TURQUÍA Y EL TRÁNSITO DE HIDROCARBUROS HACIA EUROPA

Isabel Stanganelli*

Offshore Energy Today Staff / Images by Turkstream/Gazprom/Kremlin

Como ya se ha mencionado, desde 1984 el abastecimiento de gas desde Moscú fue un pilar en sus relaciones con Europa occidental. Desde Siberia occidental el gasoducto Yamal y sus ramales abastecían a diez países de Europa occidental como Alemania —occidental—, Italia, Francia y Suecia.

La interrelación energética sobrevivió a la Guerra Fría, a la reunificación de Alemania y a la desunión soviética. Pero desde fines del siglo pasado las rutas de gasoductos por Ucrania comenzaron a resultar inseguras para los clientes europeos pues Ucrania solía restar parte del suministro gasífero para suplir la escasez nacional, además de mantener deudas por el combustible con Rusia. Moscú buscó entonces diseñar rutas alternativas evitando a Ucrania.

En 2014, cuando a la difícil relación energética de Rusia con Ucrania se sumó la crisis política que culminó con el derrocamiento de Yanukovich, el inmediato apoyo de Washington al gobierno interino y las sanciones contra Rusia por Crimea cambiaron las condiciones del ingreso de combustible ruso en Europa.

El entonces flamante gasoducto Nord Stream, le hizo creer a Rusia y a muchos países europeos que el intercambio continuaría. Pero la limitación a Gazprom en el aprovisionamiento de gas a través del gasoducto OPAL, ramal del Nord Stream fue la primera señal.

Surgieron otras propuestas como el proyecto Nabucco —gasoducto Turquía-Austria—, comenzado en 2002, sustituido por el mejor respaldado gasoducto Transadriático y South Stream con similar destino pero tan obstaculizado por el Parlamento Europeo que Vladimir Putin terminó cancelándolo personalmente y Turquía se retiró la propuesta en diciembre 2014.

La impresión general en la UE era que bloquear South Stream no tenía sentido ni en términos de seguridad energética, ni económicos ni políticos. Su obstrucción fue una cuestión puramente política. La UE es rotundamente importadora de energía y se espera mayor consumo de gas en las próximas dos décadas. Aceptar todos los gasoductos de importación propuestos tiene más sentido y otorga al comprador mayor poder que tratar de restringir las fuentes de suministro bloqueándolos. Y aunque Europa logre incrementar fuentes alternativas para la provisión de energía, hacia 2030 la demanda de gas ruso permanecería al menos en el 30% de los requerimientos europeos.

Con la suspensión, Gazprom se limitaría a entregar el gas a Turquía. Rusia no ofrece otras opciones.

Sin embargo el 8 de enero de 2020 los presidentes Valdimir Putin y Recep Tayyip Erdogan asistieron en Estambul al lanzamiento del gasoducto TurkStream —comparable a South Stream—, de dos líneas, capaces de entregar más de 30 mil millones de m3 de gas natural anualmente. La primera está destinada al mercado turco, mientras que la segunda irá a Europa. Turkish Stream tendrá una capacidad total de transporte de 63 mil millones de metros3/año. Los progresos en el oleoducto TurkStream han logrado poca atención pero añadirá otra ruta no ucraniana desde Rusia. Y al igual que South Stream, el gasoducto está a punto de plantear un desafío legal a la Unión Europea, (UE), sus normas sobre el Mercado Interior de la Energía (IEM) y la política energética de la UE en términos más generales.

TurkStream sigue dos tercios de la ruta original de South Stream. La principal diferencia entre estos dos proyectos es que TurkStream nunca fue planeado como un proyecto integral dirigido hasta los mercados europeos. En su lugar, Gazprom implementó una nueva política de pasos sucesivos, construyendo un oleoducto al importante mercado turco primero y ganando tiempo para hacer frente a la situación jurídica de la infraestructura adicional.

Aunque en los últimos años TurkStream ha estado recibiendo relativamente menos atención y cobertura mediática que Nord Stream 2, no resultó extraño que finalmente surgieran problemas políticos y legales. TurkStream puede no ser tan grande como Nord Stream 1 y 2, pero es una parte integral de la estrategia más amplia de Gazprom para consolidar su posición como un importante proveedor de energía en Europa y la UE sin depender del tránsito a través de Ucrania.

En el sudeste de Europa Bulgaria volvió a ser un país amortiguador: se enfrentó a cuestiones legales y políticas conexas similares a la de South Stream. Bulgaria está de nuevo entre la UE y Rusia, intentando sumergirse en las reglas del mercado interno de la UE mientras maximiza los beneficios potenciales de ser un país de tránsito. Bulgaria ha estado interesada en convertirse en un centro de gas durante bastante tiempo, y TurkStream es una parte esencial de su plan. El primer ministro búlgaro Boyko Borisov reiteró los planes para el país en 2019, pero los progresos han sido bastante lentos. Además, los planes para convertir Bulgaria en un centro de gas recibieron recientemente un golpe cuando la Comisión Europea le retiró su apoyo.

Pero TurkStream siguió progresando y a principios de 2020 inició el suministro de gas a Bulgaria, Macedonia del Norte y Grecia.

