, se suele identificar al delito como pluriofensivo o multiofensivo, en contraposición con aquellos que protegen un único bien jurídico uni-ofensivo.

A los efectos de mejor claridad reproduciremos los artículos 303 y 304 del Código Penal Argentinos plenamente vigentes en la actualidad:

Artículo 303.

“1) Será reprimido con prisión de tres (3) a diez (10) años y multa de dos (2) a diez (10) veces del monto de la operación, el que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de pesos trescientos mil ($ 300.000), sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí.

2) La pena prevista en el inciso 1 será aumentada en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo, en los siguientes casos:

a) Cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza;

b) Cuando el autor fuera funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. En este caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres (3) a diez (10) años. La misma pena sufrirá el que hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requirieran habilitación especial.

3) El que recibiere dinero u otros bienes provenientes de un ilícito penal, con el fin de hacerlos aplicar en una operación de las previstas en el inciso 1, que les dé la apariencia posible de un origen lícito, será reprimido con la pena de prisión de seis (6) meses a tres (3) años.

4) Si el valor de los bienes no superare la suma indicada en el inciso 1, el autor será reprimido con la pena de prisión de seis (6) meses a tres (3) años.

5) Las disposiciones de este artículo regirán aun cuando el ilícito penal precedente hubiera sido cometido fuera del ámbito de aplicación espacial de este Código, en tanto el hecho que lo tipificara también hubiera estado sancionado con pena en el lugar de su comisión.

(Artículo incorporado por art. 5º de la ley N° 26 683 B.O. 21/06/2011)

Artículo 304.

“Cuando los hechos delictivos previstos en el artículo precedente hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se impondrán a la entidad las siguientes sanciones conjunta o alternativamente:

  1. Multa de dos (2) a diez (10) veces el valor de los bienes objeto del delito.
  2. Suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años.
  3. Suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, que en ningún caso podrá exceder de diez (10) años.
  4. Cancelación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad.
  5. Pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere.
  6. Publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica.

Para graduar estas sanciones, los jueces tendrán en cuenta el incumplimiento de reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica.

Cuando fuere indispensable mantener la continuidad operativa de la entidad, o de una obra, o de un servicio en particular, no serán aplicables las sanciones previstas por el inciso 2 y el inciso 4.”

 

Debemos puntualizar que se trata de un delito de resultado de peligro, de modo que, para tenerlo por configurado, no hace falta que los bienes hayan adquirido efectivamente apariencia de origen lícito; basta con que haya existido un peligro concreto de que ello sucederá.

Al respecto, nótese que la propia norma así lo explicita al indicar “con la consecuencia posible”, lo que permite colegir que, siendo las acciones idóneas para lograr el fin propuesto, el delito estará consumado.

Por otro lado, y sobre el conocimiento o bien la sospecha por parte del autor o partícipe del delito de blanqueo de dinero, del origen ilícito del capital, sentenció la Cámara Nacional de Casación Penal en los autos «ORENTRAJCH», que «(…) (no es necesario) que el autor o quienes participan en un proceso de lavado, tengan la concreta finalidad de darle a los bienes una apariencia de licitud; basta con que el autor sepa que con su acción puede ser que los bienes ilícitos adquieran aquel carácter (…)» y agrega que «(…) se ha sostenido que el conocimiento de la procedencia ilícita de los bienes por parte del sujeto activo, no implica que este debe ‘…saber a ciencia cierta cuál fue la concreta figura cometida, ni las circunstancias específicas de orden jurídico concurrentes sobre el caso…’ (…)».

Se trata, como vemos, de un delito doloso, pero que admite la posibilidad de un obrar con dolo eventual. De tal modo, no es requisito la demostración acabada del conocimiento por parte del sujeto activo en torno a la ilegal procedencia del dinero que se está blanqueando, sino que resultará suficiente acreditar, a partir de las particularidades del caso, que debió sospechar de la ilicitud de ese capital.

Nótese, además, que la letra del código indica al referirse como elementos prohibidos de ingresar en el sistema económico legal, a los bienes provenientes de un “ilícito penal”, no haciendo referencia a la ocurrencia de un delito propiamente dicho.

