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VENEZUELA, LA GUAYANA ESEQUIBA Y EL PETRÓLEO: RESABIOS DEL COLONIALISMO

Marcelo Javier de los Reyes*

Intrigas británicas

En un artículo publicado por la periodista Molly Antigone Hall en Declassified UK revela que el Reino Unido ha intentado destituir al presidente de Venezuela Nicolás Maduro debido a los intereses petroleros de las empresas británicas en la Guayana Esequiba, territorio reclamado por la República Bolivariana de Venezuela que, actualmente, forma parte de la República Cooperativa de Guyana, una ex colonia británica que se independizó de Londres en 1966[1].

El litigio ha cobrado vigencia como consecuencia del descubrimiento de petróleo en alta mar, frente a la Guayana Esequiba. La región es rica en recursos naturales, pues además de petróleo cuenta con oro, bauxita y azúcar.

La República Cooperativa de Guyana recibe el apoyo de los gobiernos occidentales, habida cuenta que sus empresas transnacionales están interesadas en ese recurso y muchas de ellas ya están operando en la región. De ahí el interés en escindir definitivamente ese territorio de Venezuela, para lo cual operan tanto sobre la oposición venezolana como a través de los propios sectores económicos interesados.

La historia del conflicto

El proceso de despojo del territorio de la Guayana Esequiba es gradual y aún continúa. Forma parte de la política que el Imperio británico mantuvo en América en su avance para, primero despojar al Imperio español de sus territorios —con el cual también mantenía una especial animadversión por ser una gran defensora del catolicismo— y luego, tras colaborar en la independencia de las provincias españolas de América, emprender la tarea de avanzar sobre los territorios de los nuevos países. Si se omite algunos de los casos anteriores a la independencia, como el de Jamaica o el de Honduras Británica, tras el proceso independentista, el Reino Unido avanzó sobre los territorios de las nuevas repúblicas americanas.

A pesar de que Venezuela, como heredera de las posesiones españolas de la Capitanía General de Venezuela según el principio del Utis Possidetis Juris —adoptado por las repúblicas de América del Sur, le informó en reiteradas oportunidades al gobierno británico que su frontera oriental llegaba al río Esequibo, al este del cual se encontraba la colonia británica. Para ello el gobierno de Venezuela hizo uso de los canales diplomáticos: en 1821 a través del Ministro Plenipotenciario en Londres, Francisco Antonio Zea; posteriormente, en 1824, la declaración fue reiterada por el también Ministro Plenipotenciario ante el gobierno británico, José Manuel Hurtado, y en 1825 por el propio Ministro de Relaciones Exteriores de la República, Don Pedro Gual. El Reino Unido nunca objetó esta reiterada y precisa definición de la frontera oriental de Venezuela[2].

Lo mismo ocurrió cuando las Provincias Unidas del Río de la Plata, enviaron al marino y corsario estadounidense David Jewett a tomar posesión de las islas Malvinas al mando de la fragata Heroína. El 6 de noviembre de 1820 procedió al izamiento de la Bandera Argentina, acto al que asistieron ciudadanos estadounidenses y súbditos británicos que formaban parte de las tripulaciones de buques que se encontraban en las islas. El 2 de febrero de 1825 se firmó un tratado de amistad, comercio y libre navegación entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Reino Unido, en el marco de cuyo tratado el gobierno de Londres reconoció a las Provincias Unidas como Nación independiente del Reino de España. Esto no fue impedimento para que los británicos usurparan las islas Malvinas el 3 de enero de 1833.

Con respecto a Venezuela, cabe mencionar que, en el marco del conflicto europeo ante el avance de Napoleón, y como resultado de la alianza de España con Francia (tratado de San Ildefonso de 1796), la isla de Trinidad fue arrebatada a España por los británicos, mientras que el intento de invasión de Puerto Rico, en abril de 1797, fue repelido por las fuerzas españolas. La isla de Trinidad fue cedida al Reino Unido mediante el Tratado de Amiens de 1802.

Una vez en posesión de la isla de Trinidad, los británicos se lanzaron a conquistar el norte de América del Sur, ocupando definitivamente las colonias holandesas de Berbice, Demerara y Esequibo (1796), las que fueron cedidas oficialmente por Países Bajos a través del Tratado de Londres (1814), conformando una sola colonia en 1831, la denominada Guayana Británica[3]. A partir de ese momento, los británicos iniciaron una campaña expansionista de colonización de la región al occidente del río Esequibo, con el objetivo de controlar las bocas del río Orinoco, “manteniendo y extendiendo sus pretensiones territoriales, que en el año 1835 eran solo de unos pocos kilómetros cuadrados, hasta transformarse en más de doscientos mil kilómetros cuadrados, en el año 1890, al oeste del río Esequibo, contra lo que Venezuela protestó de inmediato […]”[4]. De ese modo, el Reino Unido se apropió de la cuenca del Orinoco.

Hacia 1835, el Imperio británico usurpó 4.290 kilómetros de territorio de Venezuela mediante la Línea Schomburgk; llamada así por el prusiano, Robert Hermnan Shomburgk, a quien la Colonial Office y la Sociedad Geográfica de Londres le encargaron  la exploración del interior de la colonia británica.

En 1840 el avance británico continuó y le usurpó a Venezuela 141.930 kilómetros de territorio, que en 1877 se ampliaría mediante la tercera línea Shomburgk.

En Washington, el 2 de febrero de 1897, Venezuela y el Reino Unido firmaron el tratado mediante el cual se establecería un tribunal de arbitraje en el que se debía determinar, en primer término, la extensión original de los territorios que fueron de los Países Bajos y de España y que, hasta ese momento, eran reclamados respectivamente por ambas partes.

A pesar de lo títulos irrefutables que posee Venezuela sobre el Esequibo, y de la falta de instrumentos legales por parte de la corona británica, el 3 de octubre de 1899, en un Laudo Arbitral que tuvo lugar en París sin representación de Venezuela, el país fue despojado de su territorio 159.500 kilómetros cuadrados de territorio que fueron traspasados al Reino Unido. Ese laudo determinó que la línea de demarcación entre Venezuela y el Reino Unido seguía una línea equivalente a los actuales límites del territorio en reclamación[5].

El 17 de febrero de 1966 se firmó entre Venezuela y el Reino Unido el Acuerdo de Ginebra, en el cual el gobierno de Londres reconocía la reclamación venezolana sobre el Territorio Esequibo, (159.500 kilómetros cuadrados) arrebatados por el mencionado Laudo Arbitral de París. Este acuerdo fue previo a la fecha de concesión de la independencia, la cual fue el 26 de mayo del mismo año. En esa misma fecha el gobierno de Venezuela reconoció a la nueva República, haciendo una reserva de su reclamo de la Guayana Esequiba. No obstante, luego fracasaron las negociaciones entre Venezuela y la República Cooperativa de Guayana.

Actualmente, el litigio se encuentra en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) a instancias de República Cooperativa de Guayana.

Los intereses británicos actuales

La periodista Molly Antigone Hall pone en evidencia que los descubrimientos de petróleo en alta mar de Esequibo son cada vez más atractivos para las empresas británicas y estadounidenses, el respaldo que los gobiernos occidentales respaldan a la República Cooperativa de Guyana y que le habrían instruido a la oposición venezolana con el objetivo de que abandone el reclamo sobre el territorio. Del mismo modo, el multimillonario británico Barnaby Swire, cuya compañía, Swire Energy Service, ganó un contrato para beneficiarse del petróleo en alta mar de Guyana, ha donado miles de libras al Partido Conservador.