En verde, recorrido del Turk stream por el Mar Negro. El resto de gasoductos señalados ya están operativos. Fuente: euronews

La UE ya ha dejado claro que TurkStream será controlada para verificar que se adhiere a las reglas de la UE. Dado que Serbia y Macedonia del Norte no son miembros de la UE, es probable que la situación allí sea diferente a la de otros Estados a lo largo de la ruta de TurkStream que sí lo son (Bulgaria, Hungría, Grecia). Es probable que Gazprom aplique un enfoque basado en casos, navegando entre las disposiciones del IEM. En cualquier caso, los proyectos actuales de Gazprom están probando el bastión legal de la UE en dos lugares a la vez, en el norte con Nord Stream 2 y en el sur con TurkStream.

La parte general aquí es que la UE debe encontrar el punto que equilibre sus necesidades de importación y sus preocupaciones de política exterior, sobre todo en relación con Rusia. En la actualidad, la UE despliega soluciones ad hoc para solucionar las crisis a medida que se presentan, en lugar de asumir una posición global y transparente basada en un amplio consenso.

Su método actual permite a Gazprom intentar por todos los medios penetrar en el mercado europeo: al no asumir una posición clara y firme, la UE está creando un vacío que Gazprom obviamente buscará llenar.

Esta historia recurrente de los gasoductos con producción rusa nos deja mensajes importantes: Rusia continuará intentando penetrar en el mercado europeo, algo que los países de la UE no desconocen. Los suministros extranjeros siempre plantean un desafío y los suministros de Rusia, como los de cualquier Estado cuando se trata de exportaciones de material estratégico, no son una excepción dadas sus implicaciones geopolíticas. Estos desafíos no desaparecerán con TurkStream.

Por otra parte, la UE deberá en algún momento sustituir sus soluciones ad hoc por normas coherentes para todos sus integrantes. Es comprensible que la UE no tenga una política energética interna común, dada su variedad de mezclas energéticas internas, sus diferentes demandas energéticas -relacionadas con sus climas, con su carga poblacional o con convenios comerciales-.

Y por último se deben tener en cuenta los compromisos adquiridos entre la UE y los EE.UU. así como los existentes entre los integrantes de la OTAN. En ambos casos no promueven la mejor relación con la Federación de Rusia. Esta situación es particularmente crítica en el caso de este ducto pues Turquía siempre fue un participante clave de la Organización atlántica septentrional.

 

* Profesora y Doctora en Geografía (UNLP). Magíster en Relaciones Internacionales (UNLP). Secretaria Académica del CEID y de la SAEEG. Es experta en cuestiones de Geopolítica, Política Internacional y en Fuentes de energía, cambio climático y su impacto en poblaciones carenciadas. 

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ZANAHORIA

Iris Speroni (gab: https://gab.com/Iris_Speroni)

Cortar la estafa del BCRA nos hará US$ 27.359 millones más ricos

En febrero de este año calculé cuánto dinero se llevaban los “amigos” del gobierno en conjunto con funcionarios públicos por el sólo hecho de tener un dólar atrasado. Los números definitivos son: 

  • Exportaciones 2020 por US$ 54.884 millones[1].
  • Exacción del BCRA US$ 27.359 millones[2].

Somos 45,4 millones de habitantes[3]. A cada uno de nosotros nos quitaron 603 dólares. A una familia de 4 personas le quitaron US$ 2.412 en un sólo año sólo por este concepto. Al cambio del dólar paralelo del viernes ($ 154), la suma es de $ 371.448 por familia.

Eso es el dinero que nos quitaron todos los años, año tras año, en la última década. Justamente la década en que no ha crecido el PBI.

La AFIP recaudó durante en 2020 $ 7.237.410.240.280. 

Los US$ 27.359 millones es el monto que quita el BCRA. Es adicional a la cifra anterior. Equivale a un 58% de la recaudación de la AFIP.

¿A quién le quitan este dinero?

Por lo pronto, no se lo quitan a todo el mundo por igual. Sólo a quienes producen bienes exportables. 

Por ejemplo, la capital es responsable de sólo el 0,6% de las exportaciones por lo cual esta exacción no es significativa. 

Capital Federal

  • Población estimada INDEC 3.269.073 (creo que está sobreestimado).
  • Exportaciones Capital Federal US$ 281 MM (0,6% de las exportaciones del país)
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA (49,85%) US$ 140 MM.
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA a cada porteño US$ 42 en el año 2020.

Muy por debajo del promedio nacional de US$ 603 por habitante.

Provincia de Buenos Aires

  • Población estimada INDEC 17.673.655
  • Exportaciones Provincia de Buenos Aires US$ 19.428 MM (35,4% de las exportaciones del país)
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA (49,85%) US$ 9.685 MM
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA a cada bonaerense US$ 548 en el año 2020.

Chubut

  • Población estimada INDEC 575.856
  • Exportaciones provincia de Chubut US$ 2.030 MM (3,7% de las exportaciones del país)
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA (49,85%) US$ 1.012 MM
  • Exacción ilegal e inconstitucional del BCRA a cada chubutense US$ 1.757 en el año 2020.

Otras Provincias[4]:

A Córdoba el BCRA le quitó Us$ 1.087 por habitante en 2020, a Santa Fe US$ 1.551, a Santa Cruz US$ 3.088. Todas las provincias en nota al pie.

La Zanahoria

En EL TAMAÑO DEL BOTÍN expliqué cuánto dinero nos roban.

Pero la moneda tiene dos lados. Si nos sacan eso es porque lo producimos. Año tras año. Esto quiere decir que si impedimos que nos esquilmen seríamos US$ 27 mil millones por año más ricos. Si además reinvertimos ese dinero, el incremento de la riqueza sería exponencial. 