Hasta aquí nos hemos referido a los aspectos legales y a las implicancias jurídico penales que pueden aplicarse al sujeto que cometa el delito de lavado de activos o lavado de dinero, pero ¿cómo se realizan en la actualidad las distintas operaciones de lavado? Es de público y notorio que existen causas penales en proceso donde se imputa, en estos momentos, a diversas personas el delito. La procedencia de los fondos; tradicionalmente provenían del narcotráfico, pero ahora están más vinculados a la corrupción (como los sobreprecios en la obra pública) y la evasión.

Las modalidades más utilizadas para el blanqueo fueron siempre más o menos las mismas, de acuerdo con el Grupo de Acción Financiera (GAFI): a través de estructuras societarias “pantalla” (compañías, fideicomisos, etcétera) y los llamados “sistemas informales de transferencia de valores”, más conocidos como “cuevas financieras”.

Pero hagamos una breve descripción de los procedimientos más usuales del “Lavado de Activos” en nuestro país. Como decíamos, la mayor forma de blanquear dinero en Argentina es enviar los fondos a sociedades “pantalla” en paraísos fiscales, desde donde suelen derivarse a lugares con alto secreto bancario, como las islas Seychelles.

Sociedades o corporaciones que casi nunca están a nombre del verdadero titular y desarrollan pocas o ninguna de las actividades que oficialmente dicen, sino que aparentan hacerlas y presentan como ingresos legales a la plata en negro. Hasta que los fondos llegan al destino final en un “paraíso bancario” como Antillas Neerlandesas (Curazao, y San Martín) pertenecientes a los Países Bajos, por ejemplo.

Estas sociedades, en conjunto con otras u otros intermediarios, pueden hacer sucesivas operaciones financieras para dificultar el rastreo del origen del dinero, por ejemplo, transferencias entre bancos, cambios de moneda, compra de bienes físicos de gran valor (yates, casas, autos) o financieros (cheques, acciones, bonos, Bitcoin), entre otras. Lo único que cambia en el esquema de usar sociedades “pantalla” en el país es la forma de mandar la plata al exterior: puede hacerse a través de entidades financieras legales o de cuevas ilegales.

Para hacer esto, las cuevas suelen utilizar una operación llamada “dólar cable”, por la que cobran una tasa del 7% al 10%, usando la plata de otra persona en el exterior que quiera “entrar” dinero al país para abrir la cuenta afuera, y los fondos de quien quiere “salir” para ingresar los billetes del otro. Una vez afuera, el dinero sigue el mismo circuito que con la anterior forma; va a sociedades “pantalla”, que muchas veces las cuevas se encargan de abrir, y de ahí sigue hacia otro destino, como paraísos fiscales o “bancarios”.

Además de este servicio, las cuevas ofrecen otras modalidades para lavar dinero, como comprar cheques, con una comisión del 2,5%, a empresas que tienen una parte de su facturación en negro. Y también suelen hacer operaciones de “contado con liqui”, comprando bonos en pesos con fondos negros que luego venden en dólares en el extranjero, fuera del alcance del fisco.

Otra modalidad bastante usada en el lavado es la sobrefacturación de importaciones y exportaciones, o la llamada “doble facturación”, a través de la que se “pasa” dinero negro sobrevaluando operaciones comerciales con el exterior. La maniobra tiene el plus de que, en tiempos de cepo cambiario, puede conseguirse autorización del Banco Central para enviar valiosos dólares afuera.

Una variante que va perdiendo vigencia, pero que debemos mencionar, son los llamados “auto-préstamos”, mediante los cuales una empresa constituye una sociedad en el exterior, supuestamente sin vinculación a ella, para girarle dinero por supuestas deudas. También puede darse que dos empresas del mismo grupo se manden fondos “inflados” entre sí, por ejemplo, de una subsidiaria a una matriz.