Tullow Oil, una empresa petrolera fundada en 1985 y que se caracteriza a si misma como “Una empresa independiente de petróleo y gas centrada en África y América del Sur”[6], también tiene intereses en Guyana, así como en Kenia, Ghana y Uganda. Se trata de la mayor empresa independiente británica, cuya presidente ejecutiva Dorothy Thompson, también integra la junta directiva del Banco de Inglaterra, en la que preside el comité de auditoría y riesgos[7]. En su artículo, Molly Antigone Hall revela que este banco ha retenido reservas del gobierno de Nicolás Maduro. Efectivamente, la cuestión pasa por quién controla US$ 1.000 millones de dólares (£ 773 millones) de oro almacenado en el Banco de Inglaterra[8]. El Reino Unido había reconocido a Juan Guaidó como presidente de Venezuela y el Tribunal Superior falló a favor de Guaidó por el control de esos valores. Esto llevó a una apelación por parte de Nicolás Maduro ante los tribunales británicos, argumentando que quería el oro para financiar su lucha contra la pandemia de coronavirus.

Los abogados del gobierno de Maduro ganaron la apelación. El fallo del tribunal de apelación solicitó al Tribunal Superior que determine si “el gobierno del Reino Unido reconoce al señor Guaidó como presidente de Venezuela a todos los efectos y, por lo tanto, no reconoce al señor Maduro como presidente para ningún propósito”, o si el gobierno británico “reconoce al Sr. Guaidó con derecho a ser el presidente de Venezuela y, por lo tanto, a ejercer todos los poderes del presidente, pero también reconoce al Sr. Maduro como la persona que de hecho ejerce algunos o todos los poderes del presidente de Venezuela”[9].

De tal manera que la periodista demuestra que el Reino Unido tiene intereses creados en cómo se desarrolla la disputa y estaría influyendo para garantizar que Guyana conserve la jurisdicción sobre el área que reclama, con toda justicia, Venezuela. Agrega que el principal activo de Guyana reside en sus aguas marinas, donde la empresa estadounidense Exxon Mobil realizó un importante descubrimiento de petróleo en su bloque Stabroek, en 2015, a 190 kilómetros (120 millas) de la costa de Guyana[10].

En 2017 el gobierno guyanés otorgó una licencia a la petrolera estadounidense para perforar en el área —a pesar de las protestas del gobierno de Venezuela— y ahora ha descubierto más de 8.000 millones de barriles de petróleo[11]. En diciembre del mismo año Exxon Mobil informó que asistirá a Guyana en los gastos judiciales resultantes de una eventual controversia con Venezuela por el bloque Stabroek —localizado en la cuenca entre Guyana y Surinam y que ocupa una extensión de 26.800 kilómetros cuadrados—, considerado la segunda mayor reserva del mundo sin explotar, según el Servicio Geológico de Estados Unidos. La empresa agregó que ha reservado alrededor de US$ 20 millones de dólares para asistir a Guyana, una vez que active el acuerdo judicial[12].

Esto ha llevado a incrementar el interés de las empresas estadounidenses y británicas por hacer acuerdos con el gobierno de Guyana para explotar el petróleo en esa cuenca marina. La periodista Molly Antigone Hall señala que en 2017 el Alto Comisionado británico en el país, Greg Quinn, manifestó que el interés de las empresas británicas por invertir en Guyana se había “disparado” después de estos descubrimientos petroleros en alta mar[13]. Añade que en 2018 Quinn viajó al Reino Unido, pasó una semana en la ciudad petrolera escocesa de Aberdeen, donde se reunió “con el embajador de Guyana en el Reino Unido, Frederick Hamley Case, quien dirigía una misión comercial destinada a ‘construir relaciones para apoyar al incipiente sector de petróleo y gas del país’”[14]. Además de realizar una gira por empresas de energía de Escocia, también visitaron universidades locales.

Quinn reconoció que gran parte de su trabajo consiste en apoyar a las empresas británicas que buscan operar en Guyana y afirmó que el Ministerio de Relaciones Exteriores facilitaría la inversión del Reino Unido en Guyana. Pero no sólo las empresas están interesadas, sino también las Fuerzas Armadas británicas. En julio de 2016 la Marina Real impartió un curso intensivo de una semana sobre cómo proteger su Zona Económica Exclusiva a cuatro miembros del personal de Guyana, es decir, proteger las 200 millas náuticas de la costa de Guyana en donde se encuentran los campos petrolíferos.

El político conservador Hugo George William Swire —casado con Alexandra (Sasha) Nott, la hija de John Nott, quien fuera secretario de Estado de Defensa conservador durante el Conflicto del Atlántico Sur—, quien se desempeñó como ministro de Relaciones Exteriores de 2012 a 2016, se reunió en 2015 con su homólogo de Guyana, Carl Greenidge, para discutir “una serie de cuestiones de interés común”, revela Molly Antigone Hall basándose en medios de comunicación guyaneses. Agrega que en un tuit, Swire manifestó que el Reino Unido y la Commonwealth “apoyan inequívocamente la soberanía de Guyana”. Los lazos familiares también están presentes, ya que un pariente lejano suyo, el multimillonario Barnaby Swire, es propietario Swire Energy Services, beneficiaria de los negocios petroleros con Guyana a través de su asociación con la multinacional estadounidense, Global Oilfield Services, para apoyar la “perforación en Guyana” mediante el suministro de contenedores y equipos para yacimientos petrolíferos[15].

En 2019 el empresario donó £ 4,999 al Partido Conservador, sumándose a su financiación anterior por valor de £ 5,000 en 2017, £ 2,000 en 2015 y una donación personal de £ 2,000 al diputado conservador Julian Brazier en 2015. La madre de Swire, Lady Moira Swire, donó £ 3,000 a la fiesta en 2017. Todas estas donaciones son demostradas por la periodista con las correspondientes citas al sitio de The Electoral Commission.

Del mismo modo, cita a otros donantes al Partido Conservador como el tío de Barnaby, Sir Adrian Swire, ex presidente de Swire Group, al primo de Sir Adrian, “Rhoddy” Swire, y a la esposa de éste, Georgina Swire. La suma de donaciones al Partido Conservador y a sus miembros, por parte de la familia, alcanza las £ 70.000.

Como se ha mencionado ut supra, el gobierno británico ha sido uno de los sesenta que ha reconocido a Juan Guaidó como líder constitucional de Venezuela, y el propio gobierno de Boris Johnson también ha manifestado su respaldo al recibirlo en enero de 2020 en un encuentro privado[16]. Por su parte, el ministro de Exteriores del Reino Unido, Dominic Raab, después de su encuentro con Guaidó expresó:

El pueblo de Venezuela ya ha sufrido bastante. Merece un futuro mejor. (…) Apoyamos los esfuerzos de Juan Guaidó hacia una solución pacífica y democrática. En nuestro encuentro le he ofrecido nuestro apoyo sin fisuras para trabajar con nuestros socios internacionales y traer una solución a esta terrible crisis.[17]

De este modo, el gobierno británico actuó en consonancia con su par de Estados Unidos —como es habitual— y con el Grupo Internacional de Contacto impulsado por la Unión Europea. Según una grabación de una llamada telefónica, la entonces “embajadora” de Guaidó ante el gobierno de Londres, Vanessa Neumann, se reunió con funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en enero de 2019 mientras procuraba crear una “coalición de apoyo”, oportunidad en la que se discutió el tema de Esequibo. En esa conversación entre Vanesa Neumann y Manuel Avendaño, asesor externo de Juan Guaidó, se escucha: “El tema número uno identificado por la Cancillería y el Commonwealth es que no nos apoyarán mientras continuemos con la línea oficial, que queremos recuperar el Esequibo de Guyana”[18].

El 26 de abril de 2019, el canciller Alan Duncan se reunió con Vanessa Neumann para aceptarla como representante oficial del opositor venezolano Juan Guaidó, a quien Gran Bretaña reconoce como presidente del país (Foto: Vanessa Neumann / Twitter). Fuente: Declassified UK.

La ya mencionada Dorothy Thompson, quien es funcionaria del Banco de Inglaterra y presidente ejecutiva de la petrolera Tullow Oil, reemplazó en la empresa a su fundador, Aidan Heavey, quien se retiró como presidente de la compañía en 2018, y quién donó más de £ 80.000 al Partido Conservador entre 2007 y 2015.