Ésa es nuestra zanahoria.

Si nos organizamos y echamos a estos ladrones, seremos muchos más ricos. Todos. Desde el que hoy recoge cartón a los desarrolladores de sistemas a los bodegueros a los grandes productores. Que la codicia nos motive si ninguna otra cosa lo logra.

Ilegal e inconstitucional

Delitos que cometen los funcionarios al cobrar este “impuesto” a las exportaciones.

1º. Obliga a entregar los dólares. Éstos son de quien exporta, no del Estado. Es una confiscación sin ley previa del congreso.

2º. Paga un dólar arbitrario y bajo. La constitución determina que toda confiscación será a precio justo o de mercado.

3º. El dinero que quita el BCRA es un impuesto que no ha sido sancionado por el Congreso.

4º. No sabemos a dónde va ese dinero y con qué criterio el BCRA se lo entrega a unos y a otros. Las erogaciones no han sido aprobadas por el Congreso de la Nación.

5º. Abuso de autoridad por parte de las autoridades monetarias al cobrar un impuesto sin tener potestad.

6º. Incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos por parte de los diputados y senadores nacionales, únicos responsables de las políticas monetarias y cambiarias al delegar lo indelegable.

7º. Cuando el Congreso entrega supremacías al poder ejecutivo que dejan la fortuna de los argentinos a merced de terceros, los legisladores violan el artículo 29 de la Constitución[5]

“Fortuna” es el patrimonio de cada uno. No en el sentido absoluto (multimillonario) sino relativo. Más de una familia santafecina vería con beneplácito tener U$D 6.000 adicionales por año.

El dinero para quien trabaja

He dividido el dinero en forma algebraica, lo que es conceptualmente erróneo.

El dinero debe ir a quién lo produce. A los trabajadores, proveedores, transportistas, comerciantes del pueblo, finanzas municipales y provinciales, cadena de comercialización, etc. y, obviamente, a los dueños de la cosa.

Lo cierto es que estos 27 mil millones de dólares pertenecen al interior. En cambio queda en el Microcentro de la capital y de ahí a manos de “amigos”.

Es un fraude tan gigantesco que apabulla.

Ensordece el silencio.

Si bien la casta es una y se tapan entre sí; si bien la provincia más perjudicada, Buenos Aires, está intervenida desde hace 13 años y medio, éste es dinero que el Estado central le quita a las provincias.

¿Por qué nadie lo reclama?

Herramientas

Hace unos días, cuando sostuve que la Argentina para crecer requiere de un tipo de cambio alto[vi], un tuitero me preguntaba si alguna vez fue así. En efecto, al final del gobierno de Duhalde y los cuatro años de Kirchner, tuvimos un cambio alto. Significó superávit comercial, superávit fiscal, crecimiento económico y aumento del sueldo promedio. Ésa es una buena herramienta argumental para usar contra el actual oficialismo. Cuando Cristina Fernández pasó a tener un tipo de cambio bajo, el crecimiento del país se detuvo. Ésa es una segunda herramienta argumental.

Propuesta

Peticionar a los gobernadores y senadores que exijan este dinero para quienes producen los bienes exportables. Esto es, para las provincias que ellos gobiernan o representan.

Difundir entre los comprovincianos, que se sepa la dimensión de la estafa y quiénes son los perjudicados. 

Discutir en público, que el oficialismo tenga que pasar a la defensiva. Y no dudar en usar ningún argumento. Ni los 200 millones de cabezas de ganado vacuno de Perón, ni el dólar competitivo de Kirchner. Enfrente tenemos un contrincante que viene ganando por paliza. No es tiempo de melindres.

Reclamar ante la Justicia.

Por último, lo de siempre. Hacer lo posible (y lo imposible) para ocupar lugares en el Congreso. El ojo del amo engorda el ganado.

Zanahoria

Cortar la estafa del BCRA nos hará US$ 27.359 millones más ricos.

Ésa debe ser nuestra zanahoria.

 

* Licenciada de Economía (UBA), Master en Finanzas (UCEMA), Posgrado Agronegocios, Agronomía (UBA). 

Publicado originalmente por Restaurar.org http://restaurarg.blogspot.com/2021/06/zanahoria.html

 

Referencias

[1] Informe definitivo sobre exportaciones 2020 desagregadas por provincia emitido en marzo 2021. https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/opex_03_21D7B16F826C.pdf 

[2] Cálculo de este “impuesto” ilegal que cobra el BCRA:

El BCRA pagó 83,25 pesos por dólar (tipo de cambio BNA compra 30/12/2020).

El dólar paralelo o blue el 30/12/2020 fue de 166 pesos.

Exacción (“impuesto ilegal e inconstitucional”) = 54.884 MM U$D x [1 – (166-83,25)] =

= 27.359 MM de dólares.

A tipo de cambio libre del 04/06/2021, lo que se llevó el BCRA durante el 2020 equivale a 

pesos 4.213.286.000.000. O lo que es lo mismo, equivale al 58% de la recaudación de la AFIP de todo el año.

[3] Estimación del INDEC en base al censo 2010.

[4] Cálculo por provincia https://docs.google.com/spreadsheets/d/1ySyq7foddl6K0fFyY0kTfaWh0-GzpPAW7kSXGXPszYY/edit?usp=sharing 

[5] Artículo 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.