A todas estas prácticas hay además que sumar en la actualidad el uso del Bitcoin y de las criptomonedas para lavar dinero. Autoridades gubernamentales, representantes de instituciones financieras y voceros de empresas argumentan que las criptomonedas, “sin fronteras, sin autoridad central, sin control ni censura y que permiten el anonimato, son un vehículo ideal para actividades delictivas, especialmente para el blanqueo de capitales”. También usan a ONG de discapacidad.

Tendríamos que preguntarnos por qué por si solas tienen más capital y poder y cantidad de sedes que fábricas de productos y servicios reales.

Pero, así como los mafiosos de antaño utilizaban “lavanderías” los delincuentes organizados de hoy, “blanquean” sus dineros ilícitos en la “producciones de espectáculos” y en la “edición de publicaciones” y “libros” virtuales o impresos, como sería el caso de afamados políticos en estos últimos años con dineros provenientes de la corrupción. En este sentido es particularmente llamativa la gran proliferacion literaria de políticos y de otras personalidades.

Pareciera como que se produjera lo que algún amigo nos refirió como “síndrome Borges” a muchos se les da por “escribir” libros de un éxito asombroso, incluso se venden antes de su presentación pública, debemos decir que, desde las épocas de los grandes escritores, el abultar cifras de ventas de libros, impresos o virtuales, también se utilizó para encubrir dineros ilícitos.

Del mismo modo, “recitales” o “eventos deportivos” fueron también muy utilizados a escala mundial, de los que figuras de relevancia fueron sospechosas de estar comprometidas en esas actividades; tampoco se debe dejar de mencionar en este accionar a los “pases de futbolistas” y todo el negocio relacionado a ese deporte que, puntualmente, tiene implicados a dirigentes de la misma FIFA.

 

* Jurista USAL con especialización en derecho internacional público y derecho penal. Politólogo y asesor. Docente universitario.

Aviador, piloto de aviones y helicópteros. Estudioso de la estrategia global y conflictos. 

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ARGENTINA: DEFENSA NACIONAL + SEGURIDAD

Reinaldo Cesco*

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Introducción

La Defensa de la Soberanía Nacional constituye un objetivo indeclinable de las autoridades de la República. Para alcanzar este objetivo se debe contar con los recursos necesarios. Los recursos se refieren a los medios legales, es decir, contar con el marco legal adecuado, a los recursos materiales, financieros y tecnológicos apropiados para lograrlo y también con el recurso humano, que debe estar motivado y adecuadamente capacitado para lograr el objetivo. Sin el recurso humano apropiado, los otros dos pilares antes mencionados se vuelven intrascendentes.

A los efectos de por qué es indispensable atender a las cuestiones de seguridad y defensa, es necesario destacar que cuando se habla de “Seguridad Internacional” se refiere al equilibrio resultante de la suma de la Seguridad Nacional de cada uno y de todos los Estados miembros de la comunidad internacional.

Por su parte, la Seguridad Nacional es definida como la situación en la que un Estado se considera resguardado contra agresiones militares, presiones políticas o coerciones económicas significativas, obteniendo con ello libertad de acción para proseguir con su propio desarrollo y progreso.

Problemática

Nuestro país cuenta con amplias fronteras y con un litoral marítimo extenso, por lo cual su custodia se vuelve compleja. Para llevar a cabo una eficaz defensa de nuestra soberanía nacional debería modificarse la legislación correspondiente a las cuestiones de Defensa Nacional y de Seguridad. Las Fuerzas Armadas y de Seguridad podrían acompañar el cumplimiento de ese objetivo, pero es imprescindible un serio esfuerzo en aras de favorecer la motivación del personal destinado a esta tarea así como también diseñar una capacitación adecuada a los riesgos y amenazas que predominan en el mundo actual. Por otro lado, tampoco cuentan con los recursos tecnológicos y materiales adecuados, al menos en cantidad suficiente.

El marco legal vigente no permite la participación de las Fuerzas Armadas en Seguridad Interior, salvo algunas excepciones, y esto es algo acertado. No obstante, pueden colaborar ampliamente proporcionando apoyo logístico valiéndose de su amplio despliegue territorial.