Según revela la autora en su artículo, varias otras empresas que se benefician del petróleo en el exterior de Guyana tienen un historial de financiación de políticos británicos, entre ellas Royal Dutch Shell, que ha donado más de £ 25.000 a los políticos del Partido Laborista entre 2005 y 2012. La francesa Total Oil & Gas ha donado más de £ 11.000 a varios políticos británicos durante la última década. Ambas empresas se han beneficiado de licencias para explotar petróleo en alta mar.

El encuentro privado entre Juan Guaidó y Boris Johnson en Downing Street
El apoyo a Guyana

Ha quedado claro que más allá del acuerdo que el Reino Unido firmó con Guyana antes de concederle la independencia, respalda a su ex colonia en el litigio por el Esequibo, con lo cual se puede afirmar que cuenta también con el respaldo de la Commonwealth[19]. En 2018 los 15 países que conforman la Comunidad del Caribe (Caricom), reafirmaron su apoyo a Guyana. Se debe destacar aquí que los Estados miembros de la Caricom son los mismos que en diferentes oportunidades han votado a favor del régimen de Nicolás Maduro en instancias internacionales, recibiendo a cambio acuerdos petroleros[20].

Por su parte, el gobierno de Estados Unidos también apoya a Guyana en el litigio del Esequibo y manifestó que enviaría naves a patrullar la zona. Cabe destacar que en diciembre de 2020 el gobierno de Estados Unidos envió un buque de la Guardia Costera a patrullar el Atlántico Sur “para contrarrestar la pesca ilegal” que contó con el apoyo de otros Estados como Guyana, Brasil y Uruguay[21]. El buque en cuestión, el USCGC Stone, el 14 de enero de 2021 participó de un operativo con patrullas de Guyana en la que se interceptó una embarcación que transportaba drogas[22]. Estos operativos son el resultado de la visita que el secretario de Estado de Estados Unidos, Mike Pompeo, realizó el 18 de septiembre de 2020, a Guyana[23]. En esa oportunidad, Pompeo señaló que su gobierno buscaba apuntalar el apoyo a los esfuerzos de la administración Trump para derrocar al presidente venezolano Nicolás Maduro y construir lazos con el pujante productor de petróleo. Pompeo y el presidente Irfaan Ali firmaron acuerdos para fortalecer la inversión y la cooperación de Estados Unidos en energía e infraestructura, al tiempo que prometieron profundizar la cooperación en materia de seguridad marítima y la interdicción del tráfico de drogas.

A modo de conclusión

Como es conocido en el ámbito de las relaciones internacionales, los países se mueven impulsados por intereses, lo cual puede llevar a dejar de lado el derecho internacional y los títulos que un Estado pueda tener sobre determinado territorio.

El caso del litigio sobre el Esequibo es una de las serias controversias que ha dejado el colonialismo británico, que lejos de haber quedado en el pasado se mantiene vigente en pleno siglo XXI, tanto en forma directa como lo hace con las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur —reclamadas por la Argentina con toda justicia— o en forma indirecta, a través de sus peones, ex colonias que conforman la Commonwealth. En este caso puntual, pueden verse claramente los intereses de las multinacionales petroleras pero también de los propios políticos británicos, quienes reciben donaciones de los empresarios que forman parte del ejecutivo de esas corporaciones.

El caso del Esequibo es también otra muestra de cómo los intereses británicos y estadounidenses confluyen en desmedro de otros Estados, más débiles en términos de fuerza, sin posibilidad de veto en el Consejo de Seguridad, pero que aunque cuenten con apoyo mayoritario en las Naciones Unidas, se hallan incapaces de llevar adelante sus derechos.

La gravedad del litigio del Esequibo reside en que se mezclan esos intereses económicos con la necesidad abierta de derrocar al gobierno de Venezuela, encabezado por Nicolás Maduro. Esto no implica necesariamente una defensa del gobernante venezolano, sino que intenta mostrar objetivamente cómo opera el poder mundial —países como Estados Unidos, Reino Unido, los de la Unión Europea, más los intereses económicos corporativos— a través de la “compra” de políticos nativos para llevar adelante sus objetivos mundiales. Es indudable que existe una conjunción de elementos en juego —el apoyo a Guaidó, el respaldo a la República Cooperativa de Guyana, la necesidad de derrocar a Maduro, los intereses petroleros, donaciones a los partidos británicos— que persiguen el objetivo de despojar definitivamente a Venezuela de sus derechos sobre el Esequibo para que las multinacionales puedan obtener sus beneficios, los cuales luego “derraman” en los partidos políticos del Reino Unido y de Estados Unidos, lo que pone en evidencia que la corrupción no es algo exclusivo de los países americanos o africanos.

Lo grave de esta situación, que está tomando una preocupante carrera en la que Guyana le ha dado intervención a la Corte Internacional de Justicia, es el riesgo de encontrarnos ante una nueva guerra por el petróleo, como la que en la década de 1930 enfrentaron a las hermanas repúblicas de Bolivia y Paraguay en la guerra del Chaco Boreal, o las más recientes, encubiertas en cuestiones humanitarias. Más allá de ello, lo que queda en claro es que siempre son los mismos actores internacionales los que encienden las mechas de los conflictos.

 

* Licenciado en Historia (UBA). Doctor en Relaciones Internacionales (AIU, Estados Unidos). Director de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG). Autor del libro “Inteligencia y Relaciones Internacionales. Un vínculo antiguo y su revalorización actual para la toma de decisiones”, Buenos Aires: Editorial Almaluz, 2019.

 

Referencias

[1] Molly Antigone Hall. “Conservative Party donors and the battle for offshore oil claimed by Venezuela”. Declassified UK, 08/12/2020, <https://www.dailymaverick.co.za/article/2020-12-08-guyana-conservative-party-donors-and-the-battle-for-offshore-oil-claimed-by-venezuela/>, [consulta: 12/12/2020].

[2] Briceño Monzón, Claudio Alberto. “La cuestión fronteriza en la conformación de la política internacional en Argentina y Venezuela: Siglos XIX-XX”. Tesis presentada para la obtención del grado de Doctor en Historia, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FaHCE) de la Universidad Nacional de La Plata, 2014, p. 248, <http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/tesis/te.1067/te.1067.pdf>, [consulta: 23/11/2020].

[3] Ibíd., p. 239.

[4] Ibíd., p. 239-240.

[5] Con respecto a los reclamos de Venezuela sobre la Guayana Esequiba, ver los artículos publicados por el Dr. Abraham Gómez R. en el sitio de la Sociedad Argentina de Estudios Estratégicos y Globales (SAEEG) <https://saeeg.org/>.

[6] Sitio oficial de la empresa Tullow Oil, <https://www.tullowoil.com/about-us/>.

[7] “Bank of England under pressure over board member’s oil links”. The Guardian, 23/02/2020, <https://www.theguardian.com/business/2020/feb/23/bank-of-england-under-pressure-over-board-members-oil-links>, [consulta: 24/11/2020].

[8] “Venezuela gold: Maduro government wins in UK appeals court”. BBC News Services, 05/10/2020, <https://www.bbc.com/news/world-latin-america-54418537>, [consulta: 15/10/2020].

[9] Ídem.

[10] Molly Antigone Hall. Op. cit.

[11] ídem.

[12] “Exxon Mobil ayudará a Guyana en una disputa con Venezuela por el bloque Stabroek”. EFE, 03/12/2017, <https://www.efe.com/efe/america/economia/exxon-mobil-ayudara-a-guyana-en-una-disputa-con-venezuela-por-el-bloque-stabroek/20000011-3457062>, [consulta: 15/10/2020].

[13] Molly Antigone Hall. Op. cit.

[14] Ídem.

[15] Ídem.

[16] Rafa De Miguel. “El Gobierno británico muestra su respaldo a Guaidó y Johnson le recibe en privado”. El País (España), 21/01/2020, <https://elpais.com/internacional/2020/01/21/actualidad/1579634006_816791.html>, [consulta: 23/01/2020].