[6] https://ar.radiocut.fm/audiocut/un-tipo-cambio-alto-es-federal-un-tipo-cambio-bajo-unitario-pero-adonde-va-plata/

 

Cuadro de estafa BCRA por habitante por provincia

EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA PACÍFICA EN EL ATLÁNTICO SUR Y MALVINAS

César Augusto Lerena*

El presidente Alberto Fernández, entonces jefe de Gabinete durante la presidencia de Néstor Kirchner, expresó a la Nación (13/06/2003) que el gobierno tenía como objetivo recuperar las Malvinas. Siete años después en su mensaje en el Congreso de la Nación del 01/03/2020 mostró igual su interés al respecto. A un año y medio de su asunción, por la forma y en los tiempos que el Coordinador del Consejo de Malvinas Daniel Filmus lleva la cuestión, no parece que esto vaya a ocurrir durante su mandato. Aun así, como modesto observador, le prestaría mucha atención a lo que no hacen y a lo que podrían hacer excepcionalmente el trio integrado por el profesor universitario Marcelo Kohen, el embajador en Londres Javier Figueroa y el referido Coordinador. ¿Y los consejeros que son los que tienen que proponer al Presidente la Política de Estado? En lugar de empezar a reunirse a diseñar las estrategias y tácticas destinadas a recuperar Malvinas, parecen haberse quedado atados a los eventuales llamados de un Coordinador que no coordina.

Seguramente a instancias de la Secretaría de Malvinas de la Cancillería y de Pesca del Ministerio de Agricultura, el presidente anunció que enviaría tres proyectos de leyes, que luego serían sancionadas, aunque como veremos resultan absolutamente inofensivas. La primera ley (27.558), de “creación del Consejo Nacional de Asuntos Relativos a Malvinas”, Cuerpo se supone, debía proponer la Política de Estado en esta materia y, que hasta la fecha se ha reunido un par de veces vía Zoom, evidentemente, nada importante o confidencial, por el sistema absolutamente vulnerable utilizado y, por suerte, porque varios de los miembros (Marcelo Kohen; Martín Balza; Susana Ruiz Cerutti) designados en el Consejo —por sus antecedentes— no parece que fueran a preocuparse por recuperar la soberanía de Malvinas (ver César Lerena “La Estrategia del Consejo Nacional de MalvinasParte I (09/02/21), Parte II (15/02/2021), Parte III (19/02/21), Parte IV (27/02/2021)  y Final (06/03/2021). En este punto, sería de esperar alguna movida de los Veteranos de Malvinas y, de algún otro miembro que, entiendo, no querrán quedar pegados ante esta falta de acción.
La segunda ley (27.557) “de demarcación del límite exterior de la plataforma continental argentina” es cartón pintado. Las Naciones Unidas no reconoció nada y una Comisión de Límites solo “recomendó” 351.633 km2 (28/03/2016 y el 17/03/2017) del total de 1.782.000 km2 reivindicadas por Argentina y, ni siquiera trató 1.430.367 km2 por entender que se encuentran en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido). En lugar de hacer mapas deberíamos ocuparnos, ya que en 1982 teníamos ocupados 11.410 km2 y tres millas alrededor de las islas y hoy tenemos 1.639.900 km2 del mar argentino y su plataforma invadida; gran parte de la plataforma continental más allá de las 200 millas en disputa, al igual que la Antártida Argentina.       
La tercera ley (27.564), de aumento de sanciones, resulta absolutamente inocua. Desde su sanción a la fecha no se ha colocado ninguna multa a buque extranjero en la Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) Argentina. Por otra parte, no se ha sancionado a ninguno de los buques españoles, coreanos, taiwaneses o británicos que pescan en Malvinas; alguno de los cuales podría estar violando no solo la ley 24.922 sino también la 26.386 que impide a los buques radicados en el continente argentino pescar en Malvinas. De Malvinas —año tras año— se extraen 250.000 toneladas de pescados por valor de mil millones de dólares. Tampoco se ha hecho nada respecto a los buques que en alta mar pescan los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, que depredan el ecosistema perjudicando económica, social y laboralmente a nuestro país. 

¿Qué se supone que debería hacer la Argentina?

En primer lugar, tomar las medidas necesarias para que las Resoluciones de las Naciones Unidas no sean modificadas por el Reino Unido y mucho menos por la Argentina.

Mantener incólume el alegato del Embajador José María Ruda de «persuadir a la comunidad internacional de que las mencionadas Islas son parte integrante del territorio argentino y que el deber jurídico y moral de Gran Bretaña es devolverlas a su verdadero dueño, afirmándose así el principio de la soberanía y de la integridad territorial de los Estados…» y, del mismo modo, las cinco resoluciones concatenadas de las Naciones Unidas que han fortalecido y fortalecen la posición soberana argentina respecto a Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas): la Res. 1514 (XV) del 14/12/1960; la Res. 2065 (XX) del 16/12/1965; la Res. la 3160 (XXVIII) de 14/12/1973; la Res. 31/49 del 01/12/1976 y la Res. 41/11 del 27/10/1986, sobre las que no habría que innovar ya que cualquier intento de esta naturaleza podría debilitar la favorable posición actual de argentina, dándole al Reino Unido el mejor escenario para replantear la cuestión de “la autodeterminación”; posición sepultada tras el reconocimiento de los “intereses” y no “deseos” a los isleños que, en todo caso, debería tratarse de un derecho de los argentinos y, también, en el muy importante argumento —a los múltiples agregados por Argentina— de que las Resoluciones de las Naciones Unidas referidas a la Cuestión Malvinas omiten toda referencia a la “autodeterminación de los isleños” ya que en todos los casos, limita las negociaciones a la Argentina y al Reino Unido y en ningún caso a los isleños, entendiendo, obviamente, que estos son parte de la corona británica.