Refiriéndonos específicamente a la Seguridad, el Estado Nacional cuenta con fuerzas de Seguridad, pero de momento éstas no están cumpliendo con el fin para el cual fueron creadas. Como ejemplo de ello vale destacar que la Gendarmería Nacional ha sido retirada de la custodia de las fronteras para cumplir funciones de policía en centros urbanos y lo mismo sucede con la Prefectura Naval. Esto contribuye en extremo a incrementar la inseguridad, ya que las fronteras se han tornado sumamente porosas y el tránsito de personas y mercaderías es prácticamente libre. Del mismo modo, el hecho de que se haya desplegado a las Fuerzas Armadas en ciertas zonas tampoco soluciona el problema, pues su accionar está limitado por el marco legal vigente, por la obsolescencia del material del que disponen, por la baja motivación del personal y el alto riesgo de ser corrompidas por quienes deben combatir debido a la precariedad salarial. Asimismo, se debe tener en cuenta la escasez de efectivos en las Fuerzas Armadas. La reducción del personal militares un problema que se ha ido agravando de manera constante en la última década.

En cuanto a la defensa de nuestras fronteras y lucha contra el narcotráfico y otros flagelos, se debería discutir la necesidad de contar con una ley de derribo u otro mecanismo con el cual coaccionar a aeronaves que ingresen ilegalmente al espacio aéreo nacional. Los protocolos actuales son irreales y constituyen una mala administración de los recursos del Estado. La autorización del derribo o de la aplicación del método de coerción seleccionado debería estar en manos de algún funcionario civil, designado a tal efecto.

La protección de los recursos marítimos, la custodia y defensa del interés nacional en el mar Argentino también se han dejado abandonados al azar. Si bien la Prefectura Naval cuenta con ciertos medios, estos no son los adecuados y su función se extiende hasta la milla 12 medida desde la costa, de ahí en más, hasta las 200 millas, o 350 si se considera la plataforma ampliada, corresponde a la Armada Argentina.

Para adentrarnos en el tema del narcotráfico y el crimen organizado incluyo un breve resumen de una nota publicada en el diario La Nación el 11 de febrero de 2014, redactada por Juan Gabriel Tokatlian[1].

El artículo se basa en el trabajo de Edwin H. Stier y Peter R. Richards de 1987 (Strategic Decision Making in Organized Crime Control: The Need for a Broadened Perspective). El mismo propone observar y evaluar cómo se despliega el crimen organizado a través de tres estadios diferenciados[2].

Hay una fase inicial o “predatoria”, en la cual el territorio y su control son fundamentales, se busca establecer un espacio físico seguro; afianzar las rutas para el transporte; el acceso a mercados para sus productos, y deben proveerse de ámbitos de protección personal. Con capacidades estatales básicas se puede hacer frente al desafío y evitar que éste transite a la etapa posterior[3].

En la segunda etapa: la “parasitaria”, la influencia política y económica de la criminalidad aumenta notoriamente. “Esta fase no sólo muestra la mayor inserción del crimen organizado, sino también tres dinámicas preocupantes: su ‘legitimación’, ‘proliferación’ y ‘democratización’”[4].

El Estado debe responder a un asunto de gran envergadura. El Estado necesita, con urgencia, una estrategia integral de contención del crimen organizado”. Debería contar con una sociedad dispuesta a deslegitimar el avance de la ilegalidad, procurar un alto grado de cooperación internacional y desplegar una política de largo plazo sin esperar milagros.[5]

En el estadio final: el “simbiótico”, se manifiesta el afianzamiento de la criminalidad[6]. El sistema político y económico se vuelve tan dependiente del “parásito” (el crimen organizado) como éste de la estructura establecida. Un país no es plenamente capturado por el crimen organizado, pero en muchas regiones y provincias la simbiosis permite la consolidación de una nueva clase social a nivel local, con poder para establecer un orden paraestatal en las mismas[7].