[17] Ídem.

[18] Molly Antigone Hall cita la revelación de esta llamada por parte de la vicepresidenta de Venezuela: “Guayana Esequiba iba a ser entregada por Juan Guaidó para tener más apoyo, denuncia Delcy Rodríguez”. Youtube, <https://www.youtube.com/watch?v=BUs2mSSn_ME>.

[19] Sabrina Martín. “Guyana gana apoyo de Caricom en disputa con Venezuela por El Esequibo”. Panampost, 09/07/2018, <https://panampost.com/sabrina-martin/2018/07/09/guyana-gana-apoyo-de-caricom-en-disputa-con-venezuela-por-el-esequibo/>, [consulta: 15/02/2020].

[20] Ídem.

[21] “Estados Unidos envió un buque de la Guardia Costera a patrullar el Atlántico Sur  ‘para contrarrestar la pesca ilegal’”. Infobae, 29/12/2020, <https://www.infobae.com/america/eeuu/2020/12/29/estados-unidos-envio-un-buque-de-la-guardia-costera-a-patrullar-el-atlantico-sur-para-contrarrestar-la-pesca-ilegal/>, [consulta: 29/12/2020].

[22] “Patrullas de Guyana y EE.UU. interceptan embarcación con drogas, tras acuerdo”. Swissinfo, 14/01/2021, <https://www.swissinfo.ch/spa/guyana-eeuu_patrullas-de-guyana-y-ee-uu–interceptan-embarcación-con-drogas–tras-acuerdo/46287974>, [consulta: 16/01/2021].

[23] Bert Wilkinson. “Pompeo visits Guyana hoping to shore up support on Venezuela”. The Washington Post, 18/09/2020, <https://www.washingtonpost.com/world/the_americas/in-guyana-pompeo-again-calls-for-venezuelas-maduro-to-go/2020/09/18/021af3da-f9de-11ea-85f7-5941188a98cd_story.html>, [consulta: 22/09/2021].

 

Artículo publicado en el Anuario del CEID 2020, el cual puede ser descargado gratuitamente desde la página https://saeeg.org/wp-content/uploads/2021/05/ceid_anuario_2020.pdf

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¿A QUIÉNES APOYAN ALGUNOS TEÓRICOS EN LA CUESTIÓN MALVINAS?

César Augusto Lerena*

El abogado Marcelo Kohen, “de nacionalidad argentina y residente en Suiza, es Profesor de Derecho Internacional en el Instituto de Altos Estudios Internacionales y del Desarrollo de Ginebra, Suiza”, miembro del Comité sobre la Cuestión Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, exponiendo en el Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales (CARI).

El Medio LMNeuquén publicó el 6 de junio pasado un artículo de Juan Robledo “Cómo recuperar Malvinas agrandando la argentinidad”. Un muy interesante “copete” que se cae en pedazos a poco de leer las ponderaciones de este autor a algunas propuestas que considera novedosas.

Podemos coincidir que las declamaciones y los apoyos teóricos que la Argentina viene recibiendo desde siempre y en particular desde la sanción de la Res. 2065 de las Naciones Unidas, no nos llevarán a ningún lado; pero, decir que “Ni estamos más cerca de recuperar las Malvinas, ni el Reino Unido se muestra más dispuesto a la negociación” es simplificar una cuestión que tiene una gran complejidad y cuyos resultados no pueden esperarse como manifiesta, de “una nueva acción política” que no define cuál, aunque luego termina indicando el “hecho político nuevo” lo movilizó la propuesta (2018) del abogado Marcelo Kohen que, Robledo, define erróneamente (¿?) como “la única propuesta concreta que hoy existe para recuperar la soberanía sobre el archipiélago y que en lo fundamental se resume a cuatro palabras: Soberanía argentina, autonomía isleña”.

Ya se había referido Robledo en un artículo de Infobae (15/01/2020) al proyecto de Kohen pero, llamar a la proposición que habilita a los isleños a un referéndum para determinar su autonomía “la única propuesta concreta para recuperar la soberanía argentina”, podría entenderse como una idea británica, pero no, es una proposición absolutamente execrable de un abogado argentino experto en derecho internacional que parece ignorar la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional que reza: «La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino». Esta ridícula iniciativa nos llevaría de facto a renunciar a este objetivo, que la voluntad popular consagró en 1994.

Considerar de “la medida más polémica” a la posibilidad de que los isleños puedan realizar un referéndum y mediante él adquirir la soberanía plena, parece un tanto liviana para calificar lo que es una falta de respeto a la inteligencia, que tira a la basura los derechos históricos, territoriales y geográficos de Argentina, el esfuerzo de miles de combatientes y el de los 649 muertos que perdieron su vida defendiendo esos derechos. Más aún, cuando dentro de esa propuesta, Kohen mantiene vigente la misma situación de hoy: serían los isleños quienes digan si algún argentino puede radicarse en Malvinas; es decir que a la hora del referéndum seguirían siendo los británicos o sus descendientes los únicos que votarán. Un verdadero dislate, que adquiere especial gravedad, porque este “experto” integra hoy el Consejo Nacional de Malvinas y, entre otras cosas promueve, al igual que el Reino Unido, las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) que son un instrumento destinado a que los Estados de Bandera se apropien de la administración de los recursos de los Estados ribereños, fortalecería la posición británica en Malvinas y violaría las prescripciones de la citada Disposición de nuestra Constitución.

Se refiere Robledo, a los antecedentes de Kohen y, yo los preciso: junto a Susana Ruiz Cerutti, (que intervino en las negociaciones del Conflicto del Beagle que significaron la pérdida para la Argentina de las islas Picton, Nueva y Lennox) trabajó en el caso de la pastera Bosnia, en el que la Corte entendió, que “Uruguay no violó sus obligaciones para evitar la contaminación” y tardó seis meses para obtener la certificación de la OMI que acreditó el estatus militar del buque, para acreditar su condición de inembargable y destrabar el embargo de la Fragata ARA Libertad retenida en Ghana. Con juristas así, no necesitamos enemigos.

Sobre este señor, que hace 20 años vive dando clases teóricas en Suiza y que Juan Robledo considera el autor de “la única propuesta concreta que existe para recuperar la soberanía” se omite —pequeño detalle— que hoy asesora al presidente de la Nación respecto a la formulación de la Política de Estado en el Consejo.

No es riguroso Robledo cuando dice que los británicos implantados en Malvinas por el Reino Unido “son un pueblo de unos 3000 habitantes de habla inglesa…” ya que las partes en disputa son la Argentina y el Reino Unido como bien refieren las Resoluciones de la Naciones Unidas 1514 (XV), 2065 (XX), 3160 /XXVIII) y 31/49 etc. y no los isleños, que no constituyen un pueblo autóctono y en su gran mayoría son súbditos británicos y un 30% de ellos empleados del gobierno (AgendaMalvinas, 06/06/2021) como el propio medio probritánico Mercoprees.com lo precisa (05/06/2021).

Sinceramente no creo que tres mil isleños británicos vayan a modificar los hábitos y costumbres de los 45 millones de argentinos, como tampoco que la frase del francés Ernest Renan, a “quien le encantaba la verdad” (así al menos lo indica su lápida), pueda aplicarse a la relación argentino-británica, ya que no hemos tenido “glorias comunes en el pasado y una voluntad común en el presente”, más bien todo lo contrario. Las invasiones inglesas de 1806 y 1807 son un ejemplo. El quiebre de la unidad rioplatense y la posterior independencia de la Banda Oriental otro. En 1825 el Reino Unido y la Argentina firmaron un Tratado de Paz y Amistad y ocho años después —en 1833— lo violaron e invadieron Malvinas. En 1845 los aguantamos en “la vuelta de Obligado” y —entre otras cosas— en 1982 torpedearon al buque ARA Gral. Belgrano fuera del área de Exclusión… Además de que podríamos fundar con más detalle las razones de la recuperación de Malvinas, no hay tal historia patagónica común con los isleños y, que pese a que éstos, habitan en un archipiélago de Tierra del Fuego no tienen vocación de sociabilizar con esta provincia. Solo cumplen el mandato geopolítico del Reino Unido de Gran Bretaña de controlar el Atlántico Sur y el Estrecho de Magallanes y discutir derechos sobre la Antártida, mientras tienen militarizado un área donde todos los países de África occidental y América Oriental han suscripto el Acuerdo de “Zona de Paz y Cooperación en el Atlántico Sur”. Modestamente pienso que la mayoría de los argentinos no tendrán un sentimiento en común, mientras Malvinas esté ocupada en forma prepotente por el Reino Unido.