Además de ello, las distintas resoluciones refieren a la “integralidad territorial”, sobre lo que nada nuevo se podría agregar a lo ya sostenido por Ruda —reiterado por Argentina durante todos estos años— confirmado por el ilegal referéndum efectuado en las islas, donde los isleños implantados por el Reino Unido, mayoritariamente británicos, desean seguir perteneciendo a la corona, desmitificando el inconsistente argumento de la autodeterminación e independencia.

Toda idea destinada a ratificar ante la Asamblea General de las Naciones Unidas de las Resoluciones citadas respecto a la posición argentina o recurrir a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) debiera ser descartada de plano, ya que podría debilitar o revertir la posición altamente favorable de Argentina que las referidas resoluciones le otorgan a nuestro país. Por el contrario, habría que hacer pie en estas resoluciones para llevar adelante nuevas políticas activas en el Atlántico Sur y Malvinas, algunas de las cuales se enuncian en este trabajo, aunque previamente y, de modo general, se sintetizan las referidas resoluciones de las Naciones Unidas.

En la Res. 1514 (XV) la Asamblea General «convencida de que todos los pueblos tienen un derecho (…) al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional», declaró —entre otras cosas— que: «1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas (…) deberá respetarse la integridad de su territorio nacional. 6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas (NdA: de aplicación al territorio y no a la población). 7. Los Estados no deberán (…) intervenir en los asuntos internos de los demás Estados y respetar los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial».

La Res. 2065 (XX), que confirmó «la existencia de una disputa entre los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido acerca de la soberanía sobre dichas Islas, dejando en claro la disputa territorial negada sistemáticamente por el Reino Unido e, invitando a ambos gobiernos (no a los isleños, cuestión relevante que da por tierra con los insostenibles argumentos de la autodeterminación) a «proseguir sin demora las negociaciones (…) teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la resolución 1514 (XV)…»; Resolución, que fuera adoptada por una gran mayoría de votos, sin ningún voto en contra, incluso del Reino Unido que debió abstenerse, consagrándose un triunfo diplomático argentino que difícilmente pueda mejorarse, porque está atado al rechazo sistemático a reunirse de parte del Reino Unido durante los últimos 56 años y al conjunto de resoluciones de las Naciones Unidas que aquí se detallan.

La Res. 3160 (XXVIII), que señala que la Res. 2065 (XX) indica que «la manera de poner fin a esta situación colonial es la solución pacífica del conflicto de soberanía entre los Gobiernos de la Argentina y el Reino Unido con respecto a dichas Islas y, expresando su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina…».

La Res. ONU 31/49 que se relaciona con las resoluciones precedentemente citadas y refiere «1. En particular, las conclusiones y recomendaciones del Comité Especial relativas a dicho Territorio (…) 2. Expresa su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina (…) 3. Pide a los gobiernos que aceleren las negociaciones relativas a la disputa sobre soberanía (…) 4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas». Cuestión esta última que el Reino Unido ha violado en forma continua y creciente, desde 1982 a la fecha, ocupando mayores territorios insulares y marinos de Argentina y explotando los recursos naturales pesqueros, agropecuarios e hidrocarburíferos.

La Res. 41/11 donde la Asamblea General que a instancias de Brasil declara la “Zona de paz y cooperación del Atlántico Sur” (ZPCAS) con el apoyo de todos los Estados ribereños de África Occidental y América Oriental con Mar Territorial y Z.E.E. en el Atlántico Sur (sin participación alguna del Reino Unido, dejando de manifiesto su situación irregular en el mar argentino), consciente la Asamblea de «la determinación de los pueblos de los Estados de la región del Atlántico Sur de preservar su independencia, soberanía e integridad territorial…»; convencida de «la necesidad de mantener la región libre de medidas de militarización (…) la presencia de bases militares extranjeras y, sobre todo, de armas nucleares», exhortando entre otras cosas a «3. (…) la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos; 4. (…) respeten la unidad nacional, la soberanía, la independencia política y la integridad territorial de todos los Estados de la región, se abstengan de la amenaza o la utilización de la fuerza (…) así como el principio de que es inadmisible la adquisición de territorios por la fuerza». Todas cuestiones que constituyen un llamado de atención y un mensaje a la presencia del Reino Unido ocupando los territorios insulares y marítimos de Argentina en el Atlántico Sur, ya que como nos refieren Juan J. Castelli y Fabian Aouad ello, queda ratificado cuando el Reino Unido le informa al Secretario General de las Naciones Unidas (el 03/07/1997 doc. A/52/462 del 14/10/1997), que «celebra los objetivos de la resolución 51/19 de la Asamblea General de promover la paz y la cooperación en el Atlántico Sur y desea señalar (…) la evolución de las relaciones anglo-argentinas, que ha contribuido a reducir la tensión en el Atlántico Sudoccidental. Prosigue la cooperación en el marco de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur (…) y en la Comisión sobre Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental en la cual, en particular, se están desarrollando las disposiciones relativas a la explotación conjunta de los hidrocarburos en la zona especial de cooperación establecida por el Reino Unido y la Argentina en la Declaración Conjunta de 27/09/1995». Los británicos, no dejan pasar una oportunidad para dejar huellas en las cuales ratifican su carácter de ocupante (ilegal) y administrador provisorio (forzoso) y los gobiernos argentinos demuestran a cada paso sus errores diplomáticos.