Propuestas

Entre las propuestas se destacan:

  1. La modificación del marco legal vigente, proporcionando una ley de derribo, que ayudaría en la disuasión de algunas actividades ilegales.
  2. El retorno de la Gendarmería Nacional y de la Prefectura Naval a sus funciones específicas, lo cual contribuiría a resguardar las fronteras.
  3. Revisión de la política salarial de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad.
  4. Que la Policía Federal Argentina se dedique a combatir delitos federales, siendo necesaria una previa restructuración y dotándola de un mayor despliegue en el territorio nacional.
  5. Re-equipamiento de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad, incluyendo una fuerte inversión en capacitación.
  6. Crear una nueva fuerza federal destinada exclusivamente al combate del narcotráfico. Además se debería crear un cuerpo de Fiscales Federales y asignar juzgados específicos para esta tarea.
  7. Coordinación de políticas y acciones en forma conjunta con las provincias.
  8. Revisión de las políticas de incorporación del personal en la Fuerzas Armadas y de Seguridad, ya que al haberse limitado la averiguación de antecedentes, están ingresando personas que no son las adecuadas para la tarea.
  9. Poner énfasis en Seguridad y Desarrollo, buscando desarrollar un modelo propio que garantice la seguridad en forma integral, el desarrollo socio-político, humano, tecnológico y económico de la Nación.

Punto I

Reorganización de las Fuerzas Armadas

Como consecuencia de más de una década de implementación de políticas erróneas para el país y dada la gran extensión territorial de la Argentina, habrá que destinar grandes recursos a áreas importantes que puedan revitalizar la economía, reconstruir la institucionalidad e invertir grandes sumas en infraestructura. En ese sentido, se presentaría una gran oportunidad para una reorganización y modernización de nuestras Fuerzas Armadas, así como también para la puesta en valor de la producción para la Defensa, la cual actuaría como un motor para el desarrollo industrial, particularmente para las pymes.

La propuesta consiste esencialmente en adoptar un Sistema de Guardias Nacionales, que complementen el accionar de las Fuerzas Armadas “tradicionales”. Es decir, las Fuerzas Armadas mantendrían su estructura actual, de unidades regulares, y la ampliación del uso de reservistas, y se le agregarían las Guardias Nacionales.

Para esto se podría pensar en una organización similar a la existente en Estados Unidos, donde cada gobernador de Estado o Provincia tiene cierto control de las unidades desplegadas en su territorio, pero a la vez estas apoyan el accionar de las Fuerzas Armadas, siendo el Estado Nacional el que aporte el material operativo, a través de las respectivas Fuerzas, mientras las provincias aportarían parte del financiamiento y el personal, aunque el control operacional estaría a cargo de un comandante provincial designado por el Gobierno Nacional.

Las Guardias Nacionales dependerían a nivel organizativo de sus respectivas fuerzas, es decir, Guardia Nacional dependiente del Ejército, Guardia Nacional Aérea dependiente de la Fuerza Aérea, y eventualmente un equivalente para la Armada.

La particularidad de esto es que en caso de necesidad las Guardias Nacionales podrían actuar en Seguridad Interior, sin necesidad de modificar el marco legal vigente. Por su parte, las Fuerzas Armadas podrían pensarse para proyectar la política exterior del país.

Las Fuerzas Armadas deberían aumentar significativamente su participación en Organizaciones Militares de Paz en el marco de Naciones Unidas, lo cual permitiría mejorar su nivel de alistamiento y adiestramiento. En caso de necesidad su accionar sería apoyado por las Reservas respectivas y las Guardias Nacionales.

Las Guardias Nacionales podrían actuar más rápidamente en casos de catástrofes naturales, siendo su uso solicitado por los gobernadores y autorizado por un Comandante Nacional. Lo mismo aplicaría en el caso de que las fuerzas policiales se vieran desbordadas. Eventualmente podría disponerse de una doble autorización, a nivel provincial y otra a nivel nacional.

Punto II

Fuerzas de Seguridad Nacionales

Las Fuerzas de Seguridad nacionales como la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval, Policía Federal, Policía de Seguridad Aeroportuaria deberían retornar a sus funciones específicas.

La Policía Federal debería asumir las funciones para las que fue creada, los delitos federales, pero centrándose tal vez en la investigación de los delitos financieros e informáticos, manteniendo a su vez entre sus funciones específicas el combate del narcotráfico.