Fortalecer la Argentina es una condición necesaria para recuperar Malvinas, pero decir “agrandar la argentinidad tanto como sea necesario para que los argentinos nacidos en las islas se sientan incluidos en ella” es desconocer la Constitución del gobierno ilegal en Malvinas y las normas británicas al respecto: los hijos de británicos nacidos en Malvinas son británicos. Podrán obtener la doble nacionalidad todos los isleños que así lo deseen, pero el gobierno de los archipiélagos, los espacios marítimos y los recursos naturales son patrimonio de todos los argentinos y su administración debe regirse por la Constitución Nacional y la de la Provincia de Tierra del Fuego.

Finalmente son muy llamativas las afirmaciones de Robledo cuando dice que “Con un diseño muy parecido al que incluía la propuesta de Kohen (…) se creó el Consejo de Malvinas”, ya que sinceramente a juzgar por las propias propuestas referidas sería muy preocupante que ello hubiera ocurrido y, por otro lado, que “La virtualidad, hasta el momento ha conspirado contra la elaboración de propuestas concretas para las cuales se necesitan un diálogo y una confidencialidad más propia de la presencialidad…”. Incluir al propio presidente de la Nación en un Cuerpo meramente asesor es un verdadero disparate; pero, aceptar que se puede postergar un año y medio —después de tantos años con o sin Consejo— la elaboración de una Política de Estado por la pandemia, en materia tan sensible y grave, mientras médicos, enfermeros, policías, mozos, colectiveros, cajeros de supermercado, recolectores de basura, en fin, millones de argentinos, deja de manifiesto la escasa vocación de los funcionarios del área de Malvinas de la Cancillería por recuperar la soberanía de los Archipiélagos invadidos. Cuesta aceptar lo que ya muchos comentan: que el Consejo de Malvinas es solo un mascarón de proa para respaldar la inacción (¿?) o acciones sin el debate de una estrategia seria. Mientras el Consejo está en estado de hibernación, tres mil británicos en Malvinas siguen ocupando nuestros espacios, mejorando su logística, desarrollando sus puertos y explotando nuestros recursos por un valor de mil millones de dólares anuales de un país con el 45% de pobres e indigentes. Los actuales funcionarios y sus asesores no han modificado una sola política de las diseñadas por el Proceso, Caputo, Ruiz Cerutti, Cavallo, Di Tella, Malcorra y Faurie (Léase el Proceso Militar, Alfonsín, Menem y Macri).

Refiere también el articulista al libro “Las Malvinas entre el derecho y la historia” escrito por Marcelo Kohen y Facundo Rodriguez, aunque no dice que este último, miembro del CARI, fue «el subsecretario de Malvinas del PJ Macrista de Rosana Bertone; estuvo a la cabeza de un proyecto de Ley que pretendía legitimar los Tratados de Madrid y el Acuerdo de Foradori-Duncan (…) y hoy asesora al gobierno de Tierra del Fuego que plantea absolutamente lo contrario» (#Mercenarios de Malvinas. AgendaMalvinas, 30/08/2020) y que ellos, más Federico Frigerio (PRO) y Lucila Crexel (Movimiento Neuquino) con la presentación de Daniel Filmus y bajo la organización de la recién creada Asociación REDAPPE que integra éste y otros de la Cancillería (una suerte de autobombo) nos cuentan sobre «la Construcción de una Política de Estado sobre Malvinas: el papel del Consejo Nacional de Malvinas». Habría que decirles a “estos expertos” que la Constitución refiere a “espacios correspondientes” y no “circundantes” como erróneamente anuncia el aviso de la disertación aludida. Entiendo que los organizadores y disertantes no desconocen que el Reino Unido tiene ocupados más de 1,6 millones de km2; disputa más de 1,4 millones de km2 de la plataforma continental y también la Antártida Argentina. ¿Algo más que circundantes no? ¿Estarán enterados de esta disertación del Coordinador del Consejo y de alguno de sus miembros, el resto de éstos?

Lo cierto, que mientras los responsables del área se esconden detrás de los visillos por la pandemia y cobran rigurosamente sus sueldos a fin de mes, en Malvinas quedaron 649 héroes defendiendo el territorio nacional y miles de combatientes se jugaron la vida por un Patria soberana. El 12 de junio de 1974, ya hace 47 años, el Gral. Perón en su último mensaje nos decía: «Cuando el pueblo tiene la persuasión de su destino, no hay nada que temer. Ni la verdad, ni el engaño, ni la violencia, ni ninguna otra circunstancia, podrá influir sobre este pueblo en un sentido negativo, como tampoco podrá influir sobre nosotros para que cambiemos una dirección que, sabemos, es la dirección de la Patria».

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Ex asesor en la Honorable Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, escritor, autor de 26 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de la Entrega”, 2009) y articulista de la especialidad. En prensa: “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”, 2021.

 

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10 de junio de 2021, Día de la afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, Islas y Sector Antártico

 

EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA PACÍFICA EN EL ATLÁNTICO SUR Y MALVINAS

César Augusto Lerena*

El presidente Alberto Fernández, entonces jefe de Gabinete durante la presidencia de Néstor Kirchner, expresó a la Nación (13/06/2003) que el gobierno tenía como objetivo recuperar las Malvinas. Siete años después en su mensaje en el Congreso de la Nación del 01/03/2020 mostró igual su interés al respecto. A un año y medio de su asunción, por la forma y en los tiempos que el Coordinador del Consejo de Malvinas Daniel Filmus lleva la cuestión, no parece que esto vaya a ocurrir durante su mandato. Aun así, como modesto observador, le prestaría mucha atención a lo que no hacen y a lo que podrían hacer excepcionalmente el trio integrado por el profesor universitario Marcelo Kohen, el embajador en Londres Javier Figueroa y el referido Coordinador. ¿Y los consejeros que son los que tienen que proponer al Presidente la Política de Estado? En lugar de empezar a reunirse a diseñar las estrategias y tácticas destinadas a recuperar Malvinas, parecen haberse quedado atados a los eventuales llamados de un Coordinador que no coordina.