Es evidente que esta Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS) resulta un ámbito extraordinario para mejorar las políticas argentinas destinadas a profundizar la soberanía en el Atlántico Sur, mediante una relación más activa y estrecha con el resto de los Estados ribereños, procurando una acción común que desaliente la presencia extranjera en estos mares (César Lerena “Atlántico Sur. Una Zona de Paz y Cooperación en conflicto”, 04.11.2020) y, si bien hasta el momento esta Zona no ha tenido el impulso y el poder suficiente, por razones de dominio obvias e ineptitud de los sucesivos gobiernos, declaraciones como las obtenidas en la VII Reunión Ministerial realizada el 15-16/01/2013 en Montevideo deberían mutar en hechos concretos en favor de un mayor control argentino, suramericano y africano del área.

En el complejo escenario en el que se encuentra la Argentina, con las islas y el 52% de su territorio marítimo ocupado por el Reino Unido, sin una estrategia diplomática acorde a la pérdida de soberanía que ello implica, la cuestión, no pasa por buscar nuevos fundamentos jurídicos, históricos o geográficos u obtener nuevos apoyos o declaraciones (que habrá que seguir gestionando año tras año), sino aplicar nuevas herramientas destinadas a debilitar la posición británica en el área de Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Antártida y el Atlántico Sur. Para ello debería considerarse a este último, no como una ribera del continente sino como parte integrante del mismo y, como su primera barrera de defensa y, ello supone tomar algunas medidas que permitan regular, tener bajo control y explotar los espacios aéreos y marítimos argentinos, la plataforma continental, los archipiélagos y las cuestiones pertinentes de la Antártida Argentina. Para ello, se indican algunas cuestiones a tener en cuenta:

1) La Organización Nacional

a) La Creación del Ministerio del Mar

Crear el Ministerio del Mar (del Atlántico Sur, Islas y Antártida Argentina), que entienda sobre toda práctica de extracción, explotación o investigación de los recursos naturales vivos o no vivos en el Atlántico Sudoccidental y la Antártida y aquellos que estén vinculados a éstos territorios, directa o indirectamente con la Plataforma Continental Argentina, la ZEE o la Alta Mar cuando se traten de recursos migratorios y/o asociados y/o que intervengan en la cadena trófica de los recursos vivos de dominio de la Argentina y que, tenga este Ministerio, como primera misión y función, la de promover la legislación aplicable para revalorizar y demostrar la vocación soberana de ocupar, explotar en forma sostenible y cuidar ambientalmente estos espacios argentinos. Francia que tiene una ZEE Continental equivalente al 10% de la Argentina y tiene un Ministerio de este tipo.

b) La regulación de los espacios marítimos

Efectuar las reformas profundas indispensables, modificar o reglamentar algunas leyes argentinas, tales como la de Defensa Nacional (Ley Nº 23.554 y afines); Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285 y mod., Nº 23.399); Seguridad Interior (Ley Nº 24.059 y mod.); Espacios marítimos y líneas de base (Ley Nº 23.968); CONVEMAR (Ley Nº 24.543); Pesca (Leyes Nº 24.922 y Nº 26386); Hidrocarburos (Leyes Nros. 17.319, 26.197, 26.659, 27.007 y 27.444); Puertos (Ley Nº 24.093 y provinciales del litoral marítimo); Navegación (Leyes Nros. 20.094, 2.637, 17.371, 21.763, 22.228, 26.354, 26.994, 27.077 y 27.419); Ley de Marina Mercante y Flota Fluvial (Ley Nº 27.419, Art. 10º y 13º); Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo (Ley Nº 20.645); Ambiente (Ley Nº 25.675); Ministerios (Ley Nº 22.520 y mod.) y, toda Ley aplicable al Atlántico Sudoccidental para ajustarla al objeto.

c) La administración del Río Paraná, el Río de la Plata y los puertos

La Argentina debe administrar en forma directa el Río Paraná, donde el dragado, el balizamiento y el mantenimiento son solo herramientas. La Administración supone ayudar a potenciar la región del litoral y las provincias que hacen tráfico fluvial y generar —entre otras cosas— las condiciones adecuadas para reducir los fletes y optimizar el comercio regional, nacional e internacional. Ello incluye la prolongación y profundización del Canal de Magdalena para constituir un eje de autonomía soberana del transporte y comercio nacional entre el Río Paraná, el Río de la Plata, el Atlántico Sur y el Estrecho de Magallanes y los pasos al Pacífico. El día 20 de noviembre se instituyó como el día de la Soberanía Nacional debido a la Batalla de la Vuelta de Obligado, combate, que queda totalmente desdibujado frente a la realidad actual de la explotación de los efluentes troncales fluviales y su comercio, donde empresas extranjeras administran puertos y flotas de banderas extranjeras transportan la carga nacional. Por otra parte, la explotación del Río Paraná, su dragado, mantenimiento y control de las empresas transportadoras está concesionado (privatizado) a empresas extranjeras, a quienes se les otorgó de facto el “poder de policía” con el cobro actualizado en dólares de un peaje relacionado al volumen transportado; con cuya recaudación, la Argentina estaría en condiciones de realizar el dragado en forma directa con dragas nacionales ya disponibles y la eventual construcción de nuevas en astilleros nacionales.