También debería considerarse la creación de una Policía Judicial, que dependa del Poder Judicial, de modo tal de evitar interferencias por parte del Poder Ejecutivo, lo cual ampliaría la autonomía Judicial. Así podrían evitarse situaciones como las actuales en las que los jueces y fiscales ven que sus órdenes son desobedecidas, o las investigaciones son alteradas por intromisión de otro poder del Estado.

Es clave dotar al Poder Judicial de las herramientas adecuadas para poder llevar adelante las investigaciones en forma independiente. A la vez se deben completar los puestos vacantes y masificar los juicios por jurados. La justicia debe ser rápida, transparente y eficiente.

En línea con lo expuesto anteriormente la Gendarmería Nacional volvería a ser quien custodie nuestras fronteras, evitándose así la atomización de recursos escasos. Lo mismo debería suceder con la Prefectura Naval y ambas fuerzas deberían coordinar esfuerzos con la Policía Federal en su lucha contra el crimen organizado. Para esto también se debería contar con el aporte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, lográndose de esta manera una presencia tanto por medio terrestre, marítimo y aéreo.

Punto III

Política Salarial de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad

Sin duda uno de los puntos más importantes a considerar si se desea tener Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad profesionales y eficientes, es la política salarial de las mismas. Si el haber mensual del personal es bajo, se deja abierta una puerta muy grande para que el personal sea corrompido por necesidades económicas.

Una de las opciones, sería volver a equiparar los sueldos en relación con el Poder Judicial, como ocurría hasta principios de la década de 1980. Otra sería plantear una escala salarial equiparando las jerarquías con las del Poder Ejecutivo, siendo un general y equivalentes comparables con un secretario de Estado y luego establecer las correspondientes equivalencias.

Tener una política salarial clara y transparente evita que los altos mandos sean extorsionados económicamente por el gobierno de turno, como sucede en la actualidad. No es posible que tanto el personal militar y de las Fuerzas de Seguridad cobren el grueso de su haber en “negro”. Esto permite la extorsión permanente con la amenaza del pase a situación de retiro de los efectivos.

Nadie puede desarrollar su tarea de manera adecuada sin estabilidad salarial. Esta debería ser una prioridad para un nuevo gobierno, tarea que debería llevarse a cabo sin dilaciones, siendo prioritaria a la hora de reconstruir las instituciones nacionales.

Punto IV

Reorganización de la Policía Federal y otras Fuerzas de Seguridad

Luego de haberse desprendido la Policía Federal de su División Metropolitana, la misma estaría en mejores condiciones para una reorganización que le permita ocuparse de los delitos federales. Debería aumentar su despliegue territorial y asumir una tarea similar a la del FBI de Estados Unidos. Esto debería ser relativamente sencillo de realizar, ya que la institución desde siempre ha contado con una sólida base institucional y una permanente vocación para adaptarse a los constantes desafíos que la cambiante realidad le impone.

Además, sería importante que colaborara y coordinara políticas y procedimientos con la Policía Judicial propuesta anteriormente y con la Gendarmería Nacional y con una eventual agencia contra el narcotráfico. Los delitos financieros y el narcotráfico están íntimamente relacionados, razón por la cual, la cooperación inter agencias se vuelve esencial.

Punto V

Capacitación y Re-equipamiento de las FFAA y FFSS

La formación y entrenamiento del personal es también un elemento fundamental si se pretende que éste cuente con una elevada motivación profesional, espíritu de cuerpo y que esté correctamente capacitado para llevar a cabo la tarea que le toca desarrollar.

Nuestras fuerzas cuentan con Institutos de Formación de un elevado nivel académico y profesional, aunque en la última década ha ido dejándose de lado la formación militar, siendo esta un área que no debería descuidarse. En tal sentido se deberían adaptarlos contenidos actuales para poner el acento en una buena formación de base.

También deberían retomarse los programas de intercambio y de formación de personal en el extranjero. Estas prácticas tan corrientes en décadas pasadas se han vuelto casi inexistentes.