Seguramente a instancias de la Secretaría de Malvinas de la Cancillería y de Pesca del Ministerio de Agricultura, el presidente anunció que enviaría tres proyectos de leyes, que luego serían sancionadas, aunque como veremos resultan absolutamente inofensivas. La primera ley (27.558), de “creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas”, Cuerpo se supone, debía proponer la Política de Estado en esta materia y, que hasta la fecha se ha reunido un par de veces vía Zoom, evidentemente, nada importante o confidencial, por el sistema absolutamente vulnerable utilizado y, por suerte, porque varios de los miembros (Marcelo Kohen; Martín Balza; Susana Ruiz Cerutti) designados en el Consejo —por sus antecedentes— no parece que fueran a preocuparse por recuperar la soberanía de Malvinas (ver César Lerena “La Estrategia del Consejo Nacional de MalvinasParte I (09/02/21), Parte II (15/02/2021), Parte III (19/02/21), Parte IV (27/02/2021)  y Final (06/03/2021). En este punto, sería de esperar alguna movida de los Veteranos de Malvinas y, de algún otro miembro que, entiendo, no querrán quedar pegados ante esta falta de acción.
La segunda ley (27.557) “de demarcación del límite exterior de la plataforma continental argentina” es cartón pintado. Las Naciones Unidas no reconoció nada y una Comisión de Límites solo “recomendó” 351.633 km2 (28/03/2016 y el 17/03/2017) del total de 1.782.000 km2 reivindicadas por Argentina y, ni siquiera trató 1.430.367 km2 por entender que se encuentran en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido). En lugar de hacer mapas deberíamos ocuparnos, ya que en 1982 teníamos ocupados 11.410 km2 y tres millas alrededor de las islas y hoy tenemos 1.639.900 km2 del mar argentino y su plataforma invadida; gran parte de la plataforma continental más allá de las 200 millas en disputa, al igual que la Antártida Argentina.       
La tercera ley (27.564), de aumento de sanciones, resulta absolutamente inocua. Desde su sanción a la fecha no se ha colocado ninguna multa a buque extranjero en la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina. Por otra parte, no se ha sancionado a ninguno de los buques españoles, coreanos, taiwaneses o británicos que pescan en Malvinas; alguno de los cuales podría estar violando no solo la ley 24.922 sino también la 26.386 que impide a los buques radicados en el continente argentino pescar en Malvinas. De Malvinas —año tras año— se extraen 250.000 toneladas de pescados por valor de mil millones de dólares. Tampoco se ha hecho nada respecto a los buques que en alta mar pescan los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, que depredan el ecosistema perjudicando económica, social y laboralmente a nuestro país. 

¿Qué se supone que debería hacer la Argentina?

En primer lugar, tomar las medidas necesarias para que las Resoluciones de las Naciones Unidas no sean modificadas por el Reino Unido y mucho menos por la Argentina.

Mantener incólume el alegato del Embajador José María Ruda de «persuadir a la comunidad internacional de que las mencionadas Islas son parte integrante del territorio argentino y que el deber jurídico y moral de Gran Bretaña es devolverlas a su verdadero dueño, afirmándose así el principio de la soberanía y de la integridad territorial de los Estados…» y, del mismo modo, las cinco resoluciones concatenadas de las Naciones Unidas que han fortalecido y fortalecen la posición soberana argentina respecto a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas): la Res. 1514 (XV) del 14/12/1960; la Res. 2065 (XX) del 16/12/1965; la Res. la 3160 (XXVIII) de 14/12/1973; la Res. 31/49 del 01/12/1976 y la Res. 41/11 del 27/10/1986, sobre las que no habría que innovar ya que cualquier intento de esta naturaleza podría debilitar la favorable posición actual de argentina, dándole al Reino Unido el mejor escenario para replantear la cuestión de “la autodeterminación”; posición sepultada tras el reconocimiento de los “intereses” y no “deseos” a los isleños que, en todo caso, debería tratarse de un derecho de los argentinos y, también, en el muy importante argumento —a los múltiples agregados por Argentina— de que las Resoluciones de las Naciones Unidas referidas a la Cuestión Malvinas omiten toda referencia a la “autodeterminación de los isleños” ya que en todos los casos, limita las negociaciones a la Argentina y al Reino Unido y en ningún caso a los isleños, entendiendo, obviamente, que estos son parte de la corona británica.

Además de ello, las distintas resoluciones refieren a la “integralidad territorial”, sobre lo que nada nuevo se podría agregar a lo ya sostenido por Ruda —reiterado por Argentina durante todos estos años— confirmado por el ilegal referéndum efectuado en las islas, donde los isleños implantados por el Reino Unido, mayoritariamente británicos, desean seguir perteneciendo a la corona, desmitificando el inconsistente argumento de la autodeterminación e independencia.

Toda idea destinada a ratificar ante la Asamblea General de las Naciones Unidas de las Resoluciones citadas respecto a la posición argentina o recurrir a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) debiera ser descartada de plano, ya que podría debilitar o revertir la posición altamente favorable de Argentina que las referidas resoluciones le otorgan a nuestro país. Por el contrario, habría que hacer pie en estas resoluciones para llevar adelante nuevas políticas activas en el Atlántico Sur y Malvinas, algunas de las cuales se enuncian en este trabajo, aunque previamente y, de modo general, se sintetizan las referidas resoluciones de las Naciones Unidas.

En la Res. 1514 (XV) la Asamblea General «convencida de que todos los pueblos tienen un derecho (…) al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional», declaró —entre otras cosas— que: «1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas (…) deberá respetarse la integridad de su territorio nacional. 6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas (NdA: de aplicación al territorio y no a la población). 7. Los Estados no deberán (…) intervenir en los asuntos internos de los demás Estados y respetar los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial».

La Res. 2065 (XX), que confirmó «la existencia de una disputa entre los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido acerca de la soberanía sobre dichas Islas, dejando en claro la disputa territorial negada sistemáticamente por el Reino Unido e, invitando a ambos gobiernos (no a los isleños, cuestión relevante que da por tierra con los insostenibles argumentos de la autodeterminación) a «proseguir sin demora las negociaciones (…) teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la resolución 1514 (XV)…»; Resolución, que fuera adoptada por una gran mayoría de votos, sin ningún voto en contra, incluso del Reino Unido que debió abstenerse, consagrándose un triunfo diplomático argentino que difícilmente pueda mejorarse, porque está atado al rechazo sistemático a reunirse de parte del Reino Unido durante los últimos 56 años y al conjunto de resoluciones de las Naciones Unidas que aquí se detallan.

La Res. 3160 (XXVIII), que señala que la Res. 2065 (XX) indica que «la manera de poner fin a esta situación colonial es la solución pacífica del conflicto de soberanía entre los Gobiernos de la Argentina y el Reino Unido con respecto a dichas Islas y, expresando su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina…».

La Res. ONU 31/49 que se relaciona con las resoluciones precedentemente citadas y refiere «1. En particular, las conclusiones y recomendaciones del Comité Especial relativas a dicho Territorio (…) 2. Expresa su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina (…) 3. Pide a los gobiernos que aceleren las negociaciones relativas a la disputa sobre soberanía (…) 4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas». Cuestión esta última que el Reino Unido ha violado en forma continua y creciente, desde 1982 a la fecha, ocupando mayores territorios insulares y marinos de Argentina y explotando los recursos naturales pesqueros, agropecuarios e hidrocarburíferos.

La Res. 41/11 donde la Asamblea General que a instancias de Brasil declara la “Zona de paz y cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS) con el apoyo de todos los Estados ribereños de África Occidental y América Oriental con Mar Territorial y Z.E.E. en el Atlántico Sur (sin participación alguna del Reino Unido, dejando de manifiesto su situación irregular en el mar argentino), consciente la Asamblea de «la determinación de los pueblos de los Estados de la región del Atlántico Sur de preservar su independencia, soberanía e integridad territorial…»; convencida de «la necesidad de mantener la región libre de medidas de militarización (…) la presencia de bases militares extranjeras y, sobre todo, de armas nucleares», exhortando entre otras cosas a «3. (…) la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos; 4. (…) respeten la unidad nacional, la soberanía, la independencia política y la integridad territorial de todos los Estados de la región, se abstengan de la amenaza o la utilización de la fuerza (…) así como el principio de que es inadmisible la adquisición de territorios por la fuerza». Todas cuestiones que constituyen un llamado de atención y un mensaje a la presencia del Reino Unido ocupando los territorios insulares y marítimos de Argentina en el Atlántico Sur, ya que como nos refieren Juan J. Castelli y Fabian Aouad ello, queda ratificado cuando el Reino Unido le informa al Secretario General de las Naciones Unidas (el 03/07/1997 doc. A/52/462 del 14/10/1997), que «celebra los objetivos de la resolución 51/19 de la Asamblea General de promover la paz y la cooperación en el Atlántico Sur y desea señalar (…) la evolución de las relaciones anglo-argentinas, que ha contribuido a reducir la tensión en el Atlántico Sudoccidental. Prosigue la cooperación en el marco de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur (…) y en la Comisión sobre Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental en la cual, en particular, se están desarrollando las disposiciones relativas a la explotación conjunta de los hidrocarburos en la zona especial de cooperación establecida por el Reino Unido y la Argentina en la Declaración Conjunta de 27/09/1995». Los británicos, no dejan pasar una oportunidad para dejar huellas en las cuales ratifican su carácter de ocupante (ilegal) y administrador provisorio (forzoso) y los gobiernos argentinos demuestran a cada paso sus errores diplomáticos.