La Argentina debe reformular la política portuaria nacional y su emplazamiento estratégico. Sus puertos, al igual que los canales que fueran necesarios deben estar aptos para realizar las operaciones de buques de gran porte y portacontenedores, de modo de asegurar el traslado marítimo y fluvial de mercaderías en todo el litoral patagónico y bonaerense y el río Paraná y de la Plata.

d) La Reforma de la Ley de Pesca y del Código Penal

Llevar adelante políticas activas en el Atlántico Sudoccidental, declarando a este espacio de interés ambiental, social y de desarrollo económico de la Argentina y Suramérica. Establecer la “Unidad Económica Pesquera” y mejorar la distribución de los recursos; incrementar el valor agregado de los productos; fomentar el consumo interno; eliminar los descartes y aprovecharlos para la generación de proteínas destinadas a la alimentación social, mayor industrialización y empleo; promover y subsidiar la captura nacional en alta mar y buscar acuerdos para la pesca en ésta; dificultar la captura en el área de Malvinas; federalizar la explotación de los recursos y radicar estratégicamente empresas en determinadas regiones del litoral marítimo, etc. Reformar el Art. 186º del Código Penal para combatir el tránsito y la navegación no inocente y la pesca ilegal. Decomisar los buques y las mercaderías.

2) Las Políticas de Estado respecto a Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur, la Antártida y los Espacios marítimos correspondientes

a) Cumplir en forma irrestricta con la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.

A las medidas indicadas precedentemente se agregan las siguientes, pero, en ningún caso las que pudieran tomarse pueden apartarse de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional y de las que pudieran resultar de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego.

b) Modificar la Ley de Creación del Consejo Nacional de Asuntos relativos a Malvinas

Modificar la Ley 27.558 con el objeto de ampliar el número de miembros del Consejo, darle carácter ejecutivo y agregar expertos en diplomacia, estrategia, defensa, petróleo, pesca, comunicación y, otros.

c) La Pesca ilegal, la emergencia pesquera y las áreas marinas protegidas

Resulta indispensable poblar alta mar con más buques pesqueros argentinos. Poner toda la flota pesquera potera y congeladora a pescar en la alta mar. El plan pesquero debe priorizar la captura de la población de calamar que migra a Malvinas y al área adyacente a la ZEE Argentina y deben eliminarse todo tipo de impuestos y derechos (combustible, derechos de captura, derechos de exportación, etc.) a los buques nacionales que pesquen en la alta mar. Al mismo tiempo acordar y controlar todos los buques extranjeros que navegan y pescan ilegalmente en la alta mar los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina y dentro de ésta, en especial aquellos licenciados por el Reino Unido.

Declarar zona de emergencia pesquera y ambiental y Áreas Marinas Protegidas (AMP) dentro de las 200 millas alrededor de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, entendiendo que la explotación en esa área afecta al ecosistema del Atlántico Sur, por cuanto la captura biológicamente sostenible no puede ser controlada ni determinada por la Autoridad de Aplicación Argentina a la par de cumplir con los compromisos argentinos en esta materia.

Penalizar a todos los buques extranjeros que pescan en Malvinas.

Promover internacionalmente una política de preeminencia en favor de los Estados Ribereños respecto a la explotación de los recursos migratorios originarios de la ZEE, tomando las acciones precautorias para evitar la depredación del Atlántico Sur por parte de los Estados de Bandera (buques extranjeros).

d) Reclamo de lucro cesante por la explotación de los recursos en Malvinas

Iniciar una demanda por lucro cesante contra las empresas pesqueras que pescaron en Malvinas entre 1976 a 2021 donde empresas españolas, británicas (o de las islas), coreanas, taiwanesas, chinas, etc. extrajeron anualmente 250.000 toneladas por un valor estimado en los mil millones de dólares; en decir que en estos últimos 45 años han extraído 11.250.000 toneladas por un valor estimado en los 11.250 millones de dólares.

e) Promover el Desarrollo Patagónico. La administración y desarrollo de Malvinas

Favorecer la radicación poblacional e industrial en la Patagonia. Dotar al puerto y a la base aérea de Rio Grande y Ushuaia de las mejores condiciones para operar toda la flota mercante, pesquera y militar y, otorgar cuotas de pesca a las empresas que instalen industrias procesadoras en la Isla de los Estados.

Prohibir en las Provincias del litoral marítimo la instalación de aeropuertos privados con capacidad para operar aviones de gran tamaño o militares y, desactivar los existentes.

El gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego debería dictar los códigos de administración urbana y rurales de las islas, en consonancia con los vigentes, independiente de su ocupación británica, de modo de poner de manifiesto la legitimidad argentina sobre Malvinas. Al mismo tiempo modificar la toponimia en los archipiélagos.

Por su parte, el gobierno nacional debería elaborar un proyecto de desarrollo portuario, vial, industrial, agropecuario, social, turístico y ambiental de Malvinas e incorporarlo al presupuesto nacional, de modo, de resaltar ante la comunidad internacional y los habitantes de las islas, la voluntad argentina, que habrá de trabajar para el desarrollo sostenido de Malvinas al momento de extinguirse la invasión británica en el territorio argentino, asegurándoles a los isleños y a quienes habiten este territorio nacional en el futuro los recursos necesarios para garantizarles el bienestar y el resguardo de los modos de vida.