Dentro de la formación del personal, no debe perderse de vista el desfasaje tecnológico de nuestras fuerzas en todas sus aéreas. Esto disminuyó su capacidad para llevar a cabo su tarea correctamente, máxime si se tiene en cuenta que el crimen organizado cada vez se vuelve más sofisticado y, en el plano militar, debe considerarse que son pocos los países que voluntariamente renuncian a tener la capacidad de defenderse. Mal puede entrenarse y capacitarse al personal con medios obsoletos, con escaso mantenimiento y que ya no están en condiciones de cumplir eficazmente la tarea para la cual fueron incorporados. Como resultado de ello, la Argentina hoy se encuentra en un verdadero estado de indefensión.

En concreto, debería llevarse a cabo un amplio programa de modernización y re-equipamiento del material de dotación de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad, buscando compartir medios en las aéreas donde esto sea posible, para abaratar costos logísticos y de adiestramiento, procurando en todo momento el accionar conjunto.

Punto VI

Lucha contra el Narcotráfico

Para esto se propone la creación de una nueva fuerza federal cuya función sea exclusivamente la lucha contra el narcotráfico. La magnitud de este flagelo, sumado a la gran extensión territorial de nuestro país, exige la existencia de una fuerza que con exclusividad de dedique a la lucha contra el mismo. Además, su accionar debería coordinarse con la Policía Federal y la Policía Judicial propuesta anteriormente.

La creación de esta fuerza podría hacerse sobre la base de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Policía Federal Argentina, más componentes de la Gendarmería Nacional y elementos de otras fuerzas de Seguridad Federales. Sería sumamente costoso y demandaría un considerable tiempo el construir una fuerza de estas características desde la nada, es por eso que se propone construir sobre la base de elementos ya existentes.

La nueva fuerza debería contar con un despliegue territorial no necesariamente extenso, aunque inicialmente focalizado en zonas “calientes” del narcotráfico. Su accionar podría estar apoyado por las Policías Provinciales, además de complementarse con la Policía Federal, y compartir información y coordinar esfuerzos con agencias similares de otros países.

Punto VII

Coordinación de Políticas con las Provincias

Si se desea tener éxito en la lucha contra el narcotráfico y la delincuencia, se debe incluir a los Estados Provinciales en la conversación y estos deben ser parte de la solución, de lo contrario se derivará en un nuevo fracaso. Las políticas a coordinarse varían desde la educación, la contención de las víctimas, hasta el combate contra el crimen, el castigo de los delincuentes y el cumplimiento efectivo de penas.

El accionar de la justicia y la coordinación de las fuerzas federales y provinciales debe ser una prioridad. En este sentido es fundamental ser inflexible con el tratamiento de la corrupción. La corrupción es uno de los instrumentos más importantes que el narcotráfico utiliza para garantizarse la impunidad. Con ese propósito apela a la infiltración de las instituciones y a la compra de voluntades.

Asimismo debe coordinarse con los Estados Provinciales las tareas de inteligencia y recopilación de información sobre el accionar del crimen organizado. Se debe contar con una base de datos centralizada, que unifique la información criminal disponible. En el mismo sistema deben constar pedidos de captura, legajos y todo otro tipo de información que se considere importante. Su acceso debe estar restringido a personal con el nivel de seguridad adecuado.

Punto VIII

Poder Judicial

Uno de los primeros puntos a considerar respecto del Poder Judicial es la despolitización del mismo. Desde hace décadas el Poder Judicial, tanto a nivel federal, como en las provincias, se rige de acuerdo con el compás que marca la política y los intereses del gobierno de turno.

Además de lo mencionado en el párrafo anterior, y simultáneamente, deberían constituirse al menos dos fueros independientes y que en exclusividad se dediquen a sus áreas respectivas: uno dedicado a investigar la corrupción y los crímenes financieros y otro cuyo centro de gravedad esté centrado en el narcotráfico y el crimen organizado. Es necesario, en el estado actual, que estos fueros con exclusividad se concentren en estas áreas y no se distraigan los recursos de estos para tratar la infinidad de otros casos que cualquier país tiene. Para ellos están los fueros y juzgados ya establecidos.