Es evidente que esta Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS) resulta un ámbito extraordinario para mejorar las políticas argentinas destinadas a profundizar la soberanía en el Atlántico Sur, mediante una relación más activa y estrecha con el resto de los Estados ribereños, procurando una acción común que desaliente la presencia extranjera en estos mares (César Lerena “Atlántico Sur. Una Zona de Paz y Cooperación en conflicto”, 04.11.2020) y, si bien hasta el momento esta Zona no ha tenido el impulso y el poder suficiente, por razones de dominio obvias e ineptitud de los sucesivos gobiernos, declaraciones como las obtenidas en la VII Reunión Ministerial realizada el 15-16/01/2013 en Montevideo deberían mutar en hechos concretos en favor de un mayor control argentino, suramericano y africano del área.

En el complejo escenario en el que se encuentra la Argentina, con las islas y el 52% de su territorio marítimo ocupado por el Reino Unido, sin una estrategia diplomática acorde a la pérdida de soberanía que ello implica, la cuestión, no pasa por buscar nuevos fundamentos jurídicos, históricos o geográficos u obtener nuevos apoyos o declaraciones (que habrá que seguir gestionando año tras año), sino aplicar nuevas herramientas destinadas a debilitar la posición británica en el área de Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Antártida y el Atlántico Sur. Para ello debería considerarse a este último, no como una ribera del continente sino como parte integrante del mismo y, como su primera barrera de defensa y, ello supone tomar algunas medidas que permitan regular, tener bajo control y explotar los espacios aéreos y marítimos argentinos, la plataforma continental, los archipiélagos y las cuestiones pertinentes de la Antártida Argentina. Para ello, se indican algunas cuestiones a tener en cuenta:

1) La Organización Nacional

a) La Creación del Ministerio del Mar

Crear el Ministerio del Mar (del Atlántico Sur, Islas y Antártida Argentina), que entienda sobre toda práctica de extracción, explotación o investigación de los recursos naturales vivos o no vivos en el Atlántico Sudoccidental y la Antártida y aquellos que estén vinculados a éstos territorios, directa o indirectamente con la Plataforma Continental Argentina, la ZEE o la Alta Mar cuando se traten de recursos migratorios y/o asociados y/o que intervengan en la cadena trófica de los recursos vivos de dominio de la Argentina y que, tenga este Ministerio, como primera misión y función, la de promover la legislación aplicable para revalorizar y demostrar la vocación soberana de ocupar, explotar en forma sostenible y cuidar ambientalmente estos espacios argentinos. Francia que tiene una ZEE Continental equivalente al 10% de la Argentina y tiene un Ministerio de este tipo.

b) La regulación de los espacios marítimos

Efectuar las reformas profundas indispensables, modificar o reglamentar algunas leyes argentinas, tales como la de Defensa Nacional (Ley Nº 23.554 y afines); Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285 y mod., Nº 23.399); Seguridad Interior (Ley Nº 24.059 y mod.); Espacios marítimos y líneas de base (Ley Nº 23.968); CONVEMAR (Ley Nº 24.543); Pesca (Leyes Nº 24.922 y Nº 26386); Hidrocarburos (Leyes Nros. 17.319, 26.197, 26.659, 27.007 y 27.444); Puertos (Ley Nº 24.093 y provinciales del litoral marítimo); Navegación (Leyes Nros. 20.094, 2.637, 17.371, 21.763, 22.228, 26.354, 26.994, 27.077 y 27.419); Ley de Marina Mercante y Flota Fluvial (Ley Nº 27.419, Art. 10º y 13º); Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo (Ley Nº 20.645); Ambiente (Ley Nº 25.675); Ministerios (Ley Nº 22.520 y mod.) y, toda Ley aplicable al Atlántico Sudoccidental para ajustarla al objeto.

c) La administración del Río Paraná, el Río de la Plata y los puertos

La Argentina debe administrar en forma directa el Río Paraná, donde el dragado, el balizamiento y el mantenimiento son solo herramientas. La Administración supone ayudar a potenciar la región del litoral y las provincias que hacen tráfico fluvial y generar —entre otras cosas— las condiciones adecuadas para reducir los fletes y optimizar el comercio regional, nacional e internacional. Ello incluye la prolongación y profundización del Canal de Magdalena para constituir un eje de autonomía soberana del transporte y comercio nacional entre el Río Paraná, el Río de la Plata, el Atlántico Sur y el Estrecho de Magallanes y los pasos al Pacífico. El día 20 de noviembre se instituyó como el día de la Soberanía Nacional debido a la Batalla de la Vuelta de Obligado, combate, que queda totalmente desdibujado frente a la realidad actual de la explotación de los efluentes troncales fluviales y su comercio, donde empresas extranjeras administran puertos y flotas de banderas extranjeras transportan la carga nacional. Por otra parte, la explotación del Río Paraná, su dragado, mantenimiento y control de las empresas transportadoras está concesionado (privatizado) a empresas extranjeras, a quienes se les otorgó de facto el “poder de policía” con el cobro actualizado en dólares de un peaje relacionado al volumen transportado; con cuya recaudación, la Argentina estaría en condiciones de realizar el dragado en forma directa con dragas nacionales ya disponibles y la eventual construcción de nuevas en astilleros nacionales.

La Argentina debe reformular la política portuaria nacional y su emplazamiento estratégico. Sus puertos, al igual que los canales que fueran necesarios deben estar aptos para realizar las operaciones de buques de gran porte y portacontenedores, de modo de asegurar el traslado marítimo y fluvial de mercaderías en todo el litoral patagónico y bonaerense y el río Paraná y de la Plata.

d) La Reforma de la Ley de Pesca y del Código Penal

Llevar adelante políticas activas en el Atlántico Sudoccidental, declarando a este espacio de interés ambiental, social y de desarrollo económico de la Argentina y Suramérica. Establecer la “Unidad Económica Pesquera” y mejorar la distribución de los recursos; incrementar el valor agregado de los productos; fomentar el consumo interno; eliminar los descartes y aprovecharlos para la generación de proteínas destinadas a la alimentación social, mayor industrialización y empleo; promover y subsidiar la captura nacional en alta mar y buscar acuerdos para la pesca en ésta; dificultar la captura en el área de Malvinas; federalizar la explotación de los recursos y radicar estratégicamente empresas en determinadas regiones del litoral marítimo, etc. Reformar el Art. 186º del Código Penal para combatir el tránsito y la navegación no inocente y la pesca ilegal. Decomisar los buques y las mercaderías.

2) Las Políticas de Estado respecto a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Antártida y los Espacios marítimos correspondientes

a) Cumplir en forma irrestricta con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

A las medidas indicadas precedentemente se agregan las siguientes, pero, en ningún caso las que pudieran tomarse pueden apartarse de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y de las que pudieran resultar de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego.

b) Modificar la Ley de Creación del Consejo Nacional de Asuntos relativos a Malvinas

Modificar la Ley 27.558 con el objeto de ampliar el número de miembros del Consejo, darle carácter ejecutivo y agregar expertos en diplomacia, estrategia, defensa, petróleo, pesca, comunicación y, otros.

c) La Pesca ilegal, la emergencia pesquera y las áreas marinas protegidas

Resulta indispensable poblar alta mar con más buques pesqueros argentinos. Poner toda la flota pesquera potera y congeladora a pescar en la alta mar. El plan pesquero debe priorizar la captura de la población de calamar que migra a Malvinas y al área adyacente a la ZEE Argentina y deben eliminarse todo tipo de impuestos y derechos (combustible, derechos de captura, derechos de exportación, etc.) a los buques nacionales que pesquen en la alta mar. Al mismo tiempo acordar y controlar todos los buques extranjeros que navegan y pescan ilegalmente en la alta mar los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina y dentro de ésta, en especial aquellos licenciados por el Reino Unido.