3) La Defensa Nacional, flota mercante e industria naval

Ejecutar la Ley de Marina Mercante y Fluvial (Nº 27.419) para asegurar que todo el flete en el mar y los ríos se realice mediante buques argentinos y la Ley de Promoción de la Industria Naval Pesquera (Ley 27.418) para garantizar la construcción nacional.

Equipar a la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Argentina y a la Prefectura Naval y dotar a estas armas militares y de seguridad de los medios necesarios para patrullar en forma permanente los espacios marítimos y aéreos y, mantener activo un sistema satelital que permita en tiempo real, conocer que pasa en los mares y espacios aéreos argentinos del Atlántico Sudoccidental, los Archipiélagos y la Antártida.

Fortalecer la presencia naval y aérea en el litoral patagónico y en especial Tierra del Fuego.

4) La Política de Acuerdos respecto a Malvinas y el Atlántico Sur

a) Fortalecer la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (ZPCAS)

Promover la relación con todos los Estados ribereños de África Occidental y América Oriental con Z.E.E. en el Atlántico Sur con el objeto de contribuir a la preservación de la independencia, soberanía e integridad territorial y desarrollar relaciones en condiciones de paz y cooperación económica.

b) Desechar los Acuerdos vinculados a Malvinas o al Atlántico Sudoccidental con incidencia en los archipiélagos argentinos y espacios marinos correspondientes ocupados por el Reino Unido

Desechar los Acuerdos Madrid, el Acuerdo de Nueva York, el Convenio del Atún y las negativas Organizaciones regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) que regionalizarían el Atlántico Sur con claros beneficios para los Estados de Bandera (buques extranjeros) y la consolidación del Reino Unido en Malvinas; el Pacto de Foradori-Duncan, cuyos efectos prácticos deberían ser la anulación de la Comisión Conjunta de Pesca del Atlántico Sur; la Comisión sobre Hidrocarburos del Atlántico Sudoccidental; los vuelos a Santiago de Chile y San Pablo desde Malvinas y viceversa y, el establecimiento de una fecha de vencimiento para el tratamiento de la soberanía de Malvinas, entre otras cuestiones, con fundamento en que en todos estos años no han sido ratificados por el Congreso Nacional estos Acuerdos y ser contrarios a los intereses nacionales, en especial por la violación del Reino Unido a la Res. 31/49 de las Naciones Unidas, quien ha invadido en forma creciente nuestros territorios insulares y marítimos y ha explotado los recursos nacionales.

c) La implementación de un Protocolo Adicional del MERCOSUR

Firmar un Protocolo Adicional “Mercado Común Pesquero del Sur (MERCOPES) del MERCOSUR para fortalecer la presencia suramericana en el Atlántico Sur en contraposición a la ocupación del Reino Unido y la extranjerización del Atlántico Sur.

d) La instrumentación del Acuerdo entre el MERCOSUR y la Unión Europea y las certificaciones

En línea con este pre-acuerdo y en función de las nuevas condiciones relativas al Brexit, acordar con la Unión Europea para que todos los productos originarios del Atlántico Sudoccidental (Área FAO 41 y 48) o migratorios o asociados a ésta deban encontrarse certificados por los organismos oficiales de la Argentina, Uruguay o Brasil según corresponda, para su ingreso a la Unión Europea, de modo de reducir la pesca y el comercio ilegal por parte de los Estados de Bandera, inclusive el Reino Unido.

e) La Política Rioplatense

Trabajar para llegar a una política común rioplatense con los acuerdos económicos adecuados con Uruguay para que, en forma inmediata, este país suspenda todo el apoyo logístico que le presta a los buques extranjeros que operan sin permiso en alta mar y Malvinas y, al mismo tiempo, realizar las negociaciones necesarias para facilitar las operaciones de los grandes buques, el comercio, el control aduanero, la reducción de costos, el resguardo del acceso al Río de la Plata y el transporte en el área norte del Atlántico Sudoccidental.

f) Ejecutar el Tratado de Paz y Amistad con Chile

Profundizar las relaciones culturales, comerciales y turísticas con Chile de modo de fortalecer los vínculos con este país. En este sentido, es necesario mejorar la vinculación de Chile respecto a la Antártida; el transporte, la seguridad y en los corredores bioceánicos; acuerdos de libre comercio y coordinar un plan turístico binacional de modo de promover la explotación de ambos mares y sus archipiélagos australes.

g) Promover el interés de Suramérica del Continente Antártico

En atención al Tratado Antártico y, sin menoscabo a los derechos de soberanía territorial, que se dejan en claro en el art. IV inc. 1 y 2 de éste y teniendo en cuenta las superposiciones territoriales reclamadas, el gobierno argentino debería invitar a todos los países de Suramérica a adherir al Tratado, de acuerdo con lo previsto en el art. XIII inciso 1 para acordar con ellos la transformación del Continente Antártico en la “Reserva Ambiental, Científica, Acuífera y Alimentaria de Suramérica” y convenir con estos países, en el marco de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CRVMA) la explotación de los peces, crustáceos y moluscos al sur de la latitud 60ºS.

Nada está hecho, mientras quede algo por hacer (Romain Rolland)

 

* Experto en Atlántico Sur y Pesca. Ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Provincia de Corrientes). Ex Profesor Universidad UNNE y FASTA. Asesor en el Senado de la Nación. Doctor en Ciencias. Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad. En prensa: “Argentina. La Casa Común. La Encíclica Laudato Si’ El Cuidado de la Casa Común. Comentada”.

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