Es esencialmente para ayudar la función de estos dos fueros que se propone en este trabajo la creación de la Policía Judicial, la cual a su vez debería coordinar esfuerzos con la Policía Federal, la Fuerza o Agencia Anti Drogas también propuesta y demás fuerzas federales de seguridad.

Punto IX

Seguridad y Desarrollo

El almirante Jorge Martínez Busch, de la Armada de la República de Chile, considera que

Desarrollo y Seguridad se unen en la búsqueda y consolidación de la identidad nacional: esa individualización propia y distintiva que hace diferente a cada Nación. Cabe en este aspecto puntualizar que la búsqueda y consolidación de la propia identidad no es un anhelo político ideológico, sino que responde al orden natural, el cual conlleva una necesidad de buscar características que nítidamente perfilen y hagan trascender la noción de Patria, con todo lo que ella implica., como así tampoco esta búsqueda no deber ser interpretada para separar o confrontar a un Estado respecto de otros con los que, además, pueden tenerse intereses comunes, o, una cultura común.[8]

Por otra parte, y en línea con lo antes expuesto, la ONU define a la Seguridad Internacional como “el equilibrio resultante de la suma de la Seguridad Nacional de cada uno y de todos los Estados miembros de la comunidad internacional”. Un país no puede aspirar a un desarrollo sustentable, de largo plazo, que mejore la calidad de vida de sus habitantes, a menos que pueda garantizar su Seguridad Nacional.

Para conseguir este objetivo, debe favorecerse la cooperación con los países de la región en materia de inteligencia y seguridad a los efectos de enfrentar al crimen organizado, al narcotráfico y al terrorismo, teniendo en consideración una agenda propia y no la que suele imponerse en función de los intereses de los países centrales.

Resulta así cuasi indispensable la reconstrucción del Sistema de Inteligencia Nacional. Debe considerarse una planificación integral del mismo, que incluya una nueva modalidad de reclutamiento, la profesionalización y capacitación permanente del personal. Para que esto sea eficaz y sirva a los intereses de la Nación, debe eliminarse la politización de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), reorientando este organismo hacia la Inteligencia Estratégica.

En consonancia con esto, se debería optimizar el funcionamiento de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, la cual debería incrementar su cooperación con los organismos encargados de combatir la criminalidad. La organización está abierta al debate, pero esencialmente se busca disminuir la burocracia y aumentar la operatividad y la eficiencia de los organismos del Estado.

Conclusiones

El trabajo busca abrir un debate necesario sobre la realidad del país. Es una propuesta de cómo organizar los diferentes organismos, instituciones y otros recursos del Estado para enfrentar un flagelo que aqueja a nuestro país desde hace ya varias décadas, que transciende gobiernos y partidos políticos. Busca dejar de lado las ideologías y evita polemizar sobre hechos ya no tan recientes de nuestra historia.

Referencias

[1]Juan Gabriel Tokatlian. “La Argentina y las etapas del narcotráfico”. La Nación, 11/02/2014, <https://www.lanacion.com.ar/opinion/la-argentina-y-las-etapas-del-narcotrafico-nid1663038>, [consulta: 12/12/2019].

[2]Ídem.

[3]Ídem.

[4]Ídem.

[5]Ídem.

[6]Ídem.

[7]Ídem.

[8]Jorge Martinez Busch. “Una Contribución para la creación de un pensamiento político-estratégico nacional”. En: Revista Política y Estrategia, Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, Santiago, Chile,N° 60, mayo – agosto, 1993, [consulta: 18/12/2019].

 

* Desde el año 2006 hasta el 2014 se desempeñó como Oficial Subalterno del Ejército Argentino, ocupando funciones varias, entre ellas las de Instructor de Vuelo y profesor de varias materias en el ámbito de la Escuela de Aviación del Ejército.

Licenciado en Relaciones Internacionales (2017), graduado en la Universidad de la Defensa Nacional (UNDEF) y egresado del Curso superior de Defensa Nacional (2007), también  dictado por la UNDEF.

Actualmente se desempeña como piloto de una aerolínea comercial en Estados Unidos.

 

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