Declarar zona de emergencia pesquera y ambiental y Áreas Marinas Protegidas (AMP) dentro de las 200 millas alrededor de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, entendiendo que la explotación en esa área afecta al ecosistema del Atlántico Sur, por cuanto la captura biológicamente sostenible no puede ser controlada ni determinada por la Autoridad de Aplicación Argentina a la par de cumplir con los compromisos argentinos en esta materia.

Penalizar a todos los buques extranjeros que pescan en Malvinas.

Promover internacionalmente una política de preeminencia en favor de los Estados Ribereños respecto a la explotación de los recursos migratorios originarios de la ZEE, tomando las acciones precautorias para evitar la depredación del Atlántico Sur por parte de los Estados de Bandera (buques extranjeros).

d) Reclamo de lucro cesante por la explotación de los recursos en Malvinas

Iniciar una demanda por lucro cesante contra las empresas pesqueras que pescaron en Malvinas entre 1976 a 2021 donde empresas españolas, británicas (o de las islas), coreanas, taiwanesas, chinas, etc. extrajeron anualmente 250.000 toneladas por un valor estimado en los mil millones de dólares; en decir que en estos últimos 45 años han extraído 11.250.000 toneladas por un valor estimado en los 11.250 millones de dólares.

e) Promover el Desarrollo Patagónico. La administración y desarrollo de Malvinas

Favorecer la radicación poblacional e industrial en la Patagonia. Dotar al puerto y a la base aérea de Rio Grande y Ushuaia de las mejores condiciones para operar toda la flota mercante, pesquera y militar y, otorgar cuotas de pesca a las empresas que instalen industrias procesadoras en la Isla de los Estados.

Prohibir en las Provincias del litoral marítimo la instalación de aeropuertos privados con capacidad para operar aviones de gran tamaño o militares y, desactivar los existentes.

El gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego debería dictar los códigos de administración urbana y rurales de las islas, en consonancia con los vigentes, independiente de su ocupación británica, de modo de poner de manifiesto la legitimidad argentina sobre Malvinas. Al mismo tiempo modificar la toponimia en los archipiélagos.

Por su parte, el gobierno nacional debería elaborar un proyecto de desarrollo portuario, vial, industrial, agropecuario, social, turístico y ambiental de Malvinas e incorporarlo al presupuesto nacional, de modo, de resaltar ante la comunidad internacional y los habitantes de las islas, la voluntad argentina, que habrá de trabajar para el desarrollo sostenido de Malvinas al momento de extinguirse la invasión británica en el territorio argentino, asegurándoles a los isleños y a quienes habiten este territorio nacional en el futuro los recursos necesarios para garantizarles el bienestar y el resguardo de los modos de vida.

3) La Defensa Nacional, flota mercante e industria naval

Ejecutar la Ley de Marina Mercante y Fluvial (Nº 27.419) para asegurar que todo el flete en el mar y los ríos se realice mediante buques argentinos y la Ley de Promoción de la Industria Naval Pesquera (Ley 27.418) para garantizar la construcción nacional.

Equipar a la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Argentina y a la Prefectura Naval y dotar a estas armas militares y de seguridad de los medios necesarios para patrullar en forma permanente los espacios marítimos y aéreos y, mantener activo un sistema satelital que permita en tiempo real, conocer que pasa en los mares y espacios aéreos argentinos del Atlántico Sudoccidental, los Archipiélagos y la Antártida.

Fortalecer la presencia naval y aérea en el litoral patagónico y en especial Tierra del Fuego.

4) La Política de Acuerdos respecto a Malvinas y el Atlántico Sur

a) Fortalecer la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS)

Promover la relación con todos los Estados ribereños de África Occidental y América Oriental con Z.E.E. en el Atlántico Sur con el objeto de contribuir a la preservación de la independencia, soberanía e integridad territorial y desarrollar relaciones en condiciones de paz y cooperación económica.

b) Desechar los Acuerdos vinculados a Malvinas o al Atlántico Sudoccidental con incidencia en los archipiélagos argentinos y espacios marinos correspondientes ocupados por el Reino Unido

Desechar los Acuerdos Madrid, el Acuerdo de Nueva York, el Convenio del Atún y las negativas Organizaciones regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) que regionalizarían el Atlántico Sur con claros beneficios para los Estados de Bandera (buques extranjeros) y la consolidación del Reino Unido en Malvinas; el Pacto de Foradori-Duncan, cuyos efectos prácticos deberían ser la anulación de la Comisión Conjunta de Pesca del Atlántico Sur; la Comisión sobre Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental; los vuelos a Santiago de Chile y San Pablo desde Malvinas y viceversa y, el establecimiento de una fecha de vencimiento para el tratamiento de la soberanía de Malvinas, entre otras cuestiones, con fundamento en que en todos estos años no han sido ratificados por el Congreso Nacional estos Acuerdos y ser contrarios a los intereses nacionales, en especial por la violación del Reino Unido a la Res. 31/49 de las Naciones Unidas, quien ha invadido en forma creciente nuestros territorios insulares y marítimos y ha explotado los recursos nacionales.

c) La implementación de un Protocolo Adicional del MERCOSUR

Firmar un Protocolo Adicional “Mercado Común Pesquero del Sur (MERCOPES) del MERCOSUR para fortalecer la presencia suramericana en el Atlántico Sur en contraposición a la ocupación del Reino Unido y la extranjerización del Atlántico Sur.

d) La instrumentación del Acuerdo entre el MERCOSUR y la Unión Europea y las certificaciones

En línea con este pre-acuerdo y en función de las nuevas condiciones relativas al Brexit, acordar con la Unión Europea para que todos los productos originarios del Atlántico Sudoccidental (Área FAO 41 y 48) o migratorios o asociados a ésta deban encontrarse certificados por los organismos oficiales de la Argentina, Uruguay o Brasil según corresponda, para su ingreso a la Unión Europea, de modo de reducir la pesca y el comercio ilegal por parte de los Estados de Bandera, inclusive el Reino Unido.

e) La Política Rioplatense

Trabajar para llegar a una política común rioplatense con los acuerdos económicos adecuados con Uruguay para que, en forma inmediata, este país suspenda todo el apoyo logístico que le presta a los buques extranjeros que operan sin permiso en alta mar y Malvinas y, al mismo tiempo, realizar las negociaciones necesarias para facilitar las operaciones de los grandes buques, el comercio, el control aduanero, la reducción de costos, el resguardo del acceso al Río de la Plata y el transporte en el área norte del Atlántico Sudoccidental.

f) Ejecutar el Tratado de Paz y Amistad con Chile

Profundizar las relaciones culturales, comerciales y turísticas con Chile de modo de fortalecer los vínculos con este país. En este sentido, es necesario mejorar la vinculación de Chile respecto a la Antártida; el transporte, la seguridad y en los corredores bioceánicos; acuerdos de libre comercio y coordinar un plan turístico binacional de modo de promover la explotación de ambos mares y sus archipiélagos australes.

g) Promover el interés de Suramérica del Continente Antártico

En atención al Tratado Antártico y, sin menoscabo a los derechos de soberanía territorial, que se dejan en claro en el art. IV inc. 1 y 2 de éste y teniendo en cuenta las superposiciones territoriales reclamadas, el gobierno argentino debería invitar a todos los países de Suramérica a adherir al Tratado, de acuerdo con lo previsto en el art. XIII inciso 1 para acordar con ellos la transformación del Continente Antártico en la “Reserva Ambiental, Científica, Acuífera y Alimentaria de Suramérica” y convenir con estos países, en el marco de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CRVMA) la explotación de los peces, crustáceos y moluscos al sur de la latitud 60ºS.

Nada está hecho, mientras quede algo por hacer (Romain Rolland)

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad. En prensa: “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”.